PROYECTO DE TP


Expediente 1419-D-2018
Sumario: "AGUAS SANTAFESINAS SOCIEDAD ANONIMA -ASSA-". EXIMICION DE LOS IMPUESTOS A LA GANANCIA MINIMA PRESUNTA - LEY 25063 - Y A LAS GANANCIAS - LEY 20628 -.
Fecha: 23/03/2018
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 16
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


Artículo 1°.- Exímase del impuesto a la ganancia mínima presunta establecido por la ley 25.063 y sus modificaciones y del impuesto a las ganancias establecido por la ley 20.628 (t.o. 1997) a Aguas Santafesinas Sociedad Anónima (ASSA).-
Artículo 2°.- Condónase el pago de las deudas que se hubiesen generado hasta la fecha de entrada en vigencia de esta ley por Aguas Santafesinas Sociedad Anónima (ASSA), en concepto de impuesto a la ganancia mínima presunta, establecido por la ley 25.063 y sus modificaciones y de impuesto a las ganancias establecido por la ley 20.628 (t.o. 1997).
La condonación alcanza al capital adeudado, intereses resarcitorios y/o punitorios y/o los previstos en el artículo 168 de la ley 11.683 (t.o.1998) y sus modificaciones, multas y demás sanciones relativos a dichos gravámenes, en cualquier estado que las mismas se encuentren.-
Artículo 3°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.-

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La presente iniciativa se enmarca en la necesidad de establecer la exención ganancia mínima presunta establecido por la ley 25.063 y sus modificaciones y del impuesto a las ganancias establecido por la ley 20.628 (t.o. 1997) a Aguas Santafesinas Sociedad Anónima (ASSA).
Se trata de poner en un plano de igualdad al tratamiento impositivo que su par bonaerense. Estos desequilibrios se producen a partir de la sanción de la Ley Nacional N° 26.895, donde, en su art.34 se exime del impuesto a la Ganancia Mínima Presunta y del Impuesto a las Ganancias a Agua y Saneamientos Argentinos Sociedad Anónima (AySA S.A.)
La empresa santafesina es una sociedad anónima con participación estatal mayoritaria cuyo mayor accionista es el Estado de la Provincia de Santa Fe con el cincuenta y uno por ciento (51%) del capital social, luego le siguen los Municipios que forman parte de la concesión con el treinta y nueve por ciento (39%), y el diez (10%) restante corresponden a los empleados de la sociedad a través del Programa de Propiedad Participada.
La presencia de los municipios en el directorio de la empresa constituye una experiencia original en el país que establece las bases de un nuevo modelo de gestión del servicio sanitario para las próximas décadas. Acompaña la política del estado provincial que considera el agua como un derecho humano.
La empresa tiene a cargo el servicio público de provisión de agua potable y desagües cloacales en quince ciudades de la Provincia de Santa Fe: Rosario, Santa Fe, Rafaela, Villa Gobernador Gálvez, San Lorenzo, Rufino, Cañada de Gómez, Firmat, Casilda, Funes, Capitán Bermúdez, Granadero Baigorria, Gálvez, Esperanza y Reconquista.
Asimismo, y a través del sistema de acueductos provincial, 12 nuevas ciudades son abastecidas por ASSA como proveedor mayorista.
Algunos números muestran la importancia de la empresa para los santafesinos: 5 plantas potabilizadoras de agua superficial: Rosario ciudad, Gran Rosario (Acgro), Santa Fe, Reconquista y Monje; 8 plantas de ósmosis inversa: Rufino, Firmat, Cañada de Gómez, Godoy, Tío Rolo (Rosario), Gálvez y Rafaela. Por habilitarse en San Francisco Solano (Rosario); 2 plantas compactas: La Boca (Santa Fe) y barrio Puerto (Reconquista); 720 kilómetros de distancia entre localidades extremas, Rufino y Reconquista, 900 millones de litros de agua potable producidos por día, 9.200 kilómetros de cañerías, 420 litros por habitante/día y 97.000 reclamos técnicos resueltos por año.
El Plan Nacional del Agua apunta universalizar el acceso al agua potable y al saneamiento para toda la sociedad, potenciando el desarrollo productivo sustentable, la conservación del agua en un estado compatible con la salud y el medio ambiente. Con una mirada federal y en esa ardua tarea se enmarca la institución que hoy nos ocupa, cumpliendo un rol fundamental para garantizar el derecho al agua en el territorio santafesino.-
Por las razones expuestas, solicitamos la aprobación del presente Proyecto de Ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
MARCUCCI, HUGO MARIA SANTA FE UCR
LEHMANN, MARIA LUCILA SANTA FE COALICION CIVICA
CANTARD, ALBOR ANGEL SANTA FE UCR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
PRESUPUESTO Y HACIENDA (Primera Competencia)
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados SOLICITUD DE SER COFIRMANTES DE LOS DIPUTADOS LEHMANN Y CANTARD (A SUS ANTECEDENTES)