Héctor W. Baldassi
Diputado de la Nación
PRO
Período: 10/12/2021 - 09/12/2025
PROYECTO DE RESOLUCION
Expediente: 3651-D-2014
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO NACIONAL SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON LA REGLAMENTACION DE LA LEY 26914, DE DIABETES.
Fecha: 15/05/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 45
	        Solicitar al Poder Ejecutivo Nacional 
informe a la mayor brevedad posible, respecto a la situación actual del proceso de 
reglamentación de la nueva ley de diabetes, lo siguiente:
	        
	        
	        I. Estado actual del proceso de 
reglamentación de la Ley 26.914.
	        
	        
	        II. Si serán convocadas a participar de 
la reglamentación las asociaciones de la sociedad civil que representan a los 
pacientes diabéticos y trabajaron por la modificación de la Ley 23.753.
	        
	        
	        III. Fecha estimada para la finalización 
y publicación de la reglamentación de la Ley 26.914.
	        
	        
	        IV. Lista de las Obras Sociales y 
Entidades de Medicina Prepaga que actualmente cumplen con lo establecido por 
la Ley 26.914.
	          
      
  
 
					FUNDAMENTOS
Señor presidente:
	        Este proyecto, tiene como antecedente, 
el proyecto de Comunicación  (S-0909/14), de los senadores Ernesto Sanz y 
Alfredo Martínez.
	        
	        
	        En el mes de noviembre de 2013 fue 
sancionada por unanimidad en ambas cámaras del Congreso Nacional una nueva 
ley de diabetes, que modifica a ley 23.753, vigente desde 1989. Dicha ley fue 
promulgada de hecho el día 17 de diciembre de 2013 y publicada en el Boletín 
Oficial el día 27 de aquel mes, con el número 26.914.
	        
	        
	        El Artículo 3° de ley 26.914 incorpora 
como Artículo 6° de la ley 23.753 el siguiente texto: "El Ministerio de Salud de la 
Nación deberá realizar la primera revisión y actualización dentro de los 30 (treinta) 
días de sancionada la presente ley". Este plazo está vencido hace más de tres 
meses.
	        
	        
	        El día 12 de marzo de 2014, en el 
marco del informe N° 83 del Jefe de Gabinete de Ministros al Senado de la 
Nación, el Señor Ministro Jorge Milton Capitanich afirmó respecto a la ley 26.914 
lo siguiente: "La Superintendencia de Salud tiene que actuar rápidamente para 
hacer cumplir la ley. De eso se trata. La ley efectivamente se sanciona para ser 
cumplida. Y la autoridad regulatorio para hacer cumplir la ley es la 
Superintendencia de Salud".
	        
	        
	        Los principales cambios introducidos 
por la ley 26.914 son los siguientes:
	        
	        
	        - El establecimiento de Normas de 
Provisión de Medicamentos e Insumos, por parte del Ministerio de Salud de la 
Nación -Autoridad de Aplicación de la Ley-, que deberán ser revisadas y 
actualizadas como mínimo cada 2 (dos) años, a fin de incluir en la cobertura los 
avances farmacológicos y tecnológicos que resulten de aplicación en la terapia de 
la diabetes y promuevan una mejora en la calidad de vida de los pacientes 
diabéticos.
	        
	        
	        - La cobertura del 100% (ciento por 
ciento) de los medicamentos, insumos y reactivos de diagnóstico para autocontrol 
de los pacientes con diabetes, en las cantidades necesarias según prescripción 
médica.
	        
	        
	        - La acreditación de la condición de 
paciente diabético, mediante certificación médica de una institución sanitaria 
pública, para acceder al 100% (ciento por ciento) de cobertura.
	        
	        
	        - La realización de campañas 
nacionales de detección y de concientización de la enfermedad, así como de 
programas formativos en las instituciones educativas de todo el país, para lograr 
un adecuado conocimiento de la enfermedad y propiciar la integración social de 
los pacientes.
	        
	        
	        Fue una larga lucha la que 
protagonizaron asociaciones que representan y contienen a los pacientes 
diabéticos, en todo el país, para lograr la modificación de la ley 23.753, una norma 
totalmente obsoleta para los tiempos actuales. Además, un impresionante apoyo 
popular, plasmado en miles de firmas y campañas en las redes sociales y medios 
tradicionales de comunicación, acompaña desde el año pasado a quienes 
encabezan esta empresa.
	        
	        
	        Más de tres millones de argentinos que 
sufren esta enfermedad esperan la reglamentación de la ley 26.914 para que se 
hagan efectivos los cambios que ella dispone.
	        
	        
	         En su informe al H. Senado del  7 de 
Mayo  de 2014, el Sr Jefe de Gabinete  expreso textualmente;  "Los equipos 
técnicos del ministerio de salud de las distintas áreas de finalizaron el texto de la 
reglamentación de la mencionada ley. Las medidas sancionatorias son las 
contempladas y adoptadas por la Superintendencia de Servicios de Salud, quien 
cuenta con las precisiones pertinentes a los diferentes casos. El día 24 de abril, 
con el expediente 1-2002-6960-14-8, el texto de reglamentación se encuentra en 
la Secretaria de Promoción y Programas Sanitarios del Ministerio de Salud para su 
aprobación y posterior envío a Presidencia"
	        
	        
	        Expresiones que no satisfacen  a 
nuestras interrogantes actuales , esto es un proceso que  no se termina hasta que 
se publiquen las Normas de Provisión de Medicamentos e Insumos y se hagan 
efectivos las modificaciones de la nueva ley, es por ello nuestra insistencia en este 
pedido de informes .
	        
	        
	        Considerando que la salud pública 
debe ser una prioridad para el Estado, es que solicito a mis pares la aprobación 
del presente proyecto.
	          
      
  
 
					
  | Firmante | Distrito | Bloque | 
|---|---|---|
| GIMENEZ, PATRICIA VIVIANA | MENDOZA | UCR | 
| MALDONADO, VICTOR HUGO | CHACO | UCR | 
| BURYAILE, RICARDO | FORMOSA | UCR | 
| PETRI, LUIS ALFONSO | MENDOZA | UCR | 
| COBOS, JULIO | MENDOZA | UCR | 
| NEGRI, MARIO RAUL | CORDOBA | UCR | 
| D'AGOSTINO, JORGE MARCELO | ENTRE RIOS | UCR | 
| PRADINES, ROBERTO ARTURO | MENDOZA | DEMOCRATA DE MENDOZA | 
| BALDASSI, HECTOR W. | CORDOBA | UNION PRO | 
Giro a comisiones en Diputados
					| Comisión | 
|---|
| ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA (Primera Competencia) |