PROYECTO DE TP


Expediente 3793-D-2016
Sumario: COMISION NACIONAL BICAMERAL INVESTIGADORA POR LA VERDAD SOBRE LA CORRUPCION ESTATAL - PRIVADA EN LA REPUBLICA ARGENTINA: CREACION.
Fecha: 21/06/2016
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 76
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


COMISIÓN NACIONAL BICAMERAL INVESTIGADORA
POR LA VERDAD
SOBRE LA CORRUPCIÓN ESTATAL-PRIVADA
ARTÍCULO 1° - Créase en el ámbito del Congreso de la Nación la COMISIÓN NACIONAL BICAMERAL INVESTIGADORA POR LA VERDAD SOBRE LA CORRUPCIÓN ESTATAL-PRIVADA EN LA REPÚBLICA ARGENTINA.
ARTÍCULO 2º - La Comisión Bicameral estará compuesta por cuatro (4) diputados y cuatro (4) senadores, que serán designados por sus propios cuerpos legislativos, de entre los que se elegirá un Presidente. La Comisión dictará su propio reglamento interno y nombrará el personal de apoyo y técnico que estime necesarios.
ARTÍCULO 3º - La Comisión tendrá por objetivo la elaboración de un informe que compilará los datos y testimonios recibidos, señalará los mecanismos utilizados para concretar actos de corrupción, tanto sean exclusivamente del sector estatal como aquellos en los que intervengan actores de ese sector y del sector privado, y propondrá medidas legislativas y administrativas para evitarlos en el futuro.
Si alguno de los hechos de los que tome conocimiento pudiese eventualmente considerarse delictivos, deberá formular las correspondientes denuncias ante la Justicia.
ARTÍCULO 4º - La Comisión deberá formular dentro de los treinta (30) días de constituida un plan de trabajo, con una estimación del tiempo que le demandará completarlo, que en ningún caso excederá de los seis (6) meses.
ARTÍCULO 5º - Entre las actividades que podrá incluir en su plan de trabajo, estarán:
1.- La recepción de información y denuncias;
2.- La citación a particulares, entidades y organizaciones no gubernamentales, empresarios, empresas y cámaras empresarias, asociaciones sindicales y partidos políticos;
3.- El pedido de informes a empresas, organizaciones no gubernamentales, a dependencias de los tres poderes del Estado Nacional, Provincias y Municipal y Estados Extranjeros.
4.- El requerimiento a funcionarios del Poder Ejecutivo nacional, de sus organismos dependientes, de entidades autárquicas y de las fuerzas armadas y de seguridad, así como autoridades de los gobiernos de Provincias, que le brinden informes, datos y documentos.
5.- La solicitud de informes, documentos, antecedentes y todo otro elemento que estime útil para el cumplimiento de sus funciones, a cualquier organismo público, nacional, provincial o municipal, y a personas físicas o jurídicas, públicas o privadas.
ARTÍCULO 6°.- En ningún caso será oponible a la Comisión el secreto bancario, fiscal, bursátil o profesional, ni los compromisos legales o contractuales de confidencialidad, pero deberá tratar con tal carácter la información que reciba en ese sentido, salvo que los hechos involucrados pudiese constituir delito.
Asimismo podrá recurrir a la Justicia si fuera necesaria su intervención para el avance de su investigación.
ARTÍCULO 7º - Concluido su trabajo, la Comisión brindará un informe en sesión conjunta de ambas Cámaras, convocada al efecto, ocasión en la que podrán disponerse medidas complementarias o someter a consideración proyectos de ley, a los que se les dará a partir de ahí el trámite correspondiente, con carácter de prioritario.
ARTÍCULO 8°.- Antes de disolverse, la Comisión remitirá la totalidad de la información y documentación recopilada, cualquiera fuera el soporte que la contenga, al Archivo de la Biblioteca del Congreso de la Nación, para su consulta pública.
ARTICULO 9°- De forma.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


