Héctor W. Baldassi
Diputado de la Nación
PRO
Período: 10/12/2021 - 09/12/2025
PROYECTO DE RESOLUCION
Expediente: 0562-D-2015
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON LA RESOLUCION 3745/2015 DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS - AFIP -, QUE ESTABLECE UN REGIMEN DE INFORMACION ESPECIFICO RELACIONADO CON LAS OPERACIONES DE VENTA DE BOLSAS PLASTICAS, PARA ALMACENAMIENTO DE GRANOS - SILO BOLSAS -.
Fecha: 09/03/2015
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 6
	        Solicitar a la Administración Federal 
de Ingresos Públicos (AFIP), que su Administrador Sr. Ricardo Echegaray, informe 
a esta H. Cámara de Diputados sobre la Resolución 3745 de la Administración 
Federal de Ingresos Públicos (AFIP) publicada en el Boletín Oficial en fecha 
02/03/2015, respecto a los siguientes puntos:
	        
	        
	        ¿Cuáles son los motivos que llevan a 
esa Administración Federal a establecer un régimen de información específico para 
las operaciones de venta de bolsas plásticas para almacenamiento de granos (Silo 
Bolsa)?
	        
	        
	        ¿Qué diferencias concretas tienen los 
Silo Bolsas con cualquier otro bien que se comercializa en el país para que amerite 
que el Estado genere un registro específico de operaciones de venta de los 
mismos?
	        
	        
	        ¿No resulta suficiente a los fines 
impositivos la contabilidad corriente que utiliza cualquier contribuyente para los 
vendedores de Silo Bolsas? ¿Cuáles son los motivos por los que resultan diferentes 
estos contribuyentes que todo el resto?
	        
	        
	        ¿Qué utilización hará esa 
Administración Federal con la información recopilada en los registros de venta de 
Silo Bolsa?
	        
	        
	        ¿Existe alguna intención no 
explicitada en la Resolución 3475 con la creación de este registro?
	        
	        
	        ¿Tiene esa Administración la intención 
no explicitada en la Resolución 3475 de controlar de alguna manera a los 
compradores de Silo Bolsas?
	        
	        
	        ¿Cuáles son los motivos con los que 
se pretende justificar desde esa Administración la declaración retroactiva desde el 
1ero de octubre de 2014?
	        
	        
	        ¿Por qué se ha elegido esa fecha para 
iniciar el registro, si puede o no tener vinculación con el período fiscal propio de 
cada empresa?
	          
      
  
 
					FUNDAMENTOS
Señor presidente:
	        Motiva el presente proyecto de 
resolución, la preocupación por la proliferación de mecanismos de control y 
registro innecesarios y persecutorios sobre distintos actores de la economía. En el 
caso específico de los Silos Bolsa es imposible no vincular esta actitud persecutoria 
con las medidas que el Banco Nación ha tomado restringiendo el acceso al crédito, 
incluso a líneas ya otorgadas, a los productores que tuvieran soja en su poder. 
	        
	        
	        	No existe ningún motivo racional 
por el cual los Silos Bolsa tengan que tener un registro especial de su operatoria 
comercial. ¿Puede la AFIP explicar porque ese registro se justifica para los Silos 
Bolsa y no para cualquier otro insumo de la agricultura, la ganadería o la 
industria?
	        
	        
	        	La AFIP debería ser explicita en la 
misma Resolución sobre el uso que pretende dar al nuevo registro, ya que resulta 
evidente que a partir del mismo pretende hacer inferencias sobre otras 
operaciones comerciales, lo que es de dudosa legalidad si no está explicitado en 
los objetivos del propio registro.
	        
	        
	        	La AFIP se ha excedido en sus 
funciones recaudatorias con la creación de una enormidad de registros y, lo que es 
peor, en medidas de sanción por el incumplimiento o los errores formales que 
exceden en mucho sus atribuciones.
	        
	        
	        	Siendo absolutamente injustificada 
la creación de este registro, resulta evidente entonces que los motivos que 
persigue la AFIP no son tampoco justificados y cualquier sospecha de arbitrariedad 
para con los contribuyentes debe alertar a esta HCDN. Sospechamos Sr Presidente, 
que se pretende, a partir de inferencias generadas con información de este 
registro, regular el derecho de los productores de granos de comercializar 
libremente  el esfuerzo de su trabajo cuando sea su interés sin tener que rendirle 
cuenta a ningún funcionario administrativo de los motivos para hacerlo antes o 
después. Sospechamos también Sr Presidente que la AFIP tome estas medidas con 
fines políticos que son absolutamente ajenos a las funciones que le corresponden, 
justamente el día previo  a que las gremiales del sector agropecuario anuncien 
medidas de protesta contra la política agraria del gobierno.
	        
	        
	        	Por todo esto, Sr Presidente, es que 
resulta pertinente que la AFIP brinde explicaciones a esta HCDN sin perjuicio de 
que puedan resultar pertinentes la solicitud de otras medidas.
	        
	        
	        	Por todo lo expuesto, Sr. 
Presidente, solicito la aprobación del presente proyecto de resolución.
	          
      
  
 
					
  | Firmante | Distrito | Bloque | 
|---|---|---|
| BULLRICH, PATRICIA | CIUDAD de BUENOS AIRES | UNION PRO | 
| DUCLOS, OMAR ARNALDO | BUENOS AIRES | GEN | 
| BALDASSI, HECTOR W. | CORDOBA | UNION PRO | 
| CACERES, EDUARDO AUGUSTO | SAN JUAN | UNION PRO | 
Giro a comisiones en Diputados
					| Comisión | 
|---|
| PRESUPUESTO Y HACIENDA (Primera Competencia) |