PROYECTO DE TP


Expediente 4250-D-2019
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON LA CANCELACION DE OBLIGACIONES DE LA SEGURIDAD SOCIAL CON TITULOS DE LA DEUDA PUBLICA.
Fecha: 06/09/2019
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 124
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Solicitar al Poder Ejecutivo Nacional que, por intermedio de los organismos correspondientes, se sirva informar sobre el siguiente punto relacionado con la cancelación de determinadas obligaciones de la Seguridad Social, a partir de títulos de la deuda pública cuya fecha de vencimiento original se encuentre vencida:
Ministerio de Hacienda /Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP):
1) A través del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 609/2019, del 1° de septiembre de 2019, expresamente en su artículo 5°, se estableció la posibilidad de cancelación de obligaciones de la Seguridad Social con los títulos de la deuda pública que se detallan en el Anexo (IF-2019-77795012-APNSF#MHA) del Decreto N° 596/2019. En ese marco, se solicita se informe mensualmente los montos de las obligaciones de la Seguridad Social cancelados a partir de los títulos de la deuda pública afectados, discriminados por tipo de obligación y una vez verificados los pagos que por tales conceptos se efectúen.-

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


En el Artículo 5° del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 609/2019, de fecha 01/09/2019, expresamente se estableció que: “…Los tenedores de los títulos de la deuda pública que se detallan en el Anexo (IF-2019-77795012-APNSF#MHA) del Decreto N° 596/2019, cuya fecha de vencimiento original se encuentre vencida, podrán darlos en pago para la cancelación de las siguientes obligaciones de la seguridad social, vencidas y exigibles al 31 de julio de 2019: 1) Aportes y contribuciones con destino al SISTEMA PREVISIONAL INTEGRADO ARGENTINO (SIPA), establecido por la Ley N° 24.241, sus modificaciones y complementarias; 2) Aportes y contribuciones con destino al INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS (INSSJP), establecido por la Ley N° 19.032 y sus modificaciones; 3) Contribuciones con destino al Régimen Nacional de Asignaciones Familiares, establecido por la Ley N° 24.714 y sus modificaciones; 4) Contribuciones con destino al FONDO NACIONAL DE EMPLEO, instituido por la Ley N° 24.013…”.-
Debido a la importancia que revisten estos aportes y contribuciones para el correcto funcionamiento del sistema de Seguridad Social de la Nación, se considera de vital importancia el seguimiento de los pagos efectuados de forma no convencional a las correspondientes instituciones encargadas de dicho sistema.-
El presente requerimiento resulta imprescindible a los fines de garantizar el control del sector público en sus aspectos patrimoniales, económicos, financieros y operativos, como atribución propia del Congreso de la Nación.-
Por los motivos expuestos, solicito a los Señores Diputados, la aprobación del presente Proyecto de Resolución.-
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
ALUME SBODIO, KARIM AUGUSTO SAN LUIS UNIDAD JUSTICIALISTA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
PREVISION Y SEGURIDAD SOCIAL (Primera Competencia)