PROYECTO DE TP


Expediente 5565-D-2018
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA LAS MEDIDAS NECESARIAS PARA ANALIZAR LOS EFECTOS NOCIVOS DEL USO DEL PRODUCTO GENERICO FITOSANITARIO DENOMINADO CLORPIRIFOS.
Fecha: 06/09/2018
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 115
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
DECLARA:


Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo nacional, a través de los organismos que correspondan, arbitre las medidas necesarias a fin de analizar los efectos nocivos del uso del producto genérico fitosanitario denominado clorpirifos y, si correspondiere, determine la prohibición de su uso con la consecuente baja en el registro pertinente.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Los elevados niveles de toxicidad del insecticida clorpirifos han sido demostrados desde hace más de diez años. Las personas pueden estar expuestas a este químico a través del aire, de los residuos en alimentos y de la contaminación del agua. Sus efectos nocivos se vinculan con problemas en el desarrollo de los niños, como ser: reducido peso al nacer, menor coeficiente intelectual y trastornos en la atención.
En el año 2000, la Agencia de Protección Ambiental de Estados Unidos (EPA, por sus siglas en inglés) prohibió su uso domiciliario en todo el país frente a los riesgos a la salud que fueron demostrados mediante estudios exhaustivos. Posteriormente, científicos de la EPA manifestaron que el pesticida no era seguro para ningún tipo de uso y propusieron ampliar la prohibición.
Por su parte, el Ministerio de Salud de la República Argentina tomó la misma decisión mediante la Res. 456/09, al prohibir el uso de clorpirifos para el control de plagas domiciliarias.
Al respecto, la Comisión Europea solicitó en 2012 a la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA, por sus siglas en inglés) la revisión de los valores toxicológicos de la sustancia activa clorpirifos (etil), marca comercial Lorsban, producido por Dow Chemical. Las conclusiones de EFSA se publicaron en 2014 y en marzo de 2015 el Comité Permanente de Legislación tomó los valores de referencia que determinaron la reducción de los límites máximos de residuos (LMR) hasta el límite de detección analítica para cultivos frutihortícolas, lo que supone en la práctica la prohibición de su uso en estos cultivos.
Tras esta reducción de los LMR, el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente de España aprobó la retirada de los formulados a base de clorpirifos etil, para su empleo de los cultivos de tomate, pimiento, melón, sandía, papas, alcaucil, manzana, pera, damascos, uva de mesa, frambuesa y arándanos.
En noviembre de 2016, la EPA publicó una “Evaluación revisada del riesgo del clorpirifos en la salud humana” la cual confirmó que no hay uso seguro de este pesticida. Entre otros resultados concluyó que “todos los alimentos expuestos al clorpirifos exceden los niveles de seguridad, siendo los niños de 1-2 años los más vulnerables, soportando niveles 140 veces más altos de los que la EPA considera seguros”; “no existe ningún nivel seguro de clorpirifos en el agua potable”; “la pulverización con plaguicidas alcanza altos niveles de contaminación incluso a 1000 metros del sitio aplicado”; “en escuelas y hogares en zonas agrícolas, la cantidad de clorpirifos en el aire alcanza niveles insalubres”; “los trabajadores que mezclan y aplican clorpirifos están expuestos a niveles peligrosos del pesticida, incluso con el máximo equipo de protección personal y controles de ingeniería”; “se permite el reingreso de 1 a 5 días después de la aplicación, pero las exposiciones peligrosas de clorpirifos continúan durante un promedio de 18 días después de aplicado”.
En Estados Unidos este producto iba camino a prohibirse durante la presidencia de Obama, pero en 2017 en la administración de Donald Trump la EPA decidió no ejecutar la prohibición. Scott Pruitt, nuevo administrador de la EPA, explicó que había “graves preocupaciones científicas y lagunas sustanciales” en el plan para su prohibición y programó la siguiente revisión para el año 2022. La misma “debilidad argumental” de los estudios sobre clorpirifos, en cuanto a su capacidad de incidir en el desarrollo neurológico en niños, fue utilizada por Dow Chemical para refutar y defender la continuidad de su uso.
Sin embargo, un reciente fallo del tribunal de apelaciones del Estado de San Francisco, emplazó a la EPA para retirar en sesenta días el clorpirifos del mercado en todo el territorio del país norteamericano.
En 2011, un estudio llevado a cabo por la universidad de Columbia vinculaba al insecticida en cuestión con numerosos casos de niños afectados con retrasos mentales y físicos en zonas cercanas a Nueva York,
Como otro antecedente debe citarse que Dow Chemical fue multada en 1995 y 2003 por ocultar casi 250 casos de intoxicación con clorpirifos sólo en Estados Unidos y continuar publicitando al insecticida como “producto seguro”. En la sumatoria de ambas sanciones Dow fue obligada a pagar 2,7 millones de dólares.
Frente a este breve sumario de antecedentes que datan al menos de diez años atrás, cabe preguntarse si las autoridades nacionales responsables de la autorización para el registro y venta del clorpirifos están informados de los estudios y medidas encaradas en otros países. Al mismo tiempo, corresponde instar a las máximas autoridades sanitarias y ambientales a realizar las acciones conducentes para asegurar la inocuidad de los productos que se utilizan en nuestro país.
En este sentido y a fin de garantizar la protección de la salud de los argentinos, resulta imperioso que el Poder Ejecutivo nacional, a través de los organismos que correspondan, evalúe con base en evidencia científica la continuidad del registro de productos como: Atrazina (prohibida en Europa desde el año 2000), Carbofuran, Paraquat, Metomil, entre otros.
Por los motivos expuestos, Sr. Presidente, solicito la aprobación del presente proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
OLIVARES, HECTOR ENRIQUE LA RIOJA UCR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
AGRICULTURA Y GANADERIA (Primera Competencia)