Héctor W. Baldassi
Diputado de la Nación
PRO
Período: 10/12/2021 - 09/12/2025
PROYECTO DE LEY
Expediente: 1084-D-2015
Sumario: PROGRAMA NACIONAL "ALQUILAR ES FACIL". CREACION.
Fecha: 19/03/2015
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 14
	        ARTÍCULO 1.- Institúyase el programa 
nacional ¨Alquilar es fácil¨ que tendrá por objeto facilitar a personas físicas, el 
cumplimiento de los requisitos formales y comerciales para lograr alquilar su 
vivienda única de residencia.
	        
	        
	        La vivienda que se pretenda alquilar 
deberá estar ubicada en una zona urbana y contar con servicios básicos 
instalados.
	        
	        
	        ARTÍCULO 2.- Los beneficios que 
ofrecerá el programa establecido en el artículo anterior serán:
	        
	        
	        a)      préstamos personales a tasa 
subsidiada, para afrontar los gastos iniciales de un contrato de locación 
inmobiliaria.
	        
	        
	        b)      la inclusión de aquellos 
postulantes con ingresos informales a través de un mecanismo de ahorro 
previo.
	        
	        
	        c)      para casos de vulnerabilidad 
habitacional, un subsidio parcial del costo mensual del alquiler.
	        
	        
	        d)     seguros de caución como 
garantía inmobiliaria, con costos accesibles.
	        
	        
	        ARTÍCULO 3.- Podrán acceder al 
programa establecido en el artículo anterior, todos los ciudadanos argentinos que 
residan, trabajen o estudien en la misma localidad donde soliciten el beneficio. 
	        
	        
	        ARTÍCULO 4.- La reglamentación 
determinará los requisitos particulares para acceder a los beneficios dispuestos en 
el artículo 2, para lo cual se deberá prever que los postulantes que no tengan 
ingresos comprobables documentalmente, puedan cumplir con un esquema de 
ahorro previo, o bien presentar un contrato vigente de alquiler y últimos seis 
recibos de constancia de pago de las mensualidades correspondientes, a los 
efectos de acreditar capacidad de cumplimiento de las obligaciones asumidas. 
	        
	        
	        ARTÍCULO 5.- Para el otorgamiento 
de los beneficios establecidos en el artículo 2, será prioritario para aquellos 
postulantes que acrediten que en la vivienda a alquilar residirán permanentemente 
con sus hijos o que tengan a cargo alguna persona con discapacidad.
	        
	        
	        Serán atendidas especialmente 
aquellas situaciones de vulnerabilidad habitacional de los postulantes.
	        
	        
	        ARTÍCULO 6.- No podrán acceder al 
programa:
	        
	        
	        a)      quienes tengan antecedentes 
financieros desfavorables; 
	        
	        
	        b)      quienes sean beneficiados por 
otros programas de créditos estatales, sean de la nación, la provincia o un 
municipio; 
	        
	        
	        c)      quienes sean propietarios de 
más del 33% de un inmueble en el país.
	        
	        
	        d)     quienes determine la 
reglamentación.
	        
	        
	        ARTÍCULO 7.- Será Autoridad de 
Aplicación de la presente Ley el Ministerio del Interior y Transporte de la 
Nación.
	        
	        
	        ARTÍCULO 8.- El Banco de la Nación 
Argentina será la entidad financiera encargada de administrar los fondos de este 
programa y conceder las garantías pertinentes a cada beneficiario.
	        
	        
	        ARTICULO 9.- De forma.
	          
      
  
 
					FUNDAMENTOS
Señor presidente:
	        Este Diputado nacional viene a 
proponer una ley que implicaría una herramienta de mucha utilidad para millones 
de argentinos que, por no tener acceso a la vivienda propia, o por otras razones 
personales, se ven obligados a vivir en viviendas de alquiler, y por ello tienen 
dificultades para cumplir con los requisitos formales y comerciales propios del 
mercado inmobiliario de locaciones.
	        
