PROYECTO DE TP


Expediente 5162-D-2017
Sumario: DECLARAR PATRIMONIO CULTURAL INMATERIAL AL GENERO ARTISTICO "MURGA".
Fecha: 27/09/2017
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 135
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


Artículo 1: Declárase como patrimonio cultural inmaterial en los términos de la Ley Nro. 26.118 al género artístico "murga”.
Art. 2: Se entiende por género artístico “murga” a los saberes, prácticas y actividades desarrolladas por las asociaciones y/o agrupaciones artísticas de carnaval originadas en la Ciudad de Buenos Aires que hoy encuentran expresión en el ámbito de todo el territorio nacional, y que implican un entramado de relaciones sociales, plasmadas en música con percusión, canto, danza, desfile público y tareas de producción y logística de carácter singular.
Art. 3: Decláranse de interés nacional, tanto la preservación, la recuperación, la difusión y la promoción del género artístico "murga", como el desarrollo de toda actividad artística, cultural, académica, educativa y /o de otra naturaleza relacionadas con dicho género.
Art. 4: La autoridad de aplicación debe realizar y promover acciones positivas que protejan al género artístico “murga”, a saber:
a) Estimular y promocionar las distintas modalidades de ejecución;
b) Promover las diversas corrientes interpretativas;
c) Estimular y promover la difusión nacional e internacional;
d) Fomentar la producción y promover líneas de investigación que generen contenidos en soportes gráficos, audiovisuales, digitales y de cualquier otro tipo;
e) Realizar acciones de preservación, registro y difusión.
f) Garantizar una gestión pública que propicie instancias de diálogo permanente entre el Estado y las entidades o agrupaciones cultoras del género artístico “murga”, respetando las identidades barriales, locales, regionales, provinciales y/o nacionales.
g) Apoyar la acción de intérpretes, autores/as, compositores/as y docentes.
h) Promover y facilitar el funcionamiento y la organización autogestionados de las entidades y/o agrupaciones cultoras del género artístico “murga”.
i) Garantizar el uso del espacio público para las prácticas, la preparación y la concreción de las actividades de las entidades y/o agrupaciones cultoras del género artístico “murga”
Art. 5º: La presente ley rige en todo el territorio de la Nación, sus disposiciones son de orden público, operativas y se utilizan para la interpretación y aplicación de la legislación específica sobre la materia, la cual mantendrá su vigencia en cuanto no se oponga a los principios y disposiciones contenidas en ésta.
Art. 6°: Comuníquese

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Eran los difíciles años inmediatamente posteriores a la dictadura cívico- militar- religiosa, específicamente 1986, cuando la antropóloga Alicia Martín decidía bucear en los profundos significados de una de las manifestaciones más relevantes de la cultura popular, que dicha dictadura había intentado borrar de la memoria porteña, aunque sólo lograra borrarla del calendario; el carnaval.
La presencia continua y renovada de las agrupaciones de carnaval desde entonces da cuenta de la pervivencia de las actividades carnavalescas, las que, bajo la especificidad de la “murga”, se han ido adueñando, primero, del carnaval porteño, para expandirse, luego, a otras ciudades del país, dando cuenta de la existencia de un género que sobrepasó los límites territoriales que lo vieron nacer.
De ahí que hoy solicito a mis pares la declaración,como patrimonio inmaterial de la Nación, en el marco de la Ley N° 26.118,del género artístico “murga”, que entraña saberes, fiesta y celebración.
El producto que hoy presento a esta Cámara es la resultante de una modalidad de trabajo participativa en la que fueron consultados los actores más relevantes del quehacer murguero. La Comisión de Cultura que tengo el honor de presidir realizó, junto con el Plan Rector de Intervenciones Edilicias del Congreso e Icomos Argentina, en esta Honorable Cámara de Diputados, un desayuno al que concurrieron murgueros y murgueras de distintos agrupaciones, quienes fueron construyendo este proyecto junto con la Dra. Alicia Martín, reconocida como la principal teórica del carnaval en la Argentina.
En consecuencia, un proyecto que es la resultante de una insondable articulación entre la Academia –la que se expresa a través de las voces de los antropólogos y antropólogas de la Facultad de Filosofía y Letras que, con sus aportes, sustentan estos fundamentos- y la fiesta callejera. De ahí, la enorme potencialidad de una norma que nace ya apropiada por sus principales agentes.
