Período:130 Reunion:5 Fecha:18/04/2012 MODIFICACIÓN DEL ARTÍCULO 80 DEL CÓDIGO PENAL SOBRE HOMICIDIO AGRAVADO


SR. PRESIDENTE(DOMÍNGUEZ) En consideración en general.
Tiene la palabra el señor diputado por Río Negro.


SR. ALBRIEU, OSCAR EDMUNDO NICOLAS (RIO NEGRO): Señor presidente: a menudo y a diario las páginas de los diarios y las pantallas del televisor, así como los parlantes de las radios nos traen noticias de hechos sangrientos y dolorosos de los que son víctimas las mujeres.
Esta violencia que las persigue a diario y dolorosamente encuentra su forma más grave e irreparable en el femicidio, que es la muerte de una mujer, precisamente por su condición de tal.
El femicidio no es nuevo; viene desde el fondo de la historia. Son numerosos los casos que nos dan a conocer la ciencia y las crónicas de muertes de mujeres, ocurridas de distinta manera, pero que tienen como común denominador el hecho de haber sido perseguidas por su condición de mujer. Lo que resulta nuevo es la teorización que se ha hecho sobre el femicidio como forma extrema de violencia sobre las mujeres. Esto ha tenido, como efecto inmediato, hacer visible este tipo de violencia.
La violencia de género ha sido un dispositivo disciplinador, quizás el más eficaz, que ha aplicado una sociedad patriarcal con el fin de garantizar la perpetuación de un modelo de sociedad en el que la mujer es siempre sometida y sufre todo tipo de postergaciones.
El concepto de femicidio viene a desarticular los argumentos que lo naturalizan como una cuestión privada, familiar, o que debe resolverse en el ámbito de la familia, para entenderlo como una cuestión pública que debe ser tratada y solucionada por el Estado, toda vez que este problema encuentra sus raíces en causas sociales, culturales y, muchas veces, también económicas.
El femicidio debe diferenciarse claramente de los homicidios en los que son víctimas las mujeres. El femicidio implica la muerte de la mujer por su condición de tal, mientras que en los homicidios el género de la víctima resulta indiferente.
No me voy a extender mucho en esta cuestión, porque el tema ha sido largamente debatido en las comisiones y hemos logrado consenso para su tratamiento. Sólo deseo señalar que los estudios han distinguido claramente tres tipos de femicidio: el femicidio íntimo, es decir, aquel asesinato cometido por varones con quien la víctima tiene o tenía una relación íntima o familiar cercana; el femicidio no íntimo o público, que es aquel asesinato cometido por un varón con quien la víctima no tenía relaciones íntimas o familiares, y el femicidio por conexión o vinculado, que es cuando el femicida mata a personas con vínculo familiar o afectivo con la mujer con el objeto de castigarla o destruirla psíquicamente, por considerarla de su propiedad.
Sin duda, se ha avanzado mucho en la legislación argentina en materia de protección de los derechos de las mujeres. Se han convalidado tratados internacionales que protegen a la mujer, a los que se les otorgó jerarquía constitucional. También se han sancionado una serie de normas que persiguen el mismo propósito. La última de ellas fue discutida hace muy poco en esta Cámara de Diputados, y se refería a la derogación del avenimiento en los delitos contra la integridad sexual, por constituir una rémora patriarcal que permitía perdonar a sus autores.
Los integrantes de las comisiones de Legislación Penal y de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia firmamos el despacho –que obra en las bancas de todos los señores diputados- con el compromiso de seguir discutiendo el tema para disminuir las diferencias y llegar a una posición conjunta. Como así lo hicimos, adelanto que vamos a proponer algunas modificaciones al dictamen en consideración, las cuales obran en poder de los señores diputados.
Hecha esa aclaración, me voy a referir someramente a las reformas que impulsamos a través de este proyecto. En primer término, se modifica el inciso 1° del artículo 80 del Código Penal, que señala las agravantes para el homicidio, agregando luego de la palabra “cónyuge”, lo siguiente: “ex cónyuge, o a la persona con quien mantiene o ha mantenido una relación de pareja, mediare o no convivencia”.
Con eso tratamos de adecuar la ley penal a una situación social y cultural que se ha modificado, ya que las relaciones de pareja tienen estabilidad, haya mediado o no su paso por el Registro Civil.
Por otra parte, hemos dejado de lado la sanción que establecía ese inciso por entender que resultaba inútil tal mención ya que, de cualquier manera, conforme con los principios de la dogmática penal, dentro del concepto de dolo debe estar el conocimiento e intención de efectuar el tipo objetivo del delito. Por eso, en el caso de no saber, caeríamos en la teoría del error, por lo cual es superflua esa pena y solicitamos su anulación.
En el inciso 4° agregamos al actual texto: “Por placer, codicia, odio racial, religioso, de género o a la orientación sexual, identidad de género o su expresión”.
Eso responde claramente a los casos en que los homicidios se producen por razones de género o de identidad sexual.
En el inciso 11 tratamos prácticamente el femicidio. Agravamos el homicidio cuando la víctima es una mujer, el hecho sea perpetrado por un hombre y mediare violencia de género.
En el inciso 12 tratamos el femicidio vinculado, que es cuando el homicidio se produce con el propósito de causar sufrimiento a una persona con la que se mantiene o se ha mantenido una relación en los términos del inciso 1°.
Agregamos un párrafo más al artículo 80, excluyendo de la aplicación de la atenuación por circunstancias extraordinarias a quien anteriormente hubiere realizado actos de violencia contra la mujer víctima.
Quiero hacer una última reflexión. El femicidio propiamente dicho es aquél en el que se produce la muerte de la mujer. Entendido con un criterio amplio, son todos aquellos actos de violencia que de una forma u otra lesionan la integridad física de la mujer. Por eso, es bueno aclarar que esta modificación que hacemos en los agravantes del homicidio son aplicables, por la remisión al artículo 92 del Código Penal, a los casos de lesiones.
Esta reforma es un paso más que da este Congreso en el cumplimiento de los compromisos asumidos internacionalmente por nuestro país.
Independientemente de ello, las reformas penales no solucionan de por sí los problemas. Habrá que seguir trabajando. La reforma que proponemos será un instrumento más en lo que tiene que ver con la política criminal que debe ejercitar el Estado para proteger a la mujer de todo tipo de delito.


SR. CIGOGNA, LUIS FRANCISCO JORGE (BUENOS AIRES): Pido la palabra para formular una pregunta al señor diputado Albrieu.


SR. PRESIDENTE(DOMÍNGUEZ) Tiene la palabra el señor diputado por Buenos Aires.


SR. CIGOGNA, LUIS FRANCISCO JORGE (BUENOS AIRES): Señor presidente: a mi entender en el artículo 1° se incurre en un error gramatical, porque se dice: “Sustitúyanse”, cuando debe decir: “Sustitúyense”.
El último párrafo del artículo 3°, dice: “Esto no será aplicable a quien en una ocasión anterior hubiere realizado actos de violencia contra la mujer víctima”. Se hace referencia al inciso 1°. Pero en dicho inciso se dice: “A su ascendiente, descendiente, cónyuge o ex cónyuge, o la persona con quien mantiene o ha mantenido una relación de pareja, mediare o no convivencia”.
Esto quiere decir que puede tratarse de un hombre, de una mujer, de un transexual, etcétera. ¿Por qué razón se limita esto a la mujer?


SR. PRESIDENTE(DOMÍNGUEZ) Tiene la palabra el señor diputado por Río Negro.


SR. ALBRIEU, OSCAR EDMUNDO NICOLAS (RIO NEGRO): Señor presidente: en cuanto a la observación que hace el señor diputado Cigogna sobre el verbo “sustituir”, estamos de acuerdo y se hará la corrección correspondiente.
Sobre lo demás, hubiera correspondido tratar el artículo en particular, pero habida cuenta del trabajo que nos llevó lograr el consenso de las distintas bancadas, no vamos a aceptar modificaciones.


SR. PRESIDENTE(DOMÍNGUEZ) Tiene la palabra la señora diputada por Misiones.


SRA. RISKO, SILVIA LUCRECIA (MISIONES): Señor presidente: evidentemente, hay algunas reformas que son más atractivas que otras para el poder político, o por lo menos para algunos compañeros legisladores.
El proyecto de ley que estamos tratando llegó al recinto después de mucho trabajo de las dos comisiones intervinientes y, sobre todo, de las organizaciones de mujeres que han colaborado para que esta iniciativa sea considerada por la Cámara y se apruebe una modificación al Código Penal.
Ello amerita todo nuestro respeto y atención, porque cuando se habla en los noticieros o en los discursos políticos sobre las consecuencias de la violencia o de la inseguridad todos nos llenamos la boca, pero pocos estamos presentes en el momento de tratar una reforma tan importante, que realmente necesita el Código Penal. (Aplausos.)
Muchos preguntarán: “¿Modifican algo?” Lamentablemente, cuando se aplica el Código Penal es porque la mujer en ese caso ya está muerta.
En 1947, hizo falta una ley para que la mujer pudiera empezar a votar. En 1991, hizo falta una ley de cupo para que se estableciera un porcentaje en la representación legislativa de las mujeres, de modo tal que fueran tenidas en cuenta. También hizo falta una ley para que en el año 2006 la mujer tuviera derecho a que se le practique la ligadura de trompas. En 2009, hizo falta una ley para que se reconociera la violencia de género, algo de lo que hoy tanto se habla pero –fíjense- tan poco se escucha. También tuvimos que sancionar una ley, hace unas semanas, para eliminar del Código Penal la figura aberrante del avenimiento.
Por eso, si hace falta esta ley para que el poder político tome conciencia de lo importante que es actuar y poner en funcionamiento todos los mecanismos para prevenir, para que se tome conciencia de que la mujer no es propiedad de nadie, debemos tratarla, así como defendemos los derechos del ciudadano.
No somos más ganado de algún “capanga” de la política. Las mujeres no somos propiedad de ningún hombre, ni de nadie.
Esta iniciativa comprende la última trompada, la que termina con la vida de la mujer, pero esa mujer antes vivió ligando palos y sufriendo indiferencia, lo que está visto y demostrado desde hace mucho.
Creo que estamos haciendo un avance; de a poquito estamos avanzando.
Agradezco a los señores diputados que están presentes y a todos los que han participado en la gran cantidad de debates que se han llevado a cabo para elaborar esta reforma, que ojalá se lleve a cabo. Ojalá también que todas las políticas de prevención cuenten con mayor apoyo, no sólo desde el discurso, la ideología y la confianza, sino mediante los recursos necesarios para garantizar la implementación de la política.
Con esta iniciativa podemos garantizar la seguridad de nuestras mujeres y que, ante el asesinato de una de ellas, los que se creen sus dueños no puedan aducir más ni celos, ni crimen pasional, ni emoción violenta. Esos hombres odian a las mujeres y el resultado es la muerte de ellas.
Por lo expuesto, es bienvenida esta norma en la medida en que hace falta para que se conozca la problemática, se tome conciencia y se hable de ello, y tome estado el femicidio. (Aplausos.)


SR. PRESIDENTE(DOMÍNGUEZ) Tiene la palabra la señora diputada por Buenos Aires.


SRA. CONTI, DIANA BEATRIZ (BUENOS AIRES): Señor presidente: en realidad, fui instigada por mis compañeras feministas -yo no lo soy, y en general soy refractaria a hacer modificaciones al Código Penal- a presentar uno de los proyectos de ley que ameritaron el dictamen que estamos considerando. Es una alegría pensar en lo mucho que se aprende aquí adentro. Estoy formada en la dogmática penal, pero por suerte la política, y la política actual, ha hecho que revea mis puntos de vista dogmáticos.
Para nosotros es una alegría y un dolor a la vez tener que instaurar en el Código Penal el femicidio casi como un delito autónomo, porque lo estamos describiendo, dentro de los homicidios agravados, en un inciso específico, con pena perpetua y con imposibilidad de que esa pena sea atenuada, ni siquiera hasta los 25 años. En este sentido, es una alegría, porque vamos a utilizar el Código Penal y la finalidad amenazante o disuasiva que tiene la pena. En el caso de que esto no disuada, tendremos la otra función de la pena, que es castigar, redimir y resocializar, si es verdad que a los asesinos de mujeres se los puede resocializar de algún modo.
Y digo que esto a la vez nos causa dolor porque es realmente doloroso que en el siglo XXI, en el camino hacia la liberación de la mujer y en plena lucha por nuestra igualdad de trato y de oportunidades, la violencia sexista se haya encarnizado en tantos hombres que hasta son capaces de quemar a las mujeres. Cabe destacar que la tasa de femicidios viene aumentando en toda la región y no sólo en la Argentina.
Sólo me resta expresar mi agradecimiento por esta iniciativa y decir que podemos sentirnos orgullosos por el hecho de que el femicidio pase a ser un delito. A partir de ahora, la sociedad entera -sobre todo los hombres- debe saber que tendrá que tener cuidado antes de tocarle el pelo a una mujer, porque acá está el Congreso Nacional para hacer que los jueces apliquen la ley que vamos a sancionar hoy con el rigor de nuestra orientación legislativa. (Aplausos.)


SR. PRESIDENTE(DOMÍNGUEZ) Tiene la palabra la señora diputada por Buenos Aires.


