Período:134 Reunion:9 Fecha:23/06/2016 INCORPORACIÓN DE LA FIGURA DEL ARREPENTIDO EN EL CÓDIGO PENAL DE LA NACIÓN


SR. PRESIDENTE(MONZÓ) considerar en general los dictámenes de las comisiones de Legislación Penal y de Seguridad Interior recaídos en los proyectos de ley de los señores diputados Massa y Camaño (expediente 1331-d-2016) y Monfort y D’Agostino (1345-d-2016), por los que se crea la figura del arrepentido en el Código Penal de la Nación

SR. PRESIDENTE(MONZÓ) En consideración.
Tiene la palabra la señora diputada por Jujuy.


SRA. BURGOS, MARIA GABRIELA (JUJUY): Señor presidente: voy a hacer uso de la palabra para hablar de esta figura del arrepentido, viendo que hay muchas bancas vacías. Esta cuestión se relaciona íntimamente con la posibilidad de que algunos pactos de silencio sean rotos. Muchos diputados no están presentes.
La Convención de Naciones Unidas, a la que nosotros adherimos, alentó a que muchos países elaboraran normas para posibilitar que algunos involucrados en hechos de corrupción o en delitos puedan arrepentirse, a fin de que pueda comenzar una investigación e identificar a las cabezas de esas organizaciones criminales.
A nadie escapa que Brasil hizo uso de esta figura en el famoso petrolao, que de alguna manera produjo un terremoto político en ese país; en la FIFA también se utilizó la figura del arrepentido para desbaratar la organización corrupta que se había producido en su seno, y en Italia, con la omertá, también se produjo la ruptura del silencio de las organizaciones mafiosas.
En nuestro país esta figura no es nueva, pues ya estaba implementada en nuestra legislación en lo atinente a privación ilegítima de la libertad calificada, trata de personas, secuestros extorsivos, lavado de activos de origen ilícito, terrorismo y narcotráfico.
Con esta reforma incorporamos al artículo 41 ter del Código Penal una enumeración de esas figuras delictivas y la incorporación de otras figuras que, lamentablemente, están en boga actualmente en nuestro país.
Me refiero, entre otros, a los delitos del Código Aduanero, donde será incorporado todo lo que tiene que ver con contrabando; los delitos previstos en los artículos 125, 125 bis y 126 del Código Penal, es decir, vinculados con la corrupción de menores, la prostitución y sus agravantes y la pornografía infantil; también los delitos cometidos por asociaciones ilícitas y la ampliación a aquellos delitos que se refieren al orden económico y financiero.
Me voy a detener en los delitos de corrupción contra la administración pública. Mediante este proyecto de ley se los unifica y se establece una enumeración taxativa de aquellas figuras que estaban desperdigadas dentro de nuestra legislación.
Quienes se acojan a esta figura del arrepentido tendrán los siguientes beneficios: suspensión de la acción penal hasta tanto se verifique la información aportada, pero también se suspenderán los términos de la prescripción, y la reducción de la pena de acuerdo con la siguiente fórmula: un tercio del mínimo y la mitad del máximo de la pena de prisión, y en aquellos casos en que la pena a aplicarse al arrepentido fuera de prisión o reclusión perpetua, solo se podrá reducir hasta los quince años de prisión.
Esos beneficios quedan supeditados a las siguientes condiciones: la información que se aporte deberá referirse a personas o delitos penados con una pena igual o mayor a la prevista para el delito que se imputa al arrepentido; la información debe contribuir a evitar o impedir el comienzo, permanencia o consumación de los delitos, esclarecer el objeto de la investigación, revelar la identidad o paradero de los partícipes de esos delitos, o aportar datos que posibiliten un avance en la investigación de los delitos que se están llevando a cabo.
De esta manera, se podrá determinar el paradero de la víctima en los casos de privación de la libertad y averiguar el destino de los efectos, productos y ganancias obtenidos con esos delitos.
En concordancia con esto, se tendrá en cuenta lo establecido en el artículo 5°, que dispone que para otorgar los beneficios contemplados en la norma a quien aporta información, se deberá considerar lo siguiente. Primero, el tipo y el alcance de los datos brindados y su utilidad para alcanzar las finalidades previstas. Segundo, el momento procesal en el que el imputado brinda la información y la gravedad de los delitos que contribuya a esclarecer o impedir. Tercero, la gravedad de los hechos que se le imputan y la responsabilidad que le corresponde por ellos.
¿En qué oportunidad puede llegar a hacerlo? Durante la sustanciación del proceso o, luego de la sentencia condenatoria, durante la ejecución de la pena.
Este acuerdo de colaboración debe cumplir con ciertos requisitos que también están establecidos en la norma; concretamente, en el artículo 7°.
Por ejemplo, una de las condiciones es que se celebren por escrito y consignen expresamente los hechos y el grado de participación atribuidos al arrepentido. Asimismo, el acuerdo de cooperación deberá especificar el tipo de información que va a proporcionar: precisiones de tiempo, modo y lugar de los hechos sobre los que está brindando información; teléfonos, si los hubiere, para facilitar el uso de tecnología y datos que se puedan llegar a investigar a partir de los medios informáticos; información financiera e identificación de entidades utilizadas para, por ejemplo, transferir fondos ilícitos. También deberá indicar el beneficio concreto que se otorgará al imputado a cambio de la colaboración que haya prestado.
En fin, el acuerdo de colaboración deberá consignar con claridad toda aquella documentación necesaria para el esclarecimiento de los hechos.
Sin lugar a dudas, estamos procurando que la información otorgada esté dentro de los parámetros legales; el acuerdo que firme el imputado que se acoja a la figura del arrepentido, no solo deberá ser escrito, sino que tendrá que ser celebrado en su presencia, en la de su abogado defensor y en la del fiscal. Posteriormente, el acuerdo será homologado por el juez, quien valorará la información suministrada y garantizará que el arrepentido entienda los alcances de su acogimiento.
Respecto de los límites de esta figura, en razón de la pena existe una limitación cuando para el delito atribuido al imputado corresponda prisión o reclusión perpetua; en estos casos, la pena solo podrá ser reducida hasta quince años. Cabe aclarar que tal reducción no procederá cuando se hayan aplicado otras penas, como la inhabilitación, la multa o el decomiso.
En razón de la calidad especial de autores, partícipes o encubridores, la norma también establece un límite cuando dispone que no podrán acogerse a esta figura los funcionarios en ejercicio o que estén desempeñando cargos susceptibles del proceso de juicio político de acuerdo con el artículo 53 de la Constitución Nacional: presidente, vicepresidente, ministros, jefe de Gabinete de Ministros e integrantes de la Corte Suprema de Justicia.
Sin lugar a dudas, las garantías del imputado están resguardadas en el proyecto de ley.
No quiero demorar más tiempo con mi exposición porque el señor diputado Petri también hará uso de la palabra; pero antes de terminar, quiero decir que para el arrepentido que brinde información falaz o tienda a perjudicar la investigación hemos incorporado el artículo 276 bis que establece una pena que oscila entre los cuatro y los diez años.
Creo que de esta manera estaremos dando una respuesta a la sociedad –aunque no definitiva-, que nos está pidiendo que lo hagamos porque está harta de este nivel de corrupción del que se ha tomado conocimiento durante estas semanas, que no escapaba a muchos de nosotros y que se ha “viralizado”.
Un señor diputado preopinante habló de varios López que salen a trabajar y hacen lo que deben hacer. Pero hay otros López que no lo hicieron. Me refiero a López, a Jaime, nuevamente a José López y a muchos otros que están relacionados con hechos de corrupción.
Nosotros tenemos que dar una respuesta a este problema. En este sentido no puedo dejar de señalar que algunos señores diputados del bloque del Frente para la Victoria han expresado que quieren que estos corruptos sean castigados, pero me sorprende que esos legisladores no estén presentes ahora en el recinto.
Los pactos de silencio se van a romper. Queremos que haya voces que denuncien y que aquellos que han participado de estos actos corruptos que han dañado a la sociedad empiecen a hablar. En ese sentido, la ley los va a amparar. (Aplausos en las bancas.)


SR. PRESIDENTE(MONZÓ) Tiene la palabra el señor diputado por Mendoza.


SR. PETRI, LUIS ALFONSO (MENDOZA): Señor presidente: esta Honorable Cámara está considerando y se apresta a sancionar dos proyectos de ley que están íntimamente vinculados y que tienen denominadores comunes. El primero es el que modifica el Código Penal e incorpora artículos tendientes a la creación de la figura del arrepentido. El segundo es el que establece el régimen de extinción de dominio y repatriación de bienes.
Digo que estas dos iniciativas tienen denominadores comunes porque no se orientan a delitos ocasionales y no están vinculados con la persecución de delincuentes comunes, sino que se enfocan en la persecución -y eventualmente, en la condena- de delincuentes que pertenecen a organizaciones criminales. El objetivo que persiguen es lograr no solamente la condena de todos y cada uno de los integrantes de esas organizaciones criminales, sino también la recuperación de los activos para evitar que se sigan financiando y, a partir de allí, garanticen su impunidad.
La figura del arrepentido no es nueva en la República Argentina. En este recinto nadie podrá cuestionar la constitucionalidad de la aplicación de beneficios procesales en este verdadero derecho penal premial, porque esto se viene utilizando desde hace muchísimo tiempo.
Ya en 1995 los legisladores de entonces advertían, a la hora de luchar contra el narcotráfico, respecto de la necesidad de modificar la ley vigente en esa materia y establecer técnicas especiales de investigación en relación con la figura del agente encubierto o revelador. Esto también se refería a la posibilidad de que un miembro de la organización delictiva narcocriminal pudiese, a partir de su propia autoincriminación –es importante decir esto porque este arrepentido reconoce su propio delito-, incriminar al resto de la organización, de los partícipes, permitiendo que todos y cada uno de ellos sean juzgados.
De esta forma, el derecho penal no solamente estará llegando con su brazo al eslabón más débil de la cadena, sino también a los jefes, es decir, aquellos que organizan y planifican los hechos delictivos.
Decíamos que esto se preveía para el delito de narcotráfico. Pero esto también se hacía respecto del lavado de activos, de la trata de personas, de los secuestros extorsivos y de los casos de traición a la patria y de terrorismo.
En toda esta discusión hubo una gran ausente, que fue la figura del arrepentido para los casos de corrupción, donde también hay organizaciones criminales que ya no operan fuera del Estado, sino en su interior. Esto significa que se sirven de este último en su propio beneficio personal.
Esto no estaba consagrado, constituyendo una de las deudas que el Congreso de la Nación tenía en el sentido de otorgar una herramienta válida y efectiva a jueces y fiscales a la hora de avanzar en las investigaciones criminales, donde muchas veces solo se permitía juzgar a un integrante caído en desgracia, ya fuese porque lo filmaban contando dinero o porque en definitiva intentaba tirar bolsas con nueve millones de dólares en un convento.
Tenemos que lograr que estas investigaciones judiciales lleguen hasta las últimas consecuencias, lo cual supone condenar, enjuiciar y sentar en el banquillo de los acusados a los principales responsables.
Mucho se ha dicho respecto de dónde proviene esta figura y si hay estadísticas. Nos reclaman estadísticas del mismo modo que reclaman la efectividad y utilidad de esta figura.
Esta figura surgió en Italia para juzgar a la Cosa Nostra. El juez Falcone la aplicó a partir del testimonio de un testigo clave que fue Buscetta, quien permitió el enjuiciamiento de más de trescientas cincuenta personas pertenecientes a una organización criminal. Los italianos dijeron: necesitamos regular esta figura porque debemos lograr condiciones para que se presenten en el proceso, dar previsibilidad para que no ocurra lo que pasó con Buscetta, que terminó con once familiares muertos. Esto obligó a los italianos a revisar su legislación y decir que había que crear no solamente una ley del arrepentido o pentito, sino que además había que generar un sistema de protección para que no murieran ni los Buscetta ni los Falcone.
Posteriormente, Estados Unidos siguió recogiendo el guante y dijo: “tenemos que aplicar esta figura”. Fue así que “Sammy the Bull” Gravano, arrepintiéndose, permitió el juzgamiento de John Gotti por el crimen de Castellano, del Clan Gambino.
Pero podemos citar casos más recientes, como es el de la FIFA con Chuck Blazer, el presidente de la Federación de Fútbol de los Estados Unidos, quien no solamente se arrepintió, sino que concurrió a Londres, filmó y permitió que a partir de allí las investigaciones judiciales terminaran con el procesamiento de los principales funcionarios de la Federación Internacional del Fútbol Argentino.
Pero esta no es una concesión graciosa, no estamos dando un beneficio ni una patente de corso para arrepentirse y quedar libre de culpa y cargo. Lo que estamos haciendo es otorgar beneficios procesales que no serán como en la actualidad, en que tienen la posibilidad de eximirse de pena. El arrepentido no va a quedar eximido de castigo, sino que va a tener que someterse al proceso penal, testimoniar y declarar, dar información que sea de utilidad al juez y al fiscal para que avancen en la investigación. Independientemente de eso, también tendrá reproche penal, porque habrá condena.
Fíjense lo que ocurrió en nuestro derecho. En algunas figuras se lo eximía de pena, mientras que en otras se le daba la posibilidad de que se redujera a la mitad, y en otras, se le permitía que se beneficiara con un tercio de la pena prevista para el delito o en tentativa.
Lo que estamos haciendo, señor presidente, es uniformar para que todas y cada una de las figuras en las que se aplique el instituto del arrepentido tengan la misma solución. Se trata de no romper el principio de igualdad para que el arrepentido, una vez que ingresa al proceso penal, pacte y sepa en qué condiciones lo hace. Asimismo, debe saber que no va a quedar impune de su delito y que, además, se le podrá imponer pena de multa, de inhabilitación y también de decomiso, porque no obstante su arrepentimiento tendrá que devolver todo el dinero que se llevó indebidamente. No podemos otorgar una patente de corso a los arrepentidos en este país. Los arrepentidos tienen que pagar condena, pero también recibir un beneficio si, en definitiva, permiten que las investigaciones judiciales avancen.
Eso es lo que queremos. Pretendemos impedir que la mano del derecho penal alcance solamente a los más débiles. Queremos impedir que en las organizaciones mafiosas –operen dentro o fuera del Estado- existan pactos de silencio donde el Estado no pueda penetrar ni avanzar. No podemos permitir que estos pactos de silencio impidan la prosecución de las investigaciones penales.
Veo que se está acabando mi tiempo. Tenemos que lograr que los hechos delictivos sean condenados y que cumplan condena no solo los que circunstancialmente forman parte de esas organizaciones criminales, sino que todos y cada uno de los responsables tengan que purgar condena.
No queremos cualquier arrepentido; no queremos sancionar en el Congreso de la Nación la posibilidad de que cualquier funcionario público, fundamentalmente los que tienen o tuvieron en sus manos las principales responsabilidades del gobierno, pueda acogerse a este beneficio. Por eso, la mayoría de los bloques acordó que este beneficio del arrepentido solamente pueda ser acogido por aquellos funcionarios que no son ni fueron sujetos sometidos a juicio político en el país. Con esto quiero decir que no podrán acogerse a los beneficios del arrepentido quienes fueron ministros de Estado, miembros de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y quienes ejercieron la primera magistratura, es decir, presidentes y vicepresidentes. Para estas personas no hay beneficios; sean o no los jefes de las organizaciones criminales, fueron las principales cabezas del Estado, con lo cual no se los puede amparar con beneficios procesales de ningún tipo. Si cometieron delitos, deben tener las más severas sanciones penales ejemplificadoras; de lo contrario, la ciudadanía nos lo reclamará. (Aplausos en las bancas.)


SR. PRESIDENTE(MONZÓ) Tiene la palabra la señora diputada por Buenos Aires.


SRA. BREGMAN, MYRIAM (BUENOS AIRES): Señor presidente: hemos escuchado con atención a los señores diputados preopinantes y a los que informaron sobre el dictamen de mayoría.
Por más que hablen de la Cosa Nostra, de la FIFA y de los grandes escándalos internacionales, sus argumentos no nos conmueven. Según titula el diario Clarín en la tapa de hoy, el caso de José López apura el tratamiento de la iniciativa sobre el arrepentido en el Congreso de la Nación. Tanto es así que en la reunión conjunta de comisiones del día de ayer, diputados de nuestro bloque y de otros plantearon el atropello absoluto al tratamiento serio de una norma como esta. Estábamos en la reunión conjunta y ningún diputado siquiera tenía copia del dictamen, que supuestamente ya se había redactado. Se llegó a decir que se había discutido durante el fin de semana, sin reuniones de asesores y sin dar a conocer el lugar. Seguramente, fueron reuniones en barrios privados a las que no fuimos invitados.
Nosotros no pudimos ser parte de la discusión de esta iniciativa. En el día de ayer se nos convocó al solo efecto de ser un número más para lograr un dictamen que también en forma atropellada ya estamos discutiendo en el recinto. Me gustaría saber cuántos de los diputados que hoy están presentes han leído los dictámenes de mayoría y de minoría, y saben qué es lo que estamos por votar.
Antes decían que el kirchnerismo hacía actuar a este Congreso como una escribanía. Me pregunto en qué lo convertiremos ahora, con este tipo de funcionamiento. Sabemos que lo que estamos discutiendo hoy intenta basarse en un profundo rechazo popular que, por supuesto, compartimos. Me refiero al robo del dinero público, de los fondos públicos, a fortunas hechas a fuerza del narcotráfico y de la trata de personas, que indefectiblemente quedan impunes mientras sus protagonistas viven en los mejores barrios, como José López.
Un estudio del Centro de Prevención de la Criminalidad Económica dice que en la Argentina hay 750 causas abiertas por corrupción, y que cada causa tarda, en promedio, catorce años en resolverse. Los condenados son un puñado de personas y los que han pasado por la cárcel podemos contarlos con los dedos de una mano. Por eso, claramente estamos hablando de la impunidad del poder, de funcionarios que se hacen ricos obscenamente en el ejercicio de la función pública.
Queremos marcar un elemento que no puede dejarse de lado: esta impunidad está garantizada por el Poder Judicial; un Poder Judicial designado por años por las componendas de los partidos mayoritarios. En este país hasta se llegó a hablar de la servilleta en la que figuraban los jueces federales, muchos de ellos hoy en funciones. Son los mismos jueces a los que hace unos días les preguntaron si querían abandonar unos de los tantos privilegios, como es no pagar impuesto a las ganancias, y se negaron. Son jueces que apañan al poder de turno, que siempre juzgan a los gobiernos que caen en desgracia, pero nunca a los que están en el poder. De lo contrario, no se explica cómo puede ser que todas las causas de corrupción hayan comenzado a acelerarse después del 10 de diciembre. Hablamos de un Poder Judicial que llena las cárceles de pobres y que siempre liberó a los poderosos.
Por esa razón, parte del programa del Frente de Izquierda para luchar en serio contra la corrupción incluye la elección por sufragio universal de todos los jueces y los juicios por jurados, incluso para los casos de corrupción.
Nosotros no solo cuestionamos la corrupción y el enriquecimiento ilícito personal, sino también el accionar claramente orientado a beneficiar a un grupo determinado en detrimento de las grandes mayorías.
En este punto nos preguntamos: si hay un acto de corrupción enorme con el que se han llenado de dinero los grandes empresarios de este país, ¿no son acaso las privatizaciones una fuente enorme de corrupción por cómo se votaron y siguen funcionando? Recordemos que la propia familia del presidente Macri se benefició con una de esas privatizaciones, que terminó en escándalo, como fue el caso del Correo.
Durante una década los empresarios que manejaron las empresas privatizadas recibieron subsidios del gobierno anterior. Podemos decir que prácticamente les regalaban esos fondos, porque todos sabían que no se aplicaban en ningún tipo de inversión. Por ese motivo, había permanentes cortes de luz y falta de energía. Sin embargo, este gobierno no optó por investigar los subsidios. Si quieren investigar la corrupción, ¿por qué no hacen una auditoría para saber a dónde fueron a parar esos recursos que recibieron las empresas privatizadas? Por el contrario, optaron por aplicarle un tarifazo al pueblo trabajador.
Si hablan de la herencia recibida, ¿por qué no buscan ahí? ¿Por qué no investigan en esa gran fuente de corrupción que son los subsidios que se llevaron los empresarios? ¿Por qué no van a devolver toda esa plata que se llevaron, a la que le dieron un destino distinto del que realmente tenía?
Por ello, nos oponemos a que nos vengan con el “cuentito” del arrepentido. Si quieren investigar, hagan una auditoría. Si realmente quieren investigar, desde el Frente de Izquierda proponemos la apertura de todos los libros contables de las empresas ligadas con la obra pública. Es necesario que esas empresas sean investigadas por representantes elegidos por los trabajadores y por las universidades públicas. Seguramente ellos sí van a poder investigar toda la corrupción ligada con la obra pública en la Argentina. Contrariamente a esto, nos prometen combatir la corrupción mediante la ley del arrepentido.
Por otro lado, quiero centrarme en un punto importante que contiene esta propuesta. Debemos razonar qué significa el concepto “arrepentido”. Al respecto, cabe señalar que cuanto más alto esté una persona en la escala jerárquica de la corrupción, puede negociar muchos más beneficios. Los perejiles, los que están debajo de esa escala, no tienen mucho conocimiento sobre cómo funciona toda la red de corrupción, de narcotráfico o de trata. Por ende, los beneficios que puede negociar con los jueces son menores. En cambio, cuanto más alto esté alguien en la escala de corrupción, cuanto más alto esté en la red de trata o en la organización de narcotráfico, mayores serán los beneficios que podrá negociar con el juez.
Por ese motivo decimos que con esta propuesta los “José López” se van a ir a sus casas, mientras que los perejiles no podrán negociar grandes cosas.
Por otra parte, el dictamen de mayoría no solo habla de corrupción. Como siempre, tal como viene ocurriendo en las últimas sesiones, aprovechan los temas que se instalan mediáticamente en la sociedad y que son tapa de los diarios para fortalecer el aparato represivo del Estado. Digo esto por dos artículos que figuran en el proyecto de ley sobre la figura del arrepentido que nos preocupan sobremanera, ya que se relacionan con la criminalización de la protesta social y con la persecución por consumo de drogas.
En lo que respecta a la criminalización de la protesta social, entendemos que se refuerzan determinados mecanismos, ya que se incluye la figura del arrepentido para hacer efectivo el artículo 41 quinquies de la famosa ley antiterrorista que heredamos de la década anterior. Esa es una norma que fue denunciada por todos los organismos de derechos humanos e incluso por algunos legisladores que integran hoy la agrupación Cambiemos. Por ejemplo, la ex diputada Patricia Bullrich –actual ministra de Seguridad convocaba a reuniones en este mismo Congreso para derogar la legislación antiterrorista. Hoy hacen todo lo contrario: nos dicen que se podrá utilizar esa figura para hacer efectivo el artículo 41 quinquies del Código Penal que, como decimos, solo sirve para perseguir a las organizaciones sociales y políticas en su militancia; es una persecución ideológica.
Hay otros dos artículos muy amplios en los que también se promueve la figura del arrepentido, que ayer se discutieron muchísimo en el plenario de comisiones, pero no se puede hacer nada porque ya está todo escrito. Me refiero a los artículos 210 y 210 bis del Código Penal, que se refieren a la asociación ilícita. Esta última es una figura que nació en el siglo XIX para perseguir a las organizaciones sindicales; su contenido es netamente persecutorio y hasta la actualidad siempre se ha usado para perseguir a los que luchan, a los opositores políticos.
Tan cuestionada está la figura de la asociación ilícita que algunos tratadistas sobre derecho penal afirman que no sirve para condenar porque es muy difícil comprobar la existencia de una asociación de determinado número de personas para cometer una serie de delitos. Esa figura se utiliza en la instrucción para mantener presas a aquellas personas a las que no se les puede probar otro hecho, pero después se cae en el debate oral.
Esa figura, que tiene su origen en la persecución del Movimiento Obrero, también se promueve en la legislación antiterrorista.
Otro tema que nos preocupa –como decía es el narcotráfico. Aquí habría que dividir la discusión en dos partes. Por un lado, contar a los diputados que redactaron el dictamen de mayoría que esta figura ya está prevista para casos de narcotráfico y ha tenido un rotundo fracaso, porque creo que nadie puede decir que el narcotráfico en la Argentina es una sensación; por el contrario, todos sabemos que ha aumentado considerablemente en los últimos años. De manera que esta figura no ha tenido ninguna eficacia en los casos de narcotráfico.
Si realmente quieren terminar con el narcotráfico –este sería otro debate, pero lo decimos sucintamente, investiguen las cúpulas de las fuerzas de seguridad y van a encontrar su implicancia con las redes de narcotráfico. De lo contrario, discutamos la legalización, como propone el Frente de Izquierda a través de un proyecto.
Pero lo que nos preocupa es que se incluya la figura del arrepentido para perseguir la siembra. Muchos de los diputados aquí presentes estuvimos hace unos días con algunas madres que nos visitaron pidiéndonos que se deje de perseguir la siembra. Ellas promueven el uso medicinal del cannabis. Pero como estas leyes salen a las apuradas, sin discusión y son escritas en algún otro lugar que no es este Congreso, se ponen estas cosas y ni siquiera podemos discutirlas. No creo que quienes voten esta ley quieran castigar a las madres que promueven el uso medicinal del cannabis porque es la única medicina comprobada para tratar las enfermedades muy graves que padecen sus chiquitos. Esto está en la ley del arrepentido.
Esta figura también existe para casos de lavado de dinero. Sin embargo, se han fugado 400.000 millones de dólares al exterior. De manera que es bastante difícil decir que la figura del arrepentido ha sido efectiva.
Por eso, señor presidente, nosotros decimos que con esta ley del arrepentido los José López –que tanto y legítimamente irritan a esta sociedad se van a ir a su casa. Ayer tuvimos este debate con el diputado Petri, quien nos contestó –como hizo en este recinto que hay funcionarios que están excluidos, como los que figuran en el artículo 13. Los invito a leerlo.
José López tiene mucho para negociar porque está muy alto en la estructura; no es un simple portero de un edificio público, sino que fue un secretario de Estado. Él puede negociar grandes condiciones. José López no está dentro de los excluidos del artículo 13. Evidentemente tiene razón la tapa de Clarín cuando dice que esta ley es para que José López hable y se vaya a su casa. Entonces, todos los que voten el dictamen de mayoría deben decirle a la sociedad que están de acuerdo con que eso ocurra.
Podríamos agregar, simplemente para ilustrar cómo fue tratada esta norma, que al principio de la reunión en la cual se la empezó a considerar existía el colaborador eficaz, y cuando terminó, esta figura ya se había borrado. Pero como no tiempo desde ayer hasta hoy para redactar nuevamente la norma, quedó mezclada la figura del colaborador eficaz y no se entiende qué es. El colaborador eficaz es una persona que en otra causa puede hablar de una relacionada con la corrupción, por ejemplo, y entonces el juez le otorga un beneficio. ¿Ese beneficio involucra la otra causa? No se sabe qué es el colaborador eficaz. Algunos decían que eran sinónimos, otros decían que eran figuras autónomas. No se pusieron de acuerdo; no se entiende qué es el colaborador eficaz.
Frente al dictamen de mayoría y tal como venimos diciendo, nosotros proponemos otras medidas: la elección de todos los jueces por sufragio universal, juicio por jurados, auditoría sobre todas las empresas privatizadas, la apertura de todos los libros de las empresas relacionadas con la obra pública y el cese del secreto bancario. ¿Saben qué fácil se resolverían los escándalos como el de la FIFA, que aquí fue mencionado, si se terminara el secreto financiero, el secretismo y el secreto bancario? Lo que ganan los trabajadores es público; a muchos de ellos hasta les aplican el impuesto a las ganancias. Lo que ganan los empresarios siempre es oculto y siempre está protegido por el secreto bancario o financiero.
Proponemos también la reestatización de todos los puertos, desde donde se realizan gran parte de esas maniobras, no solo de narcotráfico sino también de fugas al exterior; la nacionalización del comercio exterior para evitar todos los negociados que se realizan a través de importaciones y exportaciones; la creación de una banca nacional única para evitar la fuga de dinero que denunciamos recién, que tiene enormes escándalos como la del banco HSBC. No puede ser que nos enteremos de esto porque uno cuenta que le “hackean” una cuenta a otro. ¿Por qué no se crea una banca nacional única y se termina, a su vez, con el secreto financiero y bancario?
Para finalizar, adelantamos nuestro rechazo a esta norma absolutamente distractiva. No se termina la corrupción con un arrepentido; no se termina con que José López hable. Capitalismo y corrupción van de la mano y con esta iniciativa José López se va a su casa.


