PROYECTO DE TP


Expediente 4407-D-2018
Sumario: ESTABLECER LA COBERTURA INTEGRAL DE LA ENDOMETRIOSIS POR PARTE DE LOS AGENTES DE SALUD COMPRENDIDOS EN LAS LEYES 23660 Y 23661, ENTIDADES DE MEDICINA PREPAGA Y EL PROGRAMA MEDICO OBLIGATORIO (PMO).
Fecha: 16/07/2018
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 88
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


COBERTURA INTEGRAL DE LA ENDOMETRIOSIS
ARTICULO 1°: Establézcase la cobertura integral por parte de las obras sociales enmarcadas en las leyes 23.660 y 23.661, las entidades de medicina prepagas y las entidades que brinden atención al personal de las universidades, así como también todos aquellos agentes que brinden servicios medico-asistenciales a sus afiliados, independientemente de la figura jurídica que posean , la totalidad de las practicas preventivas, diagnosticas y terapéuticas que demande el tratamiento de Endometriosis , abarcando las terapias médicas, psicológicas, farmacológicas, quirúrgicas y todas aquellas que resulten necesarias para el control de la enfermedad, la mitigación del dolor y la calidad de vida de las pacientes afectadas. Así mismo se deberá incorporar esta entidad dentro del Programa Medico Obligatorio.
ARTICULO 2°: Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La endometriosis es una enfermedad inflamatoria estrógeno-dependiente de origen desconocido que afecta aproximadamente un 10-20% de mujeres en edad fértil de cualquier etnia-raza y grupo social. Las manifestaciones clínicas abarcan un amplio espectro, encontrando desde personas asintomáticas hasta formas severas y crónicas con síntomas dolorosos intensos y/o infertilidad asociada, que requieren varias intervenciones quirúrgicas y para las que no se consigue un tratamiento curativo. La enfermedad, en algunos casos, puede ser progresiva hasta en un 50% de casos con una velocidad de progresión variable e impredecible (Koninckx y cols.,1991; D’Hooghe y cols., 1996; D’Hooghe y Hill, 2006). Hasta el 50% de casos es recurrente (Guo, 2009), de forma que puede catalogarse como una enfermedad crónica e invalidante para algunas pacientes, especialmente para el subgrupo con endometriosis más grave denominada endometriosis profunda, quienes suelen presentar síntomas graves e intensos que pueden persistir a pesar de recibir un tratamiento médico o quirúrgico adecuado, lo que afecta su calidad de vida a causa del dolor debilitante y crónico presentado por ellos, la esterilidad asociada y su incerteza sobre el futuro debido a la posibilidad de cirugías repetidas y los efectos secundarios asociados al tratamiento médico (Hummelshoj, 2004). Estos aspectos fueron remarcados por la European Society for Human Reproduction and Embriology que enfatizó la complejidad del tratamiento de la endometriosis avanzada y la necesidad de referir las pacientes a centros que dispongan de la experiencia necesaria para ofrecer todos los tratamientos disponibles en un contexto multidisciplinar (Kennedy y cols, 2005).
La enfermedad consiste en la implantación y crecimiento benigno de tejido endometrial (glándulas y estroma) fuera del útero, de predominio en el peritoneo pélvico y los ovarios. La extensión de la enfermedad varía desde pocas y pequeñas lesiones hasta grandes endometriomas ováricos y/o grandes y extensos nódulos/fibrosis y adherencias que causan una severa distorsión de la anatomía pélvica normal. Las localizaciones más frecuentes son el ovario, peritoneo, ligamentos uterosacros y fondo de saco de Douglas, siendo raros fuera de la pelvis, aunque pueden afectar a cualquier órgano (pleura, meninges, etc.). En la pelvis pueden afectar e invadir órganos diferentes de los genitales internos, como el intestino, frecuentemente recto y/o sigma, y vejiga y uréteres. En otras ocasiones el tejido endometrial ectópico se localiza en el espesor del tejido miometrial uterino produciendo una variante de endometriosis llamada adenomiosis que puede ser difusa o focal.
Existen tres formas básicas de presentación de la enfermedad:
1. endometriosis peritoneal superficial (tipo I),
2. endometriosis ovárica (tipo II) y
3. endometriosis profunda (tipo III).
Según datos de la OMS el 10% de la mujeres en edad fértil padecen endometriosis y es la principal causa de infertilidad. En Argentina, si bien no existen datos oficiales, se estima que un millón de mujeres la padecen y la mayoría de las mujeres afectadas tienen entre 15 y 50 años. Además, entre el 30% y el 50% de mujeres infértiles de nuestro país sufren endometriosis.
El estudio GSWH (Global Study of Women`s Health) es el primer estudio epidemiológico prospectivo para conocer el impacto global de la endometriosis. Se ha realizado en 1.418 mujeres de 18 a 45 años de edad de 10 países. Todas presentaban dolor pélvico crónico con sospecha de endometriosis y tenían programada una laparoscopia diagnóstica. Las mujeres sin endometriosis se constituyeron en grupo control. Los resultados preliminares revelan que el retraso diagnóstico medio es de 7 años, con un número medio de visitas hasta la derivación a ginecología de 6,7 consultas. Al comparar las mujeres con endometriosis con las del grupo control, se objetiva en las primeras peor calidad de vida, mayor pérdida de productividad laboral y mayor afectación en la realización de las tareas cotidianas. Estos resultados no deben extrapolarse a todas las mujeres con endometriosis, ya que corresponden a mujeres con dolor pélvico crónico que van a ser sometidas a una intervención quirúrgica.
Por los motivos expuestos, y considerando que la endometriosis afecta solo a las mujeres, se ha de tener en cuenta el género como categoría de análisis de desigualdad evitable, corrigiendo de esta manera los posibles sesgos que puedan transcender a la atención sanitaria, investigación, etc, de esta enfermedad es por ello fundamental que las pacientes con endometriosis cuenten con los servicios sanitarios adecuados para un diagnóstico precoz y un tratamiento de calidad.
Por todo lo expuesto, invito a mis pares acompañar el presente proyecto de Ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
BIANCHI, IVANA MARIA SAN LUIS UNIDAD JUSTICIALISTA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA (Primera Competencia)
PRESUPUESTO Y HACIENDA