SRA. STORANI, MARIA LUISA (BUENOS AIRES): Señor presidente: comparto lo que han expresado quienes me precedieron en el uso de la palabra respecto del momento importante que estamos viviendo en este Congreso en el día de hoy al poder sancionar esta iniciativa. Si bien no incorporamos la palabra “femicidio” dentro del Código Penal, sí mantenemos el concepto de lo que significa femicidio en los agravantes de la figura del homicidio.
Muchos proyectos y organizaciones sociales pedían que incorporemos la palabra “femicidio”. Por eso, se demoró tanto en el debate de cómo trabajar a fin de lograr que esto quede incorporado con los agravantes desde lo que es el concepto de violencia de género.
Yo hubiese avanzado un poco más. Como bien se dijo anteriormente, llegamos a aplicar el Código Penal cuando la mujer ya está muerta, cuando ya no hay ninguna solución. Entonces, también tenemos que pensar qué es lo que está pasando con las políticas preventivas.
Avanzar en el debate del femicidio y del avenimiento, como lo hicimos este año en la Argentina, nos coloca en el primer lugar del mundo, porque además estábamos atrasados con los estándares internacionales que la Argentina firma, como es el caso de las convenciones internacionales, y después se atrasa en cumplir.
Tal como he manifestado otras veces en este recinto, en cuanto a la legislación y las modificaciones del Código Penal somos un país del Primer Mundo. Pero tengo que decir lo siguiente: dado que recién podemos aplicar el Código Penal cuando las mujeres ya están muertas, ¿cómo podemos evitar que se produzcan esas muertes? Ahí tenemos una falencia muy grande, y esta es la demanda que venimos planteando.
Hay una ley de violencia familiar que cumple con todos los lineamientos de la OEA, que es la Convención de Belém do Pará, donde se tipifica lo que significa la violencia hacia las mujeres, que hoy no se cumple en la Argentina. Me refiero a la ley 26.485, sancionada en 2009. Sin embargo, no tenemos una sola campaña de prevención de estas situaciones.
La Casa del Encuentro es una organización social de mujeres que se dedica desde hace muchos años a trabajar este tema. Es la única institución que tiene cifras y viene haciendo un estudio comparativo, año a año, de la situación del femicidio de las mujeres argentinas.
Con respecto a las cifras de 2010 y 2011, éstas han aumentado un 75 por ciento, y lo que ha aumentado espantosamente en nuestro país es la crueldad de las situaciones. Después de lo que ocurrió con Wanda Taddei, la esposa del músico de “Callejeros”, que al principio estuvo cuatro o cinco meses libre, la cuestión quedó en el imaginario colectivo de los violentos y victimarios en el sentido de que podían tener impunidad.
A partir de ese caso, se produjeron muchísimos otros con una crueldad espantosa. En el paradigma del patriarcado se piensa que las mujeres argentinas somos tontas, que limpiamos CDs con alcohol y fumamos cuando estamos haciendo esa limpieza y por eso morimos.
¿Y qué ocurre? La mayoría de las mujeres llegan a los hospitales en sus últimas condiciones y no pueden denunciar a sus agresores. Ha habido solamente dos casos de estas situaciones en los que las mujeres han sido quemadas vivas, y pudieron declarar porque tuvieron la posibilidad de salir corriendo de sus domicilios y señalar a sus victimarios, que eran sus parejas.
Así que yo estoy muy contenta y conforme con esto, pero siempre queda algo más. Yo hubiese avanzado en quitarle la patria potestad al femicida que mata a la madre de sus hijos. Este creo que va a ser el próximo avance que deberemos hacer acá. (Aplausos.)


SR. PRESIDENTE(DOMÍNGUEZ) Tiene la palabra el señor diputado por Buenos Aires.


SR. FERRARI, GUSTAVO ALFREDO HORACIO (BUENOS AIRES): Señor presidente: pido autorización para compartir mi tiempo con la señora diputada Natalia Gambaro.
Hoy, es un día muy importante para las mujeres, pero también es un día muy importante para los hombres, para una cantidad de hombres que también sentimos que es fundamental establecer una perspectiva de género en la mirada de la legislación argentina.
Desde hace muchísimo tiempo, varios autores internacionales vienen bregando por la necesidad de incorporar esta perspectiva, atendiendo a una situación que considere la fragilidad y la vulnerabilidad de la mujer en notable cantidad de situaciones y de ámbitos en los que el hombre está involucrado.
Nosotros estamos haciendo esto hoy al incorporar en el Código Penal una cantidad de modificaciones, que no son una sola, y vale la pena que muchos de nosotros culminemos aplaudiendo a quienes no forman parte de nuestra concepción política. Esto es lo más importante que está ocurriendo hoy, además del objeto final de esta sanción.
Hemos escuchado a los pocos que hemos quedado en el recinto y aplaudimos porque sentimos que hemos sido partícipes de la disposición de los presidentes de las comisiones de Legislación Penal y de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia, que abrieron absolutamente sus ámbitos para que todos nosotros pudiéramos incorporar nuestras posturas. Esto vale la pena referirlo y aplaudirlo.


- Ocupa la Presidencia la señora vicepresidenta 1ª de la Honorable Cámara, profesora Norma Amanda Abdala de Matarazzo.

SR. FERRARI, GUSTAVO ALFREDO HORACIO (BUENOS AIRES): Señora presidenta: ante esta realidad quiero decir que la palabra “femicidio”, que ha sido incorporada en no demasiadas legislaciones, hoy tiene una sanción en nuestro marco legal.
Ciertamente, el derecho penal no va a resolver los problemas culturales; sin embargo, una cantidad de doctrinarios entiende que fue a partir del derecho penal que se hizo visible, que salió de la esfera privada a la pública aquello que se escondía detrás de la expresión “crímenes pasionales” o detrás de “en esto no tenés que meterte porque cada familia es un mundo
Esta realidad que incorporamos al Código Penal tiene dos vertientes principales que quiero subrayar. La primera es la posibilidad de que, efectivamente, por la condición de mujer, en un contexto de violencia de género alguien pueda ser sancionado con un agravante. La segunda es el homicidio vinculado. En el primer caso, fueron 282 las muertes de mujeres, por parte de hombres que se produjeron durante 2011. Esta realidad determina que en los últimos 4 años haya aumentado un 36 por ciento la agresión de hombres hacia mujeres que finaliza con la muerte. Con respecto al homicidio vinculado, todo el mundo recuerda exclusivamente el caso de Tomás, pero durante 2011 fueron cuarenta las muertes de personas vinculadas con aquel a quien se le quería causar un daño. Decíamos que una modificación del derecho penal no va a resolver la cuestión, pero hoy podemos estar bien orgullosos de que, así como en España, Chile y otros países, la Argentina al fin, gracias al trabajo de todos los partidos políticos, ha incorporado algo que parece que privilegia a la mujer, pero en realidad no la privilegia en nada, sino que hace justicia con ella.

(Aplausos.)

SRA. PRESIDENTA(ABDALA DE MATARAZZO) Tiene la palabra la señora diputada por Buenos Aires.


