PROYECTO DE TP


Expediente 7416-D-2018
Sumario: REGISTRO UNICO DE ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL. CREACION.
Fecha: 27/11/2018
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 170
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


PROGRAMA NACIONAL DE BUENAS PRÁCTICAS PARA EL FORTALECIMIENTO Y LA TRANSPARENCIA DEL FINANCIAMIENTO ESTATAL A LAS ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL
ARTÍCULO 1º: Créase el Registro Único de Organizaciones de la Sociedad Civil, que será administrado por el Centro Nacional de Organizaciones de la Comunidad (C.E.N.O.C).
ARTÍCULO 2°: Las organizaciones de la sociedad civil interesadas en acceder a subsidios otorgados por cualquier dependencia del Estado Nacional o interesadas en contratar con cualquier dependencia del Estado Nacional para proveer servicios al Estado Nacional deberán registrarse en el Registro Único de Organizaciones de la Sociedad Civil. A los efectos de esta ley, serán consideradas organizaciones de la sociedad civil y podrán registrarse en el Registro Único de Organizaciones de la Sociedad Civil las personas jurídicas privadas incluidas en el artículo 140 del Código Civil y Comercial de la Nación, con excepción de las sociedades, las mutuales y el consorcio de propiedad horizontal.
ARTÍCULO 3°: Solo podrán concursar para obtener subsidios o ser contratadas por el Estado Nacional las organizaciones de la sociedad civil que estén registradas en el Registro Único de Organizaciones de la Sociedad Civil.
ARTÍCULO 4°: Ventanilla única. Cada Ministerio y/o dependencia estatal que abra una convocatoria para que las organizaciones de la sociedad civil concursen para obtener un subsidio o proveen servicios deberá notificar al C.E.N.O.C. de la apertura de dicha convocatoria. El C.E.N.O.C. difundirá y publicará las convocatorias a través de su página web. Las organizaciones de la sociedad civil que quieran presentarse a las convocatorias deberán hacerlo a través del C.E.NO.C. El Poder Ejecutivo Nacional reglamentará las condiciones de la coordinación entre el C.E.NO.C., los Ministerios de la Nación y otras dependencias del Estado Nacional para implementar el procedimiento de asignación de las partidas.
ARTÍCULO 5º: Cada Ministerio de la Nación y cada dependencia del Estado Nacional debe notificar al C.E.NO.C. cada vez que otorgue un subsidio a una organización de la sociedad civil o contrate con una organización de la sociedad civil la provisión de un servicio. La notificación deberá incluir la finalidad del subsidio o de la contratación, el monto asignado o del precio del servicio contratado y los plazos de ejecución. También deberá incluir un plan de rendición de cuentas financiera por el subsidio o contratación, estableciendo plazos para la rendición de cuentas.
ARTÍCULO 6º: El C.E.N.O.C. publicará en su página web el listado detallado de cada subsidio otorgado por el Estado Nacional y de cada contratación. La publicación del listado será cuatrimestral y visible en la página web del C.E.N.O.C. El listado deberá tener un formato que facilite el uso de los datos publicados para su análisis.
ARTÍCULO 7º: Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Las organizaciones de la sociedad civil tienen un rol fundamental en nuestra sociedad. El – así llamado – “tercer sector” contribuye a nuestra sociedad desarrollando programas sociales y culturales que promueven el bienestar de la población. Como explicaba Alexis de Tocqueville, las organizaciones de la sociedad civil son centrales para las democracias liberales porque promueven la asociación libre entre los ciudadanos y, por ende, la participación ciudadana en los asuntos públicos más allá de la representación política institucional.
Muchas de estas organizaciones funcionan gracias a la ayuda estatal para desarrollar diferentes actividades. Por ello, valoramos el apoyo estatal al tercer sector, que, lamentablemente, en muchas ocasiones hasta reemplaza al propio Estado. Dada la importancia de las organizaciones de la sociedad civil en nuestro país, necesitamos potenciarlas reforzando el trabajo conjunto del Estado con las organizaciones para sumar esfuerzos que mejoren la calidad de vida de las comunidades.
