Soledad Carrizo
Diputada de la Nación
UCR - UNIÓN CÍVICA RADICAL
Período: 10/12/2021 - 09/12/2025
PROYECTO DE RESOLUCION
Expediente: 2547-D-2014
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON LA INSTALACION POR PARTE DE LA FIRMA "DIOXITEK S.A." DE UNA PLANTA PROCESADORA DE URANIO EN LA PROVINCIA DE FORMOSA.
Fecha: 15/04/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 27
	        Dirigirse al Poder Ejecutivo 
Nacional a fin de solicitarle que, a través del Ministerio de Planificación 
Federal, Inversión Pública y Servicios, del Ministerio de relaciones Exteriores 
y Culto, y de la Comisión Nacional de Energía Atómica (CNEA), informe sobre 
diversas cuestiones relacionadas con la instalación de una planta 
procesadora de uranio en la provincia de FORMOSA, por la firma Dioxitek SA, 
y principalmente sobre los siguientes puntos:
	        
	        
	        1.	Si es cierto que existe 
un proyecto de instalar la planta procesadora de uranio Dioxitek SA en la 
provincia de Formosa, como fuera anunciado por el intendente de Córdoba, 
Ramón Mestre, en reunión ayer con el Jefe de Gabinete de Ministros, Jorge 
Capitanich y con el  Ministro de Planificación Federal, Inversión pública y 
Servicios, Arq. Julio de Vido, y confirmado por el encargado de negocios de 
la Argentina en Paraguay, Luis Niscóvolos.
	        
	        
	        2.	Especifique y remita los 
estudios de factibilidad ambiental, económica y social que se hubieran 
realizado, en cumplimiento de las leyes nacionales 25.675, 24804, 25.018, y 
la ley 1060 de Política Ecológia y Ambiental de la Provincia de Formosa. 
Indique qué institución ha sido encargada de elaborarlos y su costo 
total.
	        
	        
	        3.	Especifique que 
evaluación y verificación de seguridad se han realizado teniendo en cuenta lo 
establecido en el artículo 14 de la ley 24.776 que aprueba lo establecido por 
la Convención sobre Seguridad Nuclear adoptada en Viena, República de 
Austria, el 20 de setiembre de 1994.
	        
	        
	        4.	Indique que 
mecanismos de consulta internacional que se han tenido en cuenta, dada la 
posibilidad de que dicha planta se instale en una zona limítrofe con 
Paraguay.
	        
	        
	        5.	Si se ha asegurado la 
participación ciudadana mediante la institucionalización de procedimientos de 
consultas o audiencias públicas como instancias previas obligatorias según 
establece la ley General del Ambiente 25.675, y la ley 1060 de Política 
Ecológica y Ambiental de la Provincia de Formosa. 
	        
	        
	        6.	Indique los medios a 
través de los cuales se realizará la convocatoria y el modo en que se llevarán 
a cabo dichas audiencias públicas, de modo tal que garanticen el derecho de 
toda persona a ser consultada y a opinar en procedimientos administrativos 
que se relacionen con la preservación y protección del ambiente, que sean 
de incidencia general o particular, y de alcance general, según establece la 
ley General del Ambiente 25.675.
	          
      
  
 
					FUNDAMENTOS
Señor presidente:
	        Semanas atrás el intendente de 
Córdoba, Ramón Mestre, luego de una reunión con el Ministro de 
Planificación Federal, Inversión pública y Servicios, Arq. Julio De Vido y el 
Jefe de Gabinete Jorge Capitanich, anunció la reubicación de la planta de 
Uranio perteneciente a la empresa Dioxitek SA, en la provincia de Formosa, 
donde según el Ministro, ya habrían empezado las obras.
	        
	        
	        DIOXITEK es una sociedad 
anónima de la Comisión Nacional de Energía Atómica, ubicada en el barrio 
Alta Córdoba que provee de dióxido de uranio producido en el país, es decir 
combustible nuclear que sirve como principal suministro para el 
funcionamiento de las centrales nucleares de Embalse y Atucha I y II.
	        
	        
	        Recordemos que esta plata ha 
sido clausurada por la municipalidad de Córdoba y  fue rechazada por las 
municipalidades de Despeñaderos, San Rafael y la Rioja por los niveles de 
contaminación que produce.
	        
	        
	        Sin embargo el gobierno de 
Formosa en nada ha informado a la sociedad sobre este tema, ni de los 
riesgos que pudiera implicar que se lleve adelante la construcción e 
instalación de una planta de estas características en el territorio de la 
provincia, ni si existen definiciones técnicas de las consecuencias ambientales 
sociales u económicas que la instalación podría acarrear.
	        
	        
	        Tanto la ley nacional General 
del Ambiente 25.675 como la ley 1060 de Política Ecológia y Ambiental de la 
Provincia de Formosa establecen la obligatoriedad de realizar estudios de 
factibilidad ambiental y evaluaciones de impacto ambiental de toda obra o 
actividad que sea susceptible de degradar el ambiente, alguno de sus 
componentes, o afectar la calidad de vida de la población.
	        
	        
	         Y, a su vez, establecen el 
derecho de todas las personas a ser consultadas y a opinar en aquellas 
actividades que pudieran afectar su ambiente. Para poner en práctica estos 
derechos, las leyes prevén mecanismos de consulta popular y audiencias 
públicas que tienen carácter de obligatorias y deben ser previas a la 
autorización de este tipo de actividades en su territorio.
	        