SRA. GAMBARO, NATALIA (BUENOS AIRES): Señora presidenta: quiero ser muy breve. Mis colegas ya se han expresado largamente respecto del femicidio. Sólo voy a hacer una mención acerca de una oportunidad que se me consideró durante la discusión en comisión, en el sentido de introducir en el inciso 4º otros dos agravantes, que tienen fundamento en la doctrina de los crímenes de odio.
Estos incisos que el presidente de la Comisión de Legislación Penal no llegó a mencionar son aquellos de agravar la pena en los casos de odio por la orientación sexual y odio de género. Si bien el derecho penal no va a modificar la realidad, estamos mandando un mensaje: vamos a aplicar la máxima represión a quienes cometan delitos que expresen la discriminación e intolerancia más extrema, como es el caso de aquellos que no aceptan a seres humanos que elijan una orientación distinta a la propia, y que no solamente se conforman con quitar la vida sino que, además, expresan su intolerancia.
En la Argentina han tenido lugar muchos casos de este tipo, y en esta oportunidad agradezco al presidente de la comisión que no se espere a que ocurran otros. No esperemos a que se repita lo sucedido hace un mes en Chile con el joven Zamudio. Me refiero a completar la ley 23.592, que introduce agravantes para aquellos delitos motivados en la discriminación por raza o religión, que aún suceden.
Si bien no podemos modificar la realidad con el derecho penal, sí podemos dar un mensaje en el sentido de que los argentinos no estamos dispuestos a dejar sin sanción ejemplar a aquellos que, con su conducta, extreman la violencia y la intolerancia. (Aplausos.)


SRA. PRESIDENTA(ABDALA DE MATARAZZO) Tiene la palabra la señora diputada por Buenos Aires.


SRA. DONDA PEREZ, VICTORIA ANALIA (BUENOS AIRES): Señora presidenta: ante todo quiero resaltar que esta es la segunda vez, desde el inicio de este período de sesiones ordinarias, que estamos modificando el Código Penal para introducir la problemática de género. Y es la segunda vez que nos damos cuenta de que se nos hace tarde cuando miramos el reloj y abreviamos lo que tenemos que decir. Pero, casualmente, siempre nos damos cuenta de que se nos hace tarde y llegamos a un acuerdo de que cada uno hable durante un minuto y medio cuando estamos tratando un tema de género, porque mientras considerábamos la modificación del Código Electoral, nadie se dio cuenta. (Aplausos.)
Me parece que esto no es casual, sino que es parte de la problemática que estamos viviendo y de por qué debemos incluir esto en el Código Penal. Los diputados y diputadas preopinantes decían que el Código Penal no resuelve y llega tarde. Cuando modificamos el Código Penal ya es tarde. ¿Por qué es tarde? Porque aquí hay ausencia de política pública. La violencia de género no es un delito privado ni familiar, que queda dentro de la casa, o entre las parejas o las ex parejas. Que la violencia de género siga extendiéndose y el femicidio sea una realidad cada vez más lamentable, responde a una decisión política del Estado de no invertir lo que se requiere para contar con políticas de prevención.
Quiero destacar la labor realizada, en este tiempo tan breve, por la señora diputada Silvia Risko, al frente de la Comisión de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia, porque a pesar de formar parte de otro bloque con el que en algunas cosas no coincidimos, en relación con estos temas se advierte su buena voluntad, como también la del presidente de la Comisión de Legislación Penal, en el sentido de consensuar con todos los bloques.
De esta forma, pudimos modificar un dictamen que, en principio, no sólo era deficiente sino que tampoco contemplaba el femicidio, a los fines de arribar a un texto más completo. Mis compañeros de bloque, con quienes compartiré el término de nuestras exposiciones, luego abundarán en mayores detalles sobre este punto.
Los legisladores que hicieron uso de la palabra antes que yo definieron qué es el femicidio. Voy a citar algunas cifras relacionadas con la realidad de nuestro país.
En el año 2009, hubo 231 femicidios, 16 de los cuales fueron vinculados. Por eso, se tornaba necesario -en este caso, en el inciso 12 que se propone incluir en el artículo 80 del Código Penal- legislar en torno del homicidio vinculado. Hubo 75 femicidios cometidos por esposos, parejas o novios, y 68 llevados a cabo por ex esposos, ex parejas o ex novios. En todos los casos, existieron denuncias previas formuladas por la víctima del mismo agresor. ¿Qué hacía el Estado mientras la mujer denunciaba? ¿Qué hicimos con esa mujer, para que terminara muerta? Eso es lo que tenemos que preguntarnos.
En 24 de esos homicidios los agresores, los asesinos, tenían prohibición de acercamiento o habían sido objeto de medidas judiciales de exclusión del hogar. En el año 2010, hubo 260 femicidios. Podría citar las mismas cifras que informé en el párrafo anterior, que siempre han aumentado. En este caso, había 33 homicidas con exclusión del hogar o prohibición de acercamiento. En el año 2011 llegamos a las 282 víctimas. ¿Qué esperamos? ¿Vamos a superar ese récord en 2012 o haremos algo, aunque no sólo desde el Poder Legislativo?
Debemos exigir políticas que terminen con esto. Necesitamos comisarías de la mujer en todos los distritos, mayor presupuesto para el Consejo Nacional de la Mujer y, sobre todo, una dirigencia política que se encargue de velar por una sociedad en la que no haya desigualdades de ningún tipo, tampoco entre hombres y mujeres.
En verdad, a juzgar por los 139 ausentes del recinto, no veo esa voluntad. A juzgar por la decisión política de recortar el tiempo para hablar, tampoco. (Aplausos.)


SRA. PRESIDENTA(ABDALA DE MATARAZZO) Tiene la palabra la señora diputada por Buenos Aires.


SRA. LINARES, MARIA VIRGINIA (BUENOS AIRES): Señora presidenta: seré breve porque compartiré el término de exposición con dos miembros de mi bancada.
A nuestro entender, estamos atravesando por una emergencia social en materia de violencia de género. Se necesitan dineros públicos para implementar políticas a nivel nacional -no sólo en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en el área metropolitana-, y atender en prevención y asistencia a las mujeres víctimas de la violencia.
Por otro lado, si bien pensamos que esta iniciativa constituye un avance, es preciso capacitar a jueces, fiscales y defensores a fin de que se quite el estereotipo de que el agresor siempre termina siendo beneficiado e impune ante la violencia y la muerte de una mujer.
Sólo quiero decir que ahora nos queda avanzar en quitarles la patria potestad de los hijos a los agresores. (Aplausos.)


SRA. PRESIDENTA(ABDALA DE MATARAZZO) Tiene la palabra la señora diputada por Córdoba.