SR. PRESIDENTE(MONZÓ) Tiene la palabra el señor diputado por Entre Ríos.


SR.(D’AGOSTINO) Señor presidente: no solo he escuchado atentamente las palabras de la señora diputada Bregman, a quien no voy a referirme con el chiste de llamarla “diputada de la izquierda” es una señora de la izquierda, le han hecho un halago, sino que he leído su dictamen de minoría. He encontrado cosas con las que no coincido porque no estoy de acuerdo con algunas pautas que la izquierda plantea con respecto, por ejemplo, la elección popular de los jueces. Sin embargo, hace un racconto muy pormenorizado de la historia y disminuye la condición del arrepentido porque no hay respuestas en función de los reclamos, que son comunes. ¿Cree que no quiero que haya contabilidad fiscalizada en las empresas? Por supuesto que sí, pero no entiendo cuál es la incompatibilidad de la creación de una figura, que no es nueva.
Se inicia contemporáneamente con los casos de narcotraficantes y luego se amplía, pero tampoco es nueva para nosotros. Quien ha leído las Memorias de Adriano o Yo Claudio encontrará premios al arrepentido o a quien confiesa. Es decir que ya en la Roma antigua aparecía este personaje que tiene connotaciones no solo jurídicas sino también políticas, judiciales, jurisdiccionales, éticas y religiosas.
En tal sentido, cuando nosotros hablamos del arrepentido, muchas veces se nos ha planteado que es una palabra que no se corresponde con la situación porque se vincula más al cristianismo, pero nosotros la hemos popularizado y la hemos segregado de la condición religiosa.
¿Dónde está la cuestión moral? En que el Estado quiere investigar –la diputada Bregman bien preguntaba por qué no se investigaba a los bancos y a las empresas, e introduce en 1970 en el escándalo de Italia y después en 1981 algo que los alemanes llamaron “el testigo de la Corona”, dando facilidades para llegar a la verdad. Nosotros sin esta figura debilitamos, generamos una vulnerabilidad en el procedimiento. Quizás me van a preguntar, ¿con estos jueces vamos a investigar?
Yo también coincido en esto, pero les damos la herramienta, controlamos al Ministerio Público con la comisión bicameral y con el Consejo de la Magistratura. Mejoramos la calidad y las condiciones de eficiencia y eficacia que tiene que tener no la Justicia porque no nos olvidemos que la justicia es un valor, sino el Poder Judicial para poder hacer uso de estas herramientas que le permitan encontrar más fácilmente al culpable, a los responsables, a los ideólogos que han intervenido en cuestiones de contrabando, de trata de personas, de administración fraudulenta y corrupción en la administración pública, y de tráfico de estupefacientes, el narcotráfico.
No vaya a ser que nos confundamos con que el narcotraficante es el que siembra. El narcotraficante no es el que siembra. Estamos transitando un camino para encontrar que la siembra sirva para la salud medicinal. Vamos a encontrar ese camino.
No quiero entrar en la cuestión estrictamente procedimental, ya que los señores diputados Burgos y Petri han sido extremadamente explícitos, pero sobre la base de estos condicionamientos amplío los argumentos sosteniendo la necesidad de un factor decisivo en la investigación de los hechos, que es la incorporación de la figura del arrepentido.
El arrepentido debe estar dentro del proceso, nunca será admitido con una condena. El arrepentido facilitará elementos verosímiles para llegar al éxito de la investigación, y una vez que concluya esa situación podrá hacer uso de los beneficios pactados, siempre con el control del defensor, del fiscal y del juez.
No hay que confundir esto, porque había en los viejos tratados de Derecho Penal temas vinculados al defensor y al colaborador eficaz, y el Estado extorsionaba a quien venía a contribuir con una prueba que ayudara a la finalización del caso.
En esa línea de pensamiento, el bloque Cambiemos apoyará el despacho de la mayoría. Entendemos que algunas cuestiones importantes y sostenibles del despacho de minoría del Frente de Izquierda no se compadecen con lo que pretendemos. Para mí, sí se hubiesen podido compatibilizar, y no me echen la culpa de que lo hicimos muy rápido; pero hoy vamos a votar y Cambiemos apoyará el despacho de mayoría. Entendemos que es un orgullo personal y también del diputado Monfort el haber contribuido con un proyecto propio a agilizar que el proyecto tenga un despacho que será felizmente votado de manera favorable. (Aplausos en las bancas.)


SR. PRESIDENTE(MONZÓ) Tiene la palabra el señor diputado por Buenos Aires.


SR. WOLFF, WALDO EZEQUIEL (BUENOS AIRES): Señor presidente: no voy a hablar de la parte técnica de la ley porque los diputados Petri, D’Agostino y Burgos ya lo han hecho de manera más que satisfactoria y diligente, pero es importante que entendamos en qué momento estamos en la República Argentina de hoy, de qué se trata esta ley y quiénes somos nosotros.
Algunos de los legisladores preopinantes señalaron muy bien que las ausencias hacen ruido. Parece ser que la corrupción o los grandes hechos altisonantes que vemos hoy en los medios son como una camiseta: depende a quién le sirve.
Allá por 2001 se cantaba: “Que se vayan todos”. Hoy estamos ante una situación bastante parecida en cuanto al reclamo de la gente: ya no se pide “que se vayan”, sino “que se hagan cargo”.
La Argentina ya pasó por etapas que tuvo que superar. Recordarán todos que tener treinta y cinco años de democracia ininterrumpida era un hecho totalmente aislado. Nosotros estamos atravesando la etapa de que un gobierno de estas características pueda terminar su mandato después de 1928. Sabemos que hay muchos compañeros de la política y gente que están comprometidos en este sentido porque la Argentina volverá a ser creíble y nosotros mismos nos vamos a superar como sociedad.
Ahora, como representantes del pueblo de la Nación Argentina, en este recinto tenemos la responsabilidad de interpretar qué está pasando. A los que andamos por la calle nos preguntan si alguien irá preso, pero eso no depende de nosotros. Los diputados venimos aquí a interpretar las necesidades de la gente, que está cansada, porque cuando vuela un bolso con millones de dólares esto repercute en la falta de escuelas y agrava la situación.
La gente sabe que cuando agarran a un narcotraficante después de cuatro años, y vemos que permitió que se vendieran 40.000 kilos de efedrina cuando en realidad se necesitaban 200 kilos, nuestros hijos corren el riesgo de estar drogándose.
Por eso es importante que además de legislar e interpretar lo que está pasando en la sociedad, funcionemos como República y que cada uno de los poderes independientes se haga cargo de sus responsabilidades.
Quiero hablar en igualdad de condiciones, es decir, como diputado de la Nación, como ciudadano y como padre que no quiere que sus hijos accedan a la efedrina que funcionarios del Poder Ejecutivo permiten traer a sus asociados narcotraficantes.
Quiero pedir que tomen estas herramientas porque no hay ninguna posibilidad de que esta República funcione si los chalecos antibalas y los cascos que vemos hoy en día son solamente uniformes de ocasión utilizados durante la temporada postgubernamental.
No podemos permitir que el periodismo se entere del allanamiento a un domicilio antes que el allanado. No puede ser que todavía en la Argentina, después de conocer lo que significa la prebenda de los derechos, estemos discutiendo –y en este sentido coincido con la diputada Bregman si una clase que parecería que está por encima de nosotros tiene privilegios o no a la hora de tributar.
Le quiero pedir a los jueces que por favor trabajen para nosotros y que no se tomen –como dijo el diputado Sánchez hace un momento ocho años. Ese parece ser el timing exacto.
Hoy nos agarramos la cabeza cuando vemos a este tal López tirando bolsos hacia un monasterio. Nos llevó mucho tiempo hablar de un hecho que debería ser casi ético y moral, es decir, poner a disposición nuestros fueros cada vez que son requeridos. Así, uno de los diputados lo nombraba como su mano derecha. Nosotros debemos entender lo que está pasando en la sociedad argentina, porque ya vivimos esto muchas veces. En distintas ocasiones a la clase política la sociedad argentina le vino a golpear las puertas. La clase política es responsable de la corrupción. Lamentablemente, muchas veces como clase todos quedamos salpicados por esto. Incluso, aunque vengamos a ofrecer nuestros fueros –como lo hizo el señor diputado Raffo o cualquiera de nosotros si somos requeridos por la Justicia quedamos salpicados. Pero no debemos olvidar que los responsables de la Justicia son los actores de la impunidad.
No quiero extenderme mucho más pero sí deseo invitar a nuestros conciudadanos de la Justicia para que estas herramientas que les damos no sean utilizadas con termómetro ni con reloj. La Justicia debe hacer gala de la vestimenta que tiene, con sus ojos tapados y sin mirar el reloj. (Aplausos en las bancas.)

SR. PRESIDENTE(MONZÓ) Tiene la palabra el señor diputado por Buenos Aires.


SR. TAILHADE, LUIS RODOLFO (BUENOS AIRES): Señor presidente: con este proyecto estamos pisando terreno pantanoso, ingresando en peligrosos lugares. Por eso, debemos ser muy cuidadosos a la hora de legislar. El planteo que hago es muy parecido al que realizamos en ocasión de votar en general el proyecto de ley de flagrancia.
¿Por qué es peligroso lo que se avecina en lo que tiene que ver con estas figuras procesales? Porque estamos rozando la mercantilización de la Justicia.
Como dijo el maestro Julio Maier en la revista Nueva Doctrina Penal, la Justicia penal ingresa al mercado. Esto lo decía por algunas figuras jurídicas que hoy ya son reconocidas por todos, como el juicio abreviado, inclusive, con la suspensión del juicio a prueba. Hace quince o veinte años Maier decía que la justicia ingresaba al mercado, pero nosotros estábamos en la puerta.
Sin perjuicio de lo que acabo de exponer, nuestro bloque tiene la intención de acompañar en general este proyecto de ley, por varias razones. La principal tiene que ver con el hecho de que al despacho de mayoría se incorporaron muchos articulados que tenía nuestro dictamen, que iba a ser de minoría. En función de lo que pasó ayer en la reunión de las comisiones el bloque ha decidido acompañar en general este proyecto que consagra la figura del arrepentido. También lo haremos porque dicha figura existe y lo han dicho muchos diputados. Fue consagrada en nuestra legislación en las leyes 27.737, de estupefacientes; 25.521, de terrorismo; 25.742, de secuestros extorsivos para el caso de trata de personas; y 26.683, de lavado de activos. Se trata de una figura que está presente en nuestro ordenamiento penal y por lo tanto no es una novedad. Nosotros teníamos un proyecto con un articulado que diría- ha sido replicado íntegramente en el despacho que hoy tenemos en consideración. Entonces, ¿por qué no acompañarlo?
Además, tampoco tenemos nada que ocultar, más allá de algún funcionario deshonesto que ha aparecido últimamente. En esto quiero hacer una precisión: en doce años de gobierno, más de una década ganada por todo el pueblo, seguramente vamos a encontrar funcionarios deshonestos. Lo que nunca me iba a imaginar es que en seis meses no iba a encontrar un solo funcionario decente en el gobierno que actualmente tenemos en el país.
También existe la figura del arrepentido en casos de corrupción. Existe de hecho, si no, ¿por qué creen que Fariña obtuvo su libertad? ¿Porque es inocente o porque negoció su arrepentimiento en la causa Báez para obtener su libertad? Esa causa no tenía nada que ver con la investigación de lavado que todos los días es tapa en todos los diarios.
Es decir que no tiene ningún sentido oponerse, sobre todo cuando estoy hablando de que nuestro proyecto ha sido incorporado.
Lo más relevante de las cuestiones estructurantes de lo que iba a ser nuestro despacho tenía que ver con eliminar la posibilidad de eximición de pena al arrepentido y que solo alcance a su reducción.
También preveíamos la eliminación de los delitos de lesa humanidad como figuras en las que se pueda aplicar el instituto del arrepentido, principio que enarbolamos y que fue admitido en el proyecto.
La incorporación de los delitos contra la administración pública también fue una iniciativa de este bloque, y al respecto quiero hacer una aclaración. Le agradezco a la señora diputada Bregman que me haya puesto en conocimiento de la tapa del diario Clarín de hoy, porque justamente es lo que hablamos ayer en comisión y lo que venimos pensando algunos desde que nos enteramos de que el oficialismo había decidido reactivar el proyecto.
Este proyecto fue archivado por el oficialismo a partir de la exigencia del bloque del Frente para la Victoria para que se incluyeran los delitos contra la administración pública, es decir, los de corrupción. El que diga otra cosa miente, porque claramente recuerdo el argumento del bloque oficialista de que la licenciada Laura Alonso estaba preparando el proyecto sobre la figura del arrepentido. Que la licenciada Laura Alonso esté preparando un proyecto de lucha contra la corrupción, en verdad, es cómico de solo escucharlo.
Señor presidente: lo que de ninguna manera vamos a acompañar es la incorporación de la figura del colaborador eficaz. Tengo entendido que es posible que el bloque oficialista haya decidido eliminar esta figura. Si es así no lo puedo afirmar porque los miembros informantes no han sido explícitos en ese sentido-, lo celebro y reconozco el gesto, porque es una figura absolutamente confusa e inconstitucional, que iba a generar –como diría un senador entrerriano un enchastre en todo esto.
Digo esto porque, de acuerdo con los términos del dictamen de mayoría, el colaborador eficaz puede no tener nada que ver con la causa a la cual va a aportar información, pero sí recibir un beneficio mayor que el que correspondería al arrepentido. En otras palabras, el arrepentido que aporte datos para que se esclarezca la causa en la que está involucrado –autores, destino del botín, etcétera- puede recibir el beneficio de la reducción de la pena, mientras que el colaborador eficaz, que no tiene nada que ver, puede ser eximido de aquella que le corresponda.
Analicemos qué es el colaborador eficaz: una persona que cuenta con información que, de ser verosímil, está obligado a proporcionar en el marco de una causa penal. Es decir, un testigo. O sea que estaríamos premiando una actitud que la propia ley obliga a tener: decir la verdad en cualquier expediente y mucho más si se trata de una causa penal.
Por estas razones, esperamos que el oficialismo aclare la figura del colaborador eficaz. Reitero que acompañaremos esta iniciativa en general porque estamos conformes con la manera como fue redactada en lo que respecta a la figura del arrepentido; pero de ninguna manera podemos consentir la incorporación del colaborador eficaz.
Finalmente, quiero referirme a algunos comentarios que escuchamos recientemente durante esta deliberación. Es verdad que un bolso con dólares podría llegar a ser una escuela menos; pero una sociedad offshore, como la que tienen muchos funcionarios del gobierno nacional e incluso algunos diputados de esta Cámara, también equivale a una escuela menos porque es una cueva para esconder plata que se evade.
Si hablamos de corrupción, hagámoslo de forma completa, y si hablamos de cuestionamientos a la Justicia, seamos coherentes con nuestra prédica. Por ejemplo, no puede ser que a más de un año de que el juez Rafecas decidió procesalmente archivar la denuncia promovida por el fallecido fiscal Nisman, tengamos que soportar que se lo denuncie por hechos ocurridos en ese tiempo. Digo “soportar” porque si vamos a manejarnos con la verdad debemos poner inmediatamente en conocimiento de la Justicia lo que sabemos, para no quedar como un colaborador eficaz de las operaciones mediáticas que se generaron, siguiendo con el mismo ejemplo, a partir del caso Nisman.
Si pretenden correr al Frente para la Victoria con la lucha contra la corrupción, les adelanto que no podrán hacerlo porque estamos acompañando un dictamen que entendemos puede ser útil en esa lucha; pero lo que no haremos jamás es ocultarnos, porque no tenemos nada que ocultar. No tenemos cuentas offshore, no denunciamos por corrupto al presidente de la Corte Suprema y después no aparecemos por la Comisión de Juicio Político para hacer el planteo y tampoco acusamos por narcotráfico al ex presidente Duhalde para luego arrugar en la audiencia de conciliación, a fin de evitar una condena; condena –ya lo he dicho y no quisiera reiterarlo como la de contrabando que tiene nuestro presidente de la Nación y que ha sido declarada prescripta, lo que equivale a decir que los hechos fueron reconocidos por la Justicia.
De manera tal que con estas consideraciones adelantamos nuestro acompañamiento en general a esta iniciativa y esperamos esas aclaraciones del oficialismo para entender cuál es la situación de la figura del colaborador eficaz en el proyecto.


SR. PRESIDENTE(MONZÓ) Tiene la palabra la señora diputada por Buenos Aires.


SRA. CONTI, DIANA BEATRIZ (BUENOS AIRES): Señor presidente: efectivamente, vamos a acompañar el proyecto por el que se propicia la creación de esta figura, que ya existe para otros delitos y que no ha tenido ninguna productividad.
A mí no me acorralan ni la tapa de Clarín ni los bolsos tirados por López en el monasterio, pero a veces, en función de complementarse en un bloque político, uno tiene que hacer concesiones dogmáticas. También las hice hace mucho tiempo cuando en el Honorable Senado legislaba con el ingeniero Blumberg arriba de mi banca. No se le concedió todo lo que pedía, se fue racional, pero se desguazó el Código Penal argentino, se lo llenó de parches, se establecieron penas exorbitantes y ninguna de esas reformas penales tuvo éxito.
La figura del arrepentido, al igual que otras sobre las que estamos avanzando, ha sido extrapolada de sistemas jurídicos distintos del nuestro -en general del derecho anglosajón- que se rigen por el Common law. También tienen sistemas políticos diferentes, ya que en algunos lugares hay reyes y en otros el voto no es obligatorio, mientras que el poder del Senado está dado por un presupuesto propio y por una capacidad de decisión, interviniendo con seriedad en las decisiones del Poder Ejecutivo respecto de cuestiones que hacen al armamentismo y a otras cuestiones.
La Argentina cuenta con el sistema político, los poderes republicanos, los órganos extrapoder y los sistemas de control que tiene. Las argentinas y los argentinos somos lo que somos: un crisol de razas. Somos argentinos.
El arrepentido es un delincuente que no se arrepiente del hecho delictual, sino que, como efectivamente, dice la ley, a cambio, negociando una mejor situación procesal, una menor penalidad y una excarcelación, aporta pruebas.
Yo no estoy de acuerdo con la privatización, lo que significa establecer reglas del mercado en el sistema penal. Ello es así porque considero que el derecho penal es el derecho de los poderosos, de los que dicen “este es delincuente y aquel otro no lo es”. Para darnos cuenta de ello, solo basta con que miremos cómo están pobladas las cárceles.
Entonces, me parece que este es un aditamento más en un camino hacia la injusticia social, la no legalidad, el oscurantismo y la falta de trasparencia. Esto quedó en claro en el debate realizado en el plenario de comisiones que tuvo lugar en el día de ayer. Cuando decimos que la víctima del hecho delictivo queda excluida de todo el proceso, la explicación que se da es que al final puede apelar la condena.
Quien quiere presidir la comisión bicameral de la que nos enteramos por los medios, la diputada que ya se puso el rótulo de presidenta de la comisión bicameral del Ministerio Público y que se ve que tiene pactos previos a la creación de una comisión bicameral, dijo: “Si empezamos a poner a la víctima y todo eso, la extorsión no funciona”.
El arrepentido se arrepiente y conduce bien o falazmente un proceso porque está bajo extorsión, preso, no quiere tener una pena grande, que lo decomisen, etcétera. En consecuencia, desde el punto de vista moral esta es una figura inmoral.
En cuanto al arrepentido que miente -yo hubiera agregado “que incrimina falazmente a terceros”-, en lugar de darle una pena de hasta diez años yo le habría impuesto una más baja.
Cabe aclarar que quien instiga o extorsiona gracias a lo que puede aportar ese arrepentido no es solo el fiscal o el juez, sino también los servicios de inteligencia, ministros o ministras y abogados infiltrados que van a la televisión a decir que tal imputado no es inocente. Esto es algo extraño para un abogado penalista; eso no se entrega nunca. Lo único que ese abogado tiene para ofrecer a esa persona es que sea un arrepentido.
Todo esto me induce a pensar que la coyuntura nos abarca a todos y que aquellos que se quieren mostrar como más puros, enrostrándonos nuestras impurezas, también tienen inmoralidades que no son dignas de avalar.
Dejando mis paranoias de lado –en el bloque me “cargan” con que soy paranoica, lo cual es verdad; soy vueltera-, por la coyuntura haré nuevamente una concesión dogmática forzada. Considero que la lealtad política es un valor, que mi bloque necesita seguir fuerte, orgulloso y alegre de estar integrado por militantes políticos, y no quiero ser una mosca negra por pensar distinto. (Aplausos en las bancas.)


