PROYECTO DE TP


Expediente 2179-D-2019
Sumario: REGLAMENTO DE LA H. CAMARA. MODIFICACION DEL ARTICULO 2° SOBRE INTEGRACION DE LAS AUTORIDADES CON EL PRINCIPIO DE PARIDAD DE GENERO.
Fecha: 03/05/2019
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 50
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


1°— Modifíquese el artículo 2 del Reglamento de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación, el cual quedará redactado de la siguiente manera:
Artículo 2° - Presidencia
Reunidos los diputados en ejercicio, cuyo mandato no finalice en el mes corriente, juntamente con los electos, en número suficiente para formar quórum, se procederá a elegir entre los primeros, a pluralidad de votos, un presidente provisional, presidiendo esta votación el diputado en ejercicio de mayor edad.
Consideración de las impugnaciones
De inmediato, en los años de renovación de Cámara, se considerarán las impugnaciones por negación de las calidades exigidas por el artículo 48 de la Constitución Nacional, se leerán los escritos recibidos y será concedida la palabra a los diputados que quieran formular alguna impugnación y a los afectados por la misma.
El orador dispondrá de quince minutos improrrogables, y aparte de los autores de la impugnación y de los personalmente alcanzados por ella, sólo se admitirá uno en representación de cada bloque.
Juramento de los diputados
Cuando no correspondiera la reserva del diploma, de acuerdo con lo que se establece en el inciso 1° del artículo siguiente, el presidente provisional llamará por orden alfabético de distrito a los diputados electos a prestar juramento en la forma prescripta en el artículo 10.
Constitución de la Cámara y elección de autoridades
Acto continuo se procederá a la elección, a pluralidad de votos, del presidente, vicepresidente 1°, vicepresidente 2° y vicepresidente 3°, haciéndose las comunicaciones pertinentes al Poder Ejecutivo nacional, al Honorable Senado de la Nación y a la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Esta elección de autoridades deberá respetar el principio de paridad de género con una representación femenina del cincuenta por ciento (50%).

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


En 2013, la XXIX Asamblea General del Parlamento Latinoamericano, celebrada los días 19 y 20 de octubre, aprobó la Resolución sobre la participación política de las mujeres, en la que resuelven “…reafirmar el compromiso con la igualdad […] de las mujeres y los hombres, promoviendo una Ley Marco que reconozca que la paridad es una de las fuerzas claves de la democracia y su objetivo es lograr la igualdad en el poder, en la toma de decisiones, en los mecanismos de representación social y política para erradicar la exclusión estructural de las mujeres”.
Asimismo, en 2014, y en el marco de los debates promovidos por el Parlamento Latinoamericano (PARLATINO) con motivo de la conmemoración del Cincuenta Aniversario de su constitución y en colaboración con la Entidad de las Naciones Unidas para la Igualdad de Género y el Empoderamiento de las Mujeres (ONU Mujeres) y el Foro Nacional de Mujeres de Partidos Políticos (FONAMUPP), celebró los días 4 y 5 de diciembre de 2014, el “Encuentro Parlamentario: Mujeres, Democracia Paritaria”, en su sede permanente en Panamá, auspiciado por ONU Mujeres, el Tribunal Electoral de Panamá y el Banco Interamericano de Desarrollo, con la asistencia técnica de ONU Mujeres en todo el proceso. El objetivo del Encuentro Parlamentario fue avanzar hacia la Democracia Paritaria y la igualdad de resultados en América Latina y el Caribe, como una meta para transformar las relaciones de género en todas las dimensiones, impulsando y desarrollando los derechos recogidos en el marco internacional y regional de derechos humanos que garantizan la plena participación política de las mujeres, sin discriminación de ningún tipo, en igualdad de condiciones y con las mismas oportunidades que los hombres, en los cargos públicos y en la toma de decisiones en todos los niveles.
El encuentro concluyó con Recomendaciones en cada área y una Declaración Política con un firme compromiso para avanzar en la elaboración de una Norma sobre la Democracia Paritaria, la que se elaboró y aprobó el 27 de noviembre de 2015 en el ámbito del PARLATINO.
Nuestro país no ha quedado ajeno a esta tendencia regional y global, muy por el contrario, ha sido pionero en el debate y en la ejecución de decisiones políticas tendientes a lograr la igualdad.
En las últimas décadas nuestro país ha logrado avances legislativos significativos en materia de participación y representación de las mujeres en la vida pública y política. Tal es el caso de la Ley 24.012 de Cupo Femenino, que resultó un histórico avance en la garantía de representatividad de las mujeres en el ámbito legislativo.
Por otro lado, las mujeres en los últimos años han tenido una mayor participación en ámbitos que tradicionalmente le eran vedados. Pero aún hay mucho camino por recorrer en esta materia.
Un caso que demuestra este camino incompleto es la elección de autoridades de esta Honorable Cámara que se realizó en el pasado mes de diciembre de 2017. Donde el 100% de las autoridades son de género masculino. Es decir, tanto la presidencia, como las vicepresidencias 1ra, 2da y 3era son ocupadas por hombres.
Es en este sentido y a los efectos de evitar esta situación en lo sucesivo, es que se propicia la modificación del reglamento, previendo que las autoridades de esta Honorable Cámara de Diputados se integren de conformidad con el principio de paridad de género garantizando una representación femenina del cincuenta por ciento.
Es absolutamente necesario que en una de las instituciones de la democracia donde se impulsan iniciativas parlamentarias con perspectiva de género, que promueven la prevención, la atención y la erradicación de la discriminación y la violencia que se ejerce en perjuicio de las mujeres en todo tipo de ámbitos; predique con el ejemplo.
Es por todo lo expuesto que solicito a mis pares me acompañen en el presente Proyecto de Resolución.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
CRESTO, MAYDA ENTRE RIOS JUSTICIALISTA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
PETICIONES, PODERES Y REGLAMENTO (Primera Competencia)
FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA