PROYECTO DE TP


Expediente 1499-D-2018
Sumario: PROMOCION AUDIOVISUAL DE LA LUCHA CONTRA LA VIOLENCIA DE GENERO. REGIMEN
Fecha: 27/03/2018
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 18
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


PROMOCION AUDIOVISUAL DE LA LUCHA CONTRA LA VIOLENCIA DE GÉNERO
ARTÍCULO 1°.- DECLARACIÓN DE INTERES PÚBLICO NACIONAL. Declárase de interés público nacional los mensajes, avisos y campañas publicitarias, que cumplan con el objeto de la Ley 26.485, “Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres”.
ARTÍCULO 2°.- DIFUSIÓN. Se obliga a todas las emisoras públicas y privadas, que transmitan espectáculos deportivos y culturales, ya sea mediante radiodifusión o televisión, la difusión de la Línea Telefónica Nacional 144 y mensajes, avisos y campañas publicitarias para concientizar sobre:
a) La eliminación de la discriminación entre mujeres y varones en todos los órdenes de la vida;
b) El derecho de las mujeres a vivir una vida sin violencia;
c) Las condiciones aptas para sensibilizar y prevenir, sancionar y erradicar la discriminación y la violencia contra las mujeres en cualquiera de sus manifestaciones y ámbitos;
d) El desarrollo de políticas públicas de carácter interinstitucional sobre violencia contra las mujeres;
e) La remoción de patrones socioculturales que promueven y sostienen la desigualdad de género y las relaciones de poder sobre las mujeres;
f) El acceso a la justicia de las mujeres que padecen violencia; y,
g) La asistencia integral a las mujeres que padecen violencia en las áreas estatales y privadas que realicen actividades programáticas destinadas a las mujeres y/o en los servicios especializados de violencia.
ARTÍCULO 3°.- AUTORIDAD DE APLICACIÓN. La autoridad de aplicación será determinada por el Poder Ejecutivo Nacional.
ARTÍCULO 4°.- PROMOCION LÍNEA 144. La autoridad de aplicación obligará a los titulares de radiodifusión, sin cargo alguno, a promocionar la Línea Telefónica Nacional 144, durante su programación.
ARTÍCULO 5°.- Comunicase al Poder Ejecutivo Nacional.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Este proyecto que vengo a representar caducó por imperio de la Ley 13.640. El mismo tramitó bajo el expediente N° 3310-D-2016.
La violencia de género es un grave problema en nuestra sociedad. Los avances en términos legislativos a partir de la sanción de la Ley N° 26.485 de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres y las importantes movilizaciones bajo el lema: “Ni una menos” han sido importantes puntos de partida, en los cuales, se debe seguir articulando políticas públicas para poder llegar a su total erradicación.
Cabe aclarar que el artículo 11 de la ley 26.485, marca los lineamientos de acciones prioritarias para los distintos ministerios y organismos del Poder Ejecutivo, entre ellos, plantea los objetivos de la secretaria de medios de Comunicación de la Nación, entre los que se encuentran:
“… 8.- Secretaría de Medios de Comunicación de la Nación:
a) Impulsar desde el Sistema Nacional de Medios la difusión de mensajes y campañas permanentes de sensibilización y concientización dirigida a la población en general y en particular a las mujeres sobre el derecho de las mismas a vivir una vida libre de violencias;
b) Promover en los medios masivos de comunicación el respeto por los derechos humanos de las mujeres y el tratamiento de la violencia desde la perspectiva de género;
c) Brindar capacitación a profesionales de los medios masivos de comunicación en violencia contra las mujeres;
d) Alentar la eliminación del sexismo en la información;
e) Promover, como un tema de responsabilidad social empresaria, la difusión de campañas publicitarias para prevenir y erradicar la violencia contra las mujeres”.
En este sentido, observamos que la transmisión de los espectáculos deportivos tienen llegada a millones de oyentes y televidentes, por ello debe ser aprovechada para la difusión de la Línea Telefónica Nacional 144 y de todas las campañas que hacen a la concientización de la violencia de género, para así articular una respuesta concreta desde el Estado Nacional.
Por ejemplo, desde septiembre del año 2013, en el Programa Fútbol para Todos, se veían los “spots” y se daba difusión permanente a la “línea 144”. Durante la transmisión del campeonato 2016, visualizamos con preocupación que la comercialización de empresas privadas ha desplazado a estos “spots” por parte del Estado Nacional actual.
La Línea Telefónica Nacional 144 está destinada a brindar información, orientación, asesoramiento y contención para las mujeres en situación de violencia de todo el país, los 365 días del año, las 24 horas del día, de manera gratuita. Esta línea responde a la obligación de garantizar, como Estado Nacional, una respuesta integral y articulada sobre la violencia de género. El equipo de atención de la línea telefónica 144, en su mayoría integrado por profesionales psicólogas/os y trabajadoras/es sociales, está conformado por operadoras/es y coordinadoras/es con capacitación en perspectiva de género y violencia contra las mujeres.
Según el informe estadístico de la línea 144, que consta en la página web del Consejo Nacional de las Mujeres, respecto al año 2014, en el 2015 las llamadas han aumentado un 140% aproximadamente para primera intervención e intervención posterior. Cabe destacar que el total de llamados fue de 116.468; los cuales corresponden a una primera intervención de 39.190 llamados y a 9.141 de llamados referidos a intervención posterior. El porcentaje en relación a la edad de las víctimas es de un 65% mujeres entre 19 y 40 años de edad; es decir, mayoritariamente jóvenes.
En virtud de ello, se ha considerado a la línea 144 como un instrumento que ha ganado relevancia en términos de cantidad de llamados y puede ser una herramienta inmediata de asistencia a las víctimas de violencia de género, así como también de prevención de los femicidios y travesticidios.
A través de la publicidad de la línea 144, no sólo se llega a las víctimas de violencia de género sino a la sociedad en general. Si se visibiliza la problemática se puede, como pueblo, ayudar a aquellas personas que están en grave riesgo.
Es oportuno que una vez más alcemos todas nuestras voces para decir “Ni Una Menos” para evitar que solo quede en un lema de aquellas marchas multitudinarias. Es por ello que debemos llevarlo al campo social y el Estado Nacional debe hacerse presente.
No debemos presumir que la ley es conocida por todos y todas, muy por el contrario, hay que mostrarle a la sociedad sus derechos y obligaciones. Es menester, por ello, sensibilizar y concientizar a la población de que las mujeres tienen derecho a vivir una vida libre de violencias.
Por lo expuesto, es que solicito a mis pares me acompañen en la aprobación del presente Proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
MENDOZA, MAYRA SOLEDAD BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
SALVAREZZA, ROBERTO BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
HUSS, JUAN MANUEL ENTRE RIOS FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
PIETRAGALLA CORTI, HORACIO BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
CASTAGNETO, CARLOS DANIEL BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
BRITEZ, MARIA CRISTINA MISIONES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
MERCADO, VERONICA CATAMARCA FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
DE PONTI, LUCILA MARIA SANTA FE PERONISMO PARA LA VICTORIA
RACH QUIROGA, ANALIA CHACO FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
ESTEVEZ, GABRIELA BEATRIZ CORDOBA FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
ALONSO, LAURA V. BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
CAROL, ANALUZ AILEN TIERRA DEL FUEGO FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA (Primera Competencia)
COMUNICACIONES E INFORMATICA
PRESUPUESTO Y HACIENDA