SR. PRESIDENTE(MONZÓ) Tiene la palabra la señora diputada por Buenos Aires.


SRA. LITZA, MONICA EDITH (BUENOS AIRES): Señor presidente: en representación del bloque de diputados del Frente Renovador y del interbloque Una Nueva Argentina, me gustaría comenzar diciendo que no nos corre Clarín ni nadie, menos aún en estos temas que fueron y son bandera del Frente Renovador y de Sergio Massa desde hace mucho tiempo, no de ahora; fueron banderas de sus campañas en 2013 y 2015.
Cabe recordar que dentro de unas horas se va a debatir en este recinto un proyecto de autoría del señor diputado Sergio Massa referido a la extinción de dominio que está en línea con lo que venimos sosteniendo: la persecución de la delincuencia, pero también la recuperación de los bienes y la plata.
Los argentinos nos están mirando y nos están exigiendo no solo que los delincuentes vayan presos, sino que se devuelva lo que ilegítimamente se llevaron del Estado.
La misma señora diputada que mencionó a Clarín dijo que José López se iba a ir libre a su casa porque ese diario lo decía. Parece que Clarín es creíble para algunas cosas y para otras no.
Hace mucho tiempo que desde nuestro espacio político estamos pidiendo la tipificación de los delitos de corrupción. Lamentablemente esto todavía no se hizo, razón por la cual estamos incluyendo en este proyecto a los delitos contra la administración pública, que en nuestra opinión tienen penas muy bajas. Vamos a seguir pidiendo la tipificación del delito de corrupción y el aumento de la pena a fin de que no ocurra lo que eventualmente puede llegar a pasar en una negociación con el fiscal respecto de la reducción de penas.
Un señor diputado se refirió al eslabón más débil de la cadena. Es cierto, una cadena siempre se rompe por el eslabón más débil, y durante muchos años en la Argentina el eslabón más débil siempre fueron los llamados “perejiles” o los responsables de delitos menores. Si observamos los penales de todo el país, pero fundamentalmente los de la provincia de Buenos Aires, encontraremos que la edad promedio de los detenidos es de veintidós años; son jóvenes, hombres y pobres.
Por eso, cuando hablamos de este proyecto no estamos refiriéndonos exclusivamente a la ley del arrepentido, como se la denomina, sino a un sistema jurídico que ya tuvo su comienzo de ejecución con la flagrancia y otras técnicas especiales. Estamos considerando la inclusión de la figura del arrepentido y dentro de unas horas la iniciativa sobre extinción de dominio. Todas estas medidas conforman un entramado que tiene por objeto brindar al Poder Judicial las herramientas necesarias para enfrentar la nueva modalidad delictual que existe en la Argentina.
Sin embargo, no basta con entregar herramientas al Poder Judicial; este debe tomar plena conciencia del momento histórico que está viviendo la Argentina, ponerse de pie y actuar con rapidez, cumpliendo el rol que la sociedad le ha encomendado. Me refiero a investigar, ir delante de las circunstancias y no como ocurre ahora, que actúa detrás de los hechos y los enfrenta luego de verlos obscenamente por todos lados, cuando ya nos atropellan. No puede ser que un pollero –con todo el respeto que merece dicha actividad- de General Rodríguez, provincia de Buenos Aires, alerte sobre la situación de José López a través de una llamada al 911, cuando esta persona ya tenía varias denuncias. Posteriormente, el poder político de la provincia de Buenos Aires montó toda una escena de investigación, destacando la actuación de la policía, cuando en realidad la alerta se disparó –reitero por una llamada al 911.
Entendemos que este es un problema muy complejo y que no puede solucionarse si todos los poderes del Estado no se ponen de acuerdo. Es necesario que todos los pilares vinculados con la resolución de esta cuestión se pongan de pie. El Congreso de la Nación ya lo está haciendo al mandar a los argentinos señales muy claras de que está cerrando un cerco contra la impunidad, pero de nada servirá todo esto si no contamos con el acompañamiento del Poder Judicial, que debe retomar su rol de investigación.
No puede ser que los argentinos estén mirando por televisión imágenes de causas que estaban dormidas hace años y que se volvieron a activar una vez que se retiró el poder político anterior. No puede ser que un bache haya detenido a los que se fugaron por el triple crimen. No puede ser que nos enteremos a través de redes sociales de los videos de “La Rosadita”. Así como desde la política debemos volver a recuperar el prestigio que alguna vez tuvimos, el Poder Judicial debe hacer lo suyo. Sin embargo, eso no alcanza si no está acompañado por el Poder Ejecutivo, que es quien debe diseñar las políticas criminales. Pedimos al Poder Ejecutivo que diseñe una política coherente en materia criminal, y desde el Congreso de la Nación la acompañaremos.
Respecto al proyecto de ley del “arrepentido”, el Poder Ejecutivo debe mandar señales concretas de confiabilidad, para que el que se arrepienta confíe en que van a implementarse los mecanismos necesarios para resguardar no solo su seguridad física sino también el cumplimiento de lo consensuado en los acuerdos de los fiscales que sean homologados por los jueces.
Para nosotros esta iniciativa no es nueva, porque venimos batallando desde hace mucho tiempo por la creación de esta figura. Cuando vino la ministra Bullrich a la reunión conjunta de las comisiones de Legislación Penal y de Seguridad Interior uno de los planteos que le hicimos fue que se incorporara la figura del delito contra la administración pública, porque no figuraba en el proyecto que originalmente había girado el Poder Ejecutivo. Por lo tanto, nos congratula que hoy podamos tratar esta iniciativa con la inclusión de esa figura.
En aquella reunión también dijimos a la ministra Bullrich que no se había establecido la forma en la que se debía llevar adelante la negociación entre el arrepentido y la Justicia. Hoy vemos con satisfacción que en un capítulo referido a las normas procesales se ha contemplado el procedimiento de la negociación entre el arrepentido y el fiscal, que luego debe ser homologado por el juez.
También se ha receptado nuestra sugerencia de que la figura del arrepentido sea incluida en el Código Penal de la Nación. Esto es muy importante, porque una vez sancionada la ley los jueces de las provincias podrán utilizar inmediatamente esta figura. Convengamos que los delitos de los que estamos hablando son interjurisdiccionales; por ende, de muy poco hubiese servido todo esto si no se lo incluía en la legislación de fondo.
Por último, quiero ratificar nuestro compromiso con la lucha y la persecución implacable de la corrupción y el delito organizado. Volviendo a la figura del eslabón más débil, se podrá subir en la cadena de responsabilidades y así llegar al cerebro, que es el corazón del delito. De lo contrario, nos encontraríamos con que estamos deteniendo a actores de reparto –que como sabemos se pueden reemplazar fácilmente en lugar de combatir efectivamente la cadena de corrupción y el delito organizado.
Para no hablar de leyes históricas –que tanto se mencionaron durante el debate en el que se trató la ley de blanqueo y de pago de las sentencias a jubilados, aclaro que desde el Congreso no vamos a defraudar a los argentinos que esperan que nos pongamos al frente de la implementación de estas herramientas. Para ello, es importante que contemos con el acompañamiento de los demás poderes del Estado. (Aplausos en las bancas.)


SR. PRESIDENTE(MONZÓ) Tiene la palabra el señor diputado por Córdoba.


SR. BRÜGGE, JUAN FERNANDO (CORDOBA): Señor presidente: luego de la brillante exposición a la que ya nos tiene acostumbrados la diputada preopinante quiero hacer algunas aclaraciones con respecto a la figura jurídica que se está por crear, ya que en algunos discursos se ha dado a entender que la tomamos de legislaciones foráneas.
En parte eso es así, pero no es menos cierto que nuestra legislación reconoce antecedentes que van más allá de los que aquí se han citado. Algunos diputados preopinantes han manifestado que la figura del arrepentido está contemplada en las legislaciones norteamericana, francesa y alemana. Esto es correcto, pero el Código Penal argentino ya lo preveía en el artículo 217 para los casos de delito de traición, toda vez que se trata de un delito complejo y difícil de descubrir. Cuando hay complot o traición al Estado, obviamente existe una organización en la que hay autores intelectuales, instigadores, autores, cómplices y encubridores, lo cual requiere una amplia y basta investigación. Por lo tanto, esta institución viene a favorecer y facilitar esa investigación y en consecuencia la búsqueda de la verdad de los hechos delictivos.
La mencionada figura jurídica también estaba prevista en el artículo 14 de la vieja ley 13.985, que establecía penalidades para aquellos que atentaran contra la seguridad de la Nación y contemplaba la posibilidad de que alguien de la organización pudiera arrepentirse y dar la información respectiva.
Me remito a algo tan lejano para justificar por qué estamos incorporando esta figura del arrepentido como política criminal. Esto no significa que el Estado esté ausente de las investigaciones penales y esperando que alguien venga a delatar e informar cómo está compuesta o cómo opera una organización criminal, sino que tiene que robustecer la organización estatal, y en especial, el Ministerio Público y al Poder Judicial en la etapa de la investigación, la búsqueda de la verdad, la indagación de los hechos.

- Ocupa la Presidencia la señora vicepresidenta 2a de la Honorable Cámara, profesora Patricia Viviana Giménez.

SR. BRÜGGE, JUAN FERNANDO (CORDOBA): Señor presidente: sabemos muy bien que los delitos mencionados en el artículo 41 ter, donde proponemos incorporar esta figura, son los llamados “delitos complejos”, que tienen todos los condimentos de la vieja tradición que señalamos recién al hablar del delito de traición a la patria. De manera que se requiere conseguir información del hecho delictivo, que por los medios comunes no se llegaría a obtener.
Estamos actualizando nuestra legislación penal. Por eso, como recién se indicara correctamente, esta figura debe incorporarse al Código Penal. Como bien señalan los estudiosos del derecho, no es una figura del derecho procesal sino de la legislación de fondo. Con buen criterio, de igual forma procedimos hace poco al aprobar la norma sobre técnicas especiales de investigación, con la figura del agente encubierto y el informante. Estas son figuras que vienen a robustecer el Código Penal y sirven para la etapa de la investigación penal.
Efectivamente, el arrepentido es una persona que ha cometido un delito; es parte de una organización criminal. Si buscamos la definición del término “arrepentido”, el Diccionario de la Real Academia Española nos señala que se trata de aquella persona que tiene un pesar por algo que hizo, que dejó de hacer o que dijo. Sabemos muy bien que en el caso del arrepentido al que se refiere esta figura no hay un pesar, un arrepentimiento ni una autocontrición, sino que es alguien que busca un beneficio; pero claro, estas son las reglas de juego de esta institución jurídica. Este es el mecanismo que en el sistema anglosajón sirve para negociar la pena, como dicen los cultores del Common law. Son figuras que vienen de ese modelo, y a veces nuestra tradición más procontinental europea no nos permite tener en vista que existe esa posibilidad de negociación judicial.
¿En qué consisten los beneficios que estamos incorporando para aquel que aporte eficientemente alguna información? Remarco el término “eficientemente” porque este es el aspecto central a tener en cuenta para otorgar o no el beneficio. El arrepentido no solamente debe delatar a las personas que integran la organización delictiva identificándolas, o dar datos que conoce, sino que esa información tiene que ser eficiente, contribuir a recuperar bienes robados, descubrir cómplices, determinar quién fue el instigador del hecho delictivo, revelar el mecanismo de financiación de la organización, etcétera.
Sabemos que es muy difícil descubrir la mecánica y la operatoria de la financiación de una organización si no hay alguien que dé el número de cuenta bancaria o determine, en el caso de entidades financieras, quiénes son los financistas, las empresas involucradas, etcétera. Esto, al igual que lo relacionado con el procedimiento de prevención del lavado de activos. Justamente, las recomendaciones del GAFI Grupo de Acción Financiera Internacional propician la necesidad de que en el ámbito penal de cada Estado se incorporen figuras jurídicas que contribuyan a descubrir este entramado y complejo mecanismo del crimen organizado.
Por último, señora presidenta, reitero lo que expresamos al tratar la ley sobre técnicas especiales de investigación: el crimen sigue estando organizado; falta que el Estado se organice para poder combatirlo eficazmente. (Aplausos en las bancas.)


SRA. PRESIDENTA(GIMÉNEZ) Tiene la palabra el señor diputado por Salta.


SR. DAVID, NESTOR JAVIER (SALTA): Señora presidenta: la figura del arrepentido es otra herramienta más de las muchas que se han solicitado al Congreso, sumadas a iniciativas propias tales como la del revelador, el informante, el infiltrado, la entrega vigilada o la extinción del dominio, que debatiremos a continuación. Todas tienen como gran paraguas o excusa la lucha contra los delitos complejos y el crimen organizado. Con ese objetivo tan difícil se empiezan a buscar soluciones que muchas veces se presentan como verdaderos atajos con los que rápidamente obtendremos respuestas a estos temas tan complejos, y la verdad es que no es así. Estas son luchas difíciles que requieren una decisión política importante y todos los poderes del Estado puestos a trabajar en un mismo sentido.
En ese marco aparecen estas herramientas que, como han dicho algunos diputados preopinantes, están en el límite de lo ético. Cuando se habla del arrepentido o de alguien que se infiltra y hasta alguna vez puede cometer algún ilícito dentro del crimen organizado, ello es difícil de sostener éticamente, pero esperamos que estas herramientas sirvan para mejorar la investigación y luchar contra los delitos complejos.
En la figura del arrepentido subyace esa idea de que puede ir escalando desde los lugares más bajos, de aquellos que tienen conocimiento dentro de la organización criminal hasta llegar a quienes realmente tienen poder de decisión en cada uno de los delitos planteados.
Por lo tanto, una vez más vamos a apoyar este tipo de herramientas que se pide desde el poder político en este caso, desde el Poder Ejecutivo para contribuir en la lucha decidida y permanente que todos compartimos contra el crimen organizado.
No quiero ser reiterativo, pero destacaré algunos avances que presenta esta iniciativa surgidos del debate en comisión, del desequilibrio que se logra cuando se discuten las cosas. Los distintos bloques que integran esta Cámara tiene la obligación democrática de hacer concesiones recíprocas para lograr un proyecto apoyado por la gran mayoría, tal como sucede en este caso.
Entre algunas de las modificaciones, me parece importante destacar que se ha eliminado la extinción de la acción y el sobreseimiento como premio al delincuente que aporte datos. Una cosa es reducir proporcional y razonablemente una condena o mejorar la condición de detención de un delincuente condenado y otra muy distinta es exculparlo absolutamente de un delito por el cual fue o será condenado. Quiero destacar este límite que se ha logrado mediante el consenso.
También se ha discutido mucho en torno de la figura del colaborador. Personalmente, me preocupaba sobremanera cómo jueces o fiscales que actuaban en causas distintas terminaban resolviendo o congeniando la situación del colaborador. Creo que este es un tema importante, que no se puede tratar con la celeridad con que se está considerando este proyecto.
La asociación ilícita –ya lo dije en oportunidad de analizar las técnicas que aprobamos hace un par de semanas es una figura bastante compleja, y por el solo hecho de que un juez caratule una determinada situación como “asociación ilícita” se abre una puerta demasiado amplia. Me parece que en este caso no valía la pena hacerlo.
Hay dos o tres cuestiones que creo que todavía debemos corregir, que propondremos en el tratamiento en particular. La primera, se relaciona con los criterios establecidos en el proyecto de ley para que el fiscal y el juez determinen cómo aplican la figura del arrepentido y qué concesiones le hacen. Creo que lo peor que podría pasarnos es que los fiscales y los jueces de distintos lugares o causas apliquen remedios diferentes a situaciones iguales o análogas.
Mi provincia, Salta, es de frontera, y algunos de los temas que acá consideramos delitos complejos, como el narcotráfico y la trata de personas, para nosotros son un verdadero drama social. Inclusive, en los últimos tiempos el narcotráfico llegó a involucrar a un juez federal.
No quisiera que jueces y fiscales pudieran tener, respecto de los arrepentidos, distintos tratamientos para situaciones similares. Por eso, vamos a proponer que donde se establecen los criterios se inserte un párrafo para que en la aplicación práctica de este instituto quede establecida la obligación de fiscales y jueces de contemplar criterios similares para casos análogos. La idea es que esto sea una obligación, porque tampoco queremos que las cámaras de apelaciones se llenen de escritos que manifiesten que a los arrepentidos “Pirulo” y “Juancito” les dieron distintos tratamientos para el mismo tema o por el mismo tipo de información.
También quiero hacer una propuesta en relación con los beneficios. Así como hemos considerado absolutamente positivo que la extinción de la acción no sea un beneficio, que el sobreseimiento no sea posible, y así como la reducción de la pena está limitada para aquellos que tienen como condena cadena perpetua, disponiéndose que no se puede reducir la pena a menos de quince años en estos casos, creo que el beneficio de la libertad condicional tampoco puede no tener límites. Porque entonces a aquel que le corresponda el máximo de la pena quizás ni siquiera le interese la reducción sino la libertad condicional, la excarcelación.
Considero que en el punto 3) del artículo 4° creo que es el actual 2° tenemos que fijar también un límite para el beneficio de la libertad, porque en definitiva es lo más preciado para aquel que ha sido condenado. Si tiene que elegir, en esta especie de trato con el fiscal, optará por la liberación, no por la reducción de la pena, y si esa liberación no tiene límite, alcanza; no importa cuál sea la gravedad del delito por el cual fue condenado.
Creo que en este punto tenemos que hacer una prevención similar a la del caso de la pena de prisión o reclusión perpetua.
En definitiva, una vez que este proyecto sea ley vamos a aportar una herramienta más para la lucha contra el delito. Repito lo que dije cuando tratamos las técnicas, en la sesión anterior. Necesitamos agregar la decisión política clara y concreta de perseguir el delito, no solo la corrupción –de la que tanto estamos hablando en estos días sino también el narcotráfico y la trata. Estos son delitos que rompen el contrato social y que, además, generan en la población –sobre todo en los más humildes un verdadero drama.
Dije en su momento que recientemente se ha creado un juzgado federal en Tartagal, en el límite de la frontera. Es el único juzgado que existe en el lugar, pero está vacante y es necesario cubrirlo. En aquella oportunidad algún diputado oficialista me respondió que se acababa de crear una sala de un tribunal oral en Salta. Quizás fue por desconocimiento, pero vale aclarar que la frontera está a cuatro horas y media de esa sala. Para los extranjeros que cruzan la frontera es absolutamente importante que exista una autoridad federal del carácter de un juez en esa zona, y esta no es una crítica política.
También me decían: “¿por qué no lo hicieron en doce años?”. Aclaro que soy un peronista que no participé del gobierno anterior por muchísimas cuestiones que no viene al caso mencionar ahora; hay muchas cosas que puedo reconocer como positivas, y sin lugar a dudas, muchísimas críticas. No se trata de qué se hizo o se dejó de hacer sino de dar un mensaje claro y directo –como lo vamos a hacer con este proyecto de que no solo aprobamos leyes, sino que ellas están seguidas de acciones y decisión política en un mismo sentido. Esta es la única manera de empezar a combatir al crimen organizado. (Aplausos en las bancas.)


SRA. PRESIDENTA(GIMÉNEZ) Tiene la palabra la señora diputada por San Luis, quien comparte su tiempo con la señora diputada Arenas.


SRA. BIANCHI, IVANA MARIA (SAN LUIS): Señora presidenta: buscando el significado del término “arrepentido”, encontré una definición del diccionario de la Real Academia Española que dice que “arrepentir” es sentir pesar por haber hecho o haber dejado de hacer alguna cosa. Cuando vi esta definición me di cuenta de que poco tiene que ver esta ley y este artículo 41 ter del Código Penal que queremos tratar en este recinto con un verdadero arrepentido. El objetivo es totalmente opuesto a la definición del Diccionario de la Real Academia Española.
En este caso el arrepentimiento no es producto de un examen profundo sobre su conducta en relación con un ilícito que ha cometido una persona, sino que lo que persigue es la obtención de un beneficio, es decir, reducir la pena a cambio de brindar información que pueda ser útil para averiguar otro tipo de delitos.
Este es un toma y daca nuevo dentro del Código Penal argentino, al que no estamos acostumbrados. Obviamente que reprocho esta conducta del arrepentido porque es deleznable el hecho de arrepentirse en pos de un fin, pero también me llama mucho la atención las atribuciones que se pretende dar a la autoridad competente dentro de esta ley.
No nos pueden hacer creer que nos enfrentamos a dos valores en pugna en este momento, es decir, la necesidad de aplicar una pena al arrepentido por el delito que cometió y la urgencia de contar con esta información sobre organizaciones delictivas que trasciende la persona del informante. Esto implica plantear un falso dilema.
¿Por qué digo que es falso? Porque esto va mucho más allá de una disyuntiva. Supone una situación política, institucional y jurídica muy delicada en este país. No debemos olvidar que el arrepentido –hay que decirlo con todas las letras es un delincuente, una persona que no ha hecho lo que debe hacer y que carece de valores para la sociedad.
Según mi punto de vista, los aspectos más conflictivos del proyecto de ley se refieren a la instrumentación procesal de los beneficios que se prevén para el arrepentido. Esto está íntimamente vinculado con la calidad de la información que va a suministrar este delincuente.
En relación con el proceso, pienso que admitir la excarcelación en la etapa de instrucción implicaría exigir al juez una evaluación de la información que puede resultar prematura. Esto lo digo partiendo de la base de que el valor de los datos que va a aportar el arrepentido, recién se va a poder apreciar en el momento del debate, es decir, cuando se pueda constatar si es verídica la información que dio. Por eso, por mencionar un aspecto, se correría el riesgo de que el juez de instrucción valorara uno o varios datos significativos para el proceso de investigación y que por ello concediera la excarcelación a una persona que está imputada por cualquier delito lo aclaro porque no es para un delito sino para varios, pero que posteriormente la cámara federal o el tribunal oral que se ocupe de esta causa valore en forma inversa el aporte que ha hecho el supuesto arrepentido. ¿Qué hacemos entonces con el imputado ya excarcelado? ¿Cuántos juicios puede “comerse” el Estado en relación con este tema?
Obviamente que estoy a favor de una postura más restrictiva. Entiendo que por la información proporcionada sobre la comisión de un delito no corresponde la excarcelación y la reducción de la pena, sino simplemente que se le reduzca la pena, pero una vez culminado el proceso, es decir que se hayan encontrado los verdaderos culpables.
De su simple lectura surge inexplicablemente que el proyecto de ley omite toda referencia a la forma en que se va a implementar esta figura. Una vez más se nota la raigambre procesal del instituto del arrepentido y su falta de inserción en las categorías formales del Código Procesal. Por supuesto esto lleva a cuestiones prácticas sin soluciones.
La política criminal contenida en este proyecto me resulta confusa en cuanto a sus fundamentos y en relación a cómo se implementará.
La República Argentina sobresale por su benignidad en las penas, y voy a dar algún ejemplo. La pena por el enriquecimiento ilícito de un funcionario público tiene un máximo de seis años; la que es producto de una malversación de fondos, un máximo de diez años; y la de cohecho o soborno, un máximo de doce años. A este análisis debemos agregar ahora la figura del arrepentido y la posibilidad de las salidas anticipadas por buena conducta. Además, entre los jueces existe una gran difusión del nocivo dogma de Zaffaroni, quien sostiene que las penas no sirven para nada y que los delincuentes son meras víctimas del sistema, lo que lleva a los magistrados a que muchas veces se alejen deliberadamente de la posibilidad de aplicar los máximos de las penas, siempre prefieren la mínima. Esta cuestión la debemos tener en cuenta.
Encarecidamente digo a los jueces –que son los que van a hacer efectivo este beneficio que estamos hablando de una garantía procesal para estos delincuentes. Por eso les pido responsabilidad en su aplicación no solo para nosotros, que legislamos, sino para el pueblo argentino en general. Esto no se debe aplicar a la ligera o teniendo en consideración presiones netamente políticas. De lo contrario, va a ser una herramienta de impunidad en lugar de la herramienta de persecución penal que espera el pueblo argentino.
En definitiva, esta norma está diciendo: “No delincas, pero si lo hacés, como el bien jurídico que vulneraste con tu conducta compromete el orden público, si colaborás para que descubramos la verdad, la pena que te corresponde va a ser atenuada, y si además tu colaboración es idónea, se te va a eximir de pena”.
El hallazgo de la verdad no constituye un fin en sí mismo, sino que debe ser una cuestión intermedia para llegar a la justicia.
Vamos a acompañar en general este proyecto, y expresaremos algunas disidencias en el tratamiento en particular.
Termino con una frase que dijo hace dos días el gobernador de mi provincia, doctor Alberto Rodríguez Saá: “Los derechos humanos y la Constitución deben ser un piso y no un techo para la justicia”.


