PROYECTO DE TP


Expediente 3221-D-2019
Sumario: CODIGO PENAL. MODIFICACION DEL ARTICULO 131, SOBRE UTILIZACION DE MEDIOS ELECTRONICOS PARA COMETER DELITOS CONTRA LA INTEGRIDAD SEXUAL.
Fecha: 27/06/2019
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 85
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


MODIFICAR EL CODIGO PENAL ARGENTINO EN SU ARTICULO 131 - DELITOS CONTRA LA INTEGRIDAD SEXUAL
Artículo 1°- Modificase el artículo 131 del Código Penal, incorporado por la ley 26.904, que quedará redactado de la siguiente forma:
“Artículo 131: Sera penado con prisión de cuatro (4) años a diez (10) años, el que utilice los servicios de internet, mediante correos electrónicos, redes sociales, telecomunicaciones, o cualquier otra forma de servicios de comunicación de datos, para contactarse con una o más personas menores de edad, con la finalidad de cometer delitos contra la integridad sexual de las mismas.“
Art. 2°.- De forma.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Es clara mi posición ante estos tipos de delitos, desde que llegue a este H. Congreso por mandato del pueblo de mi provincia, me puse a trabajar sobre esta problemática que es una de mis mayores preocupaciones, y creo no estar equivocado - tal vez la vehemencia que le imprimo a los proyectos- en la búsqueda permanente en este Congreso, para que tratemos estos temas que son de suma urgencia.
No son hechos esporádicos señor Presidente, sino noticias cotidianas, sobre abusos a menores a través de las redes sociales, que se dan a conocer en los medios periodísticos.
Esta modificación al Código Penal que estoy proponiendo. es importante ya que quienes cometen estos aberrantes delitos no pueden tener contemplaciones de ningún tipo, máxime cuando las víctimas son seres inocentes e indefensos.
La justicia tiene que tener las herramientas necesarias para poder brindar fallos ejemplares y que la sociedad se sienta protegida, y no como hoy que vemos que quienes cometen estos delitos salen en libertad gracias a que nuestro Código Penal tiene penas muy bajas, o de fácil superación con las normas procesales vigente, siendo ellas, muy exiguas y ambiguas a la vez.
Señor Presidente, colegas es mi propósito con este proyecto de ley, que quienes imparten justicia no se amparen en la palabra garantista, que últimamente se puso tan de moda en los fallos judiciales, al igual que los hechos de violaciones, y se tome conciencia de los daños que esos fallos le causan a tantas familias de las víctimas, en ese sentido les pido a mis pares que me acompañen en la aprobación del presente proyecto de ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
OLMEDO, ALFREDO HORACIO SALTA SALTA SOMOS TODOS
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
LEGISLACION PENAL (Primera Competencia)