PROYECTO DE TP


Expediente 4755-D-2017
Sumario: COMISION NACIONAL DE ESFUERZO SOLIDARIO. CREACION EN EL AMBITO DEL "INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL".
Fecha: 06/09/2017
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 119
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


Ley de esfuerzo solidario para la contingencia y el desarrollo
Artículo 1º:Créase en el ámbito del Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social la Comisión Nacional de Esfuerzo Solidario, que tendrá como objetivo canalizar su potencial de unión, con fines solidarios, ante la contingencia ya sea de orden natural, económico y / o social.
Artículo 2º: La Comisión Nacional de Esfuerzo Solidario estará integrada por aquellas cooperativas y / o mutuales que soliciten su incorporación, comprendidas en la Ley Orgánica de Cooperativas y Ley Orgánica de Mutuales.
Artículo 3º: El Poder Ejecutivo Nacional, a propuesta del Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social y / o de la Comisión Nacional de Esfuerzo Solidario, determinará los beneficios e incentivos quedará a las cooperativas y mutuales que participen de la acción que desarrolle la Comisión Nacional de Esfuerzo Solidario, fomentando la participación y la acción solidaria.
Artículo 4º:La Comisión Nacional de Esfuerzo Solidarioestará integrada por 1 (un)presidente, designado por el Poder Ejecutivo Nacional y por 12 (doce) asesores designados: 6 (seis) por las cooperativas y 6 (seis) por las mutuales. Las entidades deberán proponer el nombre de las personas que la representan y estas personas durarán 2 (dos) años en sus cargos, los que serán ad honorem. La reglamentación establecerá la metodología de la selección de las personas propuestas para ocupar los cargos.
Artículo 5º: En la primera reunión constitutiva, la Comisión Nacional de Esfuerzo Solidario, integrada por el presidente y las 12 (doce) personas asesoras, procederá a dictar su reglamento interno;establecer en él su competencia, funciones, modo de elección del cargo de asesores, duración de los mandatos, causas de remoción, forma de sesionar y toma de decisiones, planes de desarrollo y de acción directa a realizar, peticiones al Poder Ejecutivo Nacional, todo ello de acuerdo con los preceptos enunciados en la presente ley.
Artículo6º: La Comisión Nacional de Esfuerzo Solidario tendrá como objetivo lo siguiente:
a) Colaborar en los eventuales sucesos catastróficos, ya sean de índole natural y / o humanos.
b) Diagramar y establecer, de acuerdo con la necesidad de la situación, un uso eficaz de las fuerzas disponibles tanto en cooperativas y mutuales, conforme a la necesidad de cada suceso.
c) Implementar campos de acción en coordinación con otros organismos del Estado, poniendo a disposición de los mismos los recursos técnicos y humanos para la mejor resolución del acontecimiento.
d) Establecer métodos de organización y disposición de los recursos ya sean materiales y / o humanos para la resolución del acontecimiento.
e) Proponer acciones y / o políticas que impliquen un desarrollo en zonas de frontera o en aquellos lugares que, por distintas razones, no llegue en forma adecuada el desarrollo teniendo como prioridad el bienestar social.
f) Implementar todas las políticas solidarias que tiendan al bien común de cualquier sector de la sociedad, independientemente de su ubicación territorial.
g) Fomentar el acceso a la vivienda digna, el agua potable, el servicio de red cloacal, en aquellos lugares que no se encontraren disponibles.
h) Fomentar políticas de cooperativismo y de mutualismo, educación cooperativa y asesoramiento para planes de crecimiento social con fines cooperativos.
i) Fomentar la educación y propiciar programas de educación que tengan como fin específico lograr mano de obra capacitada.
j) Implementar un sistema que logre en las fuerzas disponibles que sean conscientes de sus capacidades, se encuentren comprometidas, entrenadas y organizadas.
k) Establecer un sistema permanente entre mutuales y cooperativas que tengan la capacidad de ponerse en movimiento ante la ocurrencia de eventos naturales o humanos o ante la detección de vulnerabilidad social, que ameriten ocurrir en auxilio solidario.
l) Establecer un programa rápido y eficaz que facilite ante el acontecimiento que lo requiera, los recursos tanto humanos, materiales o tecnológicos propios del objeto de cada asociación.
m) Establecer un mecanismo de contacto eficaz con cada mutual o cooperativa, que garantice un procedimiento adecuado para la situación requerida.
n) Establecer una Mesa de Enlace como método de operación adecuado y eficaz que pueda coordinar mecanismos concretos de operación.
o) La Comisión deberá llevar un registro de cada mutual y / o cooperativa, debiendo identificar en cada caso el tipo de ayuda que cada entidad puede propiciar y los recursos con los que cuenta.