SRA. PRESIDENTA(GIMÉNEZ) Tiene la palabra la señora diputada por San Luis.


SRA. ARENAS, BERTA HORTENSIA (SAN LUIS): Señor presidente: estamos ante un proyecto que completa el paquete de leyes enviadas por el Poder Ejecutivo, en este caso particular, consagrando la figura del arrepentido, que ya se encuentra prevista para los delitos de narcotráfico, secuestros extorsivos y trata de personas, y que ahora pretende agregarse fundamentalmente para los delitos de corrupción.
Lamentablemente, no contamos con datos técnicos o científicos, y tampoco fueron ofrecidos por el oficialismo, respecto de cómo ha funcionado la figura del arrepentido en este tiempo que ha estado en práctica para esos delitos, los cuales nos hubieran ayudado bastante.
El año pasado hemos reformado el Código Procesal Penal, donde no existían estas figuras, y las modificaciones incorporadas fueron para que la Justicia dictaminara de manera más rápida para llegar finalmente a la verdad.
Nosotros esperamos que esta figura del arrepentido nos dé una información veraz, novedosa y relevante. Por supuesto, tenemos nuestro temor para no violar la Constitución, puesto que el Estado está negociando nada más ni nada menos que con un delincuente. También una justicia negociada viola el derecho de defensa. Estas son situaciones que nos hacen dudar de esta figura.
Tenemos claro que por sí sola no va a resolver los problemas de corrupción si no va acompañada de políticas de Estado que en su estructura apunten en cada paso a la transparencia, y que los órganos de control, como la Auditoría General de la Nación, actúen como deben y denuncien en el momento oportuno. Hemos escuchado a un auditor que estuvo durante el gobierno anterior manifestar hoy las irregularidades que existían. Hubiera sido correcto que las hubiese hecho públicas en ese momento.
Si bien es verdad que hay cierta ausencia de participación del sector privado, por las denuncias existentes y las que aparecen en forma mediática, observamos que necesariamente hay una participación privada. Por eso desearíamos que frente a casos de corrupción el Estado incentivara la participación y las buenas prácticas de las empresas que tienen apego a lo legal.
Quiero aprovechar estos escasos minutos para reafirmar que acompañaremos en general la iniciativa en consideración, aunque con algunas disidencias parciales, esperando que disminuya la corrupción y sabiendo que el último eslabón de los delitos complejos es el que trae aparejada la inseguridad que sufre la gente.


SRA. PRESIDENTA(GIMÉNEZ) Tiene la palabra la señora diputada por la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.


SRA. DONDA PEREZ, VICTORIA ANALIA (CIUDAD DE BUENOS AIRES): Señora presidenta: la herramienta jurídica sobre la que estamos legislando, la figura del arrepentido, no es extraña en nuestro ordenamiento penal, sino que existe desde hace ya más de una década para otros delitos vinculados con el crimen organizado. Asimismo, durante todos estos años fue utilizada para perseguir el narcotráfico.
Lo que ahora estamos haciendo es unificar todo en una norma, corrigiendo algunas cuestiones que nos parecen importantes e incluyendo los delitos contra la administración pública. Aquí es donde queremos poner el foco, señora presidenta. Creemos que la discusión de este proyecto en las comisiones a las que fue girado fue apresurada y llevada un poco a los empujones; fue una suerte de respuesta a un clima social.
No está mal que la política dé respuesta al clima social, y por eso acompañaremos la iniciativa. En cambio, sí está mal que se mienta a la sociedad. No vamos a terminar con la corrupción por sancionar una ley que contemple la figura del arrepentido. Para nosotros, para nuestra Argentina y nuestro pueblo, la palabra “corrupción” es muy cara. Es un delito que mata.
Hoy a la mañana, mientras venía a la Cámara, me puse a pensar cuándo la frase “la corrupción mata” se hizo carne en nosotros, o por lo menos, en algunos de nosotros. El momento fue aquel día que nos despertamos y nos enteramos de la tragedia de Once. Las cincuenta y dos personas que murieron fueron víctimas del robo de funcionarios públicos y de empresarios inescrupulosos que se enriquecieron a costa de no hacer las obras y las reformas necesarias para preservar la vida de la gente. La tragedia de Once marcó masivamente un antes y un después en nuestra sociedad, que comenzó a darse cuenta de que era cierto aquello que denunciábamos cuando decíamos: la corrupción mata.
Como argentinos, hoy tenemos una oportunidad histórica porque debemos decidir si perpetuamos el sistema de corrupción y cambiamos el nombre de los funcionarios corruptos o si lo modificamos. Si optamos por esto último, este proyecto de ley es una herramienta, solo eso: una herramienta. Pero hay otras, señora presidenta. Existen propuestas que, por ejemplo, tienen por objeto el levantamiento del secreto bancario, que la Argentina deje de tener flujo financiero con los paraísos fiscales y que se abran las cuentas offshore. Ese es el verdadero desafío.
Reitero que hay otros proyectos de ley que apuntan a terminar con la corrupción. Pero no solamente con leyes vamos a terminar con la corrupción. Lo más importante es que tengamos la decisión política de terminar con ella.
No es casual que, en las últimas elecciones, desde este espacio político hayamos llevado como candidata a presidenta a una mujer como Margarita Stolbizer. Ella es hoy una de las personas que, como abogada y con mucho trabajo, llevó adelante una investigación fundamental que apunta a desenmascarar uno de los actos de corrupción por los cuales están siendo investigados funcionarios del más alto nivel dentro del kirchnerismo, inclusive la propia ex presidenta de la Nación.
Por eso, reivindicamos a Margarita Stolbizer por el trabajo que ha realizado llevando adelante esta causa. Nos parece fundamental que la Justicia avance mediante los juicios y las investigaciones correspondientes para que todo acto de corrupción llevado a cabo por el gobierno anterior sea descubierto. De esta forma, los corruptos saldarán su deuda ante la Justicia.
De todas formas, nuestro compromiso con la honestidad no debe terminar allí. Para nosotros es fundamental transformar este sistema que permite que el Estado sirva para enriquecer a algunos funcionarios y empresarios que viven de él como si fueran parásitos, administrando la pobreza de las mayorías. En relación con este tema también quiero hacer un llamado a la sociedad.
En la edición de hoy del diario La Nación se ha publicado un interesante informe de la Oficina Anticorrupción, cuya lectura recomiendo. Mediante dicho informe el citado organismo, encabezado por la ex diputada Laura Alonso, advierte sobre la existencia de incompatibilidades en los cargos por parte de varios funcionarios de primera línea del actual gobierno. Uno de ellos es nada más ni nada menos que el ministro Aranguren, conocido por el brutal tarifazo que está llevando adelante contra el pueblo trabajador y por haber sido gerente de una de las petroleras más grandes que actúan en nuestro país.
Quien actualmente tiene a su cargo la tarea de llevar adelante la política en materia energética continúa siendo accionista de esa empresa petrolera; concretamente, tiene acciones de esa empresa por 22 millones de pesos. Casi nada. Casualmente, esa empresa fue favorecida por él en varias licitaciones durante los primeros meses de su propia gestión. Esto constituye una incompatibilidad en la función, lo que puede conducir a la corrupción debido a que eso le cuesta dinero al Estado, y cuando eso ocurre, le están robando plata al pueblo.
En este informe también se cita a otros funcionarios. Es muy interesante ver la incompatibilidad que, según la Oficina Anticorrupción, tiene el vicejefe de Gabinete de Ministros, Mario Quintana, uno de los dueños de Farmacity, empresa que participó en las operaciones de compra de dólar a futuro, una de las causas judiciales que también se está llevando adelante contra la ex presidenta de la Nación y por la cual además fue citada a declarar ante el juez.
Realmente, nuestro rol en este recinto en la presente sesión, además de sancionar este proyecto de ley por el que se crea la figura del arrepentido, es emitir una fuerte declaración de nuestra parte en contra de la corrupción. Debemos decir la verdad a la sociedad.
La ley del arrepentido será una herramienta al servicio de los jueces y fiscales para que investiguen. Pero quienes tenemos que luchar contra la corrupción somos todos aquellos que decimos querer representar al pueblo. Y para representar a este pueblo compuesto por hombres y mujeres que salen todos los días a ganarse el pan con su trabajo, tenemos que decir si realmente estamos dispuestos a cambiar de sistema o solamente hacemos discursos de ocasión para que cambien los nombres de quienes se enriquecen con el dinero que aporta cada uno de los ciudadanos y ciudadanas que pagan los impuestos en este país.
Nosotros vamos a votar afirmativamente el proyecto de ley en tratamiento. Entendemos que constituye un avance, una herramienta más. También creemos que esta iniciativa ha mejorado mucho en las comisiones y reuniones plenarias gracias al aporte de todos los bloques. Pero también pensamos que es nuestra obligación interpelar a todos. Para decir “no” a la corrupción no alcanza solamente con votar un desafuero. Lo que hay que hacer es decir “no” en serio, para que aquellas personas que no deben ocupar un cargo no lo asuman y se pongan a disposición de la Justicia.
Porque queremos una política sin hipocresía y porque lo peor para la política son aquellos políticos que se enriquecen con ella, estamos acá para votar afirmativamente este proyecto. (Aplausos en las bancas.)


SRA. PRESIDENTA(GIMÉNEZ) Tiene la palabra el señor diputado por Salta.


SR. LOPEZ, PABLO SEBASTIAN (SALTA): Señora presidenta: es claro que estamos en una sesión que ha sido armada para mostrar que se están tomando iniciativas contra la corrupción, tema que ha sido eje de campaña del oficialismo y también de algunos sectores de la oposición. También está claro que los bolsones llenos de dólares de José López han precipitado el tratamiento de estas iniciativas. Sin embargo, no han frenado la consideración del proyecto que se aprobó en este recinto la semana pasada, que permitirá a los socios de José López, a los evasores y vaciadores de este país, blanquear su dinero e incluso sus propiedades.
Es claro que esta sesión ha sido armada con este paquete de proyectos, “para la tribuna”. Digo esto porque los delitos que –dicen pretenden combatir se han desarrollado en todo este período involucrando al conjunto del régimen político y del Estado, que ha sido cómplices desde sus fuerzas de seguridad y desde su Justicia.
Probablemente, no sean “para la tribuna” los aspectos del reforzamiento del aparato represivo o de la represión del Estado, que siempre están incluidos en este tipo de iniciativas, que por otro lado provienen del imperialismo. El imperialismo es el garante de la actuación de las peores mafias y masacres del mundo. Los bancos de ese imperialismo hoy son intermediarios, a través de empresas offshore como la que tiene el presidente Macri, para llevar al circuito legal los dineros del narcotráfico, de la trata de personas y del contrabando de armas, como un mecanismo de rescate de la propia crisis capitalista.
En Estados Unidos ya hay bancos que están denunciados por blanquear el dinero de los cárteles del narcotráfico de México.
Esta figura del arrepentido que hoy se está discutiendo aquí no es una novedad, como bien dijo el señor miembro informante del dictamen de mayoría; ya estaba incluida en el tema del narcotráfico desde el año 95. Sin embargo, de los tres ejemplos que dio ni uno solo era de la Argentina, ni del narcotráfico ni de la trata de personas, donde están incluidas estas figuras.
La trata de personas ha crecido en este período a pesar de la existencia de esta figura, y hay muy poca gente procesada. Sin embargo, no hay procesados policías ni funcionarios del Estado, aunque muchas veces son nombrados por los acusados de la trata de personas como cómplices de ese espurio negocio.
Podemos citar varios ejemplos: en mi provincia, Salta, el ex intendente de Salvador Mazza, localidad fronteriza con Bolivia, fue encontrado en un prostíbulo y denunciado por trata de personas. Estamos hablando de quien fuera candidato en la lista del oficialismo local para alcanzar su reelección, cosa que no logró. Como digo, fue encontrado en un prostíbulo con gente muy cercana a la Intendencia de Salta. También podríamos mencionar el prostíbulo situado a media cuadra de la central de policía, en pleno centro de la ciudad de Salta.
¿Qué pasó con Raúl Martins, amigo del presidente, quien fue denunciado por su propia hija como tratante de personas y financista de la campaña electoral, causa que se encuentra archivada? Existen casos de narcotráfico con enormes vinculaciones con el poder del Estado. Cuántos “narcopolicías” y “narcogendarmes” hay en todas las provincias. En el caso de la fiesta de Time Warp, donde murieron cinco jóvenes, claramente está involucrada la Prefectura Naval y los funcionarios del gobierno de la ciudad. Lamento que la diputada Carrió, que cree tener la verdad como dicen algunos, no esté presente en este momento. Recuerdo que su bloque votó en contra de la propuesta de nuestro legislador Marcelo Ramal de crear una comisión investigadora para esclarecer este hecho.
Hay miles de ejemplos que podríamos citar: los “narcoconcejales” de Salvador Mazza, vinculados con un ex diputado del PJ que está involucrado en el crimen de Liliana Ledesma, ocurrido hace diez años y que quedó impune. Recordemos que Liliana Ledesma lo denunció en la Cámara de Diputados por los vínculos que tenía con el narcotráfico. Sin embargo, todos los bloques políticos rechazaron nuestra iniciativa que propiciaba la investigación de este ex diputado.
Hay dos jueces de Salta uno de ellos, de Orán, ciudad fronteriza con Bolivia- denunciados por recibir coimas de narcotraficantes para lograr su liberación. Un diputado se preguntaba con mucho tino si con esta figura del arrepentido no estaríamos facilitando a este tipo de jueces una excusa para llegar a un acuerdo y legalizar la coima. De este modo podrían eximir de prisión al acusado bajo el argumento de que llegaron a un acuerdo con la figura del arrepentido.
Ni hablemos del triple crimen de General Rodríguez, que involucra a diversos funcionarios. Así podríamos seguir nombrando una larga lista de ejemplos, como el que se le escapó a la diputada denunciadora. En la Unidad de Información Financiera han puesto al abogado del HSBC, principal banco acusado de lavado de dinero en el país. Es la tercera vez que digo en este recinto que han puesto al zorro a cuidar el gallinero. Les hablo a quienes dicen que vienen a combatir el narcotráfico, el lavado de dinero y la corrupción.
Es claro que no será el Estado garante de estos negocios quien proceda a acabar con ellos. La corrupción que hoy se incorpora a la figura del arrepentido no constituye una nueva modalidad del delito, como ha dicho alguna diputada. La corrupción del Estado y los sobreprecios de la obra pública son tan viejos como el propio Estado. Cuántos escándalos hemos tenido vinculados con las obras públicas. Esta figura del arrepentido está buscando una transa con los delincuentes, no para llegar al fondo de la corrupción sino hasta un determinado punto, que en este caso es el diputado Julio De Vido. De lo contrario, cómo se entiende la declaración del presidente provisional del Senado, el senador Federico Pinedo, cuando sostuvo que en su opinión la ex presidenta de la Nación no conocía en detalle lo que hacía José López. ¡Por favor! Es evidente que no quieren llegar hasta el final, porque si siguen tirando del ovillo en el caso José López van a caer todos los empresarios y funcionarios que se han enriquecido y han vivido de los sobreprecios en la obra pública.
En ese sentido, recordemos que hasta un empresario confesó que es cómplice de haber garantizado este mecanismo que se viene implementando en la Argentina desde hace mucho tiempo.
Lo que hoy ocurre en la Argentina es lo mismo que está pasando en Brasil con el empresario Odebrecht. Podríamos decir que ese solo empresario en la Argentina representaría a los Cristóbal López, Calcaterra, Caputo y Lázaro Báez. Digo esto porque es el dueño de una gran empresa; lo conocen como “el dueño de Brasil”. Esta persona va a acceder a este tipo de figura, que allá se denomina “delación premiada”, para que le bajen la pena. Ese es el beneficio que le van a dar a quien se robó prácticamente el país entero y hoy somete a un brutal ajuste a sus trabajadores como consecuencia de la quiebra de su empresa. Esto es lo mismo que en la Argentina quieren hacer con nuestros trabajadores quienes fugaron las divisas del país.
Como dije, en Brasil le van a bajar la pena al dueño de la empresa que está involucrada hasta el cuello en los casos de corrupción y que financió al régimen político que en los últimos años gobernó en ese país.
Queda en claro que, tal como ocurre en Brasil, los “carpetazos” van y vienen, porque lo que se está buscando es un nuevo reparto del botín incorporando a las empresas del imperialismo yanqui.
Por otro lado, como hacen siempre, a este tipo de normas le agregan el tema de la lucha contra el terrorismo para perseguir a los luchadores populares, tal como lo hicieron en su momento con otra norma para perseguir a los ambientalistas en la Argentina y a las comunidades mapuches en Chile. De esta manera pretenden reforzar el aparato represor del Estado para atacar a los que verdaderamente luchan contra la corrupción de los banqueros, de los empresarios y de los terratenientes.
No es menor el dato de que en esta sesión se haya planteado una polémica con los bloques de izquierda. Esto pone de manifiesto que la izquierda se está erigiendo como una alternativa política frente a la corrupción, el saqueo y el vaciamiento del país que se implementó en favor de los grupos empresarios que hoy descargan sus pérdidas sobre los trabajadores mediante un brutal ajuste.
Nosotros no vamos a formar parte de un engaño contra la población, a la que le están diciendo que con esta iniciativa se acaba la corrupción. Hay que decirle a la ciudadanía que con una ley de este tipo José López que fue secretario de Obras Públicas durante doce años puede quedar libre.
Por todas estas razones vamos a acompañar el dictamen de rechazo a esta iniciativa presentado por el Frente de Izquierda. Nuestra posición se inscribe en la lucha por el desmantelamiento de este Estado capitalista y corrupto y a favor del gobierno de los trabajadores.


SRA. PRESIDENTA(GIMÉNEZ) La Presidencia informa que con la intervención del señor diputado por Salta damos por finalizados los términos asignados a cada uno de los bloques, con lo cual abrimos la lista de oradores individuales, cada uno de los cuales dispondrá de cinco minutos.
Tiene la palabra el señor diputado por la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.


SR. PATIÑO, JOSE LUIS (CIUDAD DE BUENOS AIRES): Señora presidenta: voy a ser muy breve porque considero que ya se ha dicho casi todo, al menos en lo que respecta a las cuestiones técnicas.
Como se ha señalado a lo largo del debate, el proyecto en tratamiento tiene por finalidad crear y ampliar las herramientas existentes para llegar a fondo con las investigaciones en los casos del delito organizado.
En ese sentido, tal como lo han manifestado otros señores legisladores, la figura del arrepentido se aplica desde hace mucho tiempo en el ámbito internacional. Además, cabe recordar que nuestro país se comprometió a luchar contra la corrupción al suscribir la Convención contra la Corrupción, de Caracas, en 1996, y en Naciones Unidas en 2003.
Se dijo también que la figura del arrepentido existe en nuestra legislación penal desde hace mucho tiempo para casos de narcotráfico, terrorismo, secuestro extorsivo y trata de personas. Incluso se intentó presentar esto como prueba de que el instituto no sirve. Que se haya aplicado pocas veces es precisamente lo que hace a la necesidad de contar con un instrumento que mejore el instituto, otorgando por ejemplo mayores garantías y mayor protección al arrepentido.
Por eso, celebro que mediante este proyecto se extienda el instrumento a delitos de corrupción en el manejo de los fondos públicos y daré mi voto afirmativo al dictamen de mayoría. Los casos de corrupción suelen ser casos complejos donde intervienen múltiples actores, que además generalmente son actores poderosos, tan poderosos que parece que a lo único que le tienen miedo es a la tapa de algún diario, que comúnmente es el más leído.
La estrategia del poder corrupto es impedir el trabajo de la Justicia, y nosotros estamos precisamente para facilitarle el trabajo a la Justicia, de manera tal que pueda devolver a los ciudadanos el valor de vivir protegidos, respetados y representados.
Señora presidenta: cuando legislamos también comunicamos, emitimos un mensaje. Por eso, como dijo una diputada preopinante, venimos a dar la señal de que estamos dispuestos a ir a fondo contra las mafias del narcotráfico y de la trata de personas, y sobre todo contra la mafia organizada de la corrupción política.
Lo primero que destruye la corrupción, para poder afianzarse, es la esperanza social. Por eso celebro también que en este período estemos votando leyes importantes al respecto, como la ley de acceso a la información pública y estas normas sobre la figura del arrepentido y la extinción de dominio y repatriación de bienes.
Estamos seguros de que con estas leyes no estaremos solucionando el problema de la corrupción de la noche a la mañana, pero estaremos devolviendo la esperanza a la gente que nos votó, que espera de nosotros que impulsemos un cambio estructural y sustancial en la política argentina. (Aplausos en las bancas.)


SRA. PRESIDENTA(GIMÉNEZ) Tiene la palabra el señor diputado por la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.


SR. RAFFO, JULIO (CIUDAD DE BUENOS AIRES): Señora presidenta: en primer lugar, quiero decir que apoyo este proyecto en general.
Personalmente, he seguido de cerca cómo funcionó este tema en Brasil. Allí no andan con eufemismos, sino que describen las cosas como son. Por eso ellos hablan de “delación premiada”. Considero que el término “arrepentido” es pésimo. El arrepentimiento es una cuestión del fuero interno, y aquí se trata del obrar externo, de la colaboración que se preste para investigar, esclarecer el delito y recuperar lo robado.
Por eso, me permito insistir en que no se debe hablar de arrepentido sino de colaborador, colaborador eficaz o el término que se decida. El término “arrepentido” retrocede cuatrocientos años en la distinción entre la moral y el derecho; ya Tomasio, Del Vecchio y Kant hicieron esa distinción. Creo que incorporando el término “arrepentido” en una norma jurídica como esta estamos ignorando esa distinción.
Dicho esto, señora presidenta, quiero expresar mi desazón por la forma en que estamos legislando, pues lo estamos haciendo en forma atropellada y a tambor batiente. Hoy estamos tratando dos leyes importantes en una misma sesión. Hago mías las palabras que la diputada Stolbizer expresó en el plenario de comisiones, donde expuso esta misma preocupación. También hago mías las palabras de la diputada Bregman, que hoy dijo aquí que no se trabajó adecuadamente en las reuniones de asesores. Aclaro que he sido asesor de diputados durante doce años, por lo que conozco la importancia que tiene el trabajo de los asesores.
Todo eso ha llevado a que legislemos mal. Por eso durante la discusión en particular voy a pedir que se modifiquen los artículos 1°, 2°, 3° y 15. Quiero ilustrar lo que estoy diciendo.
El artículo 1° sustituye el inciso g) del artículo 41 ter del Código Penal de la Nación, por la siguiente redacción: “g) Delitos cometidos por asociaciones ilícitas en los términos de los artículos 210 y 210 bis del Código Penal;”.
En nuestro derecho, las asociaciones ilícitas no tienen personería jurídica ni cometen delitos. Los artículos 210 y 210 bis castigan al que participa con otro para cometer un delito; eso se tipifica como delito. Con esta redacción no se castigará a nadie porque si no está descripto el tipo penal como corresponde, se aplica el principio constitucional que todos respetamos, que es in dubio pro reo. Aquí no se dice que se castiga a la persona que interviene en una asociación ilícita sino a la asociación ilícita.
Nótese que en el artículo 41 ter, que estaba muy bien redactado, no se hace mención ni del arrepentido ni del colaborador, sino que se describen los hechos que generan.
El artículo 3º, establece: “Oportunidad. El acuerdo con el colaborador o arrepentido al que se refiere el artículo 41 ter del Código Penal…”, cuando el artículo 41 ter no se refiere a ningún arrepentido ni colaborador. Quiere decir que hacemos referencia a un artículo que no dice tal cosa, y no debe ser así.
Apelo a la conciencia transversal de todos los diputados de esta casa para que nos demos un poco más de tiempo. Hagamos sesiones para tratar una norma por vez. No hay tanta urgencia para que estemos tratando estos dos proyectos de ley tan importantes en una sesión atropellada, tal como la denominé.
Esta iniciativa, si está bien redactada, brindará herramientas para desbaratar bandas; así como está, no servirá. Debemos trabajar para que realmente sea un instrumento como el que en Brasil permitió desbaratar bandas.
Quiero destacar que a veces se confunde el derecho de la sociedad, que es la titular principal en los delitos de acción pública, con el derecho que tienen las víctimas de esos delitos; pero en nuestro sistema jurídico el derecho de la sociedad es superior. Tanto es así que en los delitos de acción pública la víctima no puede perdonar. En su fuero íntimo una persona puede perdonar al que da una puñalada, pero la sociedad debe castigarlo porque ese hombre puede andar dando puñaladas a cualquiera. Por eso, me complace que no se haya incorporado a la víctima en el acuerdo.
Sin embargo, debo subrayar otra anomalía, producto del apuro con el que estamos trabajando.
Se prevén dos tipos de incumplimiento o transgresiones de quien firma el acuerdo. Uno de ellos es el establecido por el artículo 276 bis, que dice: “Será reprimido con prisión de cuatro (4) a diez (10) años, el que acogiéndose al beneficio del artículo 41 ter, proporcionare información falsa o datos inexactos.” ¡Qué interesante! Un tipo que está condenado a perpetua proporciona datos inexactos, no se prevé la anulación del beneficio y lo castigan con diez años; pasó de perpetua a diez años.
La mayor parte de los delitos previstos en esta norma, sobre todo los que hacen referencia al artículo 41 quinquies, tienen más de diez años de condena. Así, el que esté condenado por estos delitos saldrá a mentir porque si le va bien le reducen la condena y si le va mal lo condenan a diez años.


SRA. PRESIDENTA(GIMÉNEZ) Vaya concluyendo, señor diputado.


SR. RAFFO, JULIO (CIUDAD DE BUENOS AIRES): Otra curiosidad es que el artículo 15 prevé la corroboración del cumplimiento de las obligaciones que el arrepentido o colaborador hubiere contraído. Esto es distinto de lo anterior, porque una cosa es mentir y otra distinta es no brindar toda la información que se prometió. Para este incumplimiento no se prevé ninguna sanción. El juez o el fiscal corroboran si cumplió o no cumplió, y no pasa nada. Me parece que tenemos que corregir esta redacción.
En la discusión en particular voy a proponer las correcciones que me parece que son absolutamente necesarias.


SRA. PRESIDENTA(GIMÉNEZ) Tiene la palabra el señor diputado por Formosa.


SR. HERNANDEZ, MARTIN OSVALDO (FORMOSA): Señora presidenta: en primer lugar, considero importante destacar el amplio debate que se ha dado en el tratamiento del proyecto desde la presentación por parte del Poder Ejecutivo nacional en este Parlamento, sumándose a otros proyectos con trámite parlamentario, que tienen autoría horizontal de todos los bloques.
Los señores diputados han tenido oportunidad de hacer observaciones, propuestas, correcciones y sugerencias. Incluso, la autoría de estos proyectos indica una posición en cuanto a lo favorable de este instrumento, de esta herramienta procesal. Considero que la misma amplitud que ha tenido este Congreso desde el inicio de las sesiones ordinarias va a seguir estando si se presentaran observaciones en la discusión en particular.
Quiero expresar mi satisfacción por el tratamiento de este proyecto porque aborda en un momento muy especial la implementación de la figura del arrepentido para los casos que tienen origen en hechos de corrupción. Lo hace de manera completa y ordenada, unificando, clarificando y ampliando lo que incluso ya está vigente, porque está unificando en una sola norma, en un solo instrumento jurídico, la figura del arrepentido.
Incorpora algunas figuras, como la que estamos considerando y celebrando, vinculadas a la corrupción, y sostiene –como bien se ha dicho acá otras relacionadas con el narcotráfico, el lavado de activos, la trata de personas, etcétera.

- Ocupa la Presidencia el señor presidente de la Honorable Cámara, doctor Emilio Monzó.

SR. HERNANDEZ, MARTIN OSVALDO (FORMOSA): Pero es muy significativo que estemos tratando este proyecto, y la verdad es que no nos corre ninguna tapa, ningún hecho, ningún medio, porque indignaciones en este país han habido muchas, indignaciones en esta Nación hemos tenido los argentinos desde hace muchos años, cuando en el país han muerto argentinos por la corrupción, por el despilfarro y por el enriquecimiento de funcionarios públicos que no hicieron lo que tenían que hacer.
Muchas veces los argentinos hemos tenido que transitar procesos y hechos de corrupción que nos han indignado profundamente. Por eso hablo de que no hay un hecho en particular que provoca el tratamiento de este proyecto. Hay hechos, una estructura y una matriz de corrupción a los que debemos atacar, y tenemos que trabajar entre todos para construir las mejores herramientas que nos permitan luchar contra la corrupción.
Por eso decía que es muy significativo que estemos tratando este proyecto, porque ante una reiteración de hechos que han logrado superar nuestra capacidad de sorpresa en estos últimos días, el mensaje de la política debe ser contundente. No hay ninguna actitud corporativa de nadie en esta Argentina que comenzó a transitar por un camino diferente desde el 10 de diciembre del año pasado.
La decisión es clara e indudable: tolerancia cero a la corrupción. Vamos a impulsar, sancionar y legislar todas las herramientas necesarias para que los responsables de la corrupción vayan presos, y este también es un mensaje para la Justicia.
No queremos más excusas. Queremos una Justicia que actúe, que avance, que investigue, que se comprometa y deje la pasividad que muchas veces se ha transformado en la impunidad con la que se han movido funcionarios y empresarios amigos del poder para enriquecerse.
Para finalizar, simplemente celebramos el tratamiento de este proyecto juntamente con otro que seguramente vamos a tratar dentro de unas horas, el de extinción de dominio, que vincula a este gobierno con la contundente decisión de luchar contra la corrupción. Así lo estamos haciendo. (Aplausos en las bancas.)


SR. PRESIDENTE(MONZÓ) Tiene la palabra la señora diputada por la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.


SRA. LOPARDO, MARIA PAULA (CIUDAD DE BUENOS AIRES): Señor presidente: con este proyecto que acompañamos desde el bloque de Cambiemos venimos a dar respuesta a un reclamo de la sociedad que exige que se termine con la impunidad hacia los funcionarios que, amparándose en la autoridad que le confió la ciudadanía, incurrieron en graves delitos de corrupción y se enriquecieron ilícitamente.
También venimos a dar respuesta a un reclamo de la ciudadanía, que exige se termine con la impunidad respecto de aquellos que, al calor de las asociaciones ilícitas vinculadas con redes internacionales que cuentan con tecnología sofisticada y gran financiamiento, cometen delitos atroces que resultan violatorios de los más básicos derechos humanos. Me estoy refiriendo a la figura del arrepentido en relación con los delitos de corrupción de menores, proxenetismo, inducción a la prostitución y pornografía infantil.
El enriquecimiento ilícito afecta principalmente a los sectores más vulnerables, porque los fondos que fueron a los bolsillos de los funcionarios están siendo desviados. De esta manera se está privando a los sectores más vulnerables de los servicios más básicos y, lo que es peor, se traiciona la confianza pública que la ciudadanía depositó en los funcionarios.
De modo que tanto la figura del arrepentido para los delitos de corrupción como los relativos al proxenetismo, trata de menores, prostitución y pornografía infantil vienen a sumarse a dicha figura que ya estaba reconocida para otros delitos. Las provincias pueden sumarse dictando medidas similares. Con la figura del arrepentido se está ofreciendo un beneficio que permite remontar la cadena de responsables para esclarecer los hechos, identificar a los culpables, llegar a la fuente de financiamiento e identificar el paradero de la persona y no solamente la identidad de quienes son los autores y partícipes de estos delitos de tanta gravedad.
La regulación de la figura del arrepentido está diseñada conforme con la resolución de la ONU contra la corrupción. En el proyecto de ley tuvimos cuidado de que su figura no vulnere garantías constitucionales.
Me complace formar parte de un espacio político que está empeñado en revalorizar la ética pública y combatir el flagelo que provoca la corrupción y el crimen organizado. (Aplausos en las bancas.)


SR. PRESIDENTE(MONZÓ) Tiene la palabra el señor diputado por San Juan.


SR. TOMAS, HECTOR DANIEL (SAN JUAN): Señor presidente: creo que en general ya hemos manifestado todo lo que pensábamos en relación con este proyecto de ley.
Por distintas fallas en la investigación o la persecución penal ahora nos encontramos debatiendo nuevas herramientas. Una de ellas tiene que ver con el tema del arrepentido. Estamos hablando de un imputado. Por eso hemos dicho en las reuniones de comisión que no estamos de acuerdo con el “colaborador eficaz”, porque es una figura que aparece fuera del proceso, y se puede generar la situación de que tiren de un lado y del otro, como ocurrió en México o Colombia, donde los distintos carteles se acusaban unos a otros y no permitían que esta herramienta se utilizara adecuadamente.
Debemos entender que existe un sistema penal argentino. Tenemos que respetar los principios de legalidad e igualdad para que si dos personas cometen el mismo delito tengan la misma sanción. Esta herramienta apunta –como muy bien dice el proyecto a reducir un tercio la mínima pena o a la mitad la máxima. En definitiva, es importante señalar que el arrepentido debe ser una persona imputada o condenada que brinde información veraz para contribuir a resolver la causa y determinar quiénes son los responsables. De lo contrario, carece de sentido.
Quiero agradecer el hecho de que en la comisión que preside la señora diputada Burgos se hayan aceptado muchas de las propuestas que formulamos. Una de ellas tiene que ver con el hecho de permitir la eximición de prisión.
Quiero aclarar que no hablamos solamente de delitos contra la administración pública. Hay otros tipos legales que ya estaban fijados en otras leyes, como acontece con los estupefacientes o los actos cometidos para atemorizar a la población. También está la corrupción, la prostitución de menores, la trata de personas y los secuestros extorsivos, hoy tan en boga en Capital Federal y en la provincia de Buenos Aires. Además, se consideran los delitos financieros. En este aspecto, la Justicia debe estar atenta para preservar la prueba que aporte el arrepentido de la mejor manera. Por eso hemos decidido apoyar en general esta figura, como una nueva herramienta ante una tipicidad de delitos que suceden en nuestro convivir diario.
Esto no servirá para que estos delitos no se cometan más, pero aspiramos a que de alguna forma contribuya a solucionar el tema de la inseguridad en la Argentina.


SR. PRESIDENTE(MONZÓ) Tiene la palabra la señora diputada por Santa Fe.


SRA. MASSETANI, VANESA LAURA (SANTA FE): Señor presidente: voy a ser lo más breve posible, pero no puedo dejar de expresar algunas ideas que considero importante plasmar en este debate.
Compartimos la decisión política de incorporar este instituto a nuestro derecho, por dos cuestiones fundamentales. Primero, creemos que esta ley es una antigua demanda de la sociedad. Lo hemos visto y vivido en cada ciudad que recorrimos, como Rosario y Casilda, mis ciudades, y no son una excepción. Además, esta ley forma parte del Código Penal que presentó Sergio Massa hace más de dos años.
Existen dos modelos probados en el mundo con eficacia: uno es el modelo utilizado en Brasil, la delación premiada, y el otro el modelo alemán, del arrepentimiento eficaz.
En el proyecto de código de Sergio se tomó como base el modelo alemán. Vemos con mucho agrado que el proyecto que hoy estamos discutiendo en el recinto tome como base dichos lineamientos.
Los ciudadanos tienen que saber que con este tipo de leyes ingresamos al más selecto grupo de países con legislación innovadora para la persecución eficaz de delitos complejos como la trata de personas, el narcotráfico y el lavado de dinero, que son delitos que trascienden nuestras fronteras.
Desde el Frente Renovador somos tributarios de la idea sistémica. Esta herramienta servirá solo en la medida que forme parte de un sistema. Por eso, la entendemos como un primer paso para discutir un nuevo Código Penal que no solo recepte el delito de corrupción, sino que también se adapte a las nuevas modalidades delictivas y persiga realmente al crimen organizado.
Sabemos que es una herramienta eficaz. El crimen organizado hoy nos está disputando a los jóvenes e hipotecando su futuro. Basta con ver en lo que se ha convertido mi ciudad, como cualquier otra de este gran país, en los últimos años.
Es importante destacar que con las herramientas con que hasta hoy contaba la Justicia no se ha logrado desbaratar ninguna banda importante. Es más, nuestra legislación ha llegado a permitir de algún modo la instalación de los carteles más famosos del mundo. Nuestras fronteras, señor presidente, son un colador, y casi siempre nos ha conformado agarrar a algún perejil.
A partir de la sanción de esta ley estarán dadas las condiciones para que las cabezas de esas organizaciones criminales estén donde tienen que estar.
Para concluir, es justo destacar la voluntad del oficialismo, que ha receptado las propuestas del Frente Renovador en el sentido de modificar el proyecto original enviado por el Poder Ejecutivo, entre otras –y la más importante- logramos que el arrepentido solo pueda reducir su pena, pero nunca eximirse de ella, porque eso implicaría no pagar por el delito que cometió. Valoramos el aporte del arrepentido, pero jamás votaremos una herramienta jurídica que le garantice impunidad.
Estas leyes son el principio de futuros cambios que la Argentina necesita. Desde el Frente Renovador aspiramos a un sistema penal que considere entre los delitos al tipo penal de la corrupción, porque la vida es un bien jurídico preciado y sabemos que la corrupción, hoy por hoy, nos está matando. (Aplausos en las bancas.)


SR. PRESIDENTE(MONZÓ) Tiene la palabra el señor diputado por Neuquén.


SR. LOPEZ KOENIG, LEANDRO GASTON (NEUQUEN): Señor presidente: cuando hace seis meses asumí en esta Cámara de Diputados, espontáneamente me surgió un juramento, que entendí era un mandato popular que nos daba el pueblo que nos había honrado con la posibilidad de representarlo en esta Cámara. En aquel momento juré por Dios y la Patria, y para que todos los corruptos que se robaron nuestro país vayan presos.
Entendí, como entiendo en este momento, que la sociedad argentina reclama un cambio que pueda poner límites y terminar con la impunidad que tanto mal nos ha hecho.
Nuestro gran desafío como gobierno es recuperar a la Justicia como institución, fortalecerla y terminar con la impunidad. Asimismo, que la gente vuelva a confiar en que cuando denuncia un delito este no quedará impune. Quienes nos votaron no lo hicieron pensando en un modelo económico o en nuestra propuesta sobre lo que íbamos a hacer como gestión; lo hicieron pensando en que un cambio moral y ético llegaría a la Argentina, y quienes formamos parte de este gobierno estamos comprometidos a cumplir ese mandato.
La sociedad necesita de valores, de ejemplos y de un sistema de premios y castigos. La gente no realiza denuncias en nuestro país porque cuando es víctima de un delito siente que ir a la comisaría es una pérdida de tiempo; siente que la impunidad reina en la Argentina. Nuestros jóvenes crecen en las ciudades sin ejemplos, sin un sistema de premios y castigos, sin méritos ni valores.
Estoy convencido de que el gobierno que integro tendrá mucho éxito en el plano económico; no tengo dudas de que logrará inversiones, generación de empleo, crecimiento e infraestructura y que el país mejorará en muchos aspectos. Pero esto no alcanza si no logramos fortalecer las instituciones, tener una Justicia independiente y terminar con la impunidad que tanto mal nos ha hecho.
En el marco de este desafío que asumimos para unir a los argentinos, lograr pobreza cero y derrotar al narcotráfico, hoy pondremos un ladrillo más con la sanción de este proyecto de ley.
Avanzamos mucho en estos seis meses: el nombramiento de dos juristas para integrar la Corte Suprema de Justicia, la creación de técnicas especiales de investigación, la sanción de la ley de flagrancia y el debate sobre la reforma del Ministerio Público Fiscal son avances significativos en la búsqueda de ese anhelo de lograr una Justicia independiente y eficaz en la Argentina.
Obviamente, lo que nosotros podemos hacer está limitado a nuestro rol como legisladores o, en el caso de los funcionarios, al Poder Ejecutivo. Luego, los jueces deberán tomar la posta y cumplir con el mandato que les ha dado la sociedad; en otras palabras, tendrán que ponerse los pantalones y llevar adelante las investigaciones que hasta ahora permanecían en sus escritorios.
Finalmente, quiero citar una frase sobre la que he pensado mucho en este último tiempo y que es famosa entre los argentinos. Pertenece al presidente Alfonsín, quien dijo: con la democracia se come, se cura y se educa. Aquel estadista, aquel visionario, con esas palabras quiso enseñarnos que para resolver los problemas del día a día primero había que fortalecer las instituciones. Entonces, dejemos la democracia como un valor que no pueda volver atrás ni ser modificado y, a partir de ahí, empecemos a solucionar los problemas del día a día.
Esta frase que muestra al presidente Alfonsín como un gran estadista, si la trasladamos a esta época podemos reivindicarla diciendo –salvando las distancias que con la Justicia se come, se cura y se educa. Este es el gran desafío para que las próximas generaciones puedan gozar de un mejor nivel de vida. Esto es lo que queremos hacer desde Cambiemos. (Aplausos en las bancas.)


SR. PRESIDENTE(MONZÓ) Tiene la palabra el señor diputado por San Juan.


SR. GIOJA, JOSE LUIS (SAN JUAN): Señor presidente: seré breve. Respecto de la iniciativa en consideración, solicito que se inserte mi discurso en el Diario de Sesiones.
Quiero aprovechar esta ocasión para explicar el sentido de nuestro voto en el proyecto de resolución vinculado con el señor diputado De Vido. El creador de nuestra doctrina, el general Perón, decía: dentro de la ley, todo; fuera de la ley, nada. Tenemos muy en claro que si no hay un juez que pida determinadas medidas a los parlamentarios para investigar, esas medidas no se pueden tomar. Por eso votamos como votamos.
Quiero decir también que, durante el debate de esta mañana, tal vez por la pasión y el ardor que en él se puso de manifiesto, creo que se intentó desacreditar porque no se lo va a manchar- a un hombre que integra este Parlamento y con el que compartí tareas institucionales; yo, como gobernador de mi provincia, y él, como gobernador de la suya.
En este sentido, quiero reiterar mi reconocimiento a la honorabilidad del señor diputado Hermes Binner, quien lamentablemente fue agraviado en la mañana de hoy. No soy quién para hacer esto, pero humildemente deseo reconocer su tarea.
En relación con el proyecto de ley en consideración, por el que se crea la figura del arrepentido en nuestro Código Penal, simplemente quiero decir, porque no soy abogado, que no debemos actuar por espasmos o por cosas que pasan en la realidad. Los hechos que han tenido lugar hace pocos días han sido condenados por nosotros y nos han provocado muchísimo daño. Cuando sancionamos leyes debemos actuar pensando siempre en el pueblo, porque son para regirlo y tenemos que legislar para su bien.
Por lo expuesto, manifiesto que estamos de acuerdo con la creación de la figura del arrepentido y solicito autorización para insertar mi discurso en el Diario de Sesiones.


SR. PRESIDENTE(MONZÓ) Así se hará, señor diputado.
Tiene la palabra la señora diputada por Jujuy.


SRA. MARTINEZ, SILVIA ALEJANDRA (JUJUY): Señor presidente: estamos considerando un proyecto de ley por el que se regula la figura del arrepentido. Tenemos en nuestras manos la posibilidad de consagrar una herramienta extraordinaria tendiente a luchar contra algunos flagelos fuertemente arraigados en nuestro país. La gravedad de algunas conductas disvaliosas impone la adopción de remedios excepcionales como el que estamos tratando.
En esta línea, el proyecto en consideración busca facilitar la detección e investigación de hechos de corrupción a través de la modificación de la estructura de incentivos que moldea el comportamiento de los partícipes o encubridores del delito. Lo que se procura es quebrar el pacto de silencio y protección propio de las organizaciones delictivas.
Como aquí se ha dicho, debe destacarse que este instituto ya se encuentra contemplado en nuestro ordenamiento jurídico y es utilizado para combatir delitos complejos, como por ejemplo el narcotráfico y la trata de personas.
Sin embargo, deseo centrar mi intervención en el efecto de esta norma sobre los delitos cometidos en contra de la administración pública, previstos en el Título XI del Código Penal. Esta es la novedad legislativa que presenta este proyecto, que por otra parte es complementario de una aflicción totalmente justificada por parte de nuestra sociedad.
El espectáculo obsceno al que hemos asistido en las últimas semanas justifica plenamente esa indignación de todo un pueblo. Para la gente es muy difícil tener que asimilar las imágenes en las que se ve a un ex funcionario arrojando con total impunidad a través del muro de un monasterio bolsas conteniendo millones de dólares que debían destinarse a la obra pública. De esta manera, para la gente resulta difícil seguir creyendo en la política tradicional.
La corrupción de la última década, acaso la más profunda de nuestra historia, ha golpeado la credibilidad de todo el arco político. Ese descrédito afecta principalmente a la Justicia Federal -cuyas moras u omisiones solo pueden entenderse desde la negligencia o, lo que es aún peor, la complicidad- y a los funcionarios y representantes del gobierno anterior, a cuya sombra se generó un sistema de saqueo del Estado.
Esta situación nos alcanza a todos, especialmente a quienes estamos aquí pura y exclusivamente en representación de los vecinos de nuestras localidades. Represento a la ciudad de Perico, en la provincia de Jujuy. Allí la gente demuestra a cada instante su indignación, cansancio y estupefacción frente a la corrupción sistemática y generalizada que existe en el país.
Por lo tanto, siento que debemos responder a ese hartazgo. No hay más lugar para las excusas o dilaciones. Las estafas con la obra pública, mediante sobreprecios y retornos, han naturalizado la perversión de robar a través de las necesidades sociales.
Es justamente por todo esto que en el último informe sobre el índice de percepción de la corrupción, elaborado por la organización mundial Transparencia Internacional, la Argentina se encuentra en el puesto número 107 sobre 168 países que fueron analizados. Obtuvo 32 puntos sobre 100; 50 se considera aplazo. En Sudamérica, solo se encuentran en peor situación Venezuela –en el último lugar y Paraguay.
Este informe sitúa a nuestro país en el grupo de aquellos que tienen amplios recursos naturales pero que no salen adelante porque desde hace mucho tiempo la corrupción ha dado lugar a una desesperante falta de inversión en materia de seguridad, educación y salud. Agrega este informe que mientras no se aborden esos puntos débiles la corrupción seguirá siendo norma y la calidad de vida de los ciudadanos no va a mejorar.
Es nuestro deber afrontar y combatir la corrupción. La figura del arrepentido puede colaborar con la dilucidación de estos casos.
En este sentido, se la ha implementado con éxito en Brasil, en el caso Petrobras, y representa un mecanismo apto para romper los pactos de silencio y protección.
Este proyecto no surge de la casualidad; ya estaba en discusión junto con otros. Recordemos que hace nada más que algunas semanas se aprobó la figura del agente encubierto, que implica una forma de investigación desde afuera hacia adentro. Por su parte, la figura en tratamiento contempla la lógica inversa, ya que la investigación se realiza desde el propio corazón de la organización criminal. Su eficacia preventiva y disuasiva depende de que los jueces trabajen como corresponde.
Quiero levantar mi voz para hacer escuchar a centenas de familias de la provincia de Jujuy que siguen reclamando por esta ruta del dinero que tanto los impactó. Voy a hacer un breve comentario. En Jujuy debieron construirse mil setecientas casas. Llegó el dinero para ello pero las obras nunca se hicieron. Solamente hay quinientas casas con un grado incipiente de construcción.
¿Cómo funcionaba el sistema? Las obras se aprobaban y la plata llegaba a Jujuy manejada por Milagro Sala. La cargaban en valijas y la traían a Buenos Aires a la calle Lima. Aquí se distribuía el dinero y se lo llevaba a Olivos. Esta no es una apreciación personal sino que surge de las investigaciones realizadas y también de la denuncia formulada por el propio fiscal anticorrupción de la provincia de Jujuy, Joaquín Millón. La plata se definió en carácter de adendas como una readecuación de precios, pero no se habían construido las casas. Conseguían certificados truchos por los cuales aquí se les entregaba aún más dinero.


SR. PRESIDENTE(MONZÓ) Ruego a la señora diputada que redondee su exposición.


SRA. MARTINEZ, SILVIA ALEJANDRA (JUJUY): Señor presidente: se trata de 390 millones de pesos, 90 millones de los cuales fueron cobrados en diciembre. El cambio de gobierno impidió que se quedaran con 300 millones más.
Para finalizar, debo reconocer y mencionar a todos aquellos que piden el “nunca más” de la corrupción. Creo que este es el momento indicado para iniciar ese camino.
La corrupción no es parte de nuestro ADN, no es un rasgo cultural inherente a cada uno de nosotros. Tampoco es cierto que sea un requisito esencial para el ejercicio del poder real.
Hemos dejado atrás otros flagelos que parecían imposibles de superar como ha sido el golpe militar. Es hora de estar a la altura de las circunstancias y poner todo de cada uno de nosotros. La figura del arrepentido va en camino de dar respuestas a la sociedad argentina.


SR. PRESIDENTE(MONZÓ) Tiene la palabra la señora diputada por Santa Fe.


SRA. COPES, ANA ISABEL (SANTA FE): Señor presidente: en las comisiones, hemos trabajado desde el inicio en torno de proyecto de ley, con sugerencias y comentarios. Estamos convencidos de que debemos dotar al Estado de herramientas para perseguir y sancionar eficazmente la criminalidad organizada.
Hoy asistimos al debate de un dictamen que ha sido largamente mejorado respecto del proyecto original. En ese sentido, tenemos la satisfacción de haber colaborado con ese mejoramiento.
En el artículo 1° se elimina la posibilidad, contemplada en borradores anteriores, de que una persona imputada o condenada por cualquier delito se convierta en un colaborador eficaz logrando así obtener la reducción de pena por haber aportado información. Quiero decir que he trabajado en cada oportunidad que se ha presentado sobre este punto, porque es un aspecto que me preocupa enormemente.
Mediante la redacción anterior –quiero ser gráfica- se abría la posibilidad de que un violador o un pedófilo, mediante el aporte de información sobre determinados delitos, obtuviera una reducción de su pena. Hoy, sabiamente esto se ha modificado.
Tengo algunas observaciones para plantear. La primera de ellas se vincula con la parte final del artículo 1°. En este caso, en más de una oportunidad hemos insistido en la inconveniencia de atar al interior de la organización el monto de la pena. A ver si nos entendemos: por más que esto parezca objetivo, lo cierto es que muchas veces los eslabones más bajos son los que reciben las mayores penas, y ello nada tiene que ver con ocupar un lugar jerárquico en la organización.
El sentido de esta figura es avanzar hacia arriba en la criminalidad compleja. Un superior que delata hacia abajo resulta un contrasentido. Estamos hablando de criminalidad organizada, que no debe confundirse con un grupo organizado ni con delitos de investigación compleja. Dadas las dificultades de las investigaciones –lo que constituye un hecho real- el objetivo de esta iniciativa es justamente dotar a la Justicia de las herramientas necesarias para avanzar hacia arriba en esa criminalidad compleja. Por lo tanto, si no se contempla este criterio, si se insiste en la pena, podría tornarse ineficaz la aplicación de este instituto.
La segunda observación que deseo señalar se vincula con el artículo 10, tal como insistimos en muchísimas oportunidades. En el sistema acusatorio, el fiscal es quien debe llevar adelante la investigación, es el responsable de la acción penal y quien formaliza el acuerdo. En este sentido, este artículo resulta confuso; ¿por qué? Porque el juez pondera la información. Aquí habría que efectuar una corrección.
En línea con ello, el artículo 18 señala que al momento de dictar sentencia el juez evaluará la información aportada. Entonces, corremos el riesgo de hacer recaer sobre el arrepentido la eficacia de la investigación, y esto, de ninguna manera puede ser así. El uso que el Estado haga de la información brindada por el arrepentido y el avance de la causa no pueden ser condiciones valoradas o ponderadas al momento de hacer el acuerdo. Es el fiscal quien realiza el acuerdo, el que pondera la información. De hecho, esta no es una figura ex post; si así lo fuera, no habría garantías para que el arrepentido delate hacia arriba en esa estructura.
Por lo tanto, adelanto que vamos a acompañar el proyecto en tratamiento, si bien tenemos algunas observaciones que formular durante la consideración en particular. Además, como hemos estudiado exhaustivamente este tema y realizamos varios aportes al dictamen definitivo, vamos a solicitar la inserción en el Diario de Sesiones del resultado de todo ese trabajo. (Aplausos en las bancas.)


SR. PRESIDENTE(MONZÓ) Tiene la palabra el señor diputado por Entre Ríos.


SR. MONFORT, MARCELO ALEJANDRO (ENTRE RIOS): Señor presidente: voy a ser muy breve y aprovecho para solicitar la inserción en el Diario de Sesiones de los argumentos de nuestra posición en relación con este tema, que me ha tenido como autor de uno de los proyectos junto con el señor diputado D´Agostino.
Pensamos que mediante la figura del arrepentido podíamos hacer más eficiente el servicio de Justicia, entregando a los jueces y fiscales una herramienta jurídica que les permita avanzar en la investigación y esclarecimiento de hechos delictivos.
Esta figura no es novedosa en nuestro país, ya que se aplicaba en la investigación de algunos delitos, entre los que podemos mencionar la trata, el terrorismo y el narcotráfico; pero hoy resulta necesario incorporar esta figura al Código Penal para los delitos contra la administración pública, ya que esta herramienta repito nos permitirá avanzar en el esclarecimiento de los varios hechos de corrupción que lamentablemente hemos tenido en nuestro país en los últimos años.
Queda en claro que no alcanza únicamente con la figura del arrepentido. Digo esto porque esta medida debe ir acompañada de otras, como el agravamiento de las penas para los funcionarios públicos, el embargo de los bienes mal habidos, la extinción de dominio –que trataremos a continuación y el decomiso de los bienes ingresados al patrimonio de los funcionarios como consecuencia de los hechos ilícitos demostrados por la Justicia.
También es importante hacer extensiva la figura del arrepentido a la legislación vigente en cada una de las provincias. Digo esto porque la corrupción no solo ha existido en el ámbito del gobierno nacional, sino también en las provincias y en algunos municipios. De hecho, en mi provincia –Entre Ríos, existen algunos casos de sobreprecios, como los que se dieron en el municipio de Larroque, y denuncias por enriquecimiento ilícito, como la que se ha presentado contra el ex gobernador.
Por lo tanto, es necesario que la Justicia también pueda avanzar en la investigación de los delitos que se hayan cometido en la órbita de la administración provincial para que todos los argentinos volvamos a vivir en un país con honradez y decencia, en el que los funcionarios públicos administren correctamente los recursos producto del esfuerzo que hace la gente al pagar sus impuestos. Es necesario que los dineros que ellos administran vuelvan en obras rutas, escuelas, hospitales, etcétera que permitan mejorar la calidad de vida de cada uno de los argentinos.
Finalmente, quiero decir que la gravedad institucional que reviste el flagelo de la corrupción, su difícil probanza y el hecho de que muchas veces los autores sean funcionarios en actividad con un gran poder económico y político, ameritan que se regulen medios especiales, creativos y eficaces para la investigación. Esta figura del arrepentido se muestra como una herramienta imprescindible en ese sentido. (Aplausos en las bancas.)


SR. PRESIDENTE(MONZÓ) Tiene la palabra la señora diputada por Córdoba.


SRA. ROSSI, BLANCA ARACELI (CORDOBA): Señor presidente: en el aspecto jurídico, técnicamente ya se han expresado los señores diputados Litza, Brügge y Raffo, de nuestro bloque.
Yo me quiero poner en los zapatos del ciudadano de a pie. Joan Manuel Serrat, decía: “Harto ya de estar harto, ya me cansé”, y ahora, esto lo dice la sociedad argentina. Nuestra sociedad ya no cree en nada, ni en los políticos, ni en los jueces, ni en la policía, ni en los docentes, ni en los médicos, ni en los periodistas, ni en los religiosos, pero lo lamentable es que al no creer en las personas, automáticamente se embarran o ensucian las instituciones.
Por eso, a menudo escuchamos frases tales como “la política es sucia”, “la policía y la Justicia son corruptas”, “las religiones no son creíbles”, “el periodismo se vende al mejor postor” o “ya nada nos merece confianza”.
¿Cómo podemos volver a ser una sociedad aferrada a las instituciones, y fundamentalmente, respetuosa de la ley? Debe preocuparnos, y mucho, que más del 50 por ciento de los argentinos considere admisible violar la ley en ciertas ocasiones y que casi un 50 por ciento diga que podría cometer un acto de corrupción si obtuviera a cambio un importante beneficio económico.
Llama la atención cómo se incrementó el nivel de tolerancia pública a la corrupción de la clase política en los casos en que los políticos realicen una buena gestión. Algunas encuestas dicen que el 70 por ciento contestó “roban pero hacen”, frase nefasta si las hay. Esto denota un conformismo basado en el bolsillo y no en la razón y en el respeto por la ley. Esta tendencia expresada siempre en elevados porcentajes de que transgredir las normas es aceptable, según la visión subjetiva de las personas, da pie a pensar que existe una aceptación social importante del no respeto a las reglas en general y que esto no debe ser condenado o punible.
Para recuperarnos de ese descreimiento debemos comenzar a dar ejemplos desde la Justicia, y estos proyectos que estamos tratando podrán lograr ese objetivo en la medida que sean, en el marco legal estricto, respetuosos de las garantías de los derechos de los ciudadanos, con investigaciones serias y no dirigidas por los vaivenes de la influencia en la opinión pública que se da a través de los medios de comunicación, que en ocasiones influyen en los jueces por miedo al desagrado social ante una sentencia o una investigación que puede ser impopular.
La norma sobre extinción de dominio permitirá al Estado combatir la delincuencia organizada, incluida la corrupción, mediante el decomiso de los bienes producto de actividades ilícitas. Es decir que uno de estos proyectos puede cambiar un poco nuestra sociedad o el pensamiento que tenemos sobre cómo actuar frente a la ley. El proyecto establece que cuando una persona no pueda demostrar el origen de sus bienes, las autoridades judiciales podrían decomisarlos sin necesidad de una sentencia relacionada con delitos de la delincuencia organizada. En consecuencia, se le podrán quitar los bienes supuestamente mal habidos a quienes no puedan demostrar cómo los obtuvieron, pero no podrán encarcelar a alguien si no hay una sentencia condenatoria.
La creación de esta nueva estructura genera una herramienta importante que potencia la actuación del Estado.
Como una persona que no viene del derecho, tengo varias dudas. ¿Nuestra Justicia está preparada para asumir esta responsabilidad frente a la falta de credibilidad que cae sobre jueces federales, provinciales, fiscales y todo lo relacionado con la Justicia? ¿Nuestras fuerzas de seguridad están preparadas para asumir la responsabilidad de acompañar con lealtad la lucha contra la delincuencia que se pretende condenar? ¿Contamos con la estructura suficiente para hacer frente a esta muy buena iniciativa? Creo firmemente que podemos lograrlo en tanto y en cuanto armonicemos Justicia independiente, jueces probos y fuerzas de seguridad capacitadas, bien pagas, con tecnología y armamento de última generación pero, fundamentalmente, controlada para evitar la connivencia con el delito.
Solicito se autorice la inserción del resto de mi exposición.


SR. PRESIDENTE(MONZÓ) Tiene la palabra el señor diputado por la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.


SR. CONESA, EDUARDO RAUL (CIUDAD DE BUENOS AIRES): Señor presidente: adelanto mi voto favorable al proyecto de ley que incorpora la figura del arrepentido en relación con las causas de corrupción. Esta iniciativa, junto con otras que promueven la trasparencia, ayudará parcialmente a combatir la corrupción en la administración pública.
Insisto con el término “parcialmente”. En efecto, un principio establecido en la ciencia política y ya aceptado en todo el mundo sostiene que el poder tiende a corromper, y el poder absoluto corrompe absolutamente. Esto lo dijo un político inglés, lord Acton, en el siglo XIX, y hoy es un lugar común completamente admitido por todos.
Los poderes ejecutivos tienen una atribución fundamental: el poder de nombrar. Cuando el poder de nombrar es ilimitado, la corrupción avanza sin pausas y todo se convierte en un infierno. El príncipe de los poetas, Dante Alighieri, coloca la corrupción en el quinto recinto del octavo círculo del infierno.
En un tiempo –en el siglo XIX Estados Unidos fue un país en el que la corrupción llegó a niveles dantescos. La literatura de la época refiere casos terribles de corrupción y de enriquecimiento ilícito. ¿Por qué ocurrió esta situación abominable en el gran país del Norte? Porque en aquel tiempo allí se estableció una costumbre según la cual el presidente tenía el derecho de nombrar absolutamente a todos los empleados de la administración. No había funcionarios de carrera estables. Cuando otro presidente era elegido cesanteaba a todos los empleados nombrados por el presidente anterior y nombraba a su propia clientela.
Este sistema de clientelismo fue la causa de una corrupción terrible que abrumó a los Estados Unidos en aquellos tiempos. Los funcionarios transitorios necesitaban hacer la bolsa en los años de las vacas gordas para aguantar y subsistir en los años de las vacas flacas.
La protesta social frente a este sistema fue in crescendo, pero la clase política en los Estados Unidos hacía oídos sordos porque necesitaba nutrirse de colaboradores para las campañas políticas, y la forma de obtenerlos era remunerándolos luego con nombramientos de favor, cuando se ganaban las elecciones.
Parecía imposible cambiar este sistema de corrupción hasta que un hecho impensado cambió el parecer de la sociedad. En 1883, el presidente James Garfield fue asesinado. Cuando se hizo el sumario investigativo resultó que la causa del magnicidio fue simplemente que un pretendiente a un cargo público, despechado, como venganza no encontró mejor alternativa que matar al presidente de la República. La consternación y la indignación social ante este episodio fueron tan grandes que la clase política se asustó y a propuesta del senador Eagleton el Congreso de los Estados Unidos sancionó la Civil Service Reform Act.
Esta ley desechó el clientelismo y estableció la carrera administrativa de mérito en toda la administración, excepto para los cargos muy altos. El ingreso se hizo a partir de exámenes y se instituyó además la carrera administrativa. De esta manera, la corrupción disminuyó drásticamente.
En realidad, mucho antes que en los Estados Unidos, algunos países europeos, particularmente los reinos de Prusia y de Gran Bretaña, descubrieron la importancia de la meritocracia y la carrera administrativa como medio de lucha contra la corrupción, y a la larga todos los países desarrollados copiaron ese sistema.
Nuestro país, por el contrario, sigue el viejo sistema estadounidense del siglo XIX, es decir que el presidente no solamente puede designar a sus ministros y secretarios de Estado, sino a los directores de administración y a los funcionarios menores de cada ministerio. Esto ocurrió en nuestro país, particularmente en el Ministerio de Planificación y en la Secretaría de Obras Públicas. Los resultados están a la vista y me eximen de todo comentario.
Entender la conexión entre el poder ilimitado de nombrar y la corrupción, es esencial, y por lo tanto pido que se inserte en el Diario de Sesiones un escrito de mi autoría, detallado, que también contiene una estrategia de fondo para combatir la corrupción y mejorar la eficiencia del Estado, fundado principalmente en una ley estricta de servicio civil. (Aplausos en las bancas.)


SR. PRESIDENTE(MONZÓ) Se hará la inserción como corresponde.
Tiene la palabra el señor diputado por Salta.


SR. DURAND CORNEJO, GUILLERMO MARIO (SALTA): Señor presidente: por supuesto que adelanto mi voto favorable a este proyecto, ¡caramba! Todos tenemos que poner nuestro granito de arena, más allá de encontrarme un tanto escéptico con todas estas herramientas con que podemos llegar a proveer al Poder Judicial, concretamente, para que ponga un poco de orden a la situación de degradación moral tan grave que estamos viviendo.
Me voy a valer de ejemplos criollos, y en este caso quiero dar una corta anécdota. El año pasado fui a cenar a un restaurante ubicado en Salguero y Cabello, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Resulta que estaba ya terminando la cena cuando veo que ingresan unos policías al restaurante, y digo: “¡Caramba! ¿Qué habrá pasado?”
Directamente, se dirigen adonde se encontraba el señor que hacía las adiciones, al lado de la cocina, y al rato se van. Le pregunté al mozo qué había pasado, por qué había venido el patrullero con sirena y demás. Me dijo: “Vinieron a garronear comida”.
Yo dije: “Pero, ¡caramba!, ¿a pedir comida a un restaurante?” Sé que quienes viven en la ciudad de Buenos Aires conocen esto, pero los que venimos del interior y tenemos tanto que criticar a nuestras policías provinciales, no lo sabemos, y jamás se me hubiese ocurrido pensar que la policía fuese a exigir comida a los comercios. Bueno, aquí se da.
Ahora, es gravísimo que la policía vaya a pedir comida a un comercio supuestamente a cambio de protección. Pregunté al señor que estaba en el restaurante si los policías habían pagado por el pedido que al rato volverían a buscar, y me dijo: “No, qué van a pagar, siempre vienen”. Le dije: “Bueno, me parece pésimo, ¿y usted por qué les está dando?”. “Y bueno, yo soy empleado y acá se les da siempre”. Al rato vuelve el patrullero y el oficial de la Policía Federal se lleva –contento- enormes paquetes con toda la comida para la comisaría. Yo lo increpo a este agente, y le digo: “Señor, ¿usted está pagando por esta comida?”, y me contesta: “¿Y usted quién es?”. Le respondo: “Soy un ciudadano común que está indignado de ver como usted viene a exigir comida a un restaurante. Sé que esto ocurre en muchos lugares en esta ciudad”, a lo que me retruca: “Usted no se meta. ¿¡Qué está diciendo!?”. Los policías, no felices con esto, se quedaron amenazantes en la puerta del restorán, y debo reconocer que fue un momento difícil.
¿A qué se debe esta anécdota? Viene a referenciar lo que nos está pasando a los argentinos. ¿Qué es lo que está ocurriendo en nuestro país? ¿Quién tiene la culpa de esta degradación moral? ¿El policía? ¿La fuerza de seguridad que, a esta altura, ya está cooptada por el narcotráfico y ha sido la máxima expresión de esa degradación moral que estoy refiriendo?
La conclusión es otra, y es muy interesante. Es gravísimo que esos policías tengan semejante grado de venalidad y desparpajo como para cometer este tipo de ilícito en esta Ciudad de Buenos Aires. ¿Pero por qué los policías actúan así? Porque hay superiores, y me voy a referir a los encargados de aplicar estas leyes que estamos presentando hoy.
Estas herramientas tan importantes pueden llegar a fracasar. ¿Quiénes van a tener que ponerlas en práctica? Los señores jueces culpables de lo que ha pasado en los últimos años: el tristemente célebre Oyarbide y todo lo que significa. También podemos hablar de Casanello y tantos otros. No quiero nombrar a nadie más porque corro el riesgo de olvidarme de alguno. Son muchos; por supuesto, no son mayoría, pero esto es muy grave.
¿Por qué la policía actúa así? Recuerden que había un juez que protegía prostíbulos. Así, sus auxiliares ven cómo procede su magistrado y dicen: “Yo también quiero”.
Llegamos a tener un juez de la Corte Suprema de Justicia que administraba prostíbulos y, lo que es peor, estamos acostumbrados a que esto ocurra en nuestro país.
Estos hechos no nos permiten recuperar el norte de la normalidad. Creo que tenemos que salvar al Poder Judicial. El año pasado nos opusimos férreamente a lo que el gobierno anterior dio en llamar la democratización de la Justicia. Gracias a Dios, logramos que esa iniciativa fuese abortada pero queda mucho por hacer. Hay que sanear.
Una mala señal que está dando el Poder Judicial en estos días es esta lamentable decisión de no querer pagar impuesto a las ganancias. ¿Por qué se creen superiores? En una República es inadmisible que haya un poder del Estado que quiera estar más allá de la ley. (Aplausos en las bancas.)


SR. PRESIDENTE(MONZÓ) Tiene la palabra el señor diputado por Buenos Aires.


SR. GIUSTOZZI, RUBEN DARIO (BUENOS AIRES): Señor presidente: no tenía previsto hacer uso de la palabra relación con un tema sobre el que ya nos habíamos manifestado en su momento.
Hemos acompañado con la firma los proyectos de los diputados Massa y Camaño respecto a la figura del arrepentido y la extinción de dominio pero, habida cuenta de los planteos formulados por algunos señores diputados, me permito una simple reflexión e invito a que cada uno manifieste su posición en este sentido.
Estamos creando herramientas muy importantes para conseguir el objetivo de fortalecer nuestras instituciones, transparentar la administración de los fondos públicos, fortalecer el gobierno, y, en definitiva, resolver nuestros problemas, pero eso no quiere decir que vayamos a lograr nuestro objetivo simplemente con su implementación. Por ser contemporáneos a la creación de esta herramienta, tenemos la responsabilidad de su aplicación.
Quizás alguno conozca esto en forma más precisa que yo, pero Albert Einstein y otros científicos de su época sentaron las bases para la estructura y el análisis científico de la atomicidad de la materia: la división del átomo. Algunos, encontraron un camino para que esa herramienta significara una solución para los enfermos, aplicando estos principios para curar por medio de la medicina nuclear. Otros, hicieron de los átomos una máquina para matar, como ocurrió con la bomba atómica. Recuerden que en ese momento el átomo era un núcleo con protones y neutrones. ¿Por qué digo esto? Porque somos contemporáneos a la creación de estas herramientas valiosas y tenemos la responsabilidad de no hacer un uso superficial de ellas.
A lo largo de la historia de la humanidad se muestra repetidamente cómo vehementes almas justicieras, con cierta honestidad intelectual –a lo mejor, atrapadas por el fanatismo de la época, han cometido las peores atrocidades en nombre de Dios y de la verdad.
En la Edad Media, en el tiempo del oscurantismo y de la Inquisición, hubo fanatismos y tiempos de irracionalidades. En nombre de la defensa de la vida se utilizó como instrumento la muerte. Incluso, se blasfemaba al Espíritu Santo o a los hombres. Con este pecado terrible se terminaba castigando religiosa y socialmente a la gente. Nuestra historia demuestra que esto ha provocado segregación étnica en pueblos enteros, generando muerte.
Teniendo en cuenta los temas tan importantes de este momento, al crear herramientas tan valiosas como estas pido que exista un sentido de responsabilidad en cada uno de los actores. Debemos actuar con humildad y honestidad intelectual. Por ejemplo, recuerdo el nivel de humildad que demostraron el doctor Alfonsín o el doctor Cafiero, cuando en los primeros pasos que dio esta democracia desde 1983 tuvieron la responsabilidad de no hacer un uso pequeño e irresponsable de la situación. No se chicanearon para obtener una ventaja política.
Por lo tanto, los integrantes de la Justicia, los jueces, los fiscales, el Ministerio Público, las fuerzas de seguridad, los organismos de inteligencia, el periodismo, los empresarios, la dirigencia política y la sindical deben estar llamados a hacer de todo esto una oportunidad para el ejercicio responsable de nuestras funciones. Debemos ser honestos, transparentes y estar atados al objetivo final que es el de esclarecer las cosas para que haya justicia.