	        
	        Por otra parte, en cuanto a las 
relaciones con el Paraguay, resulta indispensable contar con la información 
que brinde un estudio de factibilidad y análisis de seguridad nuclear de 
acuerdo a lo establecido por la Convención sobre Seguridad Nuclear 
adoptada en Viena, República de Austria, el 20 de setiembre de 1994. 
	        
	        
	        Para ello, según los periódicos 
locales, el encargado de negocios de la Argentina en Paraguay, Luis 
Niscóvolos, ya fue convocado a la Cancillería del vecino país ubicada en 
Asunción con el fin de dar explicaciones sobre el proyecto. El diplomático 
confirmó el hecho, pero se excusó de dar mayor información y explicó que el 
responsable de la iniciativa es el ministro de Planificación, Julio de Vido.
	        
	        
	        No olvidemos que según el 
principio internacional de buena vecindad, los estados tienen la 
responsabilidad de no dañar el medio ambiente ajeno. Esto está 
estrechamente relacionado con la obligación  de cooperar para investigar, 
identificar y evitar daños ambientales, suministrar la información pertinente y 
notificar a los estados vecinos. Y si le fuera solicitado, el estado actuante 
tiene la obligación de entrar en consultas con los estados que podrían estar 
afectados durante un período razonable de tiempo.
	        
	        
	        A su vez, el principio de 
cooperación internacional también confía a los estados la obligación de 
prohibir actividades dentro del territorio del estado contrarias a los derechos 
de otros estados y que podrían dañar a otros estados y a sus habitantes. 
	        
	        
	        En este sentido, si se llevara 
adelante la instalación de la planta en Formosa, se podría generar un 
conflicto con Paraguay, al ser una zona limítrofe y no contarse con las 
consultas previas correspondientes. Recordemos que en Agosto del año 
pasado el Canciller Timerman aseguró que la instalación no se realizará sin 
antes consultar primero a Paraguay, pero en los hechos no cumplió.
	        
	        
	        Este mismo proceder tuvo el 
gobierno provincial al tiempo de la instalación del reactor nuclear CAREM, 
que fue ubicado sin informar a la sociedad, tomando decisiones y avanzando 
en el proyecto de manera inconsulta y sin mostrar la información requerida 
desde la oposición en lo que respecta a seguridad para los formoseños. 
	        
	        
	        Por ello solicitamos al Poder 
Ejecutivo Nacional que a través del Ministerio de Planificación Federal, 
Inversión pública y Servicios, y del Ministerio de Relaciones Exteriores y 
Culto, y de la Comisión Nacional de Energía Atómica (CNEA),  informe sobre 
estas cuestiones y puntualmente sobre lo atinente a los estudios y análisis de 
factibilidad ambiental, económico y social que se hubieran tenido en cuenta 
para autorizar y avanzar en la instalación de esta planta, que podría generar 
un pasivo ambiental importante en la provincia.
	        
	        
	        Recordemos que la empresa 
Dioxitek ha generado desde su puesta en funcionamiento, cerca de 57 mil 
toneladas de colas de uranio, basura química de altísimo peligro para la 
salud humana que hoy nadie sabe cómo administrar. 
	        
	        
	        Por último dada la falta de 
información con respecto a este tema podría violarse lo establecido en el 
artículo 38 en su inciso 3 de la constitución provincial sobre la instalación, 
uso y explotación de plantas de uranio. También se violaría la ley General del 
Ambiente 25.675 y la ley 1060 de Política Ecológica y Ambiental de la 
Provincia de Formosa, que consagran el derecho de todos los habitantes a 
ser consultados previamente y a participar en audiencias públicas con 
carácter previo a la instalación de cualquier planta de este tipo.
	        
	        
	        Es por ello que solicitamos que 
todo tipo de información relacionada con la posibilidad de que se instale una 
planta de uranio en la provincia de Formosa sea remitida a esta H. Cámara, 
dado que podría poner en riesgo tanto las relaciones con nuestro vecino 
comercial, Paraguay, como la salud de los formoseños y de las futuras 
generaciones.
	        
	        
	        Finalmente, rechazamos 
abiertamente la manera de llevar adelante este tipo de decisiones de manera 
inconsulta, sin informar a la sociedad, contrariando las leyes y la Constitución 
provincial.
	        
	        
	        Por ello es que solicito a mis 
pares apoyen con su voto positivo este proyecto.
	          
      
  
 
					
  | Firmante | Distrito | Bloque | 
|---|---|---|
| BURYAILE, RICARDO | FORMOSA | UCR | 
| NEGRI, MARIO RAUL | CORDOBA | UCR | 
| BIELLA CALVET, BERNARDO JOSE | SALTA | UDESO SALTA | 
| MALDONADO, VICTOR HUGO | CHACO | UCR | 
| TOLEDO, SUSANA MARIA | SANTA CRUZ | UCR | 
| RICCARDO, JOSE LUIS | SAN LUIS | UCR | 
| GIMENEZ, PATRICIA VIVIANA | MENDOZA | UCR | 
| CARRIZO, SOLEDAD | CORDOBA | UCR | 
| D'AGOSTINO, JORGE MARCELO | ENTRE RIOS | UCR | 
Giro a comisiones en Diputados
					| Comisión | 
|---|
| ENERGIA Y COMBUSTIBLES (Primera Competencia) |