PROYECTO DE TP


Expediente 3378-D-2019
Sumario: DECLARAR AL 7 DE JUNIO DE CADA AÑO COMO DIA NACIONAL DE LOS DERECHOS DEL NACIMIENTO.
Fecha: 04/07/2019
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 90
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


ARTÍCULO 1 °- Declárese el 7 de junio de cada año como Día Nacional de los Derechos del Nacimiento.
ARTÍCULO 2 °-Invítese a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adherir a la presente ley.
ARTÍCULO 3 °- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El 7 de junio se celebra el Día Mundial de los Derechos del Nacimiento, es un recordatorio al respeto del proceso natural del nacimiento, a facilitar la lactancia en el momento y no separar a la madre del bebé mientras sea posible.
Esta fecha fue establecida por la Plataforma pro Derechos del Nacimiento , está formada por, un grupo de asociaciones, centros de orientación maternal e infantil, profesionales del mundo del nacimiento, padres y futuros padres, que conscientes de la necesidad de crear una “ Nueva Cultura del Nacimiento”, se unieron y crearon esta plataforma.
La Organización Mundial de la Salud acerca del cuidado perinatal y para establecer un buen contacto entre madre e hijo ha establecido recomendaciones. El principio básico de estas recomendaciones es que cada mujer tiene el derecho fundamental de recibir atención prenatal apropiada, que la mujer tiene un rol fundamental en todos los aspectos de esa atención.
Se estableció así mismo el decálogo de los derechos del nacimiento, entre ellos mencionamos: El bebé tiene derecho al reconocimiento de su capacidad física y emocional, en su vida intrauterina y extrauterina, y especialmente entre el tránsito entre ambas. El bebé intraútero tiene derecho a que el bienestar emocional de su madre no sea alterado por un exceso y abuso de controles durante la gestación. El bebé y su madre tiene derecho a que se respeten el momento, ritmo, ambiente y compañía en el parto-nacimiento y a que el mismo transcurra de forma fisiológica. Un bebé y madre sanos tienen derecho a no ser tratados como enfermos. El bebé y su madre tienen derecho a la intimidad y respeto antes, durante y después del nacimiento-parto. El bebé y su madre tienen derecho a permanecer juntos en las horas y días siguientes al nacimiento. El bebé tiene derecho a disfrutar de lactancia materna a demanda, al menos, durante el primer año.El bebé tiene derecho a ser atendido personalmente por su madre, como mínimo, durante el primer año de vida. Las madres tienen derecho a disfrutar del contacto íntimo con su bebe cuando crea necesario.
La Organización Mundial de la Salud (OMS), ha avisado que cada año mueren unos 2,7 millones del niño al mes de nacer y ha informado de que el 45 por ciento de los fallecimientos de menores de 5 años se producen durante el periodo neonatal. Las principales causas de muerte son el parto prematuro, las complicaciones relacionadas con el parto-nacimiento, la asfixia o las infecciones. También informo que desde el final del período neonatal y los primeros 5 años de vida, las principales causas son la neumonía, la diarrea y la malaria.
Los derechos de la mujer y el bebé están establecidos en la Constitución Nacional en el artículo 75 inciso 23 establece: “Dictar un régimen de seguridad social especial e integral en protección del niño en situación de desamparo, desde el embarazo hasta la finalización del periodo de enseñanza elemental, y la madre durante el embarazo y el tiempo de lactancia”-
Sostenemos que establecer un día Nacional de los Derechos del Nacimiento, promoverá el cuidad perinatal, concientizará a la población de los diferentes factores de riesgo en el embarazo, promoverá la importancia del cuidado del recién nacido y la lactancia materna, posibilitará generar espacios de dialogo e información.
Por los motivos expuestos es que solicitamos a esta Cámara de Diputados la aprobación del presente proyecto de ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
SCHLERETH, DAVID PABLO NEUQUEN PRO
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
LEGISLACION GENERAL (Primera Competencia)
ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA