PROYECTO DE TP


Expediente 7811-D-2018
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE LA NO RENOVACION DEL REGIMEN DE REINTEGRO PARA JUBILADOS, PENSIONADOS Y BENEFICIARIOS DEL SISTEMA DE LA SEGURIDAD SOCIAL, PREVISTO EN LA LEY 27253, DE IMPUESTO AL VALOR AGREGADO.
Fecha: 19/02/2019
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 187
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Solicitar al Poder Ejecutivo Nacional, para que a través de los organismos que corresponda, se sirva informar acerca del régimen de devolución de IVA establecido por la ley 27253, en particular:
1. Si la vigencia del régimen de reintegro previsto en el Título I de la Ley N° 27.253 va a ser prorrogado nuevamente, tal como se hizo mediante el decreto 94/2018 en el año 2018.
2. En el caso de no prorrogar este régimen, indique cuál será el destino de los $3141 millones de pesos argentinos destinados a este fin conforme al presupuesto nacional aprobado por la ley 27467, teniendo en cuenta que esa suma fue estipulada como “gasto tributario - reintegro del IVA a jubilados, pensionados y beneficiarios de asignaciones para protección social. Ley 27.253” por el mismo Poder Ejecutivo en el Mensaje del Jefe de Gabinete de Ministros.
3. Si se implementarán otros tipos de medidas de reintegro de Impuesto al Valor Agregado para compras de consumidores finales beneficiarios de jubilaciones, pensiones y régimen de trabajo de casas particulares. Especificar cuales y el momento de implementación previsto.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La Ley 27.253 fue promulgada en 2016 y estableció un régimen de reintegro de una porción del impuesto al valor agregado para operaciones de consumo final de bienes muebles con tarjetas de débito realizadas por las personas pertenecientes a los sectores más vulnerables: jubilados, pensionados y trabajadores de casas particulares.
En el título II de la misma norma, así como el decreto reglamentario 858/2016, se estableció que la magnitud del reintegro previsto en el Artículo 1° de la Ley N° 27.253 sería el QUINCE POR CIENTO (15%) del monto abonado por las operaciones en tanto no supere el monto máximo de PESOS TRESCIENTOS ($300) por mes y por beneficiario.
En el mismo apartado, la ley 27.253 aclara que dicho monto máximo deberá ser modificado por el Poder Ejecutivo nacional en función a la variación de la canasta básica de alimentos, en los meses de julio y enero de cada año.
Mediante el decreto 94/2018, el Poder ejecutivo prorrogó la vigencia del régimen de reintegro previsto en el Título I de la Ley N° 27.253 desde el 1 de enero de 2018 y hasta el 31 de diciembre de 2018. Sin embargo y a pesar del crecimiento de los índices de costo de vida y la depreciación del valor del peso argentino respecto al dólar estadounidense, el tope de $300 no fue modificado.
A pesar de que esa cantidad de dinero ya representa mucho menos que en 2016, en el contexto de crisis actual la devolución del 15% del IVA resulta un aliciente para los beneficiarios de este régimen.
Asimismo, en el presupuesto 2019 aprobado por este Congreso Nacional mediante ley 27467, se destinó la suma de $3141 millones de pesos argentinos en concepto de “gasto tributario - reintegro del IVA a jubilados, pensionados y beneficiarios de asignaciones para protección social. Ley 27.253”.
Por razones que se desconocen, el Poder Ejecutivo no prorrogó el régimen de devolución establecido por la ley 27.253 y no se sabe qué destino tendrá ese dinero si es que no implementa el régimen de devolución de la ley 27.253.
Por las razones esgrimidas es que resulta urgente y necesario que el Poder Ejecutivo Nacional brinde las explicaciones pertinentes a esta Cámara, por lo que solicito a mis colegas que me acompañen en este proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
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Giro a comisiones en Diputados
Comisión
PRESUPUESTO Y HACIENDA (Primera Competencia)