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PROYECTO DE TP


Expediente 0645-D-2019
Sumario: CONTRATO DE TRABAJO - LEY 20744 -. MODIFICACION DEL ARTICULO 158, SOBRE LICENCIAS ESPECIALES.
Fecha: 14/03/2019
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 8
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


MODIFICAR LA LEY DE CONTRATO DE TRABAJO EN SU ARTÍCULO 158
Artículo 1º.- Modificar el artículo 158 de la Ley Nº 20.744, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“Art. 158. —Clases.
El trabajador gozará de las siguientes licencias especiales:
a) Por nacimiento de hijo, sesenta (60) días corridos.
b) Por matrimonio, diez (10) días corridos.
c) Por fallecimiento del cónyuge o de la persona con la cual estuviese unido en aparente matrimonio, en las condiciones establecidas en la presente ley; de hijo o de padres, tres (3) días corridos.
d) Por fallecimiento de hermano, tres (3) días.
e) Para rendir examen en la enseñanza media o universitaria, dos (2) días corridos por examen, con un máximo de diez (10) días por año calendario.”.
Artículo 2º.- La presente medida entrará en vigencia desde el día de su publicación en el Boletín Oficial.
Artículo 3°.- De forma.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La presente iniciativa la presente mediante Expediente número 5971-D-2017 y hoy vuelvo a insistir con el tratamiento de este Proyecto atento a que considero que por intermedio del presente se fundamenta apunta a fortalecer la familia en los primeros días de nacimiento del niño. No resulta una novedad para este legislador la necesidad de refortalecer los lazos familiares, pues su debilitamiento, entre otros aspectos, ha contribuido notablemente a que una gran porción de jóvenes se encuentren desamparados y sin ningún tipo de contención, siendo función del Estado Nacional generar los escenarios favorables para revertir tal penosa situación.
Más allá de todas las medidas directas que atañen al Estado Nacional, como ser el fortalecimiento de la educación pública, el fomento de la actividad deportiva que establece reglas de compañerismo y colaboración mutua, etc., lo cierto es que hasta la fecha no ha habido decisiones concretas que favorezcan el fortalecimiento del vínculo familiar.
En ese sentido, este legislador ha propuesto oportunamente la modificación a la Ley Contrato de Trabajo con el fin de extender la licencia por maternidad debido a las recomendaciones emanadas de la Organización Mundial de la Salud en cuanto a la lactancia y cuidados maternos. En esa instancia se pretendía fortalecer el vínculo materno en tanto es el primer contacto del niño ya desde su gestación.
En esta instancia se propone fortalecer el otro pilar de la familia, extendiendo la actual licencia paterna a sesenta (60) días, a los fines de acompañar en tal importantísimo periodo de vida del niño a la madre.
Ya se ha dicho bastante sobre las sustanciales diferencias existentes entre los días de licencia que la legislación de nuestro país otorga al padre, en comparación con los países con mayor estándar de calidad de vida. Viene al caso recordar el caso de Finlandia, en donde el padre tiene por derechos sesenta (60) días de licencia con goce de sueldo, contra los dos (2) días de nuestra legislación actual.
No viene al caso discutir en esta instancia si tales diferencias se deben al nivel de PBI per cápita de dicha nación que hemos ejemplificado, o bien por el contrario, sin tal PBI per cápita no es en efecto consecuencia de la batería de derechos redistributivos (como por ejemplo los altos impuestos a rentas elevadas) que posibilitan dicho nivel de ingreso a nivel nacional.
Lo cierto es que, sea cual fuere causa y cual consecuencia, nuestro país se encuentra entre los que menos licencia por paternidad otorga.
Puesto que es opinión del legislador y de la propia Organización Mundial del Trabajo la necesidad de la presencia, acompañamiento y cuidado del padre en los primeros días de vida del niño, es condición necesaria para su desarrollo psíquico así como también el de los propios padres y que, en ese sentido, es el Estado Nacional a través de sus diversos mecanismos quien debe tender a garantizarla,
Es por ello que solicito a mis pares favorezcan a tales circunstancias acompañando el presente proyecto de ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
OLMEDO, ALFREDO HORACIO SALTA SALTA SOMOS TODOS
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
LEGISLACION DEL TRABAJO (Primera Competencia)
FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA