PROYECTO DE TP


Expediente 1861-D-2018
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON PENSIONES POR DISCAPACIDAD.
Fecha: 11/04/2018
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 26
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Solicitar al Poder Ejecutivo Nacional que, a través del Consejo Nacional de Coordinación de Políticas Sociales y la Secretaría General de la Presidencia de la Nación, el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación y/o los organismos que correspondan, sirva informar a esta Honorable Cámara de Diputados de la Nación sobre lo siguiente:
1. Cantidad de pensiones por discapacidad que se encuentran suspendidas por encontrarse en trámite de revisión. ¿Cuál es el trámite dado a las mismas y cuáles son los plazos establecidos para resolver al respecto? ¿Cuál es el sustento legal en que fundan la suspensión del beneficio mientras se verifican los requisitos formales?
2. Cantidad de pensiones por discapacidad que se encuentran en condiciones de ser otorgadas y fecha en que fueron aprobadas. ¿Qué motiva la no prestación de las mismas?
3. Cantidad de pensiones por discapacidad que se encuentran en condiciones de ser otorgadas a menores de edad. ¿Desde cuándo y qué motiva la prestación de las mismas?
4. Cantidad de causas judiciales de restitución de pensiones que existen en la órbita del Ministerio de Desarrollo Social. De dichas pensiones, ¿cuántas ya han sido resueltas, en el sentido de restituir las pensiones a los beneficiarios? De estas causas resueltas, ¿en cuántos casos se ha dado cumplimiento?