	        
	        El problema habitacional de la 
Argentina no es tanto de "stock" de viviendas para alquilar, sino, más bien, de 
acceso concreto a las mismas. Ello, principalmente, se debe a la gran cantidad de 
requisitos comerciales y financieros que les son requeridos a quienes intentan locar 
viviendas. Sin dudas, el mayor obstáculo para estas personas, es el de las 
garantías del contrato.
	        
	        
	        Repare usted en que muchas veces 
esta situación desalienta a los jóvenes que desean iniciar un proyecto de vida 
independiente al de sus padres; y como estamos convencidos que la familia es una 
institución que se consolida mejor en un hogar adecuado, creemos necesaria la 
implementación de un plan de gobierno que permita a aquellas familias con 
menores recursos o posibilidades, poder alquilar una vivienda digna. 
	        
	        
	        Es por ello que presentamos un 
programa orientado a esas personas, que buscan alquilar un inmueble en las 
grandes ciudades de la provincia o pueblos, pero que no cumplen con los estrictos 
requisitos de las inmobiliarias.
	        
	        
	        Con el programa ¨Alquilar es fácil¨, 
se propone que el Estado Nacional deba brindar diferentes opciones para 
aquellas familias que no tengan la posibilidad de celebrar un contrato formal de 
alquiler por no cumplir los requisitos del locador, priorizando a quienes tengan 
hijos o algún integrante con discapacidad a su cargo, o bien que se encuentren en 
situaciones de vulnerabilidad habitacional. 
	        
	        
	        El plan deberá incluir el otorgamiento 
de garantías provistas por el Banco de la Nación Argentina, préstamos con tasa de 
preferencial a devolver en  cuotas, subsidios  de parte del valor del alquiler y un 
sistema de ahorro previo para las personas que no tienen ingresos demostrables. 
Se propone brindar comercialmente un seguro de caución en los casos que 
corresponda.
	        
	        
	        Hoy en día, para alquilar se necesita, 
al menos, una garantía personal, un inmueble como garantía propietaria y 
generalmente un depósito. La dificultad para comprar una propiedad en Argentina 
es enorme y por ello, millones de argentinos deben recurrir al alquiler como única 
manera de acceder a una vivienda digna. Y si las exigencias para poder alquilar 
son tan difíciles de cumplir, muchos argentinos se ven imposibilitados de acceder a 
un lugar donde vivir dignamente. 
	        
	        
	        Este Diputado cree que es 
responsabilidad del Estado Nacional, garantizar el acceso a la vivienda, y 
herramientas como estas, sirven para hacer efectiva dicha obligación.
	        
	        
	        Por otro lado, entiendo que este tipo 
de herramientas, ofrecidas a costos razonables en el mercado, obligará a quienes 
comercializan seguros de caución a precios elevados, reconsiderar sus ofertas al 
público y sus costos. Ello podría significar una dinamización del mercado de 
alquileres de viviendas.
	        
	        
	        Esta propuesta reconoce como 
antecedente el programa "Alquilar se puede" del Instituto de Vivienda de la Ciudad 
de Buenos Aires, por medio del cual se facilita a los vecinos el acceso a un alquiler 
formal dentro de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. 
	        
	        
	        La presente propuesta tiene como 
norte el acceso a la vivienda digna, la inclusión social y el fortalecimiento de la 
institución de la familia.
	        
	        
	        Por los motivos expuestos, solicito a 
mis pares la aprobación de este proyecto.
	          
      
  
 
					
  | Firmante | Distrito | Bloque | 
|---|---|---|
| BALDASSI, HECTOR W. | CORDOBA | UNION PRO | 
| BULLRICH, PATRICIA | CIUDAD de BUENOS AIRES | UNION PRO | 
Giro a comisiones en Diputados
					| Comisión | 
|---|
| VIVIENDA Y ORDENAMIENTO URBANO (Primera Competencia) | 
| FINANZAS | 
| PRESUPUESTO Y HACIENDA |