PROYECTO DE TP


Expediente 1373-D-2018
Sumario: CONTRATO DE TRABAJO - LEY 20744 -. MODIFICACION DEL ARTICULO 158, INCORPORANDO LA LICENCIA ESPECIAL PARA ADECUAR EL CUERPO A LA IDENTIDAD DE GENERO AUTOPERCIBIDA.
Fecha: 22/03/2018
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 15
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


MODIFICACIÓN LEY 20.744 DE CONTRATO DE TRABAJO. INCORPORACIÓN DEL INCISO F AL ARTÍCULO 158.
LICENCIA ESPECIAL PARA ADECUAR EL CUERPO A LA IDENTIDAD DE GÉNERO AUTOPERCIBIDA.
Artículo 1°.- Se incorpora el Inciso f) al Artículo 158 de la Ley Nro. 20.744 de Contrato de Trabajo, que quedará redactado de la siguiente manera:
“f) Para someterse a intervenciones quirúrgicas totales y parciales y/o tratamientos integrales hormonales para adecuar el cuerpo a la identidad de género autopercibida, conforme la Ley 26.743, treinta (30) días continuos o discontinuos por año, debidamente acreditados. Esta licencia podrá extenderse, si se requiriere asistencia médica o tratamiento más prolongado, con la certificación médica correspondiente.”
Artículo 2º.- De forma.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Esta iniciativa busca actualizar y ampliar el contenido del Artículo 158° sobre clases de licencias de la Ley de Contrato de Trabajo, incorporando una licencia especial para todas las personas que, conforme a la Ley 26.743 que establece el derecho a la identidad de género, a fin de garantizar el goce de su salud integral, accedan a intervenciones quirúrgicas totales y parciales y/o tratamientos integrales hormonales para adecuar su cuerpo, incluida su genitalidad, a su identidad de género autopercibida.
Esta propuesta se basa en adecuar el derecho laboral dándole entidad al derecho al libre desarrollo personal que establece el Artículo 11° de la Ley 26.743. Es menester adecuar la normativa con el objeto de atender esta necesidad. La legislación del trabajo debe acompañar a las personas que decidan hacer uso de este derecho. Asimismo, llevar adelante una intervención quirúrgica o un tratamiento hormonal puede implicar una demanda física que requiera ausentarse del trabajo. Se trata de un período de expectativas emocionales en el que el trabajador o la trabajadora debe sentirse protegido/a en su ámbito laboral.
En la actualidad, existe un vacío legal en esta materia, por lo tanto, muchas veces los trabajadores y las trabajadoras deben solicitar días de vacaciones para realizar tratamientos o pedir licencias con otras situaciones de salud, ya que no está contemplado en la ley de contrato de trabajo vigente.
Es necesario contar con legislación que reconozca expresamente el derecho de los agentes a poder gozar de una licencia paga en caso de someterse a una intervención quirúrgica o a un tratamiento hormonal integral para adecuar el cuerpo a la identidad de género autopercibida.
Esta iniciativa se fundamenta en la intención de ampliar derechos, en tiempos de cambios y de inclusión social y en el plano de la salud, en el marco de una sociedad que evoluciona, aceptando la diversidad cultural y promoviendo la justicia y la democracia.
Es de vital relevancia garantizar el derecho humano al libre desarrollo personal, reconocido por la Ley 26.743, que se funda en los derechos a la dignidad, a la libertad y a la igualdad de toda persona humana (conforme la Constitución Nacional y los fundamentos y principios del Derecho Internacional de los Derechos Humanos).
Por los motivos expuestos, solicito a mis pares acompañen el presente proyecto de ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
WECHSLER, MARCELO GERMAN CIUDAD de BUENOS AIRES PRO
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
LEGISLACION DEL TRABAJO (Primera Competencia)
FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA