PROYECTO DE TP
Expediente 2396-D-2018
Sumario: IMPUESTO AL VALOR AGREGADO -IVA- LEY 23349 -. MODIFICACION DEL ARTICULO 7°, SOBRE EXENCION A LA HARINA DE MAIZ Y ARROZ, FECULA DE PAPA Y MANDIOCA Y SUS DERIVADOS IDENTIFICADOS CON LA SIGLA "SIN T.A.C.C.".
Fecha: 25/04/2018
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 36
El Senado y Cámara de Diputados...
Artículo 1º: Incorpórese al TITULO II EXENCIONES, Artículo 7 de la Ley 23.349 Impuesto al Valor Agregado, el inciso i.; que quedará redactado de la siguiente manera:
“Inc i: Quedaran exentos del impuesto al valor agregado (IVA), la harina de maíz y arroz, fécula de papa y mandioca y sus derivados, siempre que se encuentren identificados con la sigla “sin T.A.C.C” (Trigo, Avena, Centeno y Cebada)”.-
Artículo 2º: De forma.-
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El “Documento de Consenso de Enfermedad Celiaca”, emitido en el año 2017 por la Dirección de Promoción de la Salud y Control de Enfermedades No Transmisibles, dependiente del Ministerio de Salud de la Nación, la enfermedad celiaca es definida como “una enfermedad crónica, inmunomediada, sistémica, precipitada por la ingestión de proteínas tóxicas del trigo, avena, cebada y centeno, comúnmente llamadas gluten, que afectan al intestino delgado en individuos genéticamente predispuestos”, o comúnmente conocida como la intolerancia permanente al gluten, al conjunto de proteínas existentes en el trigo, avena, cebada y centeno (TACC) y claro está, que también existe en los productos derivados de estos cuatro cereales.
El contenido de gluten de estos cereales es la forma más conocida de presentación de las prolaminas tóxicas para los celíacos. La gliadina (trigo) constituye el mayor problema, y es la más utilizada en la industria alimenticia. La avena (avenina) pareciera no producir daño, pero, en su proceso de industrialización, puede encontrarse contaminada granos de trigo, cebada o centeno.
Esta intolerancia produce una lesión característica de la mucosa intestinal provocando una atrofia de las vellosidades del intestino delgado, lo que altera o disminuye la absorción de los nutrientes de los alimentos (proteínas, grasas,
hidratos de carbono, sales minerales y vitaminas). Es este fenómeno el que produce el clásico cuadro de mala absorción.
La característica principal que define a esta atrofia vellositaria es que, la mucosa intestinal se normaliza cuando se inicia la dieta sin TACC.
Se dice que la celiaquía es una condición autoinmune, es decir que el sistema de defensa de los celíacos reconocería como "extraño" o no perteneciente al organismo, al gluten, y produciría anticuerpos o "defensas" contra el mismo. Estos anticuerpos provocarían la lesión del intestino con destrucción o atrofia de su mucosa (capa interior del intestino), produciéndose una alteración en la absorción de los alimentos.
La alteración en la absorción de alimentos produce déficit de nutrientes, pérdidas de grasas y proteínas por materia fecal, causando fallas intestinales que conducen a un déficit de vitaminas, minerales y micronutrientes como Calcio Fe y Zinc.
Esto se manifiesta clínicamente con los siguientes hallazgos al examen físico: distensión abdominal; pérdida de peso; baja talla; signos carenciales como piel seca, cabellos opacos y secos, queilitis, lengua depapilada e irritabilidad. En los niños es frecuente que presenten hiporexia (En pediatría, hiperoxia se interpreta como la ausencia o disminución del apetito).
En nuestro país, se estima que en Argentina 1 (uno) de cada 100 (cien) habitantes puede ser celíaco, llegando al altísimo número de más 400.000 (cuatrocientos mil) argentinos afectados por esta enfermedad.
La celiaquía se presenta con mayor frecuencia en niños menores de 2 años, que en los adultos e incluye síntomas relacionados predominantemente con la lesión intestinal severa que se produce.
En cuanto a los grupos de riesgo, se consideran tales de padecer la enfermedad a los familiares de primer grado de pacientes celíacos: padres hermanos e hijos de pacientes con diagnóstico de Enfermedad Celiaca.
Para mitigar sus consecuencias el único tratamiento existente es una dieta estricta y de por vida sin TACC (sin trigo, avena, cebada y centeno).
Con una dieta correcta, segura y permanente, el celíaco, puede alcanzar los niveles nutricionales que había perdido y lograr con ello su total desarrollo físico y neurológico.
Es aconsejable que la dieta del celíaco incluya, además, alimentos naturales como: leche, carnes, pescados, huevos, frutas, verduras, hortalizas, legumbres y cereales sin gluten (arroz y maíz).
Para lograr llevar a cabo esta dieta, debemos mejorar el acceso a las personas celiacas de alimentos sin TACC, ya que continuamente sabemos que por un lado son pocos los comercios que disponen a la venta dichos productos, y por otra parte sabemos que son productos de un costo muy elevado.
Es por ello, que tal como hiciera en el año 2016 al presentar el proyecto de Ley 3770-D-2016 de similares características al presente, me reafirmo en la creencia que la aplicación de ley del IVA no debe aplicarse a la harina de maíz y arroz, fécula de papa y mandioca, también conocida como ‘premezcla’, y a sus derivados, exactamente como se les aplican beneficios similares a los productos con harina de trigo, con el objeto de que todos los ciudadanos sean iguales ante la ley”.
En virtud de lo expuesto, solicito a mis pares el tratamiento y aprobación del presente proyecto de ley.-
Firmante | Distrito | Bloque |
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HUCZAK, STELLA MARIS | MENDOZA | PRO |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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PRESUPUESTO Y HACIENDA (Primera Competencia) |