PROYECTO DE TP


Expediente 4903-D-2018
Sumario: DECLARAR ITINERARIO CULTURAL NACIONAL AL CONJUNTO DE LOS INGENIOS AZUCAREROS EMPLAZADOS EN LA PROVINCIA DE TUCUMAN.
Fecha: 15/08/2018
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 100
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


Artículo 1º.- Declárese Itinerario Cultural Nacional en los términos del Art 4 inciso 13 de la Ley N° 12.665 al conjunto de los ingenios azucareros emplazados en la provincia de Tucumán que cesaron su actividad productiva a partir del año 1966 como consecuencia del decreto ley 16926/66, que se detallan a continuación:
a) ESPERANZA: Ubicado en el departamento de Delfín Gallo, calle Nuestra Señora del Carmen S/N°; nomenclatura catastral 6-335-1-L-139---233M3;
b) LASTENIA: Ubicado en el Departamento de Cruz Alta, calle Tornquist 298, nomenclatura catastral: 6-106-2-C-75-12ª-0
c) SANTA ANA: Ubicado en el Departamento de Rio Chico, calle Cabo Farina, nomenclatura catastral: 13-384-1-H-461-552R1;
d) SAN JOSE: Ubicado en el Municipio de Yerba Buena, calle Camino del Perú 1050, Loteo azucarero Justiniano Frías C. Redondo, nomenclatura catastral:5-105 circunscripción 1- sección N-lámina 125- parcela 26 y 33;
e) AMALIA: Ubicado en la ciudad de San miguel de Tucumán calle Américo Vespucio 600, nomenclatura catastral: C: 1S: 18D M: 67P: 19ª padrón: 237.888 M/01554bis/7104;
f) LOS RALOS: Ubicado en el departamento de Cruz Alta, calle San Martin, nomenclatura catastral: 6-336-1-E-55-11;
g) SANTA LUCIA: Ubicado en el departamento de Monteros calle José Hernández, nomenclatura catastral: 9-342-1-F-44-48-22B49;
h) LOS VAZQUEZ: Ubicado en Chacabuco, nomenclatura catastral:17-117-1-18d-67-19ª21-0;
9)MERCEDES: Ubicado en el departamento de San Isidro de Lules, calle Urquiza 500, nomenclatura catastral:7-107-2-F-103-68G4
i) SAN ANTONIO: Ubicado en el departamento: Cruz Alta Ruta Nacional 302 Km 24, nomenclatura catastral:6-329-2-E-158-806 A21E,
j) SAN RAMON: Ubicado en el departamento de Villa Quinteros; nomenclatura catastral 9-347-2-D-320---308L
Art. 2º.- Declárense Bienes de Interés Industrial Nacional en los términos del Art 4 inciso 9 de la Ley N° 12.665 al conjunto de los ingenios azucareros emplazados en la provincia de Tucumán que cesaron su actividad productiva a partir del año 1966 como consecuencia del decreto ley 16926/66, que se detallan a continuación:
a) ESPERANZA: Ubicado en el departamento de Delfín Gallo, calle Nuestra Señora del Carmen S/N°; nomenclatura catastral 6-335-1-L-139---233M3;
b) LASTENIA: Ubicado en el Departamento de Cruz Alta, calle Tornquist 298, nomenclatura catastral: 6-106-2-C-75-12ª-0
c) SANTA ANA: Ubicado en el Departamento de Rio Chico, calle Cabo Farina, nomenclatura catastral: 13-384-1-H-461-552R1;
d) SAN JOSE: Ubicado en el Municipio de Yerba Buena, calle Camino del Perú 1050, Loteo azucarero Justiniano Frías C. Redondo, nomenclatura catastral:5-105 circunscripción 1- sección N-lámina 125- parcela 26 y 33;
e) AMALIA: Ubicado en la ciudad de San Miguel de Tucumán calle Américo Vespucio 600, nomenclatura catastral: C: 1S: 18D M: 67P: 19ª padrón: 237.888 M/01554bis/7104;
f) LOS RALOS: Ubicado en el departamento de Cruz Alta, calle San Martin, nomenclatura catastral: 6-336-1-E-55-11, 7) SANTA LUCIA: Ubicado en departamento de monteros calle José Hernández, nomenclatura catastral: 9-342-1-F-44-48-22B49;
g) LOS VAZQUEZ: Ubicado en Chacabuco, nomenclatura catastral: 17-117-1-18d-67-19ª21-0;
h) MERCEDES: Ubicado en el departamento de San isidro de Lules, calle Urquiza 500, nomenclatura catastral: 7-107-2-F-103-68G4
i) SAN ANTONIO: Ubicado en el departamento: Cruz Alta Ruta Nacional 302 Km 24, nomenclatura catastral: 6-329-2-E-158-806 A21E,
j) SAN RAMON: Ubicado en el departamento de Villa Quinteros; nomenclatura catastral 9-347-2-D-320---308L
Art. 3º.- La Autoridad de Aplicación implementará la señalización de los inmuebles establecidos en los artículos 1° y 2° de la presente ley.
