PROYECTO DE TP


Expediente 2216-D-2018
Sumario: REGIMEN DE EXPOSICIONES REGIONALES ITINERANTES DE PRODUCTOS ARTESANALES Y SERVICIOS. CREACION.
Fecha: 19/04/2018
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 32
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


Artículo 1°: Crease el Régimen de “Exposiciones Regionales Itinerantes” de productos artesanales y servicios en el ámbito de todo el territorio de la República Argentina.
Artículo 2°: Objeto: Promocionar y desarrollar las producciones artesanales locales, pymes y emprendedores regionales a fin de que puedan colocar sus productos y servicios sin intermediación.
Artículo 3°: Defínase “Exposiciones Regionales Itinerantes” de productos artesanales y servicios, al encuentro de productores artesanales, pymes y emprendedores regionales en donde se realizará la exposición, para que los consumidores tengan la posibilidad de adquirir, sin intermediación, sus productos y servicios por un período determinado de tiempo en el que se da la exposición.
Artículo 4°: Cada municipio y/o comuna creará un Registro de Espacios Públicos que contendrá los lugares físicos propuestos para la realización de las “Exposiciones Regionales Itinerantes de productos artesanales y servicios
Artículo 5°: La SECRETARIA de ASUNTOS MUNICIPALES dependiente del MINISTERIO del INTERIOR, OBRAS PUBLICAS y VIVIENDA, será la encargada de estimular y fomentar el desarrollo de las “Exposiciones Regionales Itinerantes” de productos artesanales y servicios.
En conjunto con los municipios y/o comunas la SECRETARIA de ASUNTOS MUNICIPALES dependiente del MINISTERIO del INTERIOR, OBRAS PUBLICAS y VIVIENDA realizarán un calendario anual de “Exposiciones Regionales Itinerantes” de productos artesanales y servicios.
Artículo 6°: La SECRETARIA de ASUNTOS MUNICIPALES del MINISTERIO del INTERIOR, OBRAS PUBLICAS y VIVIENDA en conjunto con el municipio o comuna dictarán la normativa y los requerimientos necesarios para desarrollar la exposición.
Artículo 7°: Las “Exposiciones Regionales Itinerantes” de productos artesanales y servicios, podrán durar como máximo cinco (5) días y no podrán reiterarse en el mismo municipio y/o comuna dentro de los noventa (90) días, con el fin de no perjudicar al comerciante local y regional.
Artículo 8°: Cada expositor podrá colocar sus productos artesanales o servicios directo al consumidor con una eximición de tasas a considerar por cada municipio que deberá reglamentarse por disposiciones locales.
Artículo 9°: Será condición que cada expositor de productos artesanales o servicios, sea de la localidad donde se realice la “Exposición Regional Itinerante” de productos artesanales y servicios. Podrán participar productores, pymes y emprendedores regionales de localidades vecinas al evento, los cuales deberán estar como máximo a cincuenta (50) kilómetros de donde se realiza la exposición.
Artículo 11°: Cada municipio y/o comuna deberá crear un registro de postulantes. Para poder participar cada expositor deberá presentar toda la documentación referida a sus productos artesanales y/o servicios ante las autoridades locales correspondientes y cumplir con la normativa vigente.
Artículo 12°: Invítese a las Provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adherir a la presente ley.
Artículo 13°: Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Con el fin de reactivar el mercado interno y las economías regionales se impulsa este proyecto de ley.
La realización de estas exposiciones temporales permitirá que los consumidores lleguen de manera directa a los productos artesanales y/o servicios, eliminando de esta manera a todo intermediario.
Se pretende fomentar la producción local generando espacios públicos de comercialización, donde el productor y/o los prestadores de servicios podrán difundir su trabajo a menor costo, estableciendo de esta manera un mayor empuje al mercado interno y las economías regionales.
Esta articulación entre los diferentes estamentos del Estado, genera mayor compromiso e involucramiento en post de las mejoras del mercado interno.
El objetivo de estas Exposiciones Regionales Itinerantes de productos artesanales y servicios es ofrecer alimentos frescos, de buena calidad, variedad de servicios locales a precios económicos.
El propósito de la realización del Calendario anual, es la posibilidad de atraer y fomentar el turismo hacia los Municipios y/o comunas que participen. El sentido de estas Exposiciones Regionales Itinerantes es el de ayudar a las economías regionales en todo el país, impulsando el comercio interno y reactivando el turismo local.
Después de haber escuchado las exposiciones de nuestros productores nacionales de todas las economías regionales del país y haciendo un estudio de los escenarios actuales es que venimos a proponer este proyecto de ley con el fin de poder ayudar a los productores locales y a los municipios y/o comunas de todo el territorio nacional.
Es por ello, que solicito a mis pares la aprobación del presente proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
SELVA, CARLOS AMERICO BUENOS AIRES FEDERAL UNIDOS POR UNA NUEVA ARGENTINA
ARROYO, DANIEL BUENOS AIRES FEDERAL UNIDOS POR UNA NUEVA ARGENTINA
NAZARIO, ADRIANA MONICA CORDOBA CORDOBA TRABAJO Y PRODUCCION
SNOPEK, ALEJANDRO FRANCISCO JUJUY FEDERAL UNIDOS POR UNA NUEVA ARGENTINA
SOLA, FELIPE CARLOS BUENOS AIRES FEDERAL UNIDOS POR UNA NUEVA ARGENTINA
GRANDINETTI, ALEJANDRO ARIEL SANTA FE FEDERAL UNIDOS POR UNA NUEVA ARGENTINA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ECONOMIAS Y DESARROLLO REGIONAL (Primera Competencia)
ASUNTOS MUNICIPALES
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
02/08/2018 INICIACIÓN DE ESTUDIO Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DEL DIPUTADO GRANDINETTI (A SUS ANTECEDENTES)