SR. PRESIDENTE(MONZÓ) Tiene la palabra el señor diputado por Córdoba.


SR. MESTRE, DIEGO MATIAS (CORDOBA): Señor presidente: teniendo en cuenta que existe un consenso generalizado en relación con esta figura del arrepentido, voy a solicitar autorización para insertar mi discurso en el Diario de Sesiones.


SR. PRESIDENTE(MONZÓ) Se tendrá en cuenta su pedido, señor diputado.
Se va a votar nominalmente en general el dictamen de mayoría de las comisiones de Legislación Penal y de Seguridad Interior, recaído en el proyecto de ley por el que se regula la figura del arrepentido. (Orden del Día N° 246.)

- Se practica la votación nominal.2016/134OE08_02_R09.pdf

- Conforme al tablero electrónico, sobre 199 señores diputados presentes, 193 han votado por la afirmativa y 5 por la negativa.

SR.(SECRETARIO (INCHAUSTI)) Han votado 192 diputados por la afirmativa y 5 por la negativa. No hubo abstenciones.


AQUÍ VOTACIÓN NOMINAL

SR. PRESIDENTE(MONZÓ) Tiene la palabra el señor diputado por la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.


SR. SANCHEZ, FERNANDO (CIUDAD DE BUENOS AIRES): Señor presidente: pido que se registre mi voto afirmativo.


SR. PRESIDENTE(MONZÓ) Así se hará, señor diputado.
Queda aprobado en general el proyecto de ley contenido en el dictamen de mayoría.
En consideración en particular el artículo 1°.
Tiene la palabra la señora diputada por Jujuy.


SRA. BURGOS, MARIA GABRIELA (JUJUY): Señor presidente: con respecto al artículo 1° hubo algunas opiniones acerca de si este beneficio para el arrepentido podía o no recaer sobre aquellas personas que ya estén cumpliendo una condena, o sea los condenados. Como algunos legisladores propusieron quitar la posibilidad de que los condenados tengan este beneficio del arrepentimiento, en el artículo 1° por el que se sustituye el artículo 41 ter del Código Penal se eliminaría la expresión: “o condenada, con o sin sentencia firme”. De esta manera, el artículo 41 ter quedaría redactado de la siguiente forma: “Se le podrá reducir la pena a toda persona imputada por algún delito de los detallados a continuación en este artículo, cuando durante la sustanciación de un proceso del que sea parte...” –aquí se eliminan los términos “del que sea o no parte” “...brinde información o datos precisos, comprobables y verosímiles.”
Otra de las modificaciones tiene que ver con el inciso a) del artículo 41 ter. En nuestra legislación, los conceptos de precursores químicos y materias primas no están diferenciados; por ello, en muchas ocasiones los precursores químicos son tomados como materias primas.
Ante esta situación, el bloque del Frente para la Victoria solicitó que se introduzca una aclaración en el inciso a), que quedaría redactado de la siguiente manera: “Delitos de producción, tráfico, transporte, siembra, almacenamiento y comercialización de estupefacientes, precursores químicos o cualquier otra materia prima...”


SR. ABRAHAM, ALEJANDRO (MENDOZA): ¿Me permite una interrupción, señora diputada, con el permiso de la Presidencia?


SRA. BURGOS, MARIA GABRIELA (JUJUY): Sí, señor diputado.


SR. PRESIDENTE(MONZÓ) Para una interrupción tiene la palabra el señor diputado por Mendoza.


SR. ABRAHAM, ALEJANDRO (MENDOZA): Señor presidente: pido a la señora diputada que lea nuevamente cómo quedaría redactado el primer párrafo del artículo 1°, que sustituye el artículo 41 ter del Código Penal, dado que se le introdujeron modificaciones.


SR. PRESIDENTE(MONZÓ) Tiene la palabra la señora diputada por Jujuy.


SRA. BURGOS, MARIA GABRIELA (JUJUY): Señor presidente: quedaría redactado así: “Se le podrá reducir la pena a toda persona imputada por algún delito de los detallados a continuación en este artículo, cuando durante la sustanciación de un proceso del que sea parte brinde información o datos precisos, comprobables y verosímiles.”
Al final de este mismo artículo, se incorporaría lo dispuesto en los artículos 13 y 20, que se refieren a quiénes no podrían ser pasibles de acogerse a la figura del arrepentido. O sea que formaría parte del artículo 1° lo establecido en el artículo 13, que dice: “No podrán celebrar acuerdos de colaboración los funcionarios que hayan ejercido o estén ejerciendo cargos susceptibles del proceso de juicio político de acuerdo a lo establecido por la Constitución Nacional.” Luego continuaría diciendo: “Los acuerdos previstos en esta ley y sus beneficios no serán aplicables a supuestos en los que se investiguen delitos de lesa humanidad.”


SR. PRESIDENTE(MONZÓ) Tiene la palabra el señor diputado por Buenos Aires.


SR. TAILHADE, LUIS RODOLFO (BUENOS AIRES): Señor presidente: no sé si he escuchado bien. El texto del artículo 13 se estaría trasladando al anteúltimo párrafo del artículo 1°. Creo haber escuchado la expresión “podrán celebrar”. Me gustaría saber si eso se mantiene tal como se encuentra establecido en el dictamen.


SR. PRESIDENTE(MONZÓ) Tiene la palabra la señora miembro informante.


SRA. BURGOS, MARIA GABRIELA (JUJUY): Señor presidente: lo que dije es que los textos de los artículos 13 y 20 se incorporarían en la parte final del artículo 1°. Entonces, la redacción sería la siguiente: “No podrán celebrar acuerdos de colaboración los funcionarios que hayan ejercido o estén ejerciendo cargos susceptibles del proceso de juicio político de acuerdo a lo establecido por la Constitución Nacional.”


SR. PRESIDENTE(MONZÓ) Tiene la palabra la señora diputada por Santa Fe.


SRA. COPES, ANA ISABEL (SANTA FE): Señor presidente: en relación con el artículo 1°, tal como lo he señalado durante el tratamiento en general del proyecto, en la parte final se establece el criterio de la pena y no el del lugar dentro de la organización criminal. Nosotros insistimos en que la redacción anterior de la parte final de ese artículo 1° era mejor, justamente porque el criterio que se aplicaba era el del lugar ocupado dentro de la organización criminal.
Como lo he señalado durante el tratamiento en general, la mayor parte de las veces las mayores penas las reciben los eslabones más bajos. Incluso, en oportunidad del debate de esta iniciativa en la reunión plenaria de las comisiones he dado ejemplos al respecto, tal como el de Lanatta y Schillaci en relación con Pérez Corradi.
Por lo tanto, la redacción anterior, que nos parecía más adecuada, era la siguiente: “No podrán celebrar acuerdos de colaboración quienes brinden información sobre autores o partícipes que ocupen una posición jerárquica inferior a la suya en la estructura de la organización o una participación inferior en la división de tareas llevada a cabo para cometer el delito.”
Reitero que esta es la redacción del borrador anterior al definitivo y está en línea con lo que se entiende por criminalidad organizada.


SR. PRESIDENTE(MONZÓ) Tiene la palabra la señora diputada por la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.


SRA. DONDA PEREZ, VICTORIA ANALIA (CIUDAD DE BUENOS AIRES): Señor presidente: respecto del artículo 1°, en la reunión plenaria de las comisiones propusimos la eliminación del inciso c), referido a todos los casos en que sea aplicable el artículo 41 quinquies del Código Penal. Eso se refiere a la denominada ley antiterrorista.
Nuestro interbloque ha expresado varias veces la necesidad de que dicha ley, impulsada por el bloque oficialista del gobierno anterior, sea derogada porque el único objetivo que persigue es criminalizar la protesta social.
Consideramos que esto no debe formar parte del proyecto de ley en consideración.
Por lo tanto, proponemos la eliminación de ese inciso. En el caso de que no se acepte la modificación que presentamos, nuestro bloque votará en forma negativa el artículo 1°.


SR. PRESIDENTE(MONZÓ) Tiene la palabra el señor diputado por Buenos Aires.


SR. TAILHADE, LUIS RODOLFO (BUENOS AIRES): Señor presidente: nuestro bloque va a acompañar la redacción del artículo 1° en los términos en que acaba de ser leído por la señora miembro informante.


SR. PRESIDENTE(MONZÓ) Tiene la palabra el señor diputado por la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.


SR. RAFFO, JULIO (CIUDAD DE BUENOS AIRES): Señor presidente: el inciso g) del artículo 1° establece lo siguiente: “Delitos cometidos por asociaciones ilícitas en los términos de los artículos 210 y 210 bis del Código Penal.”
Propongo que la redacción de dicho inciso sea la siguiente: “Delitos cometidos en los términos de los artículos 210 y 210 bis del Código Penal.”
El fundamento de esta propuesta de modificación es que en nuestro derecho las asociaciones ilícitas no cometen delitos, sino que lo hacen las personas individuales en asociaciones ilícitas.


SR. PRESIDENTE(MONZÓ) Tiene la palabra la señora diputada por Jujuy.


SRA. BURGOS, MARIA GABRIELA (JUJUY): Señor presidente: se acepta la propuesta del señor diputado Raffo.
A pedido de algunos bloques se está suprimiendo la figura del colaborador eficaz. Dado que en la mayoría de los artículos de este proyecto está incorporada la palabra “colaborador”, debemos suprimirla en todos los párrafos en los que se mencione, que citaré uno por uno.
En el mismo artículo 1°, en el párrafo que dice: “La información que se aporte deberá referirse a personas o delitos penados con una pena igual o mayor a la pena prevista para el delito que se imputa al arrepentido o colaborador”, se elimina la palabra “colaborador”.


SR. PRESIDENTE(MONZÓ) Se va a votar el artículo 1° del proyecto de ley aprobado en general, con las modificaciones propuestas y aceptadas por la comisión.

- Resulta afirmativa.

SR. PRESIDENTE(MONZÓ) En consideración el artículo 2°.
Tiene la palabra la señora diputada por Jujuy.


SRA. BURGOS, MARIA GABRIELA (JUJUY): Señor presidente: en este artículo no hay modificaciones.


SR. PRESIDENTE(MONZÓ) Tiene la palabra el señor diputado por la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.


SR. RAFFO, JULIO (CIUDAD DE BUENOS AIRES): Señor presidente: este artículo prevé la pena para quien haya mentido, ya que establece: “Será reprimido con prisión de cuatro (4) a diez (10) años, el que acogiéndose al beneficio del artículo 41 ter, proporcionare información falsa o datos inexactos.” Creo que debe agregarse: “con la accesoria de la pérdida del beneficio concedido.” De lo contrario, se da la siguiente paradoja: la mayoría de los delitos que están previstos acá, sobre todo con la aplicación del artículo 41 quinquies del Código Penal, tienen una pena de más de 10 años. Entonces, una persona a quien se le ha concedido el beneficio y se descubre que mintió, no pierde dicho beneficio y le dan una pena de 10 años. Es decir, hizo un gran negocio: tenía perpetua 20 años y queda con 10 años. Entonces, creo que hay que agregar la accesoria de la pérdida del beneficio concedido a fin de no incentivar el negocio de venir a mentir, de acuerdo con el cual, si sale bien, perfecto, y si lo descubren, igualmente va a tener una reducción de la pena.

SR. PRESIDENTE(MONZÓ) Tiene la palabra la señora diputada por San Luis.


SRA. BIANCHI, IVANA MARIA (SAN LUIS): Señor presidente: coincido con lo manifestado por el señor diputado Raffo. Sería importante incluir su propuesta dentro del proyecto.


SR. PRESIDENTE(MONZÓ) Tiene la palabra el señor diputado por Buenos Aires.


SR. GIUSTOZZI, RUBEN DARIO (BUENOS AIRES): Señor presidente: me parece atinado lo expresado por el señor diputado Raffo.


SR. PRESIDENTE(MONZÓ) Tiene la palabra la señora diputada por Jujuy.


SRA. BURGOS, MARIA GABRIELA (JUJUY): Señor presidente: aceptamos la modificación.


SR. PRESIDENTE(MONZÓ) Se va a votar el artículo 2°, con la modificación propuesta por el señor diputado Raffo, aceptada por la comisión.

Resulta afirmativa.

SR. PRESIDENTE(MONZÓ) En consideración el artículo 3°.
Tiene la palabra la señora diputada por Jujuy.


SRA. BURGOS, MARIA GABRIELA (JUJUY): Señor presidente: aquí se suprime la palabra “colaborador”. Es decir que el artículo quedaría redactado de la siguiente manera: “El acuerdo con el arrepentido al que se refiere el artículo 41 ter del Código Penal de la Nación podrá realizarse durante la sustanciación del proceso...” Si estamos quitando a los condenados la posibilidad de que se acojan a esta figura, lo que estaba establecido en el dictamen que se había aprobado no condiría con la postura que estamos teniendo ahora. De modo que se suprimiría la expresión: “... o, luego de la sentencia condenatoria, durante la ejecución de la pena.”


SR. PRESIDENTE(MONZÓ) Tiene la palabra el señor diputado por la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.


SR. RAFFO, JULIO (CIUDAD DE BUENOS AIRES): Señor presidente: acepto que se haya eliminado el término “colaborador”, aunque no estoy de acuerdo con ello.
Lo que quiero señalar es que cuando se hace referencia al artículo 41 ter no se menciona al “colaborador” ni al “arrepentido”. Entonces, hacer una referencia en este artículo a la figura del arrepentido, que supuestamente se menciona en el 41 ter, implica un vacío.
Creo que el artículo debería decir: “El acuerdo para formalizar el aporte al que se refiere el artículo 41 ter...”, o bien habría que incluir en el artículo 41 ter la palabra “arrepentido”. Reitero que en este último no figuran los términos “arrepentido” ni “colaborador”, y acá se hace una referencia como si estuvieran incluidos.
Creo que este inconveniente habría que resolverlo de una u otra manera. Es decir, se incluye la palabra “arrepentido” en el artículo 41 ter o se alude en este artículo al acuerdo para formalizar el aporte al que se refiere el artículo 41 ter, sin entrar a analizar si se trata o no del arrepentido. Estamos hablando de un aporte previsto, y hay que formalizarlo en un acuerdo.


SR. PRESIDENTE(MONZÓ) Tiene la palabra el señor diputado por San Juan.


SR. GIOJA, JOSE LUIS (SAN JUAN): Señor presidente: quiero dejar constancia de mi voto afirmativo respecto de la votación en general de la iniciativa que estamos considerando. Lo hago porque en ese momento no estaba presente en el recinto.

- Varios señores diputados hablan a la vez.

SR. PRESIDENTE(MONZÓ) Su aclaración ha quedado registrada, señor diputado.
Tiene la palabra el señor diputado por Mendoza.


SR. PETRI, LUIS ALFONSO (MENDOZA): Señor presidente: el artículo 41 ter, si se fijan bien, menciona la palabra “arrepentido”. Hay un párrafo que señala lo siguiente: “La información que se aporte deberá referirse a personas o delitos penados con una pena igual o mayor a la pena prevista para el delito que se imputa al arrepentido o colaborador.” Se suprime la palabra “colaborador”, pero dentro del propio artículo 41 ter se menciona el término “arrepentido”, con lo cual esa referencia ya está incluida.
Por estas razones, no vamos a aceptar la modificación propuesta por el señor diputado Raffo.


SR. PRESIDENTE(MONZÓ) Tiene la palabra el señor diputado por la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.


SR. RAFFO, JULIO (CIUDAD DE BUENOS AIRES): Señor presidente: para que quede claro voy a leer el texto. Dice así: “Se le podrá reducir la pena a toda persona imputada o condenada, con o sin sentencia firme, por algún delito de los detallados a continuación en este artículo, cuando durante la sustanciación de un proceso del que sea o no parte, brinde información o datos precisos, comprobables y verosímiles.
“El proceso sobre el cual aporte datos o información deberá estar vinculado con algunos de los siguientes delitos...” Este es el cuerpo que define el artículo 41 ter, y luego sigue la especificación. Según el dictamen que tengo, no menciona los términos “arrepentido” ni “colaborador”. Tal vez se trate de un error.


SR. PRESIDENTE(MONZÓ) Tiene la palabra el señor diputado por Mendoza.


SR. PETRI, LUIS ALFONSO (MENDOZA): Señor presidente: después de mencionar todos y cada uno de los delitos tipificados, hay un párrafo que dice: “La información que se aporte deberá referirse a personas o delitos penados...” Aquí se establece que debe ser un delito de igual o mayor jerarquía, y señala que se trata de un arrepentido. La propuesta fue eliminar la palabra “colaborador”.


SR. PRESIDENTE(MONZÓ) Tiene la palabra el señor diputado por Mendoza.


SR. ABRAHAM, ALEJANDRO (MENDOZA): Señor presidente: creo que la discusión ha quedado saldada porque el artículo ya ha sido leído en dos oportunidades, la señora miembro informante hizo la aclaración pertinente, y el artículo ya fue votado.


SR. PRESIDENTE(MONZÓ) Con las modificaciones propuestas, se va a votar el artículo 3°.

- Resulta afirmativa.

SR. PRESIDENTE(MONZÓ) En consideración el artículo 4°.
Tiene la palabra la señora diputada por Jujuy.


SRA. BURGOS, MARIA GABRIELA (JUJUY): Señor presidente: como suprimimos el término “colaborador”, el artículo 4° comenzaría diciendo: “Beneficios para el arrepentido.”
En el apartado 1) de dicho artículo, respecto de la suspensión de la acción penal, se señala: “El ejercicio de la acción penal se suspenderá en relación con los hechos o las personas en cuyo favor se formalizó el acuerdo...” Proponemos suprimir la expresión “de colaboración eficaz” y reemplazarla por “celebrado con el arrepentido”.
En el apartado 2), de “Reducción de pena en expectativa”, eliminamos la expresión “de colaboración eficaz” y la reemplazamos por “celebrado con el arrepentido...”
Dentro del apartado 2), la letra “a)” quedaría redactada de la siguiente manera: “La reducción de un tercio del mínimo a la mitad del máximo de la pena de que se trate;” Como lo que sigue ya figura en el artículo 41, lo eliminamos por ser redundante.
Luego, se suprimen las letras b) y c).
Estas son todas las modificaciones que proponemos introducir en el artículo 4°.


SR. PRESIDENTE(MONZÓ) Tiene la palabra la señora diputada por San Luis.


SRA. BIANCHI, IVANA MARIA (SAN LUIS): Señor presidente: simplemente, deseo dejar constancia de mi voto negativo en la letra “d)” del apartado 2) del artículo 4°.


SR. PRESIDENTE(MONZÓ) Tiene la palabra la señora diputada por Jujuy.


SRA. BURGOS, MARIA GABRIELA (JUJUY): Señor presidente: quiero aclarar que no se suprime la letra “d)” del apartado 2), que expresa: “Acceso a la eximición de detención, a la excarcelación o recuperación de la libertad, a alternativas o a morigeraciones procesales.”


SR. PRESIDENTE(MONZÓ) Se va a votar el artículo 4° del proyecto de ley aprobado en general, con las modificaciones propuestas por la comisión.

- Resulta afirmativa.

SR. PRESIDENTE(MONZÓ) En consideración el artículo 5°.
Tiene la palabra la señora diputada por Jujuy.


SRA. BURGOS, MARIA GABRIELA (JUJUY): Señor presidente: en el último párrafo de este artículo, luego de la enumeración de los incisos a), b), c), d) y e), quitamos la expresión “colaborador”, con lo cual este párrafo quedaría redactado de la siguiente manera: “Se tendrá en cuenta a favor del arrepentido si éste fuese el primero en aportar información.”


SR. PRESIDENTE(MONZÓ) Se va a votar el artículo 5°, con la modificación propuesta por la comisión.

- Resulta afirmativa.

SR. PRESIDENTE(MONZÓ) En consideración el artículo 6°.
Tiene la palabra la señora diputada por Jujuy.


SRA. BURGOS, MARIA GABRIELA (JUJUY): Señor presidente: en este artículo, proponemos incluir en su título, luego de la expresión “Actos de colaboración”, con punto y seguido, la palabra “Registro.” Además, también habría que suprimir la expresión “colaborador”.
En consecuencia, el artículo diría: “Actos de colaboración. Registro. Las declaraciones que el arrepentido efectúe en el marco del acuerdo de colaboración deberán registrarse a través de cualquier medio técnico idóneo que garantice su evaluación posterior.”


SR. PRESIDENTE(MONZÓ) Se va a votar el artículo 6°, con las modificaciones propuestas por la comisión.

- Resulta afirmativa.

SR. PRESIDENTE(MONZÓ) En consideración el artículo 7°.
Tiene la palabra la señora diputada por Jujuy.


SRA. BURGOS, MARIA GABRIELA (JUJUY): En el artículo 7°, el inciso a), dice: "La determinación de los hechos atribuidos y el grado de participación que se le atribuye al arrepentido o colaborador;" Hemos eliminado la expresión “o colaborador”, por lo que queda redactado de la siguiente manera: “La determinación de los hechos atribuidos y el grado de participación que se le atribuye al arrepentido;”


SR. PRESIDENTE(MONZÓ) Con la modificación propuesta por la comisión, se va a votar el artículo 7° del proyecto aprobado en general.

- Resulta afirmativa.

SR. PRESIDENTE(MONZÓ) En consideración el artículo 8°.
Tiene la palabra la señora diputada por Jujuy.


SRA. BURGOS, MARIA GABRIELA (JUJUY): El artículo 8° establece el procedimiento del acuerdo de colaboración. Si bien estamos eliminando la figura del colaborador, sin lugar a dudas acá estamos hablando de un acuerdo.
Al eliminar la expresión "o colaborador", el artículo queda redactado de la siguiente manera: "El acuerdo de colaboración se celebrará entre el fiscal y las personas que brinden información en los términos del artículo 41 ter del Código Penal de la Nación y de la presente ley. En todos los casos, el arrepentido contará con la asistencia de su defensor.”


SR. PRESIDENTE(MONZÓ) Tiene la palabra el señor diputado por Buenos Aires.


SR. TAILHADE, LUIS RODOLFO (BUENOS AIRES): Señor presidente: tanto el artículo 8°, que acaba de leer la señora diputada Burgos, como los dos o tres siguientes se refieren a la implementación del acuerdo de colaboración. Nosotros consideramos que no tiene que haber acuerdos entre el fiscal y el arrepentido. El sistema tiene que seguir la línea de las actuales modalidades de la figura del arrepentido en las leyes vigentes que ya hemos mencionado.
Tampoco se ha incorporado a la víctima como participante de los acuerdos, o por lo menos del tratamiento. Por lo tanto, no vamos a acompañar este artículo.


SR. PRESIDENTE(MONZÓ) Con las modificaciones propuestas por la comisión, se va a votar el artículo 8°.

- Resulta afirmativa.

SR. PRESIDENTE(MONZÓ) En consideración el artículo 9°.
Tiene la palabra la señora diputada por Jujuy.


SRA. BURGOS, MARIA GABRIELA (JUJUY): Señor presidente: en este artículo también eliminamos la expresión “"o colaborador”. De modo que el artículo 9° quedaría redactado de la siguiente manera: “Al celebrarse el acuerdo entre el fiscal y el arrepentido, dicho acuerdo se presentará para su homologación ante el juez de la causa.”


SR. PRESIDENTE(MONZÓ) Tiene la palabra el señor diputado por Salta.


SR. DAVID, NESTOR JAVIER (SALTA): Señor presidente: nosotros proponemos incorporar en este artículo el siguiente párrafo: “Los fiscales y jueces en la aplicación de las previsiones contenidas en la presente deberán guardar criterios equitativos para casos similares.” Esto es a los fines que ya discutimos, es decir que no haya diferencia en la reducción cuando hay información similar de distintos tipos de acusados.