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


En el marco de una serie de profundas modificaciones y reformas en el seno del Estado, la reestructuración del sistema de organismos nacionales con competencia en materia de discapacidad no fue excluida de estos cambios estructurales. Todos los organismos con injerencia en la materia fueron unificados mediante dos decretos del Poder Ejecutivo en una única agencia: Agencia Nacional de Discapacidad (AND). De esta manera, fueron eliminados tanto la Comisión Nacional Asesora para la Integración de las Personas con Discapacidad, la Comisión Nacional de Pensiones Asistenciales y el Servicio Nacional de Rehabilitación.
La Comisión Nacional Asesora para la Integración de las Personas con Discapacidad era un organismo descentralizado que se encontraba bajo la órbita de Presidencia de la Nación hasta septiembre de 2017. En ese momento, el Gobierno Nacional mediante el art. 5° del decreto 698/17 suprimió la entidad y creó la Agencia Nacional de Discapacidad (AND) como organismo descentralizado en la órbita de la Secretaria General de la Presidencia de la Nación. En este mismo decreto, se suprime además la Comisión Nacional de Pensiones Asistenciales y se estipula que la nueva Agencia Nacional de Discapacidad será continuadora de ambas instituciones. En tal sentido, los decretos establecen que los créditos presupuestarios, bienes, personal y dotaciones vigentes a la fecha, con sus respectivos niveles, grados de revista y Funciones Ejecutivas previstas en el Decreto N° 2098/08 y modificatorios de la Comisión Nacional Asesora para la Integración de las Personas con Discapacidad y de la Comisión Nacional de Pensiones Asistenciales, serán transferidos a la Agencia Nacional de Discapacidad y que el personal involucrado mantendrá sus niveles y grados de revista.
El decreto contempla además, en su artículo 9°, que hasta tanto la estructura de la AND cuente con plena operatividad, el Servicio Administrativo Financiero y el Servicio Jurídico Permanente del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL y del CONSEJO NACIONAL DE COORDINACION DE POLITICAS SOCIALES de la PRESIDENCIA DE LA NACION prestarán los servicios relativos a la ejecución presupuestaria, contable, financiera, de compras, de recursos humanos y en materia jurídica con relación a las materias propias de la Comisión Nacional de Pensiones Asistenciales y de la Comisión Nacional Asesora para la Integración de las Personas con Discapacidad (CONADIS), respectivamente.
La nueva agencia tiene a su cargo el diseño, coordinación y ejecución general de las políticas públicas en materia de discapacidad, la elaboración y ejecución de acciones tendientes a promover el pleno ejercicio de los derechos de las personas en situación de discapacidad y la conducción del proceso de otorgamiento de las pensiones por invalidez y las emergentes de las Leyes N° 25.869 y N° 26.928 en todo el territorio nacional.
Si bien los decretos que imponen y regulan estos cambios estructurales son recientes (septiembre de 2017 y enero de 2018), los fundamentos esbozados por el Poder Ejecutivo en los considerandos de ambos decretos, hablan en términos de urgencia, acerca de la necesidad de efectuar un reordenamiento estratégico que permita concretar las metas políticas diagramadas, así como racionalizar y tornar más eficiente la gestión pública. Específicamente en lo referido a la temática, los decretos hablan de una necesidad de continuar el proceso de centralización en un único organismo especializado, de todas las cuestiones vinculadas a las personas con discapacidad. Con esta línea directriz, el Ejecutivo argumenta que la integración plena y la efectiva participación de las personas con discapacidad en la sociedad, en igualdad de condiciones, constituye un imperativo del Estado que impide ajustarse a los tiempos previstos para la sanción por vía ordinaria de una Ley.
Ha sido noticia en distintos medios, a principios de enero del corriente año, que desde el Gobierno Nacional se efectuó un ajuste en las pensiones por discapacidad para menores de edad. La motivación del Gobierno, según trascendió, radica en que dicho sector poblacional no posee incapacidad laboral. De esta manera, la nueva Agencia Nacional de Discapacidad suma este ajuste a una serie de medidas restrictivas en la materia. Un ejemplo de ello es la lista de requisitos para aquellos adultos con cáncer, síndrome de Down, HIV, Parkinson y EPOC, entre otras patologías, que quieran acceder a la prestación que se encuentra ahora en manos de la AND. En tal sentido, y con respecto a los nuevos requisitos para los casos de pensionados con síndrome de Down, se establece como condición la presentación del Certificado Único de Discapacidad (CUD), con un Certificado Médico Oficial (CMO) acompañado de la firma de un neurólogo, psiquiatra, o legista. A su vez, las personas que padezcan enfermedades como HIV o cáncer deberán pasar también por una auditoría médica con el riesgo de dejar de ser beneficiarios en caso de no poder demostrar que tienen comprometido algún órgano blando.
Asimismo, según trascendió a través de los medios de comunicación, son alrededor de 20 mil las pensiones que habrían sido aprobadas y en condiciones de ser otorgadas, pero sufrieron un revés en su estudio, por lo que debieron volver a ser revisadas en función a los nuevos criterios trazados.
No es la primera vez desde el comienzo del gobierno de Cambiemos que se avanza en el sentido de esta reducción y ajuste en el sistema de seguridad social. A mediados de 2017 salió a la luz la que el Ministerio de Desarrollo Social había dado de baja esta prestación a aproximadamente 170 mil beneficiarios. Sin embargo, la situación llegó a la Sala II de la Cámara Nacional de Seguridad Social, la cual terminó definiendo que el Gobierno debía restablecer el beneficio a todas las personas afectadas.
Es en este sentido que se presenta el presente pedido de informes, con el objeto de poner en conocimiento al cuerpo legislativo y a la sociedad en su conjunto sobre el estado de situación en lo que respecta a las pensiones contributivas por invalidez y estado de situación en que se encuentran los beneficiarios afectados.
Por todo lo expresado y dada la importancia del tema, solicito a mis pares que me acompañen en la aprobación del presente proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
PERTILE, ELDA CHACO JUSTICIALISTA
MOISES, MARIA CAROLINA JUJUY JUSTICIALISTA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
DISCAPACIDAD (Primera Competencia)
PRESUPUESTO Y HACIENDA
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
15/08/2018 INICIACIÓN DE ESTUDIO Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DE LA DIPUTADA MOISES (A SUS ANTECEDENTES)