Art. 4º.- La Comisión Nacional de Monumentos, de Lugares y de Bienes Históricos, dependiente del Ministerio de Cultura de la Nación, adoptará las medidas necesarias para el cumplimiento de la presente ley
Art. 5- De forma.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La decisión del gobierno de facto de Juan Carlos Onganía mediante el decreto ley n°16.926 (agosto de 1966), que produjo la intervención primaria de una serie de ingenios azucareros de la provincia de Tucumán, fue el inicio de una política de desguace y desmantelamiento de la industria azucarera tucumana que derivo en el cierre de una serie de ingenios.
El derrocamiento del gobierno democrático de Arturo Ilia, acontecido el día 28 de junio de 1966, abrió un nuevo (y no el último) período de gobiernos militares en la historia Argentina.
Como una de sus primeras medidas el dictador Ongania, bajo el lema del llamado “Operativo Tucumán”, intervino los ingenios argumentando la necesidad de reestructurar el sector Agro-Industrial. La supuesta premisa, planteaba la necesidad inminente de ingresos de capitales tanto nacionales como internacionales y con ello la instalación de nuevas y más modernas industrias, las que absorberían la mano de obra azucarera desocupada.
Los ingenios más afectados en principio resultaron los de menor promedio de molienda y menor producción, llegando luego a las estructuras industriales más importantes.
Llevada a cabo la imposición del gobierno de facto, la desocupación aumento a niveles insostenibles provocando la migración de trabajadores hacia otras regiones del país de manera precaria y con la modalidad de la actividad “golondrina”, calculándose que el desempleo afecto a más de un tercio de la población económicamente activa y alrededor de entre 150.000 y 200.000 coprovincianos.
Los ingenios intervenidos y desactivados fueron luego cerrados y sentenciados a prevalecer en ruinas por décadas y algunos de ellos incluso utilizados como centros
Clandestinos en el llamado “Operativo Independencia” a cargo del dictador Bussi.
Se intenta en el siguiente proyecto preservar para la memoria histórica del pueblo Argentino estas estructuras que remiten a un prospero esquema productivo que supo tener la provincia, este esquema fue violentamente interrumpido bajo las clásicas premisas liberales inducidas y ejecutadas a través de acciones cívico-militares que conllevaron a claros acto antidemocráticos y a la enajenación de un destino certero para poblaciones enteras, incurriendo en grandes violaciones en materia laboral, civil, cultural, religiosa, de derechos humanos y políticas.
Por todo lo expuesto solicito a mis pares el acompañamiento
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
SANTILLAN, WALTER MARCELO TUCUMAN FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
SORAIRE, MIRTA ALICIA TUCUMAN FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
CAROL, ANALUZ AILEN TIERRA DEL FUEGO FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
IGON, SANTIAGO NICOLAS CHUBUT FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
MASIN, MARIA LUCILA CHACO FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
GUERIN, MARIA ISABEL BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
FILMUS, DANIEL CIUDAD de BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
CARMONA, GUILLERMO RAMON MENDOZA FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
CASTAGNETO, CARLOS DANIEL BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
YEDLIN, PABLO RAUL TUCUMAN JUSTICIALISTA POR TUCUMAN
SELVA, CARLOS AMERICO BUENOS AIRES FEDERAL UNIDOS POR UNA NUEVA ARGENTINA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
CULTURA (Primera Competencia)
PRESUPUESTO Y HACIENDA
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
02/10/2018 ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA Aprobado por unanimidad en la parte de su competencia con modificaciones
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DEL DIPUTADO SELVA (A SUS ANTECEDENTES)