PROYECTO DE TP


Expediente 4641-D-2019
Sumario: EXPRESAR REPUDIO POR EL DICTADO DE LA RESOLUCION 845/2019 DEL MINISTERIO DE SEGURIDAD DE LA NACION, QUE CREA EL "PROGRAMA OFENSORES EN TRENES", QUE HABILITA A LAS FUERZAS DE SEGURIDAD A VERIFICAR LA IDENTIDAD DE CUALQUIER PASAJERO.
Fecha: 03/10/2019
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 142
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
DECLARA:


Su más enérgico repudio y honda preocupación por el dictado de la Resolución 845/2019, por parte del MINISTERIO DE SEGURIDAD, que crea el PROGRAMA OFENSORES EN TRENES, mediante la cual se habilita a las fuerzas de seguridad a verificar la identidad de cualquier persona que viaje en trenes, exigiéndole la exhibición del documento de identidad a los fines de constatar la posible existencia o vigencia de medidas restrictivas de carácter judicial.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


A través de la presente iniciativa propongo que esta Honorable Cámara exprese su más enérgico repudio y honda preocupación ante la resolución dictada por el Ministerio de Seguridad, que crea un programa que habilita a las fuerzas de seguridad a exigir la exhibición del documento de identidad a cualquier persona que viaje en trenes. En la práctica, no hay dudas que la medida recaerá en personas que por sus características físicas puedan considerarse sospechosas de cometer o haber cometido un delito.
La medida repudiada criminaliza a les trabajadores mediante la aplicación excesiva de controles innecesarios e injustificados. Está comprobado que estas medidas ponen en riesgo los derechos fundamentales y, además, son ineficientes para prevenir delitos.
La iniciativa legaliza la presunción de sospecha por portación de cara, color de piel, vestimenta gorra con visera o de lana, postura al pararse, modo de mirar, amague de corrida, música que escuche, forma de hablar y cuanto criterio se le ocurra al representante de las fuerzas de seguridad que quiera ampararse en la Resolución 845/2019 firmada por la Ministra de Seguridad, Patricia Bullrich.
Los considerandos de la resolución cuestionada expresan que el “PROGRAMA OFENSORES EN TRENES” tiene como fin “la prevención de delitos” solamente en los trenes que a diario es utilizado por 1,2 millones de trabajadores que viajan desde la provincia de Buenos Aires hacia la Capital Federal.
Con la implementación del programa, los agentes quedan habilitados a solicitar a cualquier persona “la presentación del documento nacional de identidad”, cuya entrega “será obligatoria en todas las circunstancias”, según establece el texto difundido por el Ministerio de Seguridad.
Al respecto, cabe preguntarse: ¿Qué consecuencias pesarán sobre la persona que no tenga consigo el documento al momento de la fiscalización ?, ¿Qué acontecerá con quien haya olvidado dicho documento?. Estos son algunos de los interrogantes que se presentan y que nos sumergen en un país de características autoritarias bajo la excusa de resguardar la seguridad interior.
Cabe destacar que, conforme se desprenda de la norma, los datos de la persona serán consultados en una base de datos, y en caso de comprobarse que tiene antecedentes penales “se comunicarán a la autoridad judicial pertinente, labrándose un acta” que lo dejará a disposición de esa autoridad. Es decir que, por lo menos, la persona quedará retenida.
No obstante, los trenes no serán el único lugar en donde los agentes de las fuerzas de seguridad nacionales, o provinciales en caso, exigirán los documentos. También habrá control “en zonas de ingreso, egreso, tránsito y/o permanencia de personas que utilizan el transporte público en trenes de pasajeros”. Es decir que los hall de estaciones, boleterías, sectores de descanso, andenes y vagones estarán prácticamente bajo estricto control policial.
Los datos de la persona serán consultados en una base de datos, y en caso de comprobarse que tiene antecedentes penales “se comunicarán a la autoridad judicial pertinente, labrándose un acta” que lo dejará a disposición de esa autoridad. Es decir que, por lo menos, quedará retenido.
El Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) determinó que es "inconstitucional" el programa "Ofensores en trenes", creado mediante una resolución del Ministerio de Seguridad y habilita a las fuerzas policiales y de seguridad a pedir el documentación y detener de forma arbitraria a personas en estaciones de tren.
La medida, que se lanzó bajo el argumento de "prevenir delitos", no establece ningún tipo de criterio por el cual las autoridades eligen a quién pedir el DNI ni qué sucede cuando la persona en cuestión no lleva consigo la tarjeta de identificación. Además, está basada en el fallo "Vera", en el cual el Tribunal Superior de Justicia porteño legitimó una detención injustificada y arbitraria en la estación Constitución sobre la que se había pedido que sea declarada inconstitucional.
La resolución es inconstitucional, contradice las leyes y estándares internacionales que prohíben detener a alguien, si no hay sospechas fundadas de la comisión de un delito. Tampoco se puede detener con fines de identificación, las “facultades implícitas” son ilegales.
En este sentido, el CELS enfatizó que "es una medida que criminaliza a les trabajadores mediante un exceso de controles innecesarios e injustificados", e indicó que "está comprobado" que iniciativas como la dispuesta por el Ministerio de Seguridad "ponen en riesgo los derechos fundamentales y, además, son ineficientes para prevenir delitos".
Además, la entidad sostuvo que "esta decisión del gobierno promueve que las fuerzas de seguridad detengan con criterios discriminatorios", lo cual "puede dar lugar a graves violaciones a los Derechos Humanos, como lo ocurrido con la privación ilegítima de la libertad de Walter Bulacio en 1991 en el ingreso a un recital".
"Cuando no hay sospecha suficiente de que alguien cometió un delito, detener para identificar es inconstitucional. No importa cuánto tiempo dure el procedimiento. Así lo afirmó la CIDH en el caso por la detención arbitraria y la desaparición forzada de Iván Torres", reiteró el CELS.
El mencionado caso se refiere a un joven que fue desaparecido de forma forzada luego de ser detenido por la policía chubutense en 2003 en Comodoro Rivadavia mientras estaba reunido con sus amigos en la calle. Seis testigos del hecho fueron asesinados, y la desaparición de Torres nunca se esclareció. En este caso, la CIDH también intercedió y condenó como responsable al Estado Argentino.
Por los motivos expuestos, solicito a mis pares el acompañamiento en el presente proyecto de declaración.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
CORREA, WALTER BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
SEGURIDAD INTERIOR (Primera Competencia)
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados SOLICITUD DE REPRODUCCION DEL PROYECTO PARA EL PERIODO 138 (2020), SEGUN LOS TERMINOS DEL ARTICULO 7 DE LA RESOLUCION DE LA HCD DEL 05/06/1996