Período:132 Reunion:6 Fecha:21/05/2014 CUESTIÓN DE PRIVILEGIO
SR. PRESIDENTE(DOMÍNGUEZ)
Para otra cuestión de privilegio tiene la palabra el señor diputado por Córdoba.
SR. NEGRI, MARIO RAUL (CORDOBA):
Señor presidente: planteo esta cuestión de privilegio en la persona del canciller de la República Argentina, Héctor Timerman.
Por medio del fallo de la Cámara Federal que declaró inconstitucional el Memorándum de Entendimiento con la República Islámica de Irán hemos podido conocer algunos puntos expuestos por el señor ministro con motivo de la reunión plenaria de comisiones en esta Honorable Cámara. Ellos han sido considerados y evaluados en este fallo, más precisamente en el voto del doctor Farah, vocal mencionado tribunal, siendo todos de una gravedad inusitada. Esto es así en tanto y en cuanto la información dada por el canciller ante la Honorable Cámara ha sido considerada como no veraz, prácticamente como una mentira.
En tal sentido, voy a citar los dos aspectos centrales que motivan la cuestión de privilegio por haber agraviado los fueros de la Honorable Cámara. El canciller Timerman dijo que el ex embajador en Buenos Aires, Hadi Soleimanpour, había sido sobreseído por la Justicia británica en el año 2003, por lo que no se lo podía interrogar. Además dijo que "el pedido de extradición ordenado por la Argentina del ex embajador iraní Hadi Soleimanpour fue desechado por la Justicia británica debido a la inexistencia de pruebas” y que “sepan que Interpol se negó a emitir una circular roja por considerar que ya había sido detenido, sobreseído y liberado por falta de pruebas”.
Sin embargo, el juez Farah dijo que no fue un juez el que desechó el pedido de extradición sino que ello fue decidido por un funcionario político del gobierno británico. El juez argentino dijo lo siguiente: “el juez británico sólo desechó la petición de arresto que precede por dos meses al pedido formal de extradición” porque a primera vista de las pruebas aportadas no surgía una conexión clara de la persona invocada con el delito, pero reconoció que era una decisión “preliminar” y que había que esperar a analizar las pruebas que se acercaran.
Fue un funcionario político del gobierno británico, no un miembro del Poder Judicial, quien terminó decidiendo cancelar la orden de arresto y “levantar los cargos” que pesaban sobre esa persona.
El canciller Timerman también sostuvo en aquella oportunidad ante el plenario de las comisiones que la Justicia británica sobreseyó al funcionario iraní y que la Argentina tuvo que pagar las costas.
El canciller dijo textualmente: “Y no solamente el ciudadano iraní, máxima autoridad de su país al momento del atentado, cuenta con el sobreseimiento de la Justicia británica sino que además la Argentina debió pagar las costas e indemnizaciones del caso. Reitero: nuestra propia ineficiencia y corrupción judicial son las razones por las cuales Hadi Soleimanpour no será en esta ocasión interrogado”.
Sin embargo, el juez Farah esto es muy importante dijo que lo que hizo el Estado británico -y no la Justicia británica-, sólo fue negar la extradición. No podía sobreseer dado que no había una causa abierta contra el funcionario iraní por el atentado en ninguna jurisdicción británica. La negación del pedido de extradición en manera alguna significa un sobreseimiento para la causa argentina.
El juez Farah concluye diciendo: “Entiendo necesario dejar sentado que lo que consta en la causa en relación al trámite de extradición de Hadi Soleimanpour es otra cosa bien distinta de la que se afirmó en la discusión parlamentaria, que pudo razonablemente...” y esto es muy grave “...haberse evitado de haber convocado al fiscal general actuante como fue pedido a lo largo de ese debate”.
Por estas razones, y atento a la naturaleza de la gravedad y la envergadura de esta causa, que inclusive llevó a la propia presidenta a hablar del tema en su mensaje a la Asamblea Legislativa a comienzos del año parlamentario, dejo planteada la cuestión de privilegio respecto de la persona del canciller Timerman.
SR. PRESIDENTE(DOMÍNGUEZ)
La cuestión planteada pasará a la Comisión de Asuntos Constitucionales.