PROYECTO DE TP


Expediente 8175-D-2016
Sumario: IMPUESTO AL VALOR AGREGADO - LEY 23349 -. MODIFICACION DEL ARTICULO 7, SOBRE EXENCIONES.
Fecha: 17/11/2016
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 171
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


Artículo 1°.- Incorporase como inciso i) al artículo 7º de la Ley N° 23.349 de Impuesto al Valor Agregado y sus modificaciones, la siguiente exención:
La venta al consumidor final de garrafas de gas licuado de petróleo de hasta 15 kg.
Art. 2°.- La presente ley entrará en vigencia a partir del primer día hábil del mes siguiente a la fecha de su publicación en el Boletín Oficial.
Art. 3°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El objetivo del presente proyecto de Ley es eximir del pago de IVA a los consumidores finales domiciliarios de las garrafas de gas licuado de petróleo (GLP).
Se establece el límite de 15 kg. Para asegurar que el consumo sea domiciliario y teniendo en cuenta que el sentido final del proyecto es el de reducir el precio que abonan los hogares de menores recursos en la compra de dichas garrafas.
Consideramos que el Plan Hogar no cubre las necesidades de la población que las utiliza y que la exención en el pago del IVA resultaría un mecanismo idóneo y ágil para reducir el precio sin necesidad de ningún tipo de burocracia para acceder al beneficio.
Debe tenerse en cuenta que en promedio una garrafa de 10 kilos si se utiliza solo para cocinar dura un mes y que el costo del gas envasado siempre fue más oneroso que el de red, aun tomando en cuenta la variación en el precio por la quita de subsidios.
Los sectores más vulnerables de la población son aquellos que no cuentan con red domiciliaria de gas natural y la compra de garrafas se torna imprescindible.
En nuestro país más de 3,5 millones de hogares no acceden a la red de gas natural y deben recurrir a las garrafas como fuente de energía, consideramos que esta situación de inequidad debe ser atemperada por el Estado velando por las necesidades de aquellas personas que se encuentran en situaciones más desfavorables y es por ello que proponemos la exención del pago del IVA en la compra de garrafas de uso domiciliaria a fin de reducir el precio que abonan los consumidores.
Al modificar el actual esquema tributario agregando esta exención en este producto consumido por los hogares de menores recursos lograremos aunque sea en forma parcial reducir en parte la importante desigualdad económica que existe en nuestra sociedad.
Por las razones expuestas, solicito a mis pares la aprobación del presente proyecto de resolución.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
KRONEBERGER, DANIEL RICARDO LA PAMPA UCR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
PRESUPUESTO Y HACIENDA (Primera Competencia)
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados REPRODUCIDO POR EXPEDIENTE 1927-D-18