PROYECTO DE TP


Expediente 1807-D-2018
Sumario: REGIMEN DIFERENCIADO DE TARIFA DE GAS VIGENTE EN LAS PROVINCIAS PATAGONICAS Y DE LA PAMPA. INCORPORACION DE LA PROVINCIA DE MENDOZA. MODIFICACION DE LA LEY 25565, DE PRESUPUESTO GENERAL DE LA ADMINISTRACION NACIONAL PARA EL EJERCICIO 2002.
Fecha: 09/04/2018
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 24
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


INCORPORACIÓN DE LA PROVINCIA DE MENDOZA AL RÉGIMEN DIFERENCIADO DE TARIFA DE GAS VIGENTE EN LAS PROVINCIAS PATAGÓNICAS Y LA PAMPA
Artículo 1º:
Establécese una compensación tarifaria por los consumos de gas efectuados en la Provincia de Mendoza, que la distribuidora zonal de gas natural y gas licuado de petróleo indiluído por red, deberá percibir por la aplicación de tarifas diferenciales a los consumos de gas.
Artículo 2º:
A los efectos de lo dispuesto en el artículo anterior, modificase el artículo 75 de la Ley 25.565, el que quedará redactado de la siguiente forma:
“ARTICULO 75. — El Fondo Fiduciario para Subsidios de Consumos Residenciales de Gas tiene como objeto financiar a) las compensaciones tarifarias para la Región Patagónica, de la Provincia de Mendoza y de la Región conocida como "Puna", que las distribuidoras o subdistribuidoras zonales de gas natural y gas licuado de petróleo de uso domiciliario, deberán percibir por la aplicación de tarifas diferenciales a los consumos residenciales, y b) la venta de cilindros, garrafas o gas licuado de petróleo, gas propano comercializado a granel y otros, en las provincias ubicadas
en la Región Patagónica, en la Provincia de Mendoza, y de la Región conocida como "Puna".
El Fondo referido en el párrafo anterior se constituirá con un recargo de hasta un SIETE Y MEDIO POR CIENTO (7,5%) sobre el precio del gas natural en punto de ingreso al sistema de transporte, por cada METRO CUBICO (M3) de NUEVE MIL TRESCIENTAS KILOCALORIAS (9.300 kc), que se aplicará a la totalidad de los metros cúbicos que se consuman y/o comercialicen por redes o ductos en el Territorio Nacional cualquiera fuera el uso o utilización final del mismo, y tendrá vigencia para las entregas posteriores a la publicación de la presente Ley. Los productores de gas actuarán como agentes de percepción en oportunidad de producirse la emisión de la factura o documento equivalente a cualquiera de los sujetos de la industria. La percepción y el autoconsumo constituirán un ingreso directo y se deberán declarar e ingresar conforme a lo establecido por la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA, la cual podrá incorporar los cambios que estime pertinentes.
La totalidad de los importes correspondientes al recargo establecido por el presente artículo y no ingresados por los agentes de percepción dentro del plazo establecido en la reglamentación, devengarán a partir del vencimiento del mismo los intereses, actualizaciones y multas establecidas por la Ley N° 11.683 y sus modificatorias (t.o. 1998) y regirán a su respecto los procedimientos y recursos previstos en dicha Ley.
El MINISTERIO DE ECONOMIA queda facultado para aumentar o disminuir el nivel del recargo establecido en el presente artículo en hasta un VEINTE POR CIENTO (20%), con las modalidades que considere pertinentes.
Autorízase la afectación de fondos recaudados en función del régimen creado por el Artículo 75 de la Ley N° 25.565, al pago de subsidio correspondiente a consumos de Usuarios del Servicio General P, de gas propano indiluido por redes de la región beneficiaria, que se hubiesen
devengado hasta el ejercicio 2002 y durante el período que medie hasta el establecimiento de un régimen específico de compensaciones en base a principios de equidad y uso racional de la energía, que deberán percibir las distribuidoras y subdistribuidoras zonales por aplicación de tarifas diferenciales a los usuarios del Servicio General P.
El presente régimen se mantendrá en vigencia por un plazo de DIEZ (10) años.”
Artículo 3º:
El Poder Ejecutivo reglamentará la presente, dentro de los TREINTA (30) días posteriores a su sanción, a los efectos de incorporar a la Provincia de Mendoza entre los destinos previstos para su financiación por parte del Fondo Fiduciario para Subsidios de Consumos Residenciales de Gas, por a) los consumos residenciales de gas; b) las compensaciones por la venta de cilindros, garrafas, o gas licuado de petróleo para uso domiciliario, efectuados a precios diferenciales inferiores a los precios de mercado, netos de impuestos; y c) el pago de eventuales deudas del ESTADO NACIONAL en virtud del Artículo 75 de la Ley Nº 25.565, por compensaciones no pagadas de ventas de gas subsidiadas a los usuarios finales..
Artículo 4º:
De forma.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Desde la salida de la convertibilidad, allá por comienzos de 2002, se produjo una crisis en el sistema tarifario, básicamente por la pesificación asimétrica que se realizó, que debió ser resuelta con la intervención del Estado en forma de subsidios. Desde entonces, el Estado subsidia todas las tarifas de servicios públicos como el gas, la energía y el transporte. Pero esa asignación de recursos se hace de manera desigual. El grueso de los subsidios se orientan a la Ciudad y Provincia de Buenos Aires y castigan al interior del país. Es por eso que Mendoza tiene tarifas de gas altísimas y muy superiores a las que pagan en Buenos Aires. En el caso de Mendoza la cuestión se presenta con mucha mayor gravedad en el caso de la tarifa de gas, por la gran amplitud térmica en todo el territorio provincial.
Es por eso que, ante esta situación crítica, proponemos que toda la Provincia de Mendoza, reciba la Tarifa Patagónica, como recibe toda la Patagonia, La Pampa, la Puna y el departamento de Malargüe. Es una medida posible, que pudo hacer el Presidente de la Nación en su momento y no lo hizo. En ocasión de la Cumbre de Jefes de Estado del Mercosur que tuvo lugar en la Ciudad de Mendoza, en mi carácter de candidato a diputado nacional le pedí expresamente al Gobernador de Mendoza, Alfredo Cornejo que se involucrara en el tema y le solicitara esta medida al Presidente Macri. Obviamente no lo hizo. Nos preocupa, porque no sólo las tarifas siguen siendo altas, sino que llevan una tendencia hacia la suba. Es urgente una reducción de tarifas ya. Sin embargo, lejos de una reducción de tarifas, el precio del gas se ha venido incrementando para los usuarios. Y debemos decirlo, los ajustes que hizo el actual gobierno desde su asunción han recaído absolutamente sobre las espaldas de los usuarios y contribuyentes. Mientras aplastaron con tarifazos impagables al pueblo, crecieron los asesores y funcionarios del Gobierno, los gastos en redes sociales, en publicidad, en contratos de consultoría, viáticos, comisiones bancarias, gastos financieros y todo lo que hace al lujo y comodidad de los funcionarios políticos. Todo el esfuerzo recayó en los ciudadanos de a pie.
Todos sabemos que Mendoza, por sus condiciones geográficas y climáticas, tiene una gran amplitud térmica, como dijimos en el principio de nuestra exposición de razones y fundamentos. Es por eso que, para estas regiones con amplitud térmica tan alta, disponer de adecuados sistemas de calefacción, no es un lujo, sino una necesidad para todo mendocino. Hoy, el costo del gas ocupa gran parte del salario de cualquier trabajador. Luego del tarifazo que el Gobierno Nacional le aplicó al gas natural tanto para familias como para empresas, su precio aumentó más de un 600 % en los últimos dos años. Hoy, una boleta de gas mensual para una familia tipo es de $ 1.000, mientras que el año pasado era de $ 200. Y los planes del Gobierno es que siga aumentando en esa tablita de tarifazos que el Ministro de Energía controla día a día. Eso hace que la boleta de gas ocupe cada vez más del salario de los trabajadores.
Frente a esta realidad, que no es la misma para todo el país, pedimos para toda la Provincia de Mendoza los precios de gas subsidiados que rigen hoy para la Patagonia, la provincia de La Pampa, la región de la Puna, y como actualmente tiene el Departamento de Malargüe. Con esta propuesta, las tarifas se reducirían YA en aproximadamente un 80 %. Es una medida justa para los mendocinos y absolutamente posible desde el punto de vista presupuestario.
Queremos comenzar por Mendoza, porque es el compromiso que asumí durante la campaña electoral. Pero el próximo proyecto tendrá que ver con una medida que beneficiará a todos los usuarios de gas del país. Porque los tarifazos han sido gigantes en toda la extensa geografía de nuestro territorio nacional. Los aumentos de gas desde que asumió el presidente llegaron a un 600 por ciento. Y con el nuevo aumento que se acaba de anunciar, del 40 %, el incremento desde el 10 de Diciembre hasta hoy va a alcanzar el 700 por ciento. Es confiscatorio, es una barbaridad y hace peligrar todos los emprendimientos intensivos en el uso de gas, como los negocios gastronómicos, lavaderos de ropa y todos los que usan intensivamente calderas, y hasta negocios más grandes como las estaciones de servicio expendedoras de GNC y las empresas que utilizan grandes hornos como fabricantes de cerámicos, tejas, porcelanato, etc. Y
también nos preguntamos donde va ese incremento tarifario. Obviamente va a las empresas proveedoras de gas. Pero en qué usan esos ingresos adicionales? Realmente mejora la cantidad y la calidad del servicio? O está igual? Hay una promoción de la industria gasífera nacional que genera más empleo? O sólo alimenta los bolsillos de los empresarios? Son preguntas que hacemos y que ya nos imaginamos las respuestas.
Pedimos tarifa patagónica para toda la provincia de Mendoza, en el entendimiento de que es una medida justa, razonable y posible, y aliviará el bolsillo de todos los Mendocinos, tal como ocurre hoy en la zona de Malargüe.
El formato técnico que nos ha parecido más apto para hacer una realidad la Tarifa Patagónica para la Provincia de Mendoza ha sido la modificación del artículo 75 de la Ley 25.565, relativo a las asignaciones que hace el Fondo Fiduciario para Subsidios de Consumos Residenciales de Gas.
Por estas razones y por las que oportunamente expondré en el recinto en ocasión de su tratamiento parlamentario, solicito la aprobación del presente proyecto de ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
FELIX, OMAR CHAFI MENDOZA SOMOS MENDOZA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ENERGIA Y COMBUSTIBLES (Primera Competencia)
ECONOMIAS Y DESARROLLO REGIONAL
PRESUPUESTO Y HACIENDA
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
24/04/2018 INICIACIÓN DE ESTUDIO Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría
23/10/2018 ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA Aprobado con modificaciones unificados en un sólo dictamen
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
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