Artículo 7º: La Comisión Nacional de Esfuerzo Solidario funcionará en ámbito del Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social, debiendo éste asignar el espacio físico adecuado para el desarrollo de las funciones específicas otorgadas por la presente ley. Asimismo, deberá asignar y dotar para su desenvolvimiento de cuatro (4) personas afectadas a las tareas administrativas que requieran el desarrollo de la presente ley y que pasarán depender de la Comisión Nacional de Esfuerzo Solidario.
Artículo 8º: La Comisión Nacional de Esfuerzo Solidario propondrá la suscripción de convenios con las mutuales y cooperativas para el mejor desarrollo de la presente ley.
Artículo 9º: El plazo mínimo de los convenios será de 3 (tres) años. En los convenios deberá quedar establecido el compromiso que asume cada parte y su participación.
Artículo 10º: La Comisión Nacional de Esfuerzo Solidario deberá contar con la capacidad técnica para evaluar las situaciones que requieran su intervención.Podrá coordinar su labor con estructuras del Estado Nacional, Provincial y / o Municipal, debiendo en el momento oportuno prever las necesidades específicaspara atender con la celeridad y eficiencia que amerita la situación.
Artículo 11º: La Comisión Nacional de Esfuerzo Solidario podrá disponer de los recursos económicos,técnicos, materiales y humanos puestos a disposición por cada entidad mutual o cooperativa.
Artículo 12º: La Comisión Nacional de Esfuerzo Solidario tendrá los siguientes recursos:
a) Los que reciba de donaciones y legados.
b) Los que reciba para el desarrollo de un programa determinado, con fin específico.
c) Los que reciba de patrocinadores, afectados a un programa determinado.
d) Los que determine el Poder Ejecutivo Nacional para un programa específico y determinado.
Artículo 13º: La Comisión Nacional de Esfuerzo Solidario podrá implementar una lista de voluntarios, expertos en distintos ámbitos y para distintas situaciones, que se encuentren dispuestos a colaborar en situaciones de crisis humanitarias, con el objetivo de poner su capacidad y conocimiento a disposición de las necesidades de acuerdo con la contingencia de que se trate.
Artículo 14º: La Comisión Nacional de Esfuerzo Solidario podrá suscribir convenios con empresas del Estado, empresas privadas, universidades y particulares que realicen la financiación de los proyectos que tengan como fin específico llevar a un determinado sector de la sociedad mejor calidad de vida, desarrollo, agua potable, educación, entre otros. En todos los casos, la Comisión Nacional de Esfuerzo Solidario solo podrá intervenir en el proyecto y su desarrollo e implementación, debiendo la empresa patrocinadora determinar el financiamiento, hecho éste que será ajeno a la Comisión, la que solo se abocará a la implementación y desarrollo del proyecto y no a su financiación, el que correrá por cuenta de quien suscriba el convenio como auspiciante del proyecto.
Artículo 15º: De forma.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La presente ley tiene como fin específico organizar a las cooperativas de la Ley 20.337 y a las Mutuales de la Ley 20.321 con el objeto de hacerlas partícipes de un objetivo mayor, que ya no está circunscripto a sus asociados sino al ámbito nacional. Con esa orientación superadora y de integración de recursos materiales y humanos es que propongo la creación de una COMISIÓN NACIONAL DE ESFUERZO SOLIDARIO, dando a estas entidades una estructura social y organizada, con intervención y participación ante contingencias, ya sea en hechos de orden natural, como pueden ser las catástrofes o hechos humanos o sociales, que acontecen en nuestro país.
Crear una Comisión de Esfuerzo Solidario con el fin específico que se le asigna en este proyecto, es darle la participación a estas entidades en distintos eventos que acontecen en el país. Las cooperativas y mutuales tienen presencia en todo el territorio nacional y también tienen recursos humanos y técnicos que pueden ser muy útiles en el desarrollo de una acción solidaria, así como se contribuye fuertemente a la consolidación del espíritu de colaboración sistemática de los argentinos, que siempre responden positivamente frente a situaciones de catástrofe, en auxilio de quienes lo necesitan.
