PROYECTO DE TP


Expediente 4110-D-2019
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO SUSCRIBA LA "CONVENCION IBEROAMERICANA DE DERECHOS DE LOS JOVENES", FIRMADA EN LA REUNION PLENARIA DEL 11 DE OCTUBRE DE 2005 EN BADAJOZ, ESPAÑA.
Fecha: 30/08/2019
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 119
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
DECLARA:


Vería con agrado que el Poder Ejecutivo, por medio de los organismos que correspondan, suscriba la “Convención Iberoamericana de Derechos de los Jóvenes”, firmada en la reunión plenaria del 11 de Octubre de 2005 en Badajoz, España, por representantes plenipotenciarios de los países miembros de la Organización Iberoamericana de Juventud -O.I.J.-.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La Convención Iberoamericana de Derechos de los Jóvenes es un tratado internacional de derechos civiles, sociales, políticos y con un especial cuidado a los derechos humanos de la población joven, que fue firmado inicialmente el 11 de octubre del 2005 en la ciudad española de Badajoz por los delegados plenipotenciarios de los estados miembros de la organización iberoamericana de juventud (OIJ), cuyo alcance de aplicación está circunscrito a los países que conforman la comunidad iberoamericana de naciones.
Integran la OIJ Argentina, Bolivia, Brasil, Colombia, Cuba, Costa Rica, Chile, Ecuador, El Salvador, España, Guatemala, Honduras, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, Portugal, República Dominicana, Uruguay y Venezuela.
El tratado es un acuerdo de carácter vinculante que regula y protege específicamente los derechos de los jóvenes (entre 15 y 25 años de edad), generando un marco jurídico de mayor interés sobre la juventud y sus derechos y garantías, reconocidas por el derecho internacional de los derechos humanos y en el artículo 75 inciso 22 de nuestra Constitución Nacional.
La juventud demanda este tipo de protección porque históricamente la población joven fue reconocida como una etapa de necesidades particulares, constituyendo una forma de institución social dependiente de un proceso biológico natural e intrínseco al ser humano, aunque los factores de madurez, crecimiento y aprendizaje dependen directamente de la influencia de los factores sociales que rodean a una persona en su crecimiento definitivo.
Este proceso se caracteriza por ser un periodo de transición crítico que requiere una atención y acompañamiento especiales, ya que se consolida la personalidad, la seguridad personal, la proyección del futuro y un proyecto de vida.
En cuanto a la Convención, destacamos que comprende de 44 artículos, que consagran derechos particularmente establecidos para considerar la problemática de los Jóvenes de 15 a 25 años.
Entre los Derechos que la Convención instituye se encuentran, no sólo los que se refieren específicamente a la Juventud como el Derecho a la Vida, a la Justicia o a la Libertad de Expresión, sino que se extiende a otros, como el Derecho a la Vivienda o al de poder ejercer la Objeción de Conciencia.
La Convención puede ser firmada y ratificada por los países miembros de la Organización Iberoamericana de Juventud. Al ser una Convención, es de carácter vinculante y ya entró en vigor en 2008, tras ser ratificada por República Dominicana, Costa Rica, Honduras, Ecuador, España, Uruguay y Bolivia. Pero Argentina es uno de los países que todavía no la han firmado ni ratificado.
Señor Presidente, por estas razones es fundamental que se inicie el procedimiento para que esta Convención entre en vigencia, a fin de reforzar, establecer y reconocer los derechos de los jóvenes, fortaleciendo y promoviendo de este modo políticas públicas destinadas a mejorar, no solo la calidad de vida, sino también ofreciendo mejores oportunidades para que puedan desarrollarse a sí mismos, y adoptar medidas para el pleno ejercicio de sus derechos.
Finalmente, quiero expresar mi decisión de seguir trabajando junto a los jóvenes de nuestro país que pese a los esfuerzos llevados adelante falta mucho por hacer, siendo prioritario trabajar mancomunadamente sin distinciones políticas en post al bienestar y al desarrollo integral como futuros ciudadanos con pleno ejercicio de sus derechos y obligaciones.
Señor Presidente, estamos convencidos además que la formación integral que debe desarrollarse en los primeros años de su vida y en su adolescencia, es vital para el futuro de nuestra nación reconocer y establecer el derecho de todas las juventudes del país a acceder a participar tanto en la vida social, política, acceso a la información pública, a la vivienda, a la formación de una familia, a la igualdad y a la equidad, salud y trabajo. Pero aún más imprescindible que los jóvenes de nuestro tiempo y de las siguientes generaciones sean capaces de soñar, de proyectar un futuro mejor.
Señor Presidente, por los motivos expuestos, es que solicito de mis pares la aprobación del presente proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
GRANDE, MARTIN SALTA PRO
FRIZZA, GABRIEL ALBERTO CORDOBA PRO
MONALDI, OSMAR ANTONIO JUJUY PRO
SAHAD, JULIO ENRIQUE LA RIOJA PRO
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
RELACIONES EXTERIORES Y CULTO (Primera Competencia)