Valga nuestro reconocimiento a Tato Serrano, Director de la murga “La pasión que faltaba”; Facundo Carman, Director de la murga “Los amantes de La Boca”; Luciana Vainer, Directora de la Agrupación Murguera “Los quitapenas”; Rubén Enrique Espiño, Director de la agrupación murguera “Atrevidos por costumbre”; Víctor Risso Oliva, Director la murga “Los que quedamos”; Mariela Caprini, integrante del Movimiento Nacional de Murgas, regional Buenos Aires, zona norte; Agustín Badaraco, integrante del Movimiento Nacional de Murgas y murga “Rastreando alegría”; Omar Foresti, integrante del Movimiento Nacional de Murgas, Director de la murga “Los Gastasuelas” y Juan Carlos “Pipi” Porcel, organizador del Corso de Boedo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y Director de la murga “Los chiflados de Boedo”, los autores y autoras del proyecto.
El patrimonio
Hasta las últimas décadas del siglo pasado, el patrimonio aparecía exclusivamente asociado a los objetos tangibles y ligado a la Arquitectura, la Arqueología y las Bellas Artes. Circa 1980, la cuestión del patrimonio cultural se reformula al incluirse nuevas miradas, usos y actores sociales que superan la antigua matriz y la centralidad del Estado y las instituciones patrimonialistas. Es el momento en que la agenda del debate público sobre el patrimonio se diversifica (Martín y Rotman, 2005), lo que complejiza las interacciones entre las agencias involucradas: Estado, sociedad civil, intereses privados (García Canclini, 1994).
En este contexto, autoras como Mónica Rotman (2001: 154) señalan que el patrimonio de una Nación, desde una perspectiva participativa y democratizante, no incluye sólo a los bienes materiales e inmateriales de los grupos dominantes sino que también se extiende a los bienes y manifestaciones de la cultura popular y los sectores subalternos. Es este giro en la consideración del patrimonio lo que hace que comiencen a tenerse en cuenta la conservación y revitalización de actividades como fiestas, rituales, juegos, y tradiciones, expresiones propias de las culturas populares.
El supuesto en el que se asienta la nueva perspectiva de la cuestión patrimonial es definir al patrimonio como una construcción social de carácter histórico y contextualizado. En este sentido, Prats (1997), considera que las activaciones de referentes patrimoniales se convierten en representaciones simbólicas de determinadas versiones ideológicas de identidad, que se constituyen a partir de una selección de ideas, valores e intereses particulares (Morel, 2008).
Es en este marco de redefiniciones conceptuales y políticas que se produce una importante transformación de las condiciones sociales de producción, circulación y consumo del patrimonio que se plasman en dos instrumentos internacionales a los que ha adherido la República Argentina: la Convención para la salvaguarda del patrimonio inmaterial, de 2003, y la Convención sobre la protección y promoción de las expresiones culturales, de 2005.
Se plasma, así, un clima de época en que las demandas de grupos particulares históricamente invisibilizados irrumpen en la arena pública, interpelando al Estado con el objeto de que sus capitales culturales sean considerados y exigiendo participar en la definición y usufructo de las políticas públicas de preservación (Rotman, 2001).
El carnaval
Desde la Grecia Clásica con su culto a Momos, dios de la sátira y la difamación, pasando por las carnestolendas romanas y los contrapuntos religiosos de la Edad Media, las celebraciones de lo que llamamos carnaval van dibujando un recorrido histórico hasta que, como señala Alicia Martín (1997), “la racionalidad burguesa separó y opuso lo entretenido a lo productivo”. De esta forma, el carnaval, en tanto sublimación del ocio, aparece como una irreverencia, interpelando a un mundo aferrado a la racionalidad, al que interpela en sólo cuatro días en los que trastoca los espacios sociales que cada quien tiene asignados.
No es de extrañar que las dictaduras que asolaron Argentina en 1966 y 1976, fueran letales para el carnaval, dado el ataque sistemático que se ejerció contra toda forma de organización popular. Al recuperarse la democracia en 1983, habían sobrevivido unas pocas organizaciones carnavalescas, al tiempo que “las expresiones carnavalescas, en tanto práctica inherente a los sectores populares que habitaban la ciudad, eran algo muy poco valorado y reconocido por el conjunto de la sociedad porteña”. (Morel, 2008)
La murga porteña
Si bien existen murgas de carnaval en otros puntos geográficos como Cádiz, España, o Montevideo, Uruguay, la murga porteña tiene características que la distinguen, aunque comparte con aquellas el uso de un humor picaresco, propio del grotesco, de origen popular.
Es justamente esa especificidad de la murga porteña la que nos permite hablar ya en términos de un género que, si bien reconoce como lugar de origen a la Ciudad de Buenos Aires, hoy se ha multiplicado y expandido a diversas localidades de varias provincias argentinas.
En un trabajo pionero, Santiago Bilbao (1962), al clasificar a las agrupaciones del carnaval porteño, hace referencia a sus vestimentas y al tipo de arte que ejecutaban. Sin embargo, a la hora de hablar de las murgas, las considera un fenómeno bastardeado de la comparsa, lo que no fue así ya que ambas manifestaciones convivieron en el espacio festivo del carnaval como especies diferentes. “La murga apela de modo desafiante al grotesco: sus mismos disfraces y caracterizaciones son burlescas, así como sus nombres”. (Martín, 1997).
Las comparsas, de neta influencia europea, estaban compuestas por bandas de músicos con alto dominio técnico y variedad coral e instrumental, en las que la picaresca era algo ocasional.
El señero trabajo de Alicia Martín: “Fiesta en la calle. Carnaval, murgas e identidad en el folklore de Buenos Aires” da cuenta de dos momentos históricos, el primero de 1860 a 1920, y el segundo de 1930 hasta la publicación de su trabajo que es de 1997, momento en que se concretan las políticas de patrimonialización promovidas por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, abriendo, así, una nueva etapa.
En el primer período, es donde Bilbao coloca a las comparsas de blancos disfrazados de negros, a las políticas, las gauchescas, las de influencia europea, que divide en orfeones, de carácter y porteñas.
1930 es un tiempo de inflexión para las agrupaciones carnavalescas ya que la oleada inmigratoria se ha asimilado al medio local cambiando la fisonomía cultural de la Ciudad de Buenos Aires.
En los tiempos de la dictadura cívico militar de 1976, con sus políticas de censura, represión, desaparición forzada clausuró no sólo el espacio público para la libre circulación, sino también cualquier forma de expresión popular. Recuperada la democracia, hubo un tiempo de reacomodamiento ya que las agrupaciones fueron desarticuladas y debió esperarse hasta fines de la década de los ochenta del siglo pasado, momento en que artistas de distintas disciplinas se vuelcan con interés a las prácticas locales de carnaval. De ahí que se inicie un proceso de revalorización y experimentación que abre a nuevas expresiones de cultura popular carnavalesca.
"La culminación de este proceso fue la implementación -con continuidad hasta el presente- de una nueva forma de practicar y representar las artes carnavales cas en base a la modalidad de enseñanza de talleres de murga, experiencia nacida en el Centro Cultural Ricardo Rojas bajo la dirección de Coco Romero". (Morel, 2008)
En esta etapa de recuperación, la incidencia del Estado fue mínima, hasta que, a fines de la década de los noventa, como señala el mismo Morel, dos hechos abren una nueva etapa.
En primer lugar, la marcha en reclamo por la restitución de los feriados de carnaval, y en segundo lugar, la activación patrimonial que "representa un corte, una bisagra que lleva a que en menos de cuatro años se triplique el número de agrupaciones de carnaval existentes en Buenos Aires" (Morel, ibidem). En esta etapa, los artistas de carnaval se unen y organizan creando una asociación civil: MURGAS.
La legislación de la Ciudad de Buenos Aires
En octubre de 1997, por medio de la Ordenanza N° 52.039, se declara a “la actividad que desarrollan las asociaciones/agrupaciones artísticas de carnaval (centro murgas, comparsas, agrupaciones humorísticas, agrupaciones rítmicas y/o similares), en el ámbito de la Ciudad”, como patrimonio cultural de la Ciudad de Buenos Aires, en el marco de un proceso de revalorización de distintasmanifestaciones populares. En el artículo 7° de la mencionada Ordenanza, se crea, dentro del ámbito del Gobierno porteño, una Comisión de Carnaval, cuyos integrantes tendrían la responsabilidad de gestionar el efectivo cumplimiento de la norma.
La sanción de esta ordenanza y la implementación de las políticas culturales allí establecidas significó un importante aporte para las agrupaciones carnavalescas ya que, antes de su sanción, aquellas estaban obligadas a autogestionar cada una de las etapas del proceso de producción artístico de manera autónoma. A partir de la regulación, el Estado se compromete en la promoción de las actividades culturales desarrolladas por las agrupaciones de carnaval, lo que se traduce en recursos –cesión de espacios, iluminación, corte de calles, publicidad- lo que, a su vez, genera, por parte del Gobierno de la Ciudad, el ejercicio del contralor y su poder de policía.
Es necesario resaltar, lo que se dijo anteriormente, en el sentido de que los festejos del carnaval fueron eliminados del calendario oficial, en 1976, por decisión de la última dictadura militar, limitando las actividades de las murgas a espacios barriales o, simplemente, reduciéndolas a una práctica marginal dentro de la producción cultural popular. El decreto 1584/10, firmado por la Presidenta Cristina Kirchner, restablece los feriados de carnaval.
