PROYECTO DE TP


Expediente 1137-D-2018
Sumario: PROMOVER JUICIO POLITICO AL MINISTRO DE FINANZAS DE LA NACION, LUIS CAPUTO, POR MAL DESEMPEÑO Y LA COMISION DE DELITOS EN EL EJERCICIO DE SUS FUNCIONES.
Fecha: 19/03/2018
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 12
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Promover juicio político contra el Ministro de Finanzas de la Nación, Luis Caputo, por la responsabilidad por mal desempeño y la comisión de delitos en el ejercicio de la función pública, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 53 y concordantes de la Constitución Nacional.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El Sr. Luis Caputo es Ministro de Finanzas de la Nación desde enero de 2017. En diciembre de 2015 asumió como secretario de Finanzas del gobierno de Macri. Durante su gestión tuvo un rol clave en la negociación con los fondos buitre, donde la Argentina accedió a pagar 9.352 millones de dólares estadounidenses, reabriendo así el ciclo de endeudamiento del país.
El artículo 53 de la Constitución Nacional faculta a la Cámara de Diputados a acusar a los ministros por mal desempeño o por delito en el ejercicio de sus funciones. Luis Caputo está acusado de cometer, como mínimo, los siguientes delitos desde que ostenta el flamante cargo de ministro:
1. La omisión en sus Declaraciones Juradas de ser dueño de la compañía offshore Noctua Partners, lo que le valió la acusación por la presunta comisión de los delitos de omisión maliciosa, negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública, tráfico de influencias, delito de uso de información privilegiada, incumplimiento de los deberes de funcionario público y supuesto lavado de activos.
A raíz de la investigación que impulsan el Consorcio Internacional de Periodistas de Investigación y el diario alemán Süddeutsche Zeitung, publicada por Perfil, La Nación y América, se vinculó al Ministro de Finanzas, Luis Andrés Caputo, con una red de sociedades offshore.
Caputo manejó el fondo de inversión Alto Global Fund, hedge fund registrado en Caimán para comprar bonos de alto riesgo en países emergentes. Caimán es uno de los paraísos fiscales más secretos del mundo. Además, Caputo fue el administrador de Noctua Partners LLC, una gerenciadora de fondos de inversión de Miami con ramificaciones en Delaware, otra jurisdicción donde imperan el secreto y los beneficios fiscales, así como un segundo fondo en Caimán, dedicado a comprar bonos de la deuda argentina.
En la declaración jurada que Caputo presentó ante la Oficina Anticorrupción cuando se dio de alta en la administración pública (y debió, por tanto, informar su situación patrimonial de 2015), no figuran Noctua ni Alto Global Fund, lo que resulta un incumplimiento del art. 12 de la ley 25.188 de ética pública.
Esta maniobra debe ser investigada, ya que podría haber sido utilizada para evitar que se conociera públicamente la existencia de ese entramado offshore y se investigara la posible participación accionaria del actual Ministro en sociedades cuyo capital podría provenir de fuentes ilícitas.
2. Las sospechosas maniobras en la adquisición de Lebac emitidas por el Banco Central de la República Argentina, con recursos pertenecientes al Fondo de Garantías de Sustentabilidad de la Anses, con la intermediación del Fondo de Inversión FCI Axis Ahorro Plus. El Fondo de Garantía de Sustentabilidad representa el principal recurso de nuestros jubilados, se trata de un sustancioso fondo para financiar los magros haberes de -sin duda alguna- el sector más postergado de nuestra sociedad.
Las decisiones de administración del Fondo de Garantía de Sustentabilidad son tomadas por un Comité encargado de gestionar el mismo. Uno de los integrantes de este órgano es el Ministro Caputo. Este cuerpo colegiado encomendó la adquisición de Lebacs emitidas por parte del Banco Central de la República Argentina, al FCI Axis Ahorro Plus con recursos del Anses. A cambio de ésta gestión, el Axis ahorro Plus, de probados vínculos con el Ministro Caputo, recibió su correspondiente comisión por tal gestión.
Ahora bien, como bien se desprende de este accionar, estamos en presencia de una operatoria de una transacción financiera realizada por dos instituciones del Estado Nacional. Por un lado, la entidad vendedora, en este caso el Banco Central de la República Argentina, que emite Lebac; y por el otro; la entidad compradora, en este caso el Anses con los recursos de los jubilados (Fondo de Garantía de Sustentabilidad). En el medio de este accionar, está la decisión del Ministro de Finanzas en contratar a un Fondo Común de Inversión para llevar adelante la operación financiera. Habría que preguntarse qué esfuerzo profesional realizó este fondo con el objetivo de conseguir un instrumento financiero, como las Lebac, ya que el mismo constituye una herramientas de público conocimiento, con fechas de licitación preestablecidas, con cotización transparentes, etc; o habría que preguntarse qué búsqueda de inversores realizó el fondo con el objetivo contactar instituciones superavitarias en condiciones de invertir ,siendo que el Fondo de Garantía de Sustentabilidad representa la fuente de recursos más grande de la Administración Nacional. Cuál fue el expertise profesional que justificó el cobro de la comisión. Claramente ninguno. Máxime teniendo en cuanta que quien llevo adelante tal operatoria es una persona jurídica con fuertes vínculos con quien toma la decisión de contratarla.