SRA. MAZZARELLA, SUSANA DEL VALLE (CORDOBA): Señora presidenta: somos conscientes de que estamos echando luz sobre situaciones de sordidez extrema, donde campea la ignorancia profunda y oscura sobre la mujer.
Nosotras, las mujeres, somos las que participamos a diario en nuestras regiones con estos temas, siendo testigos, directa o indirectamente, de esta violencia. Sabemos exactamente de lo que estamos hablando, porque lo vivimos en carne propia o en forma palmariamente cercana.
Por eso, tenemos el deber de exigir al Estado que nos proteja. Luego de una historia larga y repleta de grandes esfuerzos por obtener o ampliar nuestros derechos, nos encontramos ante estas situaciones arcaicas que nos desarman socialmente, exponiéndonos a la privación de un derecho tan básico como es el derecho a la vida.
Estos son ¡vaya que lo son! derechos humanos inalienables, que debemos respetar en forma objetiva y expresa, diferenciándolos jurídicamente con el agravamiento de la pena de homicidio.
Si el derecho penal consiste en sancionar para que no se delinca, desde el Congreso de la Nación enviamos el claro mensaje de que agredir a la mujer tiene consecuencias especiales, pues hoy legislamos para igualar con la ley lo que la historia y la realidad revelan como absolutamente desigual.
Se trata de la violencia de hombres y mujeres, donde éstas son casi siempre las víctimas silenciosas. Esperamos que esta iniciativa ayude a terminar con la mudez impuesta por el prejuicio, la soledad y la falta de solidaridad de la legislación y del Estado. (Aplausos.)


SRA. PRESIDENTA(ABDALA DE MATARAZZO) Tiene la palabra el señor diputado por Buenos Aires.


SR. MILMAN, GERARDO FABIAN (BUENOS AIRES): Señora presidenta: la primera discriminación es el tiempo.
A la muerte de las mujeres por motivo de género y, de manera más precisa, el asesinato de mujeres por razones asociadas con su género, se la nombró primero en lengua inglesa y se ha traducido y utilizado en lengua castellana como “femicidio”.
Todos hemos hablado aquí del femicidio en nuestros discursos, pero, lamentablemente, en el texto de la norma que vamos a aprobar no figura la palabra femicidio.
A Diana Russell se le atribuye haber sido la primera persona en emplear el término en inglés en 1976, al testificar ante el Tribunal Internacional sobre Crímenes contra las Mujeres en Bruselas.
Posteriormente, en 1982, en un libro suyo definió la voz inglesa como “la muerte de mujeres por el hecho de serlo”.
Según el estudio multipaís de la Organización Mundial de la Salud sobre la violencia doméstica, en la mayoría de los lugares analizados, la tasa de prevalencia física en contra de las mujeres dentro de la pareja, a lo largo de la vida, oscila entre el 23 y el 49 por ciento.
El femicidio representa normalmente la culminación de un proceso prolongado de abuso de poder dirigido a dominar, someter y controlar a la mujer, que viola sus derechos humanos, en especial su derecho a vivir libre de violencia, en particular, de la violencia doméstica.
La violencia es constitutiva de toda política de opresión y sirve, en el caso de la opresión de género, para reafirmar la posición de inferioridad sexual y social de las mujeres.
No se trata de problemas aislados, de patologías individuales, como muestran las concepciones ideológicas hegemónicas, sino de una cuestión estructural constitutiva de la dominación.
El asesinato de mujeres es la forma más extrema de terrorismo sexista. Una nueva palabra es necesaria para comprender su significado político.
Pensamos que “femicidio” es la palabra que mejor describe los asesinatos de mujeres por parte de los hombres, motivados por el desprecio, el odio, el placer o el sentido de propiedad sobre ellas.
El recurso de la violencia por parte de los hombres es instrumental y no constituye una pérdida de control sino más bien una toma de control.
Esta ley es un muy buen paso para comenzar, pero hubiera sido importante la creación de un tipo penal autónomo. ¿Por qué? Primero, porque tiene como objetivo develar el sustrato sexista o misógino que tienen ciertos crímenes contra las mujeres, y que permanece oculto cuando se hace referencia a ellos a través del androcentrismo de figuras aparentemente neutras como el homicidio, así como la responsabilidad directa o indirecta del Estado en estos fenómenos.
Visibilizar la situación es fundamental, no sólo para elaborar de manera eficiente políticas públicas que permitan paliar este flagelo sino también para hacernos cargo. La sanción de una ley es sólo el inicio de un desafío mayor.


SRA. PRESIDENTA(ABDALA DE MATARAZZO) Su tiempo terminó, señor diputado. Le pido disculpas por no haberle dado la palabra antes porque no estaba en la lista.


SR. MILMAN, GERARDO FABIAN (BUENOS AIRES): ¿Puedo decir un párrafo más?


SRA. PRESIDENTA(ABDALA DE MATARAZZO) Se ha pasado dos minutos, y lo dejé porque me había equivocado.
Tiene la palabra la señora diputada por la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.


SRA. ALONSO, LAURA (CIUDAD DE BUENOS AIRES): Señora presidenta: ante todo, quiero dejar asentado que la diputada Gladys González fue quien llevó el trámite del proyecto en nuestro bloque durante dos años, y como no se encuentra hoy espero poder representarla con mis palabras, al igual que a mi bloque, que va a acompañar positivamente el dictamen en tratamiento.
Inicialmente, quiero decir que coincido en un ciento por ciento con las palabras de la diputada Victoria Donda. Es llamativo que el tiempo de debate para temas vinculados a cuestiones de género sea casi nulo, como sucedió hace unas semanas con la derogación del avenimiento, donde se eliminó la lista de oradores.
Esto significa que queda mucho camino por recorrer, no sólo con los colegas varones de esta Cámara y la sociedad sino también con muchas mujeres que creen que estas discusiones no son importantes. Verdaderamente, se trata de discusiones importantes que no sólo afectan a las mujeres sino a toda la sociedad.
Cuando se reforma el Código Penal estamos llegando tarde, y es lamentable que sea así. Por eso, no celebro mucho esta reunión. Celebraré el día que podamos derogar lo que hoy estamos aprobando, esta incorporación al Código Penal, pues será el día en que la justicia, la no discriminación y las libertades individuales habrán triunfado, no sólo para las mujeres sino además para aquellas personas que eligen vivir su vida sexual e identidad de género de una manera alternativa y diferente.

- Ocupa la Presidencia la señora vicepresidenta 3ª de la Honorable Cámara, contadora pública Alicia Mabel Ciciliani.

SRA. ALONSO, LAURA (CIUDAD DE BUENOS AIRES): Respecto de las políticas públicas, bien se ha planteado en el debate la falta de estadísticas. Todos hemos citado la colección de datos de la Asociación Civil “Casa del Encuentro” y conocemos a su directora, Fabiana Tuñez, líder en la materia. Sin embargo, no hay estadísticas oficiales y es allí donde todavía tenemos un largo camino por recorrer.
No podemos decir que las estadísticas sean aquellas que se basan únicamente en las denuncias, porque sabemos que hay agresiones y muertes, como producto de la violencia de género, que no son denunciadas. Quiero agregar este punto porque no fue planteado en el debate.
Finalmente, quiero citar brevemente las palabras de Mabel Bianco, una de esas mujeres de la sociedad civil argentina que desde hace décadas viene luchando para que en el país se cumplan plenamente los derechos democráticos que nos corresponden a las mujeres de toda la sociedad.
Mabel Bianco llamó la atención sobre esta cuestión y dijo: “La violencia contra las mujeres es un fenómeno que sucede en todas las clases. Los femicidios siguen y no paran. Observamos una mayor cantidad de agresión de las parejas cuando se visibilizan más notoriamente los casos; ahora parecería que está de moda quemar a las mujeres, y luego se quiere hacer pasar por un accidente”. En la Argentina las víctimas de femicidio y ataques sexuales son cada vez más jóvenes.
Lo que hoy estamos haciendo aquí, más allá de aprobar una reforma al Código Penal, es llamarnos la atención a todos nosotros y a toda la sociedad respecto de que no debería suceder nunca más una sola muerte de ninguna mujer víctima de violencia de género, de ningún varón o de ninguna otra persona que haya elegido vivir su sexualidad de una forma alternativa. También quiero aprovechar el minuto que me queda para repudiar, y sé que toda la Cámara me va a acompañar, el asesinato de Daniel Zamudio que sucedió hace pocas semanas en Chile, y que fue producto de un grupo de neonazis que lo torturó durante varias y largas horas, que le provocaron una agonía de veinticinco días y luego su muerte por su condición sexual. (Aplausos.)


SRA. PRESIDENTA(CICILIANI) Tiene la palabra la señora diputada por Buenos Aires.


SRA. CAMAÑO, GRACIELA (BUENOS AIRES): Señora presidenta: para hacer honor a lo pactado y en orden a que el proyecto pueda tener sanción, solicito autorización para insertar el discurso que pensaba pronunciar.


SRA. PRESIDENTA(CICILIANI) Se procederá en consecuencia.
Tiene la palabra el señor diputado por Santa Fe.


SR. COMI, CARLOS MARCELO (SANTA FE): Señora presidenta: en primer lugar y sin ánimo de polemizar, quiero citar aquel viejo y bello poema de Tagore que dice que si llorás porque no ves el sol no vas a ver las estrellas.
La verdad es que hoy la gran noticia es que el Congreso de la Nación va a aprobar esta norma -por unanimidad seguramente- y vamos a dar otro paso adelante a favor de las víctimas y de las mujeres que sufren las agresiones, y a la hora de votar sin duda todos los señores diputados estarán sentados en sus bancas, y tendremos quórum más que suficiente para lograr este objetivo.
Además de eso quiero reivindicar especialmente con esta norma, que hoy tal vez llega por la fuerza de ellas, a las organizaciones de género que en todo el país han trabajado y peleado para que cada uno de estos derechos -en este caso la sanción de esta norma y un tipo penal y un castigo que significan el endurecimiento de una pena-, lleguen al derecho positivo argentino.
Vaya especialmente el reconocimiento a las mujeres de mi ciudad, también a las de mi provincia y fundamentalmente a todas, porque en cada rincón del país, a medida que fue avanzando la democracia y que el velo del autoritarismo y del machismo se fue corriendo, las organizaciones fueron construyendo esta realidad.
Asimismo, quiero referirme a algunas luchadoras y compañeras de mi partido; quiero reivindicar a la diputada mandato cumplido, Fernanda Gil Lozano, que tanto trabajó estos temas y que hoy circunstancialmente no está en esta Cámara, pero es parte de la historia de este debate y de este consenso al que hoy se llega.
También reivindico a la diputada Marcela Rodríguez que trabajó tanto estos temas y que hoy está, digamos en otro barrio, pero la sentimos siempre como propia, y a todas y a cada una de las compañeras de nuestro partido que siempre han tenido estos temas en la agenda.
Los abogados aprendemos en la facultad, desde el primer día, que el Código Penal no cambia la realidad, pero de a poco la modifica el hecho de que el Estado marque claramente su posición y esté a favor del débil y del que lo necesita, sancionando las conductas de quienes violentan, agreden o, en este caso, matan.
Por último, quisiera trasmitir un deseo: ojalá que los grandes medios de comunicación, todos, los de un lado y los del otro, depende de donde cada uno se ponga, le den a esta noticia, a este agravamiento de penas y a esta incorporación en el Código Penal, la misma difusión macabra que tantas veces le dan a los hechos de violencia que sufren las mujeres y que, lamentablemente, sin ser un experto creo que genera la repetición de conductas.
Después de lo que pasó con esta chica, la pareja del baterista de Callejeros, se sucedieron los hechos de violencia en ese sentido. Ojalá esto pase.
Quizás esta sanción tenga menos rating o venda menos diarios u ocupe menos espacios en radio y televisión, pero ojalá que mañana y en los días siguientes se le dé la misma cobertura que a veces con tanta efusividad se da al dolor que sufren las personas. (Aplausos.)


SRA. PRESIDENTA(CICILIANI) Tiene la palabra el señor diputado por la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.


SR. CARDELLI, JORGE JUSTO (CIUDAD DE BUENOS AIRES): Señora presidenta: la violencia contra las mujeres se presenta de muchas maneras, pero todas tienen un denominador común: la opresión y la dominación que se canalizan a través del control del cuerpo de las mujeres.
Hay un tipo de violencia de carácter más individual; el ejemplo más común es el de la violencia doméstica, que el proyecto que hoy vamos a votar tiende a describir con más claridad.
Por supuesto que tenemos expectativas de poder avanzar también en la lucha contra otro tipo de violencia, que es la que se da por la ausencia de libertad en la mujer a la hora de decidir sobre el aborto y sobre su propia maternidad. De todos modos, con este proyecto estamos dando un paso adelante, porque hacemos más visible ese tipo de violencia, que dejará de considerarse como un atenuante.
Es cierto –aquí ya se ha dicho- que por vía del Código Penal no se resuelven estos problemas, pero también lo es que en el mundo en que vivimos la sanción y el castigo cumplen una función comunicativa, ya que por lo menos nos permiten denunciar cuáles son las cosas que persigue la sociedad en su conjunto.
Desde nuestro bloque, vamos a apoyar la sanción de este proyecto. Además, como estamos convencidos de que en los últimos años se ha avanzado mucho sobre este tema, principalmente gracias a la lucha que han llevado adelante las mujeres, tenemos fe de que en los próximos meses estaremos dando ese importante debate vinculado con el derecho de las mujeres a decidir sobre el aborto y su maternidad. (Aplausos.)


SRA. PRESIDENTA(CICILIANI) Tiene la palabra la señora diputada por Neuquén.


SRA. COMELLI, ALICIA MARCELA (NEUQUEN): Señora presidenta: reiterando algunos de los conceptos que se han vertido en este recinto, vinculados con el tiempo que le dedicamos a un tema tan trascendente como éste -por el que venimos bregando desde aquella agenda que se generó en 2008, merced al trabajo de muchas legisladoras que ya no integran la Cámara-, lamento que hayamos estado seis horas debatiendo otro asunto y no podamos cumplir con una función comunicacional, a fin de que a través de nuestro mensaje todos los medios puedan sensibilizar a la sociedad. Digo esto porque no se trata simplemente de sancionar esta norma, sino que también debemos transmitir el mensaje de que no puede haber 282 mujeres muertas por la comisión de un delito que ha estado presente en cada una de las demandas de las distintas organizaciones sociales avocadas al tema.
Entonces, como el tiempo es corto y lo tengo que compartir, no me voy a referir a las figuras de este delito, porque ya lo han hecho varios de los legisladores preopinantes. Simplemente, voy a plantear que necesitamos sensibilizar a los jueces. En este sentido, me voy a referir sólo a los jueces que rescato, aunque también están los otros. Así, vaya mi respeto a los integrantes de la Cámara Federal de Mar del Plata, quienes en junio de 2010 consideraron como delito de lesa humanidad las violaciones sexuales cometidas contra mujeres en el centro clandestino de detención “La Cueva”. (Aplausos.)
Debo rescatar también las sentencias ejemplares del juez Daniel Bejas, quien procesó a los altos mandos de la dictadura entre quienes se encontraban Luciano Benjamín Menéndez y Antonio Domingo Bussi, porque en sintonía con la Convención de Belem do Pará en la sentencia se hizo expresa alusión a estas vejaciones, las que tuvieron el agravante de estar enmarcadas en la violencia de género.
También hemos tenido otras sentencias. Ustedes recordarán el caso “Zambrano”, de Palpalá, en el que el condenado mató a golpes a su esposa y lo sentenciaron a cinco años, porque hicieron valer un montón de atenuantes que nosotros, justamente, no queremos que existan. De ahí la reforma que se propone.
Siempre voy a destacar las acciones positivas de la Justicia. Un magistrado en mi provincia, por un caso de femicidio, dijo: “Ella era su concubina, tenían dos hijos en común a los que trascendió el daño, provocándoles una lesión irreparable, innecesaria, absurda y gravísima, teniendo en cuenta la juventud de la víctima. Que el agresor Cortez tenía todas las posibilidades de educación, contención familiar, afectiva y económica. La crueldad y cobardía del ataque, la impunidad con que se condujo y el cinismo de su versión, propias de un canalla...”, citando a Lacan. Esto es lo que nosotros queremos de los jueces.
No emociones violentas, no situaciones que justifiquen lo injustificable. (Aplausos.)


SRA. PRESIDENTA(CICILIANI) Tiene la palabra la señora diputada por Neuquén.


SRA. GUZMAN, OLGA ELIZABETH (NEUQUEN): Señora presidenta: hoy es un día muy especial para todos. Seguramente, no se borrará de las páginas de nuestra historia lo que está ocurriendo con este tema.
En un mundo en el que las mujeres hemos logrado conquistar más espacio en la vida pública, no podemos ni debemos permitir que esta epidemia silenciosa siga creciendo.
No nos quedemos con un acontecimiento triste ni con un acontecimiento que genere comentarios en los medios de comunicación.
No nos quedemos con frases como “podría haberme pasado a mí”. No lo naturalicemos. Repudiemos la violencia, cualquiera sea, ya que se trata de una lacra que corroe y lastima a toda la sociedad.
Desde luego que todo eso debe ir acompañado de políticas integrales y articuladas. Además, debe existir todo un cambio de paradigma que de a poco se va a ir consolidando.
La inclusión de esta mirada en el Código Penal tiende a colaborar desde lo simbólico y desde lo pragmático, para un sostenido avance en este sentido.
Como alguna vez ha dicho José Saramago: “¿Qué clase de mundo es éste que puede mandar máquinas a Marte y no hace nada para detener el asesinato de una mujer?”.
Por lo expuesto, y pidiendo autorización para insertar el resto de mi exposición, adelanto que voy a votar favorablemente el proyecto.


SRA. PRESIDENTA(CICILIANI) Tiene la palabra la señora diputada por La Pampa.


SRA. REGAZZOLI, MARIA CRISTINA (LA PAMPA): Señora presidenta: quiero destacar la relevancia histórica que tiene el hecho de poner sobre la mesa las problemáticas sociales vinculadas con la violencia de género.
No sólo hemos legislado acerca de la realidad de las parejas del mismo sexo, sino que también hemos trabajado sobre la cuestión de la identidad de género.
Hemos derogado la figura del avenimiento y seguimos trabajando para que todos los tipos de violencia de género sean reconocidos por la sociedad argentina, porque queremos una sociedad de personas libres, entendiendo la violencia contra las mujeres como una afrenta a los derechos humanos y un obstáculo para lograr una sociedad igualitaria.
Con ese objetivo tratamos hoy un fenómeno que en los últimos años ha comenzado a cobrar visibilidad, que es que hay varones argentinos que asesinan a mujeres por el hecho de ser mujeres. Pretenden ser dueños de la vida, la libertad y la voluntad de esas mujeres.
También se contempla el caso de aquellas y aquellos que eligen desarrollar una vida sexual diferente y por eso están expuestos a sufrir estos crímenes de odio de género.
Puedo afirmar que en el reverso de este fenómeno de homicidio encontramos operando al patriarcado en su forma más retrógrada, porque estos varones han sido testigos de la violencia de género a lo largo de las décadas en las que la identidad argentina se fue conformando. Se han convertido en sus cómplices.
Es nuestra obligación desarraigar esta cultura de maltrato y discriminación sexual, que tiene como una de sus consecuencias más graves la orfandad de aquellos niños y niñas que pierden a sus madres en manos de sus padres.
Además, es un fenómeno que va en aumento. En 2009, hubo 231 casos; en 2010, 260; en 2011, 282. Sé que estos datos ya fueron enunciados, pero vale la pena remarcarlos para tener conciencia acerca de la materia sobre la que estamos legislando. Deben ser un severo llamado de atención.
Por todo lo expuesto apoyo esta reforma. Dada la escasez del tiempo de que disponemos, adelanto mi voto positivo a esta iniciativa, porque me parece muy valioso que el Código Penal incorpore estas figuras delictivas típicas de las relaciones de pareja, en todos los tipos penales en los que se presentan situaciones de violencia de tal grado que llevan al homicidio de la víctima, con el agravante en el supuesto de que la víctima sea una mujer. (Aplausos.)


SRA. PRESIDENTA(CICILIANI) Tiene la palabra la señora diputada por Buenos Aires.