"Perdónenme si esto los ofende pero la corrupción es un resbalar suave y casi sin darse cuenta, un resbalar que después contagia, que se justifica y finalmente se termina peor que al principio. Se trata de un camino resbaladizo y cómodo, … , que asesina”. Esto acaba de decir el Papa Francisco, en otro contexto, pero que aplica a nuestro caso.
Asistimos esta semana a un espectáculo bochornoso, en el que un ex funcionario público, que ininterrumpidamente durante el 90% por ciento de su vida laboral estuvo “al servicio del Estado”, tenía al alcance de su mano una fortuna líquida (“en físico” como se dice ahora) de alrededor de unos 160 millones de pesos. A un trabajador con salario mínimo vital y móvil y su familia les llevaría 1.500 años de trabajo conseguir lo mismo. Los bolsos que vemos hoy en manos de López -sólo lo que vemos- se llevaban la jubilación mínima de más de 30.000 jubilados.
Ya no se trata de hacer exitoso ejercicio de una profesión liberal, o excelentes inversiones a las que muy pocos de los mortales tenemos acceso. Es una situación a la que solamente desde una imaginación prodigiosa se le puede dar una explicación creíble.
Este hecho, difícil de justificar desde lo legal, es imposible de aceptar desde la moral.
La Justicia tiene una tarea primordial, pero debe aplicar la ley vigente. Nosotros debemos saber cómo pueden darse las conductas que sospechamos, en las que parte de sus protagonistas son funcionarios públicos y su contraparte empresarios privados. No sólo para llegar a la verdad que nuestros mandantes merecen, sino para ver la manera de afilar los mecanismos legales para que esto no vuelva a suceder. Sin pretender ponernos a la altura de aquella gesta histórica, propongo un “Nunca más” de la corrupción, que, como dicen las víctimas de Once y ahora cita el Papa, mata.
Dije en ocasión de la discusión de la "Ley de reparación histórica a jubilados” que prevenir y evitar el nivel de corrupción conocido públicamente al estilo Báez (L) y López (JF) daría para pagarle las deudas y los beneficios a 10.000 jubilados. ¿Cuántos casos López y Báez hay y no conocemos?. ¿100, 1.000?‎. Si sólo fuesen ‎100 los que pudiéramos evitar o resolver, el beneficio público alcanzaría al equivalente de lo que la Nación le debe a 1.000.000 (¡sí, un millón!) de jubilados. La comparación no sólo tiene el propósito de dimensionar el costo social y la claudicación ética que significa minimizar o tolerar la corrupción estatal-privada, sino además afirmar la convicción de que librar y ganar esta batalla nos proyecta hacia una Argentina con bienes públicos y derechos efectivos realmente de mejor calidad para quienes menos tienen.
Un representante de una cámara comercial dijo haber advertido a toda la línea política del proceso de contrataciones sobre las irregularidades que hoy salen a la luz. La llamada “lista de la felicidad”, por la que José Francisco López indicaba a quién pagarle y a quién no, hubieran o no cumplido las obras comprometidas, evidentemente muestra vericuetos legales que escapan a los controles y transparencia del accionar de los funcionarios, vericuetos de los que debemos tener todos los detalles para poder actuar.
De la escasa y tibia evidencia emergente de los hechos públicos surge que la trama de la corrupción no habría estado limitada a las esferas del ejercicio del poder y la gestión pública del más alto nivel nacional sino que necesariamente se articularía en una compleja trama de relaciones, implicando la presencia del Estado en todo el territorio nacional y su relación con el sistema federal y político de las provincias. Recuérdese que si bien pueden aparecer casos como el de esta semana en otro ámbito, el de las obras públicas de infraestructura es en el que necesariamente confluyen autoridades de ambos niveles de gobierno, y fue usado muchas veces para las prácticas más mezquinas de la política.
Este Congreso tiene la responsabilidad de poner la lupa sobre todos los eslabones de la cadena de la corrupción estatal-privada, y ante las responsabilidades de los implicados y los destinatarios o gestores de los dineros públicos potencialmente puestos en juego, hoy conocidos y muchos de ellos aletargados en su investigación judicial, no es simplemente pertinente sino ineludible crear las condiciones para que sean convocados por el Congreso a los fines de echar luz voluntariamente, o a través de los mecanismos que se prevean, para el esclarecimiento, determinación de responsabilidades y diseño de mejores políticas públicas para combatir este flagelo institucional. De aquí que sea necesario contemplar la comparecencia de las empresas, instituciones públicas no gubernamentales o particulares.
Es por eso que estoy proponiendo la creación de una Comisión Bicameral que, a semejanza de otras propuestas que han sido aprobadas por este Congreso, se aboque a investigar los hechos de corrupción, no para suplantar a la Justicia, sino para tomar verdadera dimensión de lo que podemos hacer para evitar las consecuencias que trae a nuestro pueblo que los fondos con los que podrían hacerse escuelas, comprar medicamentos, generar trabajo, alimentar a los chicos desnutridos, pagarle a nuestros jubilados, terminen en manos de funcionarios venales y particulares codiciosos.
Por todo lo expuesto, y entendiendo que comparten la necesidad de asumir esta responsabilidad, los invito a acompañar esta iniciativa.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
RICCARDO, JOSE LUIS SAN LUIS UCR
ROQUEL, HECTOR ALBERTO SANTA CRUZ UCR
TORROBA, FRANCISCO JAVIER LA PAMPA UCR
VEGA, MARIA CLARA DEL VALLE LA RIOJA UCR
BARLETTA, MARIO DOMINGO SANTA FE UCR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
PETICIONES, PODERES Y REGLAMENTO (Primera Competencia)
PRESUPUESTO Y HACIENDA
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DE LA DIPUTADA VEGA (A SUS ANTECEDENTES)
Diputados SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DEL DIPUTADO BARLETTA (A SUS ANTECEDENTES)
Diputados REPRODUCIDO POR EXPEDIENTE 0177-D-18