Soledad Carrizo
Diputada de la Nación
UCR - UNIÓN CÍVICA RADICAL
Período: 10/12/2021 - 09/12/2025
PROYECTO DE DECLARACION
Expediente: 3532-D-2014
Sumario: EXPRESAR REPUDIO FRENTE A LA IMPUTACION PENAL FORMULADA CONTRA EL PERIODISTA JUAN PABLO SUAREZ, EDITOR DEL SITIO WEB "ULTIMA HORA".
Fecha: 14/05/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 44
	        Expresar repudio y preocupación frente a 
la imputación penal formulada contra el periodista Juan Pablo Suárez, editor del sitio 
web "Última Hora", en el marco de una causa radicada en la Justicia Federal de 
Santiago del Estero, en virtud de la Ley 26.734 (Ley Antiterrorista), en abierta violación 
al derecho constitucional a la libertad de expresión y de prensa, precondición de todo 
sistema democrático.
	          
      
  
 
					FUNDAMENTOS
Señor presidente:
	        El presente proyecto pretende expresar 
repudio y preocupación por el acaecimiento de hechos que confirman lo que todo el 
arco opositor vaticinó en los debates parlamentarios que culminaron con la sanción de 
la Ley 26.734, conocida como Ley Antiterrorista: la utilización de un derecho penal 
amplio y vago para casos que exceden claramente los supuestos que motivaron su 
sanción.
	        
	        
	        En diciembre del pasado año, el periodista 
Juan Pablo Suárez, editor del sitio web "Última Hora", fue detenido luego de filmar, y 
posteriormente difundir, la detención de un agente de seguridad que participó en el 
marco de una protesta policial. Acusado de cometer el delito de incitación a la violencia, 
agravado por la finalidad de "aterrorizar a la población", Suárez se encuentra imputado 
en un proceso penal que constituye la primera aplicación de la Ley Antiterrorista desde 
su sanción (que agregó la agravante mencionada al Código Penal en 2011). Sumado a 
ello, sus oficinas fueron allanadas y sus equipos, incautados.
	        
	        
	        Es indudable la 
trascendencia institucional que estos hechos revisten toda vez que existe una doble 
violación a derechos constitucionales. Primero, porque se viola la garantía del debido 
proceso penal y el principio de legalidad que exigen la aplicación de leyes que cumplan 
con los estándares de lex stricta y lex certa. Segundo, porque se cercena el derecho a 
la libertad de expresión y de prensa que, como precondición de todo sistema 
democrático, debe gozar de una sobreprotección institucional que permita su ejercicio 
irrestricto.
	        
	        
	        Las justificaciones instrumentales y 
sustantivas que sientan las bases sobre las cuales el derecho a la libertad de expresión 
es erigido, exigen que el Estado se abstenga de utilizar no sólo mecanismos que 
impliquen una censura directa, sino también aquellos mecanismos que generen la 
autocensura como la imposición de responsabilidades ulteriores indebidas, sobre todo la 
puesta en funcionamiento del sistema penal.
	        
	        
	        Y es que estos hechos confirman lo temido 
y anunciado por todo el arco opositor que se opuso a la sanción de esta ley. La 
agravante genérica que afecta a todo los delitos del Código Penal según la "finalidad de 
aterrorizar a la población u obligar a las autoridades públicas nacionales (...) a realizar 
un acto o abstenerse de hacerlo" (art. 41 quinquiés, CP), resulta tan vaga y amplia que 
permite su aplicación a los más variados hechos entre los cuales se encuentra el 
legítimo ejercicio del derecho a la libertad de expresión.
	        
	        
	        Es importante que el mensaje institucional 
sea claro y contundente. El derecho penal no puede ser utilizado para silenciar voces 
disidentes. Por ello, y por todo lo expuesto, solicito a mis pares me acompañen en la 
sanción del presente Proyecto de Declaración.
	          
      
  
 
					
  | Firmante | Distrito | Bloque | 
|---|---|---|
| NEGRI, MARIO RAUL | CORDOBA | UCR | 
| GIUBERGIA, MIGUEL ANGEL | JUJUY | UCR | 
| GIMENEZ, PATRICIA VIVIANA | MENDOZA | UCR | 
| RICCARDO, JOSE LUIS | SAN LUIS | UCR | 
| PASTORI, LUIS MARIO | MISIONES | UCR | 
| FIAD, MARIO RAYMUNDO | JUJUY | UCR | 
| DE FERRARI RUEDA, PATRICIA | CORDOBA | UCR | 
| GARRIDO, MANUEL | CIUDAD de BUENOS AIRES | UCR | 
| STOLBIZER, MARGARITA ROSA | BUENOS AIRES | GEN | 
| CARRIZO, SOLEDAD | CORDOBA | UCR | 
| BAZZE, MIGUEL ANGEL | BUENOS AIRES | UCR | 
| ALFONSIN, RICARDO LUIS | BUENOS AIRES | UCR | 
| SANCHEZ, FERNANDO | CIUDAD de BUENOS AIRES | COALICION CIVICA ARI - UNEN | 
| D'AGOSTINO, JORGE MARCELO | ENTRE RIOS | UCR | 
| CARRIO, ELISA MARIA AVELINA | CIUDAD de BUENOS AIRES | COALICION CIVICA ARI - UNEN | 
Giro a comisiones en Diputados
					| Comisión | 
|---|
| LIBERTAD DE EXPRESION (Primera Competencia) |