Las agrupaciones que, desde ese momento, sobresalen en la escena porteña del carnaval, son las murgas o centro-murga, que conviven con comparsas, agrupaciones humorístico-musicales y grupos de percusión.
Hoy como ayer
Las murgas porteñas ostentan orgullosas su pertenencia barrial y una modalidad de organización autogestionada. Una fuerte red de relaciones sociales territoriales las sustentan.
En sus presentaciones, especialmente aquellas que realizan en espacios públicos y callejeros- los corsos- las murgas desfilan detrás de un estandarte identificatorio en el que figura su nombre, el barrio de pertenencia y la fecha de su creación.
La murga es una representación artística integral que se concreta a partir de una construcción colectiva que reúne a quienes fabrican las levitas de lentejuelas, llenas de brillo y color, y a quienes las lucen, desfilando, cantando y bailando, acompañados de todo tipo de objetos materiales -banderas, muñecos- que se mueven al compás de la música. Hay directores y poetas, hombres y mujeres, que arman las coreografías o gestionan los espacios, músicos y acrobátas, cientos de adolescentes y niños y niñas se lucen en las calles luego de largos ensayos o de acarrear ropa y materiales.
Como señalamos más arriba, la presentación de la murga se inicia con un desfile y prosigue una serie de canciones ya sobre el escenario. En estas canciones, predomina la ironía y la parodia y una actitud crítica y contestaría, la que, junto con el doble sentido, atrae al público que, en forma inmediata, se hace parte del espectáculo.
Las murgas tienen de 20 a 300 participantes que cantan melodías conocidas a las que les han cambiado la letra para adecuarlas a algún episodio de actualidad. Los instrumentos musicales son el bombo con platillos y silbatos.
Esta presencia continua de una práctica popular ha ido asentado un género artístico que se caracteriza por su especificidad, de ahí que, en el art. 2° de este proyecto, se considere que el género artístico “murga” se define por “los saberes, prácticas y actividades desarrolladas por las asociaciones y/o agrupaciones artísticas de carnaval originadas en la Ciudad de Buenos Aires que hoy encuentran expresión en el ámbito de todo el territorio nacional, y que implican un entramado de relaciones sociales, plasmadas en música con percusión, canto, danza, desfile público y tareas de producción y logística de carácter singular”.
Además, es necesario recalcar que, las murgas ofrecen un espacio de contención social. Este género, además, ha sido reconocido por favorecer el desarrollo de una vida sana, lo que promueve a través de la danza, el movimiento, la técnica vocal, promoviendo, en jóvenes y adultos/as, las actividades al aire libre. Las agrupaciones de carnaval, así como también, los espacios donde se celebra el Carnaval, como fenómeno social, político, cultural, de esparcimiento, representa una fuente de saberes, un ámbito de desarrollo de la salud y la vida sana, un espacio de contención y solidaridad, una herramienta de empoderamiento y participación, un espacio de pertenencia, que se ha convertido en un fenómeno social que no se agota con el carnaval, formando parte de la vida cotidiana de miles de argentinos/as e incluso trascendiendo nuestras propias fronteras.|
Es por todo lo expuesto, solicito la declaratoria del género artístico "murga" con el objeto de preservar, proteger, registrar, investigar, difundir y promover las prácticas, saberes y actividades que comprende.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
CABANDIE, JUAN CIUDAD de BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
HUSS, JUAN MANUEL ENTRE RIOS FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
CASTAGNETO, CARLOS DANIEL BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
RUIZ ARAGON, JOSE ARNALDO CORRIENTES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
MENDOZA, SANDRA MARCELA CHACO FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
ESTEVEZ, GABRIELA BEATRIZ CORDOBA FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
SORAIRE, MIRTA ALICIA TUCUMAN FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
DOÑATE, CLAUDIO MARTIN RIO NEGRO FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
CULTURA (Primera Competencia)
PRESUPUESTO Y HACIENDA
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
14/08/2018 ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA Aprobado por unanimidad en la parte de su competencia sin modificaciones
20/11/2018 ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA Aprobado sin modificaciones con disidencias
20/11/2018 DICTAMEN Aprobado sin modificaciones con disidencias
Dictamen
Cámara Dictamen Texto Fecha
Diputados Orden del Dia 0815/2018 CON UNA DISIDENCIA PARCIAL Y UNA DISIDENCIA TOTAL 20/11/2018
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados SOLICITUD DE SER ADHERENTE DE LA DIPUTADA GRANADOS (A SUS ANTECEDENTES)
Diputados REPRODUCIDO POR EXPEDIENTE 1038-D-19