PROYECTO DE TP


Expediente 6333-D-2018
Sumario: PROGRAMA NACIONAL DE DETECCION Y ATENCION TEMPRANA DE LA "DEGENERACION MACULAR ASOCIADA A LA EDAD - DMAE "- EN PERSONAS MAYORES. CREACION.
Fecha: 09/10/2018
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 138
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


PROGRAMA NACIONAL DE DETECCION Y ATENCION TEMPRANA DE LA DEGENERACIÓN MACULAR ASOCIADA A LA EDAD (DMAE) EN PERSONAS MAYORES DE 60 AÑOS
ARTÍCULO 1º: Créase el Programa Nacional de Detección y Atención Temprana de la Degeneración Macular Asociada a la Edad (DMAE) en el ámbito de la Secretaría de Salud de la Nación.
ARTÍCULO 2º: El Programa Nacional DMAE tendrá las siguientes atribuciones, sin perjuicio de otros que se determinen por vía reglamentaria:
a) Entender en todo lo referente a la investigación, docencia, prevención, detección y atención de la Degeneración Macular Asociada a la Edad en la franja etaria a partir de los 60 años.
b) Coordinar con las autoridades sanitarias y educativas de las provincias que adhieran al mismo y, en su caso, de la Ciudad de Buenos Aires las campañas; de educación y prevención de la hipoacusia tendientes a la concientización sobre la importancia de la realización de los estudios diagnósticos tempranos, incluyendo los concernientes a la Degeneración Macular Asociada a la Edad y todas las otras enfermedades que pudieren derivar en ceguera.
c) Capacitar a los profesionales de la salud en las prácticas diagnósticas y tecnología adecuada;
d) Realizar estudios estadísticos que abarquen a todo el país con el fin de evaluar el impacto de la aplicación de la presente ley;
e) Arbitrar los medios necesarios para proveer a todos los hospitales públicos con servicios de gerontología y/o oftalmología los equipos necesarios para la realización de los diagnósticos que fueren necesarios;
f) Proveer gratuitamente de tratamiento o de cualquier elemento de utilización externa a los pacientes de escasos recursos y carentes de cobertura médico-asistencial;
ARTÍCULO 3°: Toda persona mayor de 60 años tiene derecho a que se estudie tempranamente su capacidad visual y se le brinde tratamiento en forma oportuna si lo necesitare.
ARTÍCULO 4°: Será obligatoria la realización de los estudios que establezcan las normas emanadas por autoridad de aplicación conforme al avance de la ciencia y la tecnología para la detección temprana de la DMAE, a todo adulto a partir de los 60 años de edad.
ARTÍCULO 5°: Las obras sociales enmarcadas en las leyes 23.660 y 23.661, la obra social del Poder Judicial de la Nación, la Dirección de Ayuda Social para el Personal del Congreso de la Nación, las entidades de medicina prepaga y las entidades que brinden atención al personal de las universidades, así como también todos aquellos agentes que brinden servicios médicos asistenciales a sus afiliados independientemente de la figura jurídica que posean, deben brindar cobertura deberán brindar las prestaciones establecidas en esta ley, las que quedan incorporadas de pleno derecho al Programa Médico Obligatorio (PMO) dispuesto por Resolución 939/2000 del Ministerio de Salud, incluyendo la provisión de tratamiento necesario de la Degeneración Macular Asociada a la Edad así como la rehabilitación oftalmológica.
ARTÍCULO 6º: Facúltase al Poder Ejecutivo Nacional a reestructurar, modificar o reasignar las partidas presupuestarias que resulten necesarias para dar cumplimiento a la presente ley.
ARTÍCULO 7°: Invítese a las Provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adherir a la presente ley.
ARTICULO 8°: Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


En Argentina residen actualmente 5.725.838 personas mayores de 60 años, lo que significa un 14,3% de la población general y convierte al país en uno de los más envejecidos de toda la región de Latinoamérica y el Caribe.
Según datos de la OMS, hay más de 314 millones de personas en el mundo con visión inadecuada, consecuencia de enfermedades oculares o defectos de refracción no corregidos. Dentro de aquel grupo, 45 millones son ciegas y 269 millones presentan baja visión.
La Degeneración Macular Asociada a la edad (DMAE) es una enfermedad oftalmológica que afecta la visión central de los adultos mayores en su mácula, aquella parte del ojo que permite visualizar los detalles con precisión, lo cual repercute directamente sobre las actividades de la vida diaria. Si bien la DMAE húmeda representa solamente el 10 al 15% de los casos de DMAE, ésta es responsable del 90% de la pérdida severa de visión o ceguera legal en personas mayores de 50 años.
Según datos de la Organización Mundial de la Salud, esta patología dejó sin visión a unas tres millones de personas en el mundo, lo que representa el 8,7 por ciento de todos los casos de ceguera y el 50 por ciento de los casos de ceguera en países industrializados.
Las proyecciones de la OMS duplican esta cifra para el año 2020 a medida que la población de los países industrializados envejece. De ese total, un 10% padecería su forma húmeda, la cual es la causante de 90% de casos de pérdida de visión severa.
La degeneración macular asociada con la edad casi siempre aparece después de los 65 años. Es más frecuente cuando existen antecedentes familiares, así como en pacientes con hipercolesterolemia y en fumadores.
Aunque la degeneración ocular se da en todo proceso de envejecimiento, sólo una parte de las personas mayores presenta disminución de la visión aguda, que podría ser por causas hereditarias, pero también por causas concretas como presión sanguínea alta, el efecto de los rayos UVA o concentración baja de
betacarotenos en la sangre. Estos factores elevan el riesgo de arterioesclerosis, por lo que la mácula que es de color amarillento se protege de la luz intensa a través de los pigmentos oscuros llamados luteína y zeaxantina.
En etapas tempranas, la DMAE puede no causar síntomas apreciables. Algunas veces sólo un ojo pierde visión llevando a que el "ojo sano" compense la pérdida de visión del otro afectado. Sin embargo, con el tiempo comienzan a aparecer manchas negras, la visión se torna borrosa y comienza la dificultad para ver detalles concretos, tanto de cerca como de lejos.
Cuando se detectan vasos sanguíneos dentro de la mácula, ya estamos en presencia de una DMAE. La mácula se llama así porque al hacer el estudio de fondo de ojos sólo se observa una mancha negra. Cuando aparecen vasos sanguíneos allí, es cuando comienza a desarrollarse esta patología. Esos vasos sanguíneos, que no deben estar allí, son de mala calidad y hasta pueden producir hemorragias dentro del ojo.
Los principales síntomas que presentan las personas son: alteración de los colores, necesidad de incrementar la luz al momento de leer, dificultad para ver rostros, deformación en las líneas, visión de puntos borrosos y oscuros en la visión central, dificultad para diferenciar colores.
Al ser una enfermedad que se origina en la mácula, la DMAE no se mejora con corrección focal. No basta con recetar nuevos anteojos o lentes de contacto. Si uno padece de una maculopatía o cualquier otro problema de retina, el tratamiento consiste en inyectar el medicamento de manera intraocular.
En 2013, La Asociación Latinoamericana para la Degeneración Macular asociada con la Edad presentó por primera vez el resultado de su trabajo colaborativo en el informe "Una Nueva Visión para Latinoamérica", en donde expertos de la región concluyeron en su reporte que la DMAE es una enfermedad incapacitante progresiva de alta prevalencia que actualmente está sub-diagnosticada en la región.
Sin embargo, el informe garantiza que la misma podría ser manejada si se realizan los chequeos rutinarios con el oftalmólogo y se trata a tiempo con la medicación indicada. Asimismo, detalla que la falta de información y la dificultad en el acceso a servicios especializados son los factores que atentan contra la detección a tiempo y el tratamiento adecuado.
El presente proyecto propone la creación de un programa de detección y atención temprana de esta enfermedad, ya que el diagnóstico y tratamiento a tiempo son fundamentales para evitar la ceguera que se produce en las etapas más avanzadas.
La promoción de acciones de medicina preventiva resultan indispensables para proteger la la calidad de vida de las personas mayores. Por ello, solicito el acompañamiento de mis pares en el presente proyecto de Ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
TUNDIS, MIRTA BUENOS AIRES FEDERAL UNIDOS POR UNA NUEVA ARGENTINA
SELVA, CARLOS AMERICO BUENOS AIRES FEDERAL UNIDOS POR UNA NUEVA ARGENTINA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA (Primera Competencia)
PRESUPUESTO Y HACIENDA