Luis Eugenio Basterra
Diputado de la Nación
UNIÓN POR LA PATRIA
Período: 10/12/2023 - 09/12/2027
PROYECTO DE LEY
Expediente: 9404-D-2014
Sumario: GESTION INTEGRAL DE RESIDUOS DOMICILIARIOS - LEY 25916 -. MODIFICACION DE LOS ARTICULOS 8°, 10 Y 13, SOBRE CLASIFICACION, TRANSPORTE Y DISPOSICION DE LOS RESIDUOS DOMICILIARIOS; Y PLAN DE ADECUACION RESPECTO DE LAS ETAPAS DE GESTION INTEGRAL DE RESIDUOS.
Fecha: 28/11/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 175
	        MODIFICACION DE LA LEY 25.916 
DE
	        
	        
	        GESTION INTEGRAL DE RESIDUOS 
DOMICILIARIOS
	        
	        
	        Artículo 1º.- Incorpórase como 
segundo párrafo del Artículo 8° de la ley 25.916, el siguiente texto:
	        
	        
	        "En el caso de poblaciones superiores 
a treinta mil (30.000) habitantes, con el fin de maximizar la valorización y 
minimizar los residuos destinados a disposición final, las autoridades competentes 
establecerán la clasificación de los residuos en dos o más tipos para su disposición 
inicial selectiva de manera que se cumpla con los objetivos del Artículo 4 y 
formularán programas a tal efecto que incluyan metas progresivas. En poblaciones 
menores a treinta mil (30.000) habitantes, las autoridades competentes 
establecerán programas de gestión integral ajustados a las posibilidades de las 
mismas.
	        
	        
	        Artículo 2º.- Incorpórase como 
segundo párrafo del Artículo 10 de la ley 25.916, el siguiente texto:
	        
	        
	        "En el caso de poblaciones superiores 
a treinta mil (30.000) habitantes, la disposición inicial deberá realizarse en forma 
selectiva en dos o más tipos de residuos, de acuerdo a la clasificación que 
establezca la correspondiente autoridad competente. En poblaciones menores a 
treinta mil (30.000) habitantes, se estará a lo dispuesto en el segundo párrafo in 
fine del Artículo 8."
	        
	        
	        Artículo 3º.- Incorpórase como 
segundo párrafo del Artículo 13 de la ley 25.916, el siguiente texto:
	        
	        
	        "En el caso de poblaciones superiores 
a treinta mil (30.000) habitantes, los residuos domiciliarios serán recolectados y 
transportados en forma diferenciada en dos o más tipos de residuos, de acuerdo a 
la clasificación que establezca la correspondiente autoridad competente. En 
poblaciones menores a treinta mil (30.000) habitantes, se estará a lo dispuesto en 
el segundo párrafo in fine del Artículo 8."
	        
	        
	        Artículo 4º.- Comuníquese al Poder 
Ejecutivo nacional
	          
      
  
 
					FUNDAMENTOS
Señor presidente:
	        La legislación comparada permite 
apreciar que tanto las normas específicas de los países más desarrollados del 
mundo, como las experiencias más exitosas, en cuanto a gestión de residuos 
urbanos, se han desarrollado a partir de una separación de los residuos 
domiciliarios planificada desde su propio origen, o sea con las instrucciones 
precisas emitidas por las autoridades y la participación activa de la población desde 
sus domicilios. Toda la bibliografía especializada también puntualiza que tanto 
desde el punto de vista de la sostenibilidad ambiental, como de su viabilidad 
económica, la clasificación y separación de los residuos en su origen, constituyen 
los factores esenciales de cualquier estrategia de valorización de residuos 
aprovechables a través de su reciclaje.
	        
	        
	        Desde septiembre de 2004 la Ley 
25.916 de Gestión Integral de Residuos Domiciliarios, ha significado para la 
Argentina un gran avance regulatorio en términos de los objetivos propuestos por 
ella. Las autoridades competentes a lo largo de todo el país, que en líneas 
generales son los diversos tipos de municipios encuadrados en las normas de sus 
respectivas provincias, han venido desarrollando una excelente tarea, en la que se 
puede apreciar una interesante progresividad en el logro de metas de valorización 
de residuos.
	        
	        
	        Justamente, las experiencias más 
exitosas han sido producto de decisiones que incluían medidas de separación de 
residuos en su origen. Pero también se observa que existe una gran disparidad en 
los resultados alcanzados, y que luego de 10 años sería oportuno consolidar las 
mejores herramientas que definió la Ley para alcanzar más eficientemente los 
objetivos. Esto es, que la separación inicial selectiva, y la recolección y tratamiento 
diferenciados, dejen de ser una forma alternativa y se constituyan como la norma 
a cumplir, a partir de determinado nivel de escala urbano, en el marco de 
programas de valorización de los residuos, con definición de metas.
	        
