Declaraciones Juradas
DECLARACIONES JURADAS PATRIMONIALES INTEGRALES
LEY 25188 y su modificatoria 26.857
- Hasta las Declaraciones Juradas del año 2012, las mismas eran presentadas y resguardadas en la Secretaría Administrativa de esta H. Cámara.
- El acceso público a las mismas se podía solicitar, previo cumplimiento de los requisitos previstos en la normativa, y se proveía copia digital de las mismas.
(Art. 10: DNI del solicitante, Objeto, Destino,...Art. 11: Sanciones previstas por utilización indebida).
- Mediante Disposición Nro. 99/2017 se reglamentó en el ámbito de esta H. Cámara, atento la sanción de la Ley 26.857, la presentación de la Declaración Jurada Patrimonial Integral de los señores Diputados Nacionales
- El plazo de su presentación vence el día 30 de mayo del corriente año en caso de no producirse prorroga por parte de AFIP, debiéndose dirigir a la Dirección General de Coordinación Administrativa, sita en la Plata Baja del Palacio – Oficina 29, para presentar el sobre que contendrá la misma debidamente rubricada y completada, adjuntándosele las dos copias de la constancia “Presentación de DJ por Internet –Acuse de Recibo” firmadas
- Las Declaraciones Juradas Patrimoniales Integrales públicas, podrán ser consultadas en forma gratuita en la página web de la Oficina Anticorrupción, por toda persona interesada, en virtud a lo oportunamente sancionado en la Ley 26.857 y su reglamentación. https://www2.jus.gov.ar/consultaddjj/Home/Busqueda
- La guarda de las mismas en el ámbito de este H. Cuerpo, se encuentra a cargo de la Dirección General de Coordinación Administrativa, dependiente de la Secretaria Administrativa de esta H. Cámara.
- Mas información en Oficina Anticorrupcion