En la actualidad, reconociendo el aporte de las organizaciones a la sociedad, desde la perspectiva de ciudadanía fiscal y equidad por la que abogamos, consideramos que es fundamental transparentar ante la sociedad los criterios de asignación de las partidas designadas a las organizaciones. Actualmente, la información acerca de las organizaciones que reciben subsidios o contratan con el Estado no está concentrada: los Ministerios trabajan por separado y, entonces, es difícil acceder a información acerca de cuánto recibe cada organización y qué destino el da a la partida que recibe. El Poder Ejecutivo Nacional, de hecho, comparte esta visión. En esta línea, en la visita del Jefe de Gabinete a la Honorable Cámara de mayo de 2018, lo consultamos acerca de la partida “Transferencias a Otras Entidades y Sociales Sin Fines de Lucro”. Como respuesta a nuestra consulta, el Sr. Jefe de Gabinete reconoció que hay mucha dispersión en los programas de gobierno y que el Poder Ejecutivo estaba predispuesto a trabajar para reducir la dispersión de normativas y de políticas públicas de la sociedad civil. En su informe, explicó que el Estado Nacional destina $7531 millones de pesos a las organizaciones de la sociedad civil, que se distribuyen sin criterios preestablecidos de asignación: cada organismo tiene criterios propios para otorgar financiamiento y para la rendición de cuentas. En el anexo de su informe, se detallen los Ministerios que otorgan financiamiento a las organizaciones – por ejemplo, el Ministerio de Seguridad otorga en 2019 $972,2 millones de pesos; el Ministerio de Trabajo, $695 millones de pesos -.
A la luz de esta dispersión y de la predisposición del Poder Ejecutivo de unificar para transparentar los mecanismos de asignación de fondos, proponemos la creación de un Registro Único de Organizaciones de la Sociedad Civil, que proponemos sea administrado por el Centro Nacional de Organizaciones de la Comunidad (C.E.N.O.C), un organismo del Estado Nacional que ya existe y que, en virtud de la Resolución Administrativa 327/2017, depende del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación. Las organizaciones de la sociedad civil interesadas en postularse para financiamiento estatal deberán registrarse.
El C.E.N.O.C. es el organismo de la Nación en el que se inscriben aquellas Organizaciones de la Sociedad Civil de todo el país que buscan darle visibilidad a su trabajo, y aquellas que participan o desean participar de manera articulada en planes, programas y proyectos impulsados desde el Estado Nacional orientados a la promoción de políticas de inclusión y desarrollo social. Ya cuenta con una base de datos de organizaciones civiles en el país. Por ello, este organismo es el más indicado para administrar el registro que proponemos. No necesitamos destinar más recursos aportados por los contribuyentes para crear un organismo nuevo; proponemos, mas bien, jerarquizar el rol del C.E.N.O.C. sumándoles facultades que contribuirán a promover la transparencia estatal y la rendición de cuentas.
Para unificar los diversos criterios de asignación, proponemos que el C.E.N.O.C. centralice toda la información sobre asignación de fondos a las organizaciones civiles. Así, cada Ministerio u organismo estatal deberá coordinar con el C.E.N.O.C. en qué tiempo y en qué formar dará a conocer a través del C.E.N.O.C. la apertura de una convocatoria para postularse para obtener fondos de alguna dependencia estatal o para proveer servicios al Estado Nacional. A su vez, las organizaciones interesadas en presentarse a las convocatorias deberán hacerlo a través del C.E.N.O.C., cumpliendo en tiempo y forma con los requisitos que se exijan. Este mecanismo de “ventanilla única” resultaría en diversos beneficios: optimizaría el uso de los recursos del Estado, simplificaría los trámites, transparentaría el proceso de asignación de fondos y facilitaría el trabajo de todos los agentes involucrados.
En suma, proponemos adoptar un conjunto de buenas prácticas para fortalecer a las organizaciones de la sociedad civil que trabajan con el Estado Nacional, lo que a su vez potenciará su capacidad para contribuir a mejorar la calidad de vida de la población.
Por todo lo expuesto, solicitamos la sanción del presente Proyecto de Ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
CARRIZO, ANA CARLA CIUDAD de BUENOS AIRES EVOLUCION RADICAL
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
LEGISLACION GENERAL (Primera Competencia)