	        
	        Si repasamos los objetivos definidos 
por la citada ley de Gestión Integral de Residuos Domiciliarios, se puede apreciar 
que esta herramienta que queremos consolidar impacta en todos ellos, al 
independizar la gestión del enorme volumen de material ya acondicionado como 
reciclable del proceso de recolección convencional. De esta forma se lograría: un 
"adecuado y racional manejo de los residuos domiciliarios mediante su gestión 
integral" (1° objetivo); promover fuertemente la "valorización de los residuos 
domiciliarios" (2° objetivo); minimizar los "impactos negativos que estos residuos 
puedan producir sobre el ambiente" (3° objetivo); y reducir significativamente la 
cantidad de "residuos con destino a disposición final" (4° objetivo).
	        
	        
	        En este contexto, se puede 
puntualizar que así como la valorización resulta el determinante de la reducción de 
los residuos destinados a su disposición final, la adecuada separación domiciliaria 
de esos residuos es el factor clave para que la valorización sea más eficiente. Y el 
éxito de una política general de valorización tiene dos consecuencias 
complementarias a la reducción del volumen de residuos finales: por un lado todo 
el material recuperado implicará una disminución directamente proporcional en 
cuanto a las necesidades de extracción de materias primas, y por otro, un ahorro 
de la energía necesaria para producir dicha extracción y el transporte de esas 
materias primas.
	        
	        
	        Los medios gráficos (tanto nacionales 
como regionales) se ocupan con frecuencia del tema y suelen difundir distintas 
encuestas realizadas a la población sobre su opinión y predisposición a la 
separación en origen de los residuos. Más allá de su variedad en el grado de rigor 
estadístico, no surge ninguna duda por el alto nivel de coincidencia, que la gente 
se manifiesta muy favorable a estas políticas y participa, o está dispuesta a 
participar, cumpliendo con las normas que su municipio establezca, siempre que 
sean suficientemente claras y que el esfuerzo de la gente no sea desvalorizado, 
como cuando se vuelve a mezclar en el transporte lo que la gente ya había 
separado. Inclusive hay gente que manifiesta que separa los residuos sin que su 
autoridad municipal lo requiera, porque le resulta más práctico y a la vez ya 
incorpora un hábito que más tarde o más temprano tendrá que ser 
obligatorio.
	        
	        
	        Es muy importante la experiencia que 
han venido desarrollando numerosos municipios, especialmente en las provincias 
de Buenos Aires, Entre Ríos y Santa Fe, pero aún en el caso de las poblaciones 
donde ya existe la separación en origen de los residuos, la existencia de una 
norma que impulse su implementación generalizada en todas las poblaciones de 
gran escala, permitirá consolidar para estas políticas el apoyo sostenido a nivel de 
los gobiernos provinciales y una coordinación eficiente del COFEMA para compartir 
las diversas soluciones metodológicas y tecnológicas que se producen a lo largo de 
todo el país.
	        
	        
	        En cuanto a la propuesta concreta 
que impulsa este proyecto, esta se concentra en la introducción en la Ley 25.916 
de las modificaciones necesarias para adecuar los instrumentos y herramientas de 
esa norma, en función del cumplimiento de sus objetivos; y esto se operativiza 
estableciendo, para determinada escala, la disposición inicial en forma selectiva, 
con clasificación y separación domiciliaria de los residuos y la correspondiente 
recolección diferenciada, lo cual haría viable la valorización de los reciclables en el 
marco de la estrategia que cada provincia defina a partir de sus especificidades 
regionales, productivas y socioeconómicas, y además, permitiría lograr la 
minimización de los residuos con destino a disposición final.
	        
	        
	        En este marco, además de establecer 
la separación en origen y la recolección diferenciada, se determina la obligación de 
formular programas de valorización de residuos que incluyan metas progresivas de 
valorización y de reducción de la disposición final de residuos, y el correspondiente 
monitoreo anual que permita la implementación de los ajustes necesarios.
	        
	        
	        El éxito de este sistema en los centros 
urbanos de mayor influencia de las diferentes regiones, será un factor motivador 
esencial para que aquellas ciudades y localidades de menor nivel de población, 
vayan incorporando estos mecanismos operativos de acuerdo a sus características 
y condiciones, y en la medida en que represente un beneficio para su 
población.
	        
