PROYECTO DE TP


Expediente 2377-D-2018
Sumario: EXPRESAR REPUDIO POR EL ACCIONAR DEL SEÑOR RAUL ALEJANDRO RAMOS, EX SECRETARIO DE POLITICAS, REGULACION E INSTITUTOS DEL MINISTERIO DE SALUD DE LA NACION, QUIEN SE NEGO A SANCIONAR A LA EMPRESA "FARMACITY" QUE VIOLO LAS REGULACIONES DEL SECTOR.
Fecha: 25/04/2018
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 36
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
DECLARA:


Su más enérgico repudio por el accionar del Sr Raúl Alejandro Ramos, ex secretario de Políticas, Regulación e Institutos de Ministerio de Salud de la Nación, denunciado por la Confederación Farmacéutica Argentina (COFA) al considerar que demoro y se negó a sancionar a Farmacity por violar regulaciones del sector.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El juez Sebastián Ramos dicto el procesamiento a Raúl Alejandro Ramos, ex secretario de Políticas, Regulación, e Instituciones del Ministerio de Salud por abuso de autoridad y violación de los deberes de funcionario público al haber cajoneado un expediente administrativo contra Farmacity.
La causa está alojada en la Secretaria N 3 del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N 2.
La denuncia la realizo la Confederación Farmacéutica Argentina (COFA), con la firma de la presidenta de la entidad, María Isabel Reinoso, en base a la parálisis de un expediente administrativo que se había abierto en julio de 2014, tras una inspección a un local de Farmacity, en la Avenida Córdoba al 1800. En dicha inspección, se había detectado un cambio de farmacéutico auxiliar sin noticia ni autorización de la autoridad sanitaria nacional y emplear un libro recetario sin rubrica ni habilitación. A fines de noviembre del 2015 un informe técnico sugirió sancionar a Farmacity.
El demandante sostiene que con el trámite que no avanzo en abril de 2017 se presentó un apoderado de Farmacity con documentos para agregar al expediente y solicitando que se levantara la sanción. Acredito su personería con un poder otorgado en 2011 por Mario Emilio Quintana en su carácter de presidente de Farmacity.
Tras ese pedido, Ramos pasó a reserva los expedientes sin resolverlos.
En la causa declararon tres funcionarios del Ministerio de Salud que coincidieron en señalar que la sanción estaba en condiciones de ser resuelta antes de que Ramos la haya puesto en reserva.
En la indagatoria Ramos señala que tomó esa decisión por la sobrecarga de trabajo, y la acefalia de varias áreas.
Sin embargo, la existencia de las circunstancias alegadas a modo de justificación para imponer la reserva de los expedientes, no imposibilitaba que Ramos, como autoridad, emitiera el acto administrativo que le era conforme la normativa aplicable, resolvió el Juez Sebastián Ramos.
También agrego que debe tenerse a consideración que durante el periodo en el que se proyectara el Convenio, otras sanciones fueron impuestas a diferentes farmacias por infracciones enmarcadas en la Ley 17.565 de Ejercicio de Actividad Financiera.
Lo precedentemente mencionado fue lo que llevo al juez ordenar el Procesamiento sin prisión preventiva de Raúl Alejandro Ramos por considerar autor penalmente responsable del delito previsto y reprimido en el artículo 248 del Código Penal de la Nación.
Por todo lo expuesto, solicito a mis pares me acompañen en este proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
BIANCHI, IVANA MARIA SAN LUIS UNIDAD JUSTICIALISTA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA (Primera Competencia)