PROYECTO DE TP


Expediente 2147-D-2019
Sumario: REPRODUCCION MEDICAMENTE ASISTIDA - LEY 26862 -. INCORPORACION DEL ARTICULO 8 BIS, SOBRE INCLUSIONES EN EL "PROGRAMA MEDICO OBLIGATORIO - PMO -".
Fecha: 30/04/2019
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 49
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


MODIFICACIÓN LEY 26.862. REPRODUCCION MEDICAMENTE ASISTIDA. INCORPORACION DEL ARTICULO 8 BIS.
Artículo 1° - Incorpórese como artículo 8 bis de la Ley 26.862 el siguiente texto:
“Artículo 8 bis: Quedan incluidos en el Programa Médico Obligatorio (PMO) también, los estudios de diagnóstico genético preimplantatorio de gametos y/o embriones, o los que a futuro lo reemplacen, así como cualquier otro procedimiento que fuera necesario para garantizar la correcta consecución de un embarazo”.
Artículo 2°- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Este proyecto tiene como finalidad incorporar a la ley de Reproducción Médicamente Asistida una prestación que en la actualidad es vedada a la mayoría de las personas con capacidad de gestar por no estar incorporada al Plan Médico Obligatorio.
Si bien la letra de la ley 26862 prevé los estudios de diagnóstico y tratamiento, la técnica DGP o Diagnóstico Genético Preimplantatorio no está especificada, así como tampoco la reglamentación ha echado luz al respecto, por ser un estudio realizable a los gametos y/o embriones, no así a las personas involucradas en los procedimientos de reproducción médicamente asistida.
El Diagnóstico Genético Preimplantacional (DGP) es una técnica de laboratorio que permite estudiar el ADN de los óvulos o de los embriones para seleccionar los que cumplen determinadas características y/o descartar los que tienen determinadas alteraciones hereditarias.
Esta técnica es especialmente útil cuando existen antecedentes de enfermedades genéticas o cromosómicas en quienes aportan los gametos.
El diagnóstico puede ser: DGP con embriones o DGP con óvulos.
En el primer caso, una vez realizada una fecundación in vitro (FIV) y antes de transferir el embrión al útero, se estudia su material genético para detectar si hay alguna alteración genética concreta.
En el segundo, el diagnóstico genético con óvulos permite detectar patologías genéticas o cromosómicas en el óvulo, antes de que se forme el embrión.
El DGP se recomienda en determinados casos: parejas con riesgo de transmitir alteraciones cromosómicas o enfermedades monogénicas; parejas con historia clínica de aborto recurrente; fallo de implantación tras varios intentos de FIV; alteraciones de la meiosis de los espermatozoides; personas gestantes de edad avanzada entre otros supuestos.
Incorporar este estudio, o el que a futuro lo reemplace dentro del Plan Médico Obligatorio, no sólo disminuirá la transmisión de enfermedades hereditarias sino que aumentará las posibilidades de embarazos exitosos en las personas gestantes de edad avanzada.
Por estas razones, solicito a mis pares la aprobación del presente Proyecto de Ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
SORIA, MARIA EMILIA RIO NEGRO FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
YASKY, HUGO BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
VALLEJOS, FERNANDA BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
LLANOS MASSA, ANA MARIA CHUBUT FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
SORAIRE, MIRTA ALICIA TUCUMAN FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA (Primera Competencia)
PRESUPUESTO Y HACIENDA