PROYECTO DE TP


Expediente 0884-D-2018
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON LA POSESION DE TIERRAS ILEGALMENTE OCUPADAS, PERTENENCIENTES AL ESTADO NACIONAL UBICADAS EN LA CIUDAD CAPITAL DE LA PROVINCIA DE JUJUY.
Fecha: 14/03/2018
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 9
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Dirigirse al Poder Ejecutivo Nacional para que, a través del Ministerio de Defensa, informe a esta Honorable Cámara de Diputados de la Nación lo siguiente:
PRIMERO: Las medidas adoptadas con el objeto de recuperar la posesión de tierras ilegalmente ocupados, pertenecientes al Estado Nacional, ubicadas a un costado de la Ruta Nacional N° 9, kilómetro 1.696, entre el arroyo Huaico Grande y el arroyo Huaico Chico, frente al Barrio Los Huaicos de la ciudad de San Salvador de Jujuy.
SEGUNDO: En caso de haberse iniciado acciones civiles y/o penales contra los ocupantes por usurpación, daños, desalojo, según correspondiere, deberá informar el juzgado/s interviniente/s, número/s de expediente/s, estado de trámite de los mismos y todo otro dato de interés relacionado a la recuperación de la posesión sobre la fracción del inmueble en cuestión y a la seguridad de los vecinos del lugar.
TERCERO: También para el supuesto afirmativo, deberá informar si se han efectuado relevamientos socio-ambientales para determinar la cantidad de personas, composición de grupo familiar, edad, género, nacionalidad, nivel educativo, ocupación, entre otros datos relevantes de los ocupantes, en orden a contar con información indispensable para que las autoridades competentes pudieren intervenir y evaluar posibilidades de reubicación en lugares apropiados, en los casos que por razones de índole humanitaria, demográfica u otras, se justifique.
CUARTO: Bajo qué título es desarrollada la actividad de producción de ladrillos, en las tierras situadas frente a la Ruta Nacional N° 9, Departamento Dr. Manuel Belgrano, Provincia de Jujuy, a la altura del Km 1.696 hasta el Km 1.698.
QUINTO: En caso de existir explotaciones carentes de permiso emanado de autoridad competente, deberá informar las medidas adoptadas para el cese de las mismas o bien su regularización, si correspondiere.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El presente proyecto tiene por objeto conocer algunos aspectos relevantes sobre hechos que afectan la situación jurídica de los inmuebles pertenecientes al Estado Nacional, ubicados en la Provincia de Jujuy, Departamento Dr. Manuel Belgrano, a la altura del kilómetro 1.696, a uno y otro lado de la Ruta Nacional N° 9.
En primer lugar, se requiere información vinculada al estado de avance de las actuaciones judiciales y administrativas, que se hayan efectuado con el propósito de recuperar la posesión y, eventualmente, asignar las responsabilidades correspondientes a los autores y partícipes de las ocupaciones ilegales de terrenos pertenecientes al Estado Nacional, situados entre la Ruta Nacional N° 9 (tramo de la autopista San Salvador de Jujuy – Yala) y el Barrio Los Huaicos, de la mencionada ciudad capital provincial.
Dicha fracción, que forma parte de un conjunto de inmuebles de mayor tamaño, cuya tenencia y custodia, a nivel de jurisdicción, corresponde al Ministerio de Defensa de la Nación, y a partir del año 2012, a la Agencia de Administración de Bienes del Estado (AABE), como organismo de coordinación central dependiente de la Jefatura de Gabinetes de Ministros de la Nación, para el ejercicio de las facultades y deberes previstos en el Decreto N°1382/2012 y normas complementarias.
Como ha sido de conocimiento público, a mediados del año 2011, se suscitaron una serie de hechos verdaderamente lamentables en la Provincia de Jujuy, que tuvieron inicio en el Departamento Libertador General San Martín, con la toma de tierras pertenecientes a una importante empresa agroindustrial del lugar y que rápidamente se multiplicaron por diversas localidades de la provincia, mediante asentamientos y usurpaciones, que generaron una de las mayores crisis sociales, institucionales y políticas de los últimos tiempos en Jujuy.
No es mi intención abordar las causas que precipitaron estos trágicos y muy lamentables sucesos, posibles interpretaciones ex post podemos encontrar en las crónicas que circularon por los medios de prensa y digitales en aquellos tristes momentos, pero sí lo es atender a un justo y elemental principio de orden público y convivencia ciudadana.
A diferencia de otros lugares en donde aún hoy se ven las mismas precarias construcciones hechas por sus ocupantes, en el particular caso de la ocupación ilegal del terreno en cuestión, ha sido muy llamativa, por lo repentina y generalizada, la construcción de viviendas con materiales nobles e incluso la edificación para otros usos como ser depósitos de mercadería con fines comerciales, hecho que de por sí pone en duda la existencia de una necesidad habitacional perentoria en las personas que ocuparon estas tierras, que ameritara una consideración diferente.
Por otra parte, algunas de las viviendas, éstas vez sí construidas en forma precaria, han sido levantadas en parte, usando como piso o pared el talud o techo, respectivamente, de un canal cerrado que conduce agua para potabilización y riego desde el dique derivador Los Molinos al complejo de diques La Ciénaga-Las Maderas, en el Departamento El Carmen. Demás está acotar el enorme riesgo que ello representa para la seguridad de las personas y la debida funcionalidad del mencionado acueducto.
Por otra parte, el presente proyecto requiere información vinculada a la explotación de un área muy amplia de tierras para fabricación de ladrillos, situadas frente al predio de instalaciones y viviendas del Grupo de Artillería de Montaña (GAM) N° 5, a la altura del Km 1.696 hasta el Km 1.698 de la Ruta Nacional N° 9, donde existen numerosas cortadas de ladrillos, para conocer bajo qué título es realizada dicha actividad, si el área en transformación ha sido previamente desafectada del uso público, si ha sido otorgada a sus explotadores bajo contratos o permisos emanados de autoridad competente, etc.
En este punto, tratándose de una actividad extractiva, como lo es la producción de ladrillos, la cual debe someterse al estricto cumplimiento de la normativa vigente, no solo por la conversión de tierra sino por el uso de leña para cocer los ladrillos, resulta evidente el interés institucional en conocer con exactitud la relación o situación jurídica bajo la cual se ejercen tales explotaciones. Y eventualmente, en caso de que lo fueran en forma ilegal o irregular, con el consabido deterioro ambiental y perjuicio a la integridad de un valioso bien inmueble del patrimonio público, se requiere conocer qué acciones o medidas se han adoptado para revertir y/o reparar tal estado de cosas.
Por las razones expuestas, solicito a mis pares que me acompañen con su voto afirmativo para la aprobación de la presente iniciativa.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
SNOPEK, ALEJANDRO FRANCISCO JUJUY FEDERAL UNIDOS POR UNA NUEVA ARGENTINA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
LEGISLACION GENERAL (Primera Competencia)