Por ello, optimizar esos recursos y organizarlos, darles una función real, participación y una estructura dentro del mismo Estado parece a todas luces alentador, puesto que muchos pueden ser los beneficios, no ya sólo en los hechos más traumáticos como en las catástrofes, donde la organización es más que importante para sortear tal acontecimiento, sino también en cuestiones tan simples como hacer llegar un bien o un servicio a una comunidad alejada.
Es aquí donde esta Comisión de Esfuerzo Solidario puede crear, programar, disponer, firmar convenios y hacer; principalmente: hacer. Acercando a los argentinos lo que necesitan, dando forma a las respuestas de la sociedad a las necesidades de quienes atraviesan situaciones de vulnerabilidad, en una novedosa forma de asociación positiva entre el Estado, las organizaciones cooperativas y mutualistas, y las organizaciones y personas que quieran contribuir y hacer realidad este espíritu de integración nacional.
Creo fervorosamente que las mutuales y las cooperativas agrupadas en una Comisión que les asigne un marco legal pueden hacer mucho, pueden acercar a los argentinos entre sí, especialmente cuando más se necesita, pueden hacer menos dolorosos los daños que provoca la naturaleza, pueden acercar soluciones ante estos eventos y también por su sentido solidario pueden ayudarnos a ser copartícipes y a construir la Patria que todos queremos, teniendo en cuenta cada precepto de nuestra Constitución, haciéndolos reales entre todos y garantizando a cada habitante de la República el ejercicio pleno de su derechos.
El Consejo Nacional de Esfuerzo Solidario se constituye en un puente entre organizaciones y personas con recursos y buena voluntad, y los ciudadanos o comunidades de compatriotas con necesidades estructurales o contingentes, con un Estado presente que garantiza la transparencia y la calidad de la acción solidaria.
Esta iniciativa constituye un paso más a la integración nacional en sentido general y a la integración social en sentido particular, en tanto que el aporte de las organizaciones puede impactar positivamente en la vida de los argentinos.
Asimismo, el ejercicio práctico de este involucramiento puede contribuir a reforzar, con acciones ejemplares, el espíritu solidario de los argentinos, y facilitar la articulación sistemática de este tipo de iniciativas, que hoy se dan en forma desarticulada o espasmódica, perdiendo la capacidad de impacto que verdaderamente podría tener.
Este desarrollo del espíritu solidario organizado es una base de generación de posibilidades, en tanto que el acceso a soluciones de emergencia o estructurales, puede permitir una mejora en la calidad de vida y un aumento de expectativas en el progreso al enfocar las energías individuales y colectivas al logro de otros objetivos superadores.
La Argentina ha sido forjada en el esfuerzo diario de cada argentino, fortalecida por el aporte de una inmigración que hizo de la solidaridad un culto, por lo que es necesario recuperar ese sentido fundacional, donde el apoyo entre todos suma, y si es coordinado multiplica.
La política social de respuesta a necesidades de los ciudadanos es una obligación indelegable del Estado, fijando los principios que orienten las propias decisiones como la de los actores privados. Una solución estable para los problemas sociales se logra cuando los ciudadanos encarnan a la solidaridad como un valor central del funcionamiento de la democracia.
Es necesario contar con mecanismos de planeamiento, recursos suficientes y tecnologías adecuadas para el desarrollo de respuestas sociales de alta calidad e impacto. Para que esta respuesta sea eficiente la discusión técnica debe estar subordinada a la opción ética y a la mirada realista de los problemas concretos.
Este enfoque sistémico implica que el éxito de que la aplicación de recursos públicos y privados depende de su administración con la máxima participación social posible, en forma organizada o individual.
De ninguna manera impulsar el desarrollo comunitario implica un abandono de la responsabilidad estatal en el terreno social. Las organizaciones cooperativas y mutuales constituyen una instancia de canalización de inquietudes y respuestas focalizadas entre las personas, entre las organizaciones y entre éstos y el Estado con esta instancia de coordinación que propongo.
Por ello, solicito a los Sres. Diputados me acompañen en la presente iniciativa.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
SORAIRE, MIRTA ALICIA TUCUMAN FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
MENDOZA, SANDRA MARCELA CHACO FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ASUNTOS COOPERATIVOS, MUTUALES Y DE ORG.NO GUBERNAMENTALES (Primera Competencia)
PRESUPUESTO Y HACIENDA
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
04/10/2017 INICIACIÓN DE ESTUDIO Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría
22/05/2018 CONTINUACIÓN DE ESTUDIO Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DE LA DIPUTADA MENDOZA, SANDRA MARCELA (A SUS ANTECEDENTES)
Diputados REPRODUCIDO POR EXPEDIENTE 1542-D-19