	        
	        A fin de tener una magnitud del 
alcance de esta modificación se pueden evaluar los datos poblacionales de los 
municipios y comunas de acuerdo al último Censo Nacional e incluso prever, a la 
fecha, las modificaciones que puedan existir, de acuerdo a sus tasas de 
crecimiento. De un total de 2224 municipios y comunas relevados por la Secretaría 
de Asuntos Municipales del Ministerio del Interior y Transporte de la Nación, 200 
municipios, o sea cerca del 9 % del total, tienen una escala de población mayor a 
los 30.000 habitantes y por tanto deberán adecuarse a esta metodología de 
gestión de los residuos domiciliarios. Cabe acotar que las poblaciones que 
posteriormente al Censo del 2010 han alcanzado esa población de 30.000 
habitantes son al menos 7 (que ya superaban los 29.000), y no se releva que 
pueda haber muchas más, de acuerdo a las tasas medias de crecimiento.
	        
	        
	        Como se ha visto el porcentaje de 
municipios alcanzados no es significativo, y alrededor de un tercio de ellos ya han 
tenido algún avance o experiencia, o tienen en sus planes futuros metodologías de 
valorización de residuos con propuestas de separación en origen. Pero lo 
significativo es que esos 207 municipios que resultan sólo el 9 % del total, implican 
una población de 28.633.663 de habitantes que representa el 71,4 % de la 
población total del país, que son quienes serían alcanzados en forma directa por 
los beneficios de esta metodología.
	        
	        
	        Con relación a los costos de 
implementación de un sistema de recolección diferenciada, los estudios y expertos 
en el tema sostienen que, si los sistemas de recolección domiciliaria se optimizan, 
los costes de recolección totales para residuos con separación en origen, tienden a 
ser similares a los costes de recolección de los residuos mezclados. Asimismo, se 
puede prever que de haber costos adicionales resultantes, estos serán 
inversamente proporcionales a la escala de operación. Pero, en todos los casos, el 
balance termina resultando ampliamente favorable cuando se internalizan todos 
los costos ambientales de ambas alternativas, es decir, cuando se computan los 
ahorros en términos de contaminación de aguas, saneamiento, atención médica, 
contaminación visual, atmosférica, o sea la contaminación ambiental en 
general.
	        
	        
	        Finalmente, cabe hacer al menos una 
referencia al impacto ambiental de las políticas de reutilización y reciclaje o, en 
general, de valorización de residuos, en el más acuciante de los problemas que 
enfrenta la humanidad en este siglo: el calentamiento global. La producción, 
distribución y el consumo de productos resultan en la emisión de gases con efecto 
invernadero (como del dióxido de carbono, metano, etc.) que en concentraciones 
elevadas en la atmósfera contribuyen al aumento de la temperatura global, 
cambios en el nivel del mar y otros cambios climáticos. 
	        
	        
	        Desde dicho enfoque, la valorización 
de los residuos constituye una importante estrategia para reducir el consumo de 
energía, en forma directa, porque se reduce la extracción de materias primas, y en 
forma indirecta, porque los bienes elaborados con materiales reciclados requieren 
de menos energía. A su vez, esta reducción en la demanda de energía, implica que 
se queman menos combustibles fósiles y se emite menos dióxido de carbono a la 
atmósfera, reduciendo entonces el efecto invernadero.
	        
	        
	        Como ejemplo se puede analizar el 
caso del reciclaje de latas de aluminio, del que se estima que produce un ahorro 
equivalente al 95% de la energía requerida para producir la misma lata con 
materia prima virgen. De la misma manera, casi todos los procesos de reciclaje 
logran ahorros significativos de energía en comparación con la producción que se 
basa en la extracción de las materias primas de la naturaleza; caso en el que, 
además, la reducción de la demanda contribuye a la conservación de recursos 
naturales como la madera, el agua y los minerales. 
	        
	        
	        Por todo lo expuesto, tengo la plena 
convicción de que el instrumento legal que propongo constituirá una herramienta 
fundamental para lograr estos nobles objetivos. Por ello, solicito a mis pares me 
acompañen en la aprobación de este proyecto de ley.
	          
      
  
 
					
  | Firmante | Distrito | Bloque | 
|---|---|---|
| BERNABEY, RAMON ERNESTO | CORDOBA | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ | 
| HERRERA, GRISELDA NOEMI | LA RIOJA | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ | 
| BASTERRA, LUIS EUGENIO | FORMOSA | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ | 
| BRAWER, MARA | CIUDAD de BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ | 
Giro a comisiones en Diputados
					| Comisión | 
|---|
| RECURSOS NATURALES Y CONSERVACION DEL AMBIENTE HUMANO (Primera Competencia) | 
| ASUNTOS MUNICIPALES |