PROYECTO DE TP


Expediente 0137-D-2019
Sumario: EXPRESAR PREOCUPACION POR EL ESTADO DE LA ATENCION PRIMARIA DE LA SALUD, LA PREVENCION Y CONTROL DE TODAS LAS FORMAS DE TRANSMISION DE LA ENFERMEDAD DE CHAGAS
Fecha: 06/03/2019
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 1
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
DECLARA:


Su preocupación y alarma por el estado de la atención primaria de la salud, la prevención y control de todas las formas de transmisión de la enfermedad de Chagas en la República Argentina.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La enfermedad de Chagas es la principal endemia en la argentina y se vincula con el ambiente construido bajo condiciones de pobreza. El área de mayor endemicidad se encuentra en el norte, oeste y centro del país, aunque también se ha distribuido a otras regiones debido a las migraciones internas e internacionales. En nuestro país hay 1.600.000 personas infectadas, de las cuales 300.000 presentan algún grado de enfermedad y 7.000.000 se encuentran en situación de riesgo.
Anualmente nacen 1300 niños infectados y la tasa de mortalidad es de 1.200 casos anuales.
A modo de prevención en 2016 se creó el Programa Nacional Concertado de Prevención y Asistencia Integral a la Enfermedad de Chagas, dependiente del Ministerio de Salud de la Nación, posteriormente paso a llamarse Programa Nacional de Chagas. Tiene como objetivo reducir la mortalidad por enfermedad de Chagas a través de la interrupción de la transmisión de la vinchuca y el control de las formas hereditarias.
La Auditoría General de la Nación (AGN) realizó un informe sobre el avance del programa duramente el 2016 y 2017 en el que se destacó que: no está reglamentada la ley 26.281 que es la que le da carácter prioritario a la prevención y erradicación de todas las formas de transmisión de la enfermedad. La auditoría evaluó que faltan recursos, hay demoras y falta de registros, no hay una base de datos única y actualización permanente para todo el país, se encontraron problemas en los mecanismos de transmisión de la información, también hay debilidades en la detección y diagnóstico oportuno, en el tratamiento, seguimiento y notificación a la población infectada.
Se necesita intensificar las actividades de capacitación, si bien el programa presenta avances en la interrupción de la transmisión a través de la vinchuca, todavía se encuentra por debajo de la meta. Aun así, se aumentó el control de las mujeres embarazadas. No se ven mejoras en los controles de recién nacidos hijos de madres chagasicas y de niños de 6 a 12 años de edad, hay tratamientos realizados sin notificar y la distribución de insecticidas se realiza a demanda.
Es importante aclarar que el Chagas es 100 % curable si se trata en sus etapas iniciales.
Por eso es que se debe reglamentar la 26.281, increíblemente postergada por dos gobiernos de distinto signo, desde el año 2007.
Se debe articular mejor los programas provinciales con los subsectores de Obras Sociales y medicina privada de la salud.
Asegurar los recursos materiales y humanos, continuar y aumentar las capacitaciones. Implementar un registro único y mantenerlo actualizado. Formular e implementar un plan de vivienda saludable y destinar los recursos monetarios y humanos para profundizar las campañas de difusión para generar conciencia sobre el problema.
Las prioridades se fijan con acciones, y combatir esta enfermedad debe tener acciones concretas por parte del Estado para ayudar su erradicación, entre ellas la de reglamentar la ley 26.281, que fuera solicitada por quién suscribe en otro proyecto.
Es necesario tomar conciencia, destinar energía, inteligencia y recursos en esta problemática tan cruel y desatendida, con números tan claros sobre la pésima situación sanitaria y de vulnerabilidad en la que se encuentran 7 millones de argentinos.
Por los motivos expuestos es que solicito el acompañamiento y aprobación de la presente iniciativa.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
CAMAÑO, GRACIELA BUENOS AIRES FEDERAL UNIDOS POR UNA NUEVA ARGENTINA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA (Primera Competencia)