Periodo:122 Reunion:10 Fecha:29/04/2004 BENEFICIO INDEMNIZATORIO A HIJOS DE DESAPARECIDOS Y DETENIDOS POR RAZONES POLÍTICAS
SR. PRESIDENTE , (): Corresponde considerar el dictamen de la Comisión de Presupuesto y Hacienda en el proyecto de ley del Poder Ejecutivo por el que se establece un beneficio indemnizatorio por única vez a los hijos de desaparecidos y/o detenidos por razones políticas que hayan nacido antes del 10 de diciembre de 1983 (expediente 0002-pe-2004).
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SR. PRESIDENTE , (): En consideración. Si los señores diputados no formulan objeciones, la Honorable Cámara se pronunciará en una sola votación en general y en particular.
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SR. PRESIDENTE , (): Se va a votar en general y en particular.
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SR. PRESIDENTE , (): Queda sancionado el proyecto de ley. Se comunicará al Honorable Senado.
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