3. Dólar Futuro. En el año 2015, el mercado financiero fue sometido por una fuerte presión sobre la cotización del tipo de cambio. Presión ésta que se vio materializada por el surgimiento de la cotización de la divisa en manera no oficial. El popularmente conocido “Dólar Blue”. Como consecuencia de esto y, conociendo el impacto que tienen las variaciones de la divisa americana en el índice de inflación, el Gobierno Nacional estableció una operatoria a los efectos de dotar de previsibilidad al mercado. Es por eso que licitó contratos bajo la operatoria de dólar futuro. Los mismos consistían en otorgar un compromiso por parte del Banco Central de la República Argentina de vender determinada cantidad de dólares a una cotización conocida a determinado plazo. Cada persona física o jurídica que se hacía acreedor de esos contratos se aseguraba de tener la cuantía de divisas adquirida a través de los contratos a una cotización conocida. Entre las personas que licitaron bajo esta operatoria se encontraba Ximena Ruiz Hanglin, esposa del actual ministro de Finanzas, Luis Caputo. En diciembre de 2015 asumió el Presidente Macri, conformando junto con él un nuevo equipo económico. En ese entonces, el Licenciado Luis Caputo fue designado Secretario de Finanzas. Horas después de haber asumido, el equipo económico del cual Caputo formaba parte, tomó la decisión de devaluar la moneda en más de un 40%. Esta decisión unilateral, de la cual el actual Ministro no realizó ningún tipo de exclusión en su proceso decisorio, produjo una extraordinaria ganancia para la mujer de Caputo. Se calcula que el monto obtenido como ganancia ascienda a $ 37.096.700. Tal situación motivó que esta última fuera denunciada penalmente por diputados del Frente para la Victoria y que posteriormente se haya cursado el pedido de imputación por el Fiscal Stornelli.
4. Por la realización de una ruinosa operación para los intereses del Estado, del fisco y del Pueblo Argentino de hoy, y de las futuras generaciones, tomando 2.750 millones de dólares de deuda a 100 años de plazo a una tasa nominal del 7.125 % anual, que objetivamente costará una tasa de interés anual del 7.9 % anual, al haberse colocado tales bonos bajo la par. En primer lugar, hay que señalar que éste tipo de operaciones no tiene ningún tipo de antecedente contemporáneo en el mercado bursátil argentino. Es preciso remontarse a los tiempos de Bernardino Rivadavia para tomar conocimiento de un endeudamiento de esta magnitud. La presente operación financiera no tiene ningún tipo de justificación técnica, ya que el monto total de la operación no provocó una modificación sustancial a los requerimientos financieros del Estado Nacional. El Estado Nacional no necesitaba, imperiosamente, obtener un endeudamiento de esta magnitud, era una herramienta más, en un conjunto de otras herramientas financieras, por lo tanto no existe justificativo alguno por qué tomar este empréstito con un horizonte de 100 años. Por otra parte, el costo financiero que los argentinos pagaremos con el bono es extremadamente perjudicial para nuestros compatriotas, máxime teniendo en cuenta las características del Bono. Ejemplos de instrumentos financieros tomados con horizonte de inversión mucho menor, por ejemplo 50 años, han tenido un costo de endeudamiento varias veces menor. Por otra parte, todos los doctrinarios en la materia han rechazado enfáticamente este instrumento financiero. Inclusive los economistas con mayor grado de coincidencia con este gobierno, han rechazado enfáticamente este mecanismo de endeudamiento. Esto sin entrar a analizar el objetivo del mentado endeudamiento. Este instrumento no fue utilizado para construir un puerto, desarrollar una zona postergada, realizar una represa, desarrollar un sistema ferroviario, entre otras obras estructurales. Muy por el contrario a esto, el mismo fue utilizado para financiar déficit fiscal. Como corolario de este hecho a todas luces antieconómico, anti financiero y antipatriótico, se conoce que parte del mismo (5 millones) fue adquirido por Noctua Asset Managment LLC, radicado en Delaware, fundado por el ministro de Finanzas, Luis Caputo en 2009. Esta operación también le valió una denuncia penal por la presunta comisión de los delitos de defraudación contra la administración pública, y tráfico de influencias.
El Sr. Jefe de Gabinete de Ministros se refirió al Sr. Caputo como una persona íntegra, un profesional ético y de calidad y dijo que todos los argentinos debíamos estar orgullosos de tenerlo como ministro. Sin embargo, Sr. Presidente, la información expuesta en este proyecto de Resolución da cuenta de todo lo contrario. El Sr. Caputo es un delincuente de guantes blancos, un evasor fiscal, y un timbero con los recursos del estado. El Sr. Caputo no busca el bien común, busca engrosar sus ya abultadas cuentas y las de sus “amigos y familiares”.
Por todo lo expuesto solicito a mis pares el acompañamiento del presente proyecto de resolución.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
SORIA, MARIA EMILIA RIO NEGRO FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
SALVAREZZA, ROBERTO BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
SOLANAS, JULIO RODOLFO ENTRE RIOS FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
FILMUS, DANIEL CIUDAD de BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
CERRUTI, GABRIELA CIUDAD de BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
ROMERO, JORGE ANTONIO CORRIENTES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
GRANA, ADRIAN EDUARDO BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
MERCADO, VERONICA CATAMARCA FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
GARRE, NILDA CELIA CIUDAD de BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
MENDOZA, MAYRA SOLEDAD BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
CIAMPINI, JOSE ALBERTO NEUQUEN FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
JUICIO POLITICO (Primera Competencia)
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados SOLICITUD DE SER COFIRMANTES DE LOS DIPUTADOS MENDOZA, MAYRA SOLEDAD Y CIAMPINI (A SUS ANTECEDENTES)