SR. PRESIDENTE(MONZÓ) Tiene la palabra el señor diputado por Mendoza.


SR. PETRI, LUIS ALFONSO (MENDOZA): Señor presidente: no vamos a aceptar la modificación propuesta. Esta norma establece una priorización a la hora de los arrepentimientos. No es lo mismo el que se arrepiente originaria y primariamente que el arrepentido número diez o doce, que en definitiva termina acogiéndose a estos beneficios producto de que ingresan en una encerrona procesal atento a la suficiencia probatoria que ya existe. Así, no se puede ponderar de la misma manera a los arrepentidos, porque tal ponderación dependerá del valor de la información que aporten en el proceso, del momento en que declaren y de la suficiencia o no probatoria que exista en cuanto a la utilidad que jueces y fiscales otorguen a tales declaraciones, a la hora de avanzar en la investigación.


SR. PRESIDENTE(MONZÓ) Con las modificaciones propuestas por la comisión, se va a votar el artículo 9º del proyecto aprobado en general.

- Resulta afirmativa.

SR. PRESIDENTE(MONZÓ) En consideración el artículo 10.
Tiene la palabra la señora diputada por Jujuy.


SRA. BURGOS, MARIA GABRIELA (JUJUY): Señor presidente: el artículo 10, referido a la homologación del acuerdo de colaboración, expresa: “El juez que intervenga en la homologación aprobará o rechazará el acuerdo presentado en una audiencia convocada al efecto con la presencia del arrepentido,...” –se suprime “o colaborador” “...su defensor y el fiscal de la causa. El juez escuchará a las partes y se asegurará que el arrepentido...” –se suprime “o colaborador” “...tenga debido conocimiento de los alcances y las consecuencias del acuerdo suscrito.
“El juez aprobará el acuerdo si el arrepentido...” –se suprime “o colaborador” “...hubiere actuado voluntariamente y se hubieren cumplido los demás requisitos previstos en el artículo 41 ter del Código Penal y de la presente ley.
Continúa: “Si la homologación es rechazada finalmente, las actuaciones quedarán reservadas y las manifestaciones efectuadas por el arrepentido...” –se suprime “o colaborador” “...no podrán valorarse en su contra.”


SR. PRESIDENTE(MONZÓ) Tiene la palabra la señora diputada por Santa Fe.


SRA. COPES, ANA ISABEL (SANTA FE): Señor presidente: tal como lo adelantara, en el segundo párrafo del artículo 10, que empieza: “El juez aprobará el acuerdo si el arrepentido...” y termina: “...y se hubieren cumplido los demás requisitos previstos en esta ley.”, el juez debe controlar la legalidad del acuerdo y homologarlo, porque es el fiscal el que lleva adelante la acción penal. Esa es nuestra sugerencia.


SR. PRESIDENTE(MONZÓ) Tiene la palabra la señora diputada por Jujuy.


SRA. BURGOS, MARIA GABRIELA (JUJUY): Señor presidente: estaba leyendo aquellos párrafos en los que hubo modificaciones y quizás pareció que fue suprimido el párrafo que dice: “En caso de rechazo judicial del acuerdo las partes tendrán derecho a la revisión de alzada mediante recurso de apelación con efecto devolutivo.”, pero continúa figurando en la redacción.


SR. PRESIDENTE(MONZÓ) Con las modificaciones propuestas por la comisión, se va a votar el artículo 10 del proyecto aprobado en general.

- Resulta afirmativa.

SR. PRESIDENTE(MONZÓ) En consideración el artículo 11.
Tiene la palabra la diputada por Jujuy.


SRA. BURGOS, MARIA GABRIELA (JUJUY): Señor presidente: este artículo no sufre modificaciones.


SR. PRESIDENTE(MONZÓ) Se va a votar el artículo 11 del proyecto aprobado en general.

- Resulta afirmativa.

SR. PRESIDENTE(MONZÓ) En consideración el artículo 12.
Tiene la palabra la señora diputada por Jujuy.


SRA. BURGOS, MARIA GABRIELA (JUJUY): Señor presidente: este artículo, referido a la valoración en la instrucción o etapa preparatoria, expresa: “El juez deberá valorar preliminarmente el acuerdo arribado y la información brindada a los fines de dictar las medidas cautelares del proceso respecto de las personas involucradas por el arrepentido...”; se suprime “o colaborador”.
“Si el arrepentido...” –se suprime “o colaborador” “...se encontrara privado de su libertad, el juez podrá valorar favorablemente su colaboración, al momento de resolver su excarcelación o recupero de la libertad”.


SR. PRESIDENTE(MONZÓ) Tiene la palabra el señor diputado por Buenos Aires.


SR. TAILHADE, LUIS RODOLFO (BUENOS AIRES): Señor presidente: entendemos que los criterios para las medidas cautelares del proceso, la excarcelación y la exención de prisión tienen que seguir el fallo plenario “Díaz Bessone” y no los criterios que se están empleando. Por eso, no acompañamos este artículo.


SR. PRESIDENTE(MONZÓ) Tiene la palabra la señora diputada por San Luis.


SRA. BIANCHI, IVANA MARIA (SAN LUIS): En el mismo sentido, que conste mi voto negativo.


SR. PRESIDENTE(MONZÓ) Se va a votar el artículo 12 del proyecto aprobado en general, con las modificaciones propuestas por la comisión.

- Resulta afirmativa.

SR. PRESIDENTE(MONZÓ) En consideración el artículo 13.
Tiene la palabra la señora diputada por Jujuy.


SRA. BURGOS, MARIA GABRIELA (JUJUY): Señor presidente: el artículo 13 está conformado por el párrafo incorporado al artículo 1°. En consecuencia, quedaría suprimido.


SR. PRESIDENTE(MONZÓ) Queda suprimido el artículo 13.
En consideración el artículo 14.
Tiene la palabra la señora diputada por Jujuy.


SRA. BURGOS, MARIA GABRIELA (JUJUY): El artículo 14 tendría que ser suprimido en su totalidad, porque estábamos hablando de los casos en que hubiere recaído sentencia de condena y decimos que este beneficio no involucra a los que están condenados.


SR. PRESIDENTE(MONZÓ) Se suprime el artículo 14.
En consideración el artículo 15.
Tiene la palabra la señora diputada por Jujuy.


SRA. BURGOS, MARIA GABRIELA (JUJUY): Ese artículo habla de la corroboración, y dice así: “Dentro de un plazo no superior a un (1) año, el juez o el fiscal deberán corroborar el cumplimiento de las obligaciones que el arrepentido...” Sacamos “o colaborador”, y continúa: “...hubiere contraído en el marco del acuerdo, especialmente la verosimilitud y utilidad, total o parcial, de la información que hubiere proporcionado.”
El siguiente párrafo no tiene modificación.


SR. PRESIDENTE(MONZÓ) Tiene la palabra la señora diputada por Santa Fe.


SRA. COPES, ANA ISABEL (SANTA FE): Señor presidente: en línea con lo que ya hemos venido planteando, donde dice: “Dentro de un plazo no superior a un (1) año, el juez o el fiscal,...” Es el fiscal, no el juez. Reitero que en el sistema acusatorio el que lleva adelante la acción penal es el fiscal, que hace el acuerdo y pondera la información correspondiente. El juez controla la legalidad.


SR. PRESIDENTE(MONZÓ) Tiene la palabra el señor diputado por la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.


SR. RAFFO, JULIO (CIUDAD DE BUENOS AIRES): Señor presidente: este artículo tipifica el no cumplimiento de las obligaciones que asumió el arrepentido o colaborador. Obviamente, nada tiene que ver con la conducta que tipifica el artículo 2°, que incorpora el artículo 276 bis al Código Penal de la Nación y se refiere al que proporciona información falsa o datos inexactos.
No es la misma conducta, porque cuando alguien calla y nada dice, no miente pero no cumple. Entonces, este artículo que prevé la corroboración, si cumplió o no, no estipula consecuencias para el caso de incumplimiento.
Sugiero que haya una consecuencia. Por ello, propongo el agregado del siguiente párrafo: “Si no se corroborase el adecuado cumplimiento de las obligaciones previstas en el acuerdo, el juez podrá reducir o cancelar los beneficios acordados de acuerdo con la gravedad del caso y previa sustanciación con arreglo a las reglas del debido proceso”. Si no se agrega esto, la corroboración es para nada, se corrobora que no cumplió; fenómeno, no pasó nada. Me imagino que la intención de que se verifique si cumplió es que para el caso de no haber cumplido haya alguna consecuencia en relación con el beneficio acordado. Por eso propongo esta modificación.


SR. PRESIDENTE(MONZÓ) Tiene la palabra el señor diputado por Mendoza.


SR. PETRI, LUIS ALFONSO (MENDOZA): Contestaré a los señores diputados Raffo y Tailhade a la vez, porque las dos intervenciones tienen similar respuesta.
El señor diputado Tailhade decía que había que someterse al fallo “Díaz Bessone” a la hora de evaluar la recuperación de la libertad o el dictado de la prisión preventiva.
El fallo “Díaz Bessone” establece que la prisión preventiva debe dictarse si existen peligros procesales, es decir, peligro de fuga o de entorpecimiento. Está claro que quien se somete a la figura del arrepentido no pretende fugarse ni entorpecer el proceso. Muy por el contrario; está colaborando en el avance de la investigación, con lo cual automáticamente desaparecen esos peligros si es que se acepta la figura por el fiscal o por el juez. Por lo tanto, la recuperación de la libertad aparece como una consecuencia inevitable.
En relación con lo expresado por el diputado Raffo, si en el término de un año se pondera que la colaboración de este arrepentido no ha sido suficiente como para permitir el avance de la investigación, eventualmente puede volver a restringirse la libertad a partir del dictado de la prisión preventiva.
Por lo expuesto, sostenemos la redacción de este artículo conforme a nuestra propuesta.


SR. PRESIDENTE(MONZÓ) Se va a votar el artículo 15 del proyecto aprobado en general, con la modificación propuesta por la comisión.

- Resulta afirmativa.

SR. PRESIDENTE(MONZÓ) En consideración el artículo 16.
Tiene la palabra la señora diputada por Jujuy.


SRA. BURGOS, MARIA GABRIELA (JUJUY): Señor presidente: el artículo 16 se refiere a las restricciones en el uso de la información aportada, y sugerimos la siguiente redacción: “La información brindada o la prueba obtenida a partir del acuerdo sólo podrán ser utilizadas en el proceso que motiva el arrepentimiento o en otro conexo.” Por lo tanto, reemplazamos “la colaboración” por “el arrepentimiento”.


SR. PRESIDENTE(MONZÓ) Tiene la palabra el señor diputado por Buenos Aires.


SR. TAILHADE, LUIS RODOLFO (BUENOS AIRES): Señor presidente: al establecer que “sólo podrán ser utilizadas en el proceso o en otro conexo” el proyecto no contempla la implementación de un acuerdo. El arrepentido interviene en otro proceso.


SR. PRESIDENTE(MONZÓ) Tiene la palabra el señor diputado por Mendoza.


SR. PETRI, LUIS ALFONSO (MENDOZA): Señor presidente: viene bien esta aclaración porque mucho se ha hablado durante el transcurso de la sesión acerca de si en definitiva existía solamente la figura del arrepentido o si, por el contrario, íbamos a incorporar en nuestra legislación al colaborador eficaz, entendiendo que el arrepentido era quien lo hacía sin causa propia y, a su vez, aportaba datos involucrando de alguna manera a otras personas en la participación criminal, y que el colaborador eficaz era la persona que se arrepentía en su propio proceso y, a su vez, agregaba información respecto de otros procesos en los que no era parte.
La mayoría ha entendido que es necesario suprimir la figura del colaborador eficaz porque no solamente se podía arrepentir en su proceso sino que además podía colaborar en otro proceso de cualquier tipo, bastaba que estuviese incorporado en alguno de los delitos previstos en el artículo 41 ter.
Hemos optado por mantener solamente la figura del arrepentido para su propia causa o para delitos conexos a su causa. Esto lo dice el artículo 41 ter, que en uno de sus párrafos se refiere a esclarecer el hecho objeto de la investigación u otros conexos. Por lo tanto, está claro que va a poder aportar datos en su propia causa o en aquellas que tienen conexidad en razón del objeto investigado pero que están estrictamente vinculadas al proceso del cual es parte.


SR. PRESIDENTE(MONZÓ) Tiene la palabra la señora diputada por Buenos Aires.


SRA. CONTI, DIANA BEATRIZ (BUENOS AIRES): Señor presidente: creo que nos quedamos con la figura del colaborador eficaz, pero no está, la olvidamos.
Quiero que reflexionen acerca de la redacción de este artículo; no habla del colaborador ni del arrepentido sino de la información brindada, que si sirvió de prueba.
Las pruebas obtenidas a través de un arrepentido o a raíz del pedido de un fiscal sirven en ese proceso, en procesos conexos o en cualquier otro. Si un juez encuentra que de esas pruebas se desprende un dato útil para ese u otro proceso, nosotros no podemos restringir su accionar. Estamos hablando de “pruebas obtenidas”. Ellas deben ser útiles a criterio jurisdiccional en el proceso que sea, y si hay que iniciar uno nuevo, también deben servir.


SR. PRESIDENTE(MONZÓ) ¿Puede leer cómo ha quedado redactado el artículo 16, señora diputada Burgos?


SRA. BURGOS, MARIA GABRIELA (JUJUY): Dice así: “La información brindada o la prueba obtenida a partir del acuerdo sólo podrán ser utilizadas en el proceso que motiva el arrepentimiento o en otro conexo.”


SR. PRESIDENTE(MONZÓ) Tiene la palabra el señor diputado por Entre Ríos.


SR.(D’AGOSTINO) Señor presidente: quería preguntar a la señora diputada Conti cómo quedaría redactado el artículo que está objetando.


SR. PRESIDENTE(MONZÓ) Tiene la palabra la señora diputada por Buenos Aires.


SRA. CONTI, DIANA BEATRIZ (BUENOS AIRES): No debería haber restricción, debería suprimirse el artículo.


SR. PRESIDENTE(MONZÓ) Tiene la palabra el señor diputado por Salta.


SR. DAVID, NESTOR JAVIER (SALTA): Señor presidente: coincidiendo con lo que ha dicho la señora diputada Conti, en este artículo se habla de los beneficios que solamente pueden ser utilizados en el proceso en el que se aporta la información, no de la prueba ni de la información brindada. Está mal redactado.


SR. PRESIDENTE(MONZÓ) Tiene la palabra el señor diputado por Mendoza.


SR. PETRI, LUIS ALFONSO (MENDOZA): Señor presidente: aclarada la figura del colaborador eficaz y la del arrepentido, no tenemos problemas en suprimir este artículo.


SR. PRESIDENTE(MONZÓ) Tiene la palabra el señor diputado por Buenos Aires.


SR. PEREZ, RAUL JOAQUIN (BUENOS AIRES): Señor presidente: lo cierto es que la valoración que haga un juez en un proceso va a estar mucho más allá de lo que nosotros pongamos específicamente. Por eso coincido con la señora diputada Conti, es preferible suprimir el artículo antes que corregir lo que ya se votó. La colaboración que pueda darnos un arrepentido se deberá plasmar en un acuerdo, que tendrá que contar con el consentimiento del juez. Por es, es preferible suprimir el artículo en lugar de comenzar a emparcharlo y que quede mal redactado.


SR. PRESIDENTE(MONZÓ) Tiene la palabra el señor diputado por Buenos Aires.


SR. GIUSTOZZI, RUBEN DARIO (BUENOS AIRES): Señor presidente: la señora diputada Conti ha traído un tema que es lógico que se pueda utilizar en cualquier causa y a criterio del juez, como bien ha dicho el señor diputado Pérez. Sin embargo, una persona no puede acogerse a los beneficios del arrepentimiento si se trata de cualquier causa. En este caso se ingresaría en un camino de enorme subjetividad.
Tengo la sensación de que la redacción original no estaba mal. En todo caso, hay que mantener el artículo como está o suprimirlo para evitar errores de interpretación.


SR. PRESIDENTE(MONZÓ) Tiene la palabra el señor diputado por Mendoza.


SR. PETRI, LUIS ALFONSO (MENDOZA): Señor presidente: insisto en que no tenemos inconveniente alguno en suprimir este artículo porque si bien esta información podrá dar lugar a otras causas, de ninguna manera otorgará los beneficios de la figura del arrepentido. Por eso, suprimir el artículo no traerá consecuencias; es más, creo que mejora el texto.


SR. PRESIDENTE(MONZÓ) En consecuencia, conforme al debate, se suprime el artículo 16.
En consideración el artículo 17.
Tiene la palabra la señora diputada por Jujuy.


SRA. BURGOS, MARIA GABRIELA (JUJUY): Señor presidente: el artículo en consideración habla de la protección de los colaboradores. Quedaría redactado de la siguiente manera: “Los imputados que colaboraren en el marco de la presente ley se encuentran alcanzados por las disposiciones del Programa Nacional de Protección a Testigos e Imputados creado por la ley 25.764 y sus modificatorias.”
También modificaríamos el título “Protección de los colaboradores.” por “Protección de los arrepentidos.”


SR. PRESIDENTE(MONZÓ) Tiene la palabra la señora diputada por Buenos Aires.


SRA. CAMAÑO, GRACIELA (BUENOS AIRES): Señor presidente: para un mejor orden, sugiero que se someta a votación la supresión del artículo 16.


SR. PRESIDENTE(MONZÓ) De acuerdo con la sugerencia de la señora diputada Camaño, se va a votar la supresión del artículo 16.

- Resulta afirmativa.

SR. PRESIDENTE(MONZÓ) Queda suprimido el artículo 16.
Con las modificaciones propuestas por la comisión, se va a votar el artículo 17 del proyecto aprobado en general.


- Resulta afirmativa.

SR. PRESIDENTE(MONZÓ) En consideración el artículo 18.
Tiene la palabra la señora diputada por Jujuy.


SRA. BURGOS, MARIA GABRIELA (JUJUY): Señor presidente: en el primer párrafo del artículo 18, donde dice “El tribunal no podrá dictar una sentencia de condena fundada únicamente en el testimonio del imputado arrepentido o colaborador.”, se suprime “o colaborador.”
El párrafo siguiente queda como está, y en el último, que dice: “Si de la corroboración establecida en el artículo 15 resultare que el arrepentido o colaborador ha cumplido con el acuerdo, el tribunal no podrá imponer una pena superior a la acordada”, también se elimina “o colaborador”.


SR. PRESIDENTE(MONZÓ) Tiene la palabra la señora diputada por Santa Fe.


SRA. COPES, ANA ISABEL (SANTA FE): Señor presidente: en línea con la sugerencia que hemos sostenido en la comisión y en este recinto, veríamos con agrado que se suprimiera el párrafo que dice: “Al momento de dictar sentencia, el tribunal evaluará la información aportada en función de los parámetros de la presente ley.”
No puede recaer sobre la espalda del arrepentido la eficacia de la investigación, lo que el Estado haga, cómo sigue esa investigación. No es el juez entonces el que tendría que valorar esta cuestión. Es el fiscal el que valoró hacer el acuerdo y homologarlo por el juez.


SR. PRESIDENTE(MONZÓ) Tiene la palabra la señora diputada por Jujuy.


SRA. BURGOS, MARIA GABRIELA (JUJUY): Señor presidente: no se acepta la modificación.


SR. PRESIDENTE(MONZÓ) Tiene la palabra el señor diputado por Salta.


SR. DAVID, NESTOR JAVIER (SALTA): Señor presidente: la alusión al artículo 15 que se efectúa en el tercer párrafo, deberá ser corregida cuando se lleve a cabo la renumeración del articulado.


SR. PRESIDENTE(MONZÓ) Se va a votar el artículo 18 del proyecto de ley aprobado en general, con las modificaciones propuestas por la comisión.

- Resulta afirmativa.

SR. PRESIDENTE(MONZÓ) En consideración el artículo 19.
Tiene la palabra la señora diputada por Jujuy.


SRA. BURGOS, MARIA GABRIELA (JUJUY): Señor presidente: el artículo 19 no tiene modificaciones.


SR. PRESIDENTE(MONZÓ) Se va a votar el artículo 19.

-Resulta afirmativa.

SR. PRESIDENTE(MONZÓ) En consideración el artículo 20.
Tiene la palabra la señora diputada por Jujuy.


SRA. BURGOS, MARIA GABRIELA (JUJUY): Señor presidente: el texto del artículo 20 fue incorporado en el artículo 1°, así que también debe ser suprimido.


SR. PRESIDENTE(MONZÓ) Se va a votar si se suprime el artículo 20.

- Resulta afirmativa.

SR. PRESIDENTE(MONZÓ) Queda suprimido el artículo 20.
En consideración el artículo 21.
Tiene la palabra la señora diputada por Jujuy.


SRA. BURGOS, MARIA GABRIELA (JUJUY): Señor presidente: el artículo 21 no tiene modificaciones.


SR. PRESIDENTE(MONZÓ) Se va a votar el artículo 21.

- Resulta afirmativa.

SR. PRESIDENTE(MONZÓ) En consideración el artículo 22.
Tiene la palabra la señora diputada por Jujuy.


SRA. BURGOS, MARIA GABRIELA (JUJUY): Señor presidente: el artículo 22 no tiene modificaciones.


SR. PRESIDENTE(MONZÓ) Se va a votar el artículo 22.

- Resulta afirmativa.

SR. PRESIDENTE(MONZÓ) Tiene la palabra el señor diputado por Mendoza.


SR. PETRI, LUIS ALFONSO (MENDOZA): Señor presidente: solicito la reconsideración del artículo 1°, y voy a explicar por qué.
En el artículo 1°, el primer párrafo del artículo 41 ter, tal como quedó redactado, dice: “Se le podrá reducir la pena a toda persona imputada por algún delito de los detallados a continuación en este artículo, cuando durante la sustanciación de un proceso del que sea parte, brinde información o datos precisos, comprobables y verosímiles.”
Sucede que en este artículo estamos modificando el Código Penal, mientras que en el resto del articulado estamos generando una ley especial de naturaleza procesal que regula el instituto del arrepentido.
En la ley especial de naturaleza procesal establecemos que como beneficio de ese arrepentimiento tendrá una reducción de la pena que será de entre un tercio de la mínima y la mitad de la máxima, pero no lo decimos en este artículo expresamente. Como estamos modificando una ley penal, el artículo 41 ter debería bastarse a sí mismo y especificar cuál será la reducción de pena de la que gozará la persona que se acoja al instituto del arrepentido.
Por eso, proponemos que el primer párrafo del artículo 41 ter quede redactado de la siguiente manera: “Las escalas penales podrán reducirse un tercio del mínimo y la mitad del máximo respecto de los partícipes o autores por algún delito de los detallados a continuación en este artículo, cuando durante la sustanciación del proceso del que sean parte, brinden información o datos precisos, comprobables y verosímiles...”
De esta manera, queda informado dentro del propio Código Penal cuál será el beneficio concreto que obtendrá quien se acoja a la figura del arrepentido, sin necesidad de migrar a una ley especial para dar cuenta de los beneficios de las escalas penales.


SR. PRESIDENTE(MONZÓ) En consideración la moción de reconsideración formulada por el señor diputado por Mendoza.
Se va a votar. Se requieren los dos tercios de los votos que se emitan.

- Resulta afirmativa.

SR. PRESIDENTE(MONZÓ) Queda aprobada la moción.
Corresponde considerar nuevamente el artículo 1°.
Se va a votar, con las modificaciones propuestas por la comisión.

- Resulta afirmativa.

- El artículo 23 es de forma.

SR. PRESIDENTE(MONZÓ) Queda sancionado el proyecto de ley. (Aplausos en las bancas.)
Se comunicará al Honorable Senado.
La Presidencia requiere el asentimiento del cuerpo para proceder a la renumeración del articulado del proyecto de ley que se acaba de sancionar.

- Asentimiento.

Honorable Cámara de Diputados de la Nación Argentina | Congreso de la Nación Argentina | Av. Rivadavia 1864 - Ciudad Autónoma de Bs. As. (C.P.C1033AAV) | + 54 11 6075-0000

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