PROYECTO DE TP


Expediente 7570-D-2018
Sumario: PRORROGASE LA VIGENCIA DE LAS DISPOSICIONES DE LOS ARTICULOS 10 Y 11 DE LA LEY 25174 Y SUS MODIFICATORIAS, DE MALLA ANTIGRANIZO, POR EL PLAZO DE DIEZ AÑOS A PARTIR DE SU VENCIMIENTO.
Fecha: 06/12/2018
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 175
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


MALLA ANTIGRANIZO
Prorrógase la vigencia de las disposiciones de los artículos 10 y 11 de la Ley Nº 25.174.
Artículo 1.- Prorróguese la vigencia de las disposiciones de los artículos 10 y 11 de la Ley 25174 y sus modificatorias, por el término de diez (10) años contados a partir de su vencimiento.
Artículo 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La producción de frutas y hortalizas es una de las principales actividades en el centro-sur de nuestro país, en especial la provincia de Mendoza. Genera numerosos puestos de trabajo y a partir del proceso económico iniciado en los últimos años, las frutas argentinas, han logrado conquistar cada vez mayor terreno en el mercado internacional con muy buenas expectativas.
Creemos que se debe realizar el mayor de los esfuerzos a fin de brindar todas las herramientas posibles en cuanto a preservar y solventar esta producción ante los numerosos inconvenientes que se le presentan. Entre ellos se destaca el daño ocasionado por un fenómeno natural que es la caída de granizo provocando pérdidas económicas muy importantes.
La malla antigranizo ha tenido un rol esencial en la protección de los cultivos en nuestro país, principalmente en zonas propensas a granizadas. Ese método es considerado la protección más eficaz contra los accidentes climáticos, por lo que debe ser una herramienta a la mano del productor, que le permita resguardar lo mejor posible su capital y trabajo.
El granizo ha sido siempre el principal temor de los productores: un fenómeno meteorológico, variable tanto en el tiempo como en el espacio, difícil de anticipar que daña severamente o destruye el esfuerzo del agricultor e importantes eslabones de las economías regionales.
Sólo en Mendoza existen más de 30.000 productores de frutas y hortalizas, los cuales ya el 13% han podido acceder a la implementación de este sistema en sus fincas. Siendo el sistema de viña en espaldero donde más se ha invertido en este sistema con un 25% de superficie cubierta.
La provincia posee una de las más altas incidencias de este fenómeno a nivel mundial, tanto por la cantidad de tormentas como por la severidad de las mismas. Es por ello que tanto el sector público como el privado han encarado acciones conjuntas contra las contingencias climáticas llegando a ser una verdadera política de estado, y de hecho los programas se vienen desarrollando, desde la década del ochenta en forma permanente, líneas de financiamiento por medio de la Administradora Provincial del Fondo para la Transformación y el Crecimiento de Mendoza.
El empleo de esta tecnología se ha difundido en el mundo y en nuestro país solo Mendoza posee más de 33.000 has entre frutales (durazno, peral, cerezo, olivos) y viñedos (espaldera y parral) con protección antigranizo.
Las redes antigranizo han tenido gran difusión entre los productores de arándanos como puede observarse en Baradero, San Pedro, Mercedes, Concordia, Chajarí, Entre Ríos, sur de Córdoba y en otras provincias del país, incluyendo el sur, para el cultivo de frambuesas.
Según indican los técnicos este método de protección ofrece un gran margen de seguridad, un claro ejemplo es que estas mallas antigranizo han soportado precipitaciones con piedras de más de 400 gramos.
Es un método directo de defensa por el cual el agricultor crea un clima nuevo, colocando una malla que impide que el granizo impacte sobre los cultivos. Su eficiencia está probada en un 100%, cuya certificación está dada por el Instituto de Tecnología Industrial (INTI) y tiene además la ventaja de que puede instalarse en superficies cuya cosecha permita solventar los trabajos del resto de la finca.
Con el presente proyecto de ley, lo que se intenta es brindar protección y previsibilidad al productor agrícola, dándole la posibilidad de que cuente con una importante disminución de los costos en la utilización de la denominada "malla antigranizo".
Debemos recordar que la Ley 25.174, que implementó el sistema, fue reglamentada por el Decreto 1.552 de 2001. Entre otras cuestiones, se instrumentaron beneficios fiscales por un plazo de siete (7) años. Vencido dicho plazo, la norma se prorrogó por diez años por ley 26.459 del año 2008, conforme a lo previsto en el Artículo 12 de la Ley 25174.
Esta normativa ha sido de mucha utilidad para los productores agrícolas, principalmente para los pequeños y medianos, los que no podrían acceder al mencionado sistema de protección si no contaran con los beneficios legales vigentes.
Dado que el plazo está por vencer, y se han ido realizando mejoras en nuestro país tendientes a proteger los cultivos, es que vemos necesaria la prórroga de los beneficios de dicha ley por un plazo de diez años más, garantizando en el tiempo la sustentabilidad de los productores y la proyección a futuro sobre sus inversiones.
Por estos motivos, es que solicito a mis pares que me acompañen en la sanción del presente proyecto de ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
CARMONA, GUILLERMO RAMON MENDOZA FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
RAMON, JOSE LUIS MENDOZA BLOQUE PROTECTORA
MIRANDA, PEDRO RUBEN MENDOZA JUSTICIALISTA
FELIX, OMAR CHAFI MENDOZA SOMOS MENDOZA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
PRESUPUESTO Y HACIENDA (Primera Competencia)