Soledad Carrizo
Diputada de la Nación
UCR - UNIÓN CÍVICA RADICAL
Período: 10/12/2021 - 09/12/2025
PROYECTO DE RESOLUCION
Expediente: 2072-D-2015
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE LOS CONTRATOS DE ABASTECIMIENTO MERCADO ELECTRICO MAYORISTA - MEM - A PARTIR DE FUENTES RENOVABLES, Y OTRAS CUESTIONES CONEXAS.
Fecha: 22/04/2015
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 34
	        Dirigirse al Poder Ejecutivo de la 
Nación a efectos de solicitarle que, a través de la Secretaría de Energía, informe 
sobre los Contratos de Abastecimiento Mercado Eléctrico Mayorista (MEM) a 
partir de fuentes renovables en el marco de la Resolución 108/2011 de dicha 
Secretaría: 
	        
	        
	        1.	Ofertas de disponibilidad 
de generación presentadas en los términos del artículo 5 de dicha Resolución, 
detallando en cada una de ellas:
	        
	        
	        •	Datos identificatorios del agente 
generador que presenta la oferta.
	        
	        
	        •	Recurso energético a explotar y 
cálculo de su producción durante la vigencia del contrato.
	        
	        
	        •	Emplazamiento de las unidades 
comprendidas.
	        
	        
	        •	Duración propuesta para el 
contrato de abastecimiento MEM.
	        
	        
	        •	Precio y condiciones 
comerciales.
	        
	        
	        •	Demás datos que hagan a la 
esencia de la propuesta.
	        
	        
	        •	Si ya se encuentra aceptada para 
su contratación por la Secretaria de Energía.
	        
	        
	        2.  Contratos de abastecimiento 
MEM a partir de fuentes renovables celebrados, detallando en cada uno de 
ellos:
	        
	        
	        •	Datos identificatorios del agente 
generador.
	        
	        
	        •	Recurso energético a explotar, 
cantidad de energía y potencia contratada.
	        
	        
	        •	Emplazamiento de las unidades 
comprendidas.
	        
	        
	        •	Plazo de vigencia del 
contrato.
	        
	        
	        •	Plazo de ejecución de las obras 
necesarias.
	        
	        
	        •	Precio y condiciones 
comerciales.
	        
	        
	        •	Demás datos que hagan a la 
esencia del contrato.
	        
	        
	        3.  Cantidad de energía contratada 
y energía suministrada en virtud de dichos contratos.
	          
      
  
 
					FUNDAMENTOS
Señor presidente:
	        En 2006, se sancionó en nuestro 
país la Ley 26.190 sobre fuentes de energías renovables. En su articulado se 
declara de interés nacional la generación de energía eléctrica a partir del uso de 
fuentes renovables, estableciendo como objetivo una contribución del 8 % a la 
matriz energética nacional en un plazo máximo de 10 años. Es decir, que dicho 
objetivo debería estar cumplimentado para diciembre 2016.
	        
	        
	        Las energías renovables se 
producen naturalmente, en forma inagotable y sin ocasionar perjuicio al 
equilibrio ambiental. Se obtienen de fuentes que se regeneran a una tasa 
mayor a la de su consumo, como por ejemplo: solar térmica, solar fotovoltaica, 
eólica, o indirecta, energía de la biomasa (puede no ser renovable), hidráulica, 
geotérmica, mareomotriz, biogás y biocombustible.
	        
	        
	        Dado que la producción mundial 
de petróleo presenta una tendencia decreciente y las importaciones de gasoil 
en nuestro país para abastecer la demanda energética son crecientes, la 
incorporación de fuentes de energía limpias es estratégica para iniciar un 
proceso tendiente a la diversificación de la matriz energética nacional. De esta 
manera, se evita el déficit energético de nuestra balanza externa y se genera 
una producción energética sustentable.
	        
	        
	        En el año 2011 la Secretaria de 
Energía emitió la resolución 108/2011, que habilita la realización de Contratos 
de Abastecimiento entre el Mercado Eléctrico Mayorista y las ofertas de 
disponibilidad de generación y energía asociada a partir de fuentes renovables. 
Entre sus fundamentos se menciona que "de acuerdo a la naturaleza de los 
recursos explotados, la generación de energía eléctrica con fuentes energéticas 
renovables requiere la adopción de medidas particulares para favorecer su 
desarrollo y sustentabilidad en el tiempo", y seguidamente establece que " la 
viabilidad de estos proyectos está claramente signada por la posibilidad de 
establecer un régimen normativo que permita el repago en el largo plazo de 
inversiones que se destacan por sus altos costos de instalación".
	        
	        
	        Sin embargo, pasados 8 años de la 
sanción de la ley 26.190, el porcentaje de generación de energía eléctrica a 
base de renovables es del 0.5 %, en vez del 8 % que establece como objetivo 
para el 2016.
	        
	        
	        A pesar de la grave crisis 
energética que atraviesa el país, es escaso el aprovechamiento de las fuentes 
de energía renovables. En cambio, los países vecinos con menores recursos 
naturales que la República Argentina, han podido desarrollar una política firme 
en su utilización. 
	        
	        
	        Consideramos fundamental 
fomentar las energías renovables, por esta razón, es de nuestro interés 
informarnos sobre cómo la Secretaría de Energía lo ha realizado y con qué 
parámetros.
	        
	        
	        Por todo lo expuesto solicito a mis 
pares la aprobación del presente proyecto de resolución.
	          
      
  
 
					
  | Firmante | Distrito | Bloque | 
|---|---|---|
| CICILIANI, ALICIA MABEL | SANTA FE | PARTIDO SOCIALISTA | 
| VILLATA, GRACIELA SUSANA | CORDOBA | FRENTE CIVICO - CORDOBA | 
| CARRIZO, SOLEDAD | CORDOBA | UCR | 
| DONDA PEREZ, VICTORIA ANALIA | BUENOS AIRES | LIBRES DEL SUR | 
| RASINO, ELIDA ELENA | SANTA FE | PARTIDO SOCIALISTA | 
| BARLETTA, MARIO DOMINGO | SANTA FE | UCR | 
| GIMENEZ, PATRICIA VIVIANA | MENDOZA | UCR | 
Giro a comisiones en Diputados
					| Comisión | 
|---|
| ENERGIA Y COMBUSTIBLES (Primera Competencia) |