SRA. RODRIGUEZ, MARCELA VIRGINIA (BUENOS AIRES): Señora presidenta: trataré de justificar dos o tres cosas, de manera que voy a ser muy sintética.
Básicamente, estamos abandonando por primera vez la neutralidad de género del Código Penal. Cuando éste se sancionó, se estaba a favor de la opresión de la mujer, pero ahora justamente se tiende a defender los derechos de las mujeres.
Es cierto que se pidió la incorporación de la palabra “femicidio”, aunque en realidad es un reduccionismo legal, porque aquí se trata de una categoría mucho más amplia que lo que puede contener un tipo penal: comprende el homicidio sexual de mujeres; el homicidio vinculado a una situación de violencia de género no sólo íntima, que es a lo que se refiere el inciso 1º que ha sido ampliado sino también cuando es por medio de conocidos o extraños; homicidios seriales de mujeres; por ejemplo, por la dote que existe en otros países; crímenes de honor o de mujeres prostituidas; casos de abortos clandestinos que llevan a la muerte de la mujer o violaciones en términos de acceso a remedios para HIV.
Como vemos, son muchos los casos comprendidos en la figura del femicidio que contempla este proyecto. No agotamos todos los casos, pero sí avanzamos muchísimo, y lo hacemos sobre la base de una justificación que es central para quienes preguntan por qué ponemos a las mujeres como víctimas y abandonamos esta neutralidad. Tiene que ver con que el Estado tiene un deber de debida diligencia reforzada en relación con la violencia contra las mujeres.
Por la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer artículo 7º, inciso b) tenemos que actuar con la debida diligencia reforzada para prevenir, sancionar y erradicar la violencia. Por eso, nuestra tarea tampoco se agota aquí, en la sanción. Esto quiere decir que no nos pueden sacar una bandera política y decirnos “ya está la tipificación, ahora ya está solucionado el problema”, sino que justamente falta el resto de lo que se ha dicho aquí para evitarlo.
Como me queda sólo un minuto, quiero dar un pantallazo de la realidad. Aquí se ha hablado mucho de números y se ha dicho lo que se espera de los jueces. Yo quiero mostrar lo que dicen los jueces, o por lo menos algunos de ellos. Permítanme leer un fragmento de un fallo.
Se trata de un caso en el que el juez dice lo siguiente: “La atacó con un cuchillo, la hirió en diversas partes del cuerpo, intentó degollarla; no sabe cuándo sustituyó ese cuchillo por un machete; quiso también ahorcarla. La roció con un líquido y le prendió fuego. Sufrió quemaduras en la parte posterior del cuello y en el brazo, de lo cual le quedan cicatrices. Fue hacia el baño, abrió la ducha, mientras se sacaba el pulóver para apagar el fuego. El semicerró la canilla, la tiró, la volvió a acometer. Justo cuando la estaba apuñalando entró el vecino. Le lanza una puñalada al vecino, forcejean. Cae sobre un sillón. El agresor lo ataca con un machete; lo hiere en la pierna. Luego le lanza un golpe con el machete, directamente a la cara, hacia el centro de la frente”.
Finalmente, el juez cita a Dostoievsky en Crimen y castigo. No le parece algo mucho más allá de lo que podría narrarnos Dostoievsky en Crimen y castigo y hace un símil de los personajes. Y dice: “No parece que el del agente fuera el propósito de causar la muerte de determinada manera, que aumenta el mal y el sufrimiento de la víctima y en esa forma ejecuta el hecho. Sobre la base de esta diferencia debe tenerse presente que en numerosos casos los hechos pasionales se cometen infiriendo a la víctima muchas heridas (...) La acción pasional posiblemente...” -y me parece que esto debe destacarse- “... sea una de las motivaciones menos deleznables del homicida (logrado o frustrado) no obstante su insuperable estupidez”. Esto es lo que dicen los jueces: “Menos deleznables”. (Aplausos.)


SRA. PRESIDENTA(CICILIANI) Tiene la palabra el señor diputado por Santa Fe.


SR. FAVARIO, CARLOS ALBERTO (SANTA FE): Señora presidenta: atendiendo a las coincidencias y a los acuerdos logrados que, seguramente, van a permitir la aprobación por unanimidad de esta iniciativa, me voy a abstener de reiterar argumentos que ya han sido expuestos en esta sesión. Solicito autorización para insertar mi discurso en el Diario de Sesiones y dejo señalado nuestro apoyo al proyecto en consideración.


SRA. PRESIDENTA(CICILIANI) Tiene la palabra la señora diputada por la Ciudad Autónoma por Buenos Aires.


SRA. BULLRICH, PATRICIA (CIUDAD DE BUENOS AIRES): Señora presidenta: me alegra mucho que un debate de esta importancia sea presidido por usted, que es una diputada de gran trabajo y preocupación por estos temas. Esto me parece un símbolo importante.
En primer lugar, quiero decir que estamos planteando algo que está en nuestra realidad de todos los días. Me refiero a esta idea de salir de las formalidades que tenía nuestro texto vigente e incorporar todo tipo de relaciones: las de pareja, las de noviazgo, las de los cónyuges, es decir, a todos aquellos que tengan algún tipo de relación interpersonal que pueda entrar dentro de este tipo de violencia que estamos describiendo.
También es muy importante plantear la introducción de las parejas que han terminado su relación, porque hemos visto muchísimos casos de homicidios posteriores por despecho, por parte de quienes habiendo terminado una relación, lo que hoy podemos llamar el femicidio vinculado, pueden matar a un hijo, con el único objeto de causar un sufrimiento especial producto de esa venganza.
También creo que hemos avanzado en algo que ya han mencionado muchos señores diputados, como la señora diputada Alonso. Me refiero a los casos de orientación sexual, de odio, que hemos vivido tan fuertemente todos los argentinos con el caso de Daniel Zamudio en Chile, con la brutalidad y las cruces esvásticas en su cuerpo. Poder sentir esto y estar legislando ya, me parece un paso muy importante.
Por último, quiero plantear el tema concreto que estamos discutiendo, que es incorporar un agravante a la pena por el hecho de tratarse de una mujer, y plantear que en nuestro ordenamiento penal esto implica prisión perpetua. Me refiero al caso de que se mate a una mujer por el solo hecho de ser mujer, por esta consideración de propiedad, esta idea de tomar a la mujer como una propiedad.
Por último, me quiero referir a un tema que ya fue mencionado por alguna señora diputada y que me parece muy importante, que es el encuadramiento muchas veces existente en la Justicia en la emoción violenta, que lo que hace es esconder la no sanción. En el caso que consideramos se plantea que esto no es aplicable.
Hoy, se decía que en esta Cámara cuando un proyecto se cambia, igual la oposición no lo acompaña. En este caso, estamos planteando con claridad que se ha trabajado, que se ha visto el texto una, dos y cinco veces y que ha habido muchas reuniones. Hemos llegado a un acuerdo y si no me equivoco considero que este proyecto va a ser votado por unanimidad. Por eso, me parece un buen augurio.


SRA. PRESIDENTA(CICILIANI) Tiene la palabra la señora diputada por Corrientes.


SRA. CHIENO, MARIA ELENA PETRONA (CORRIENTES): Señora presidenta: a lo largo de la historia las mujeres hemos sido objeto de muchas cosas; ha sido difícil ser mujer y sigue siéndolo. Hemos sido objeto de uso, moneda de cambio, posesión y descarte por parte del poder patriarcal.
Desde la más temprana infancia hasta la ancianidad las mujeres han sufrido diferentes situaciones de este tipo. Aún quedan en nuestros textos legales importantes vericuetos en los cuales se esconden, se acovachan los asesinos para poder disminuir sus penas.
Yo sé que esta modificación al Código Penal no va a terminar con los femicidios, con la muerte de muchas mujeres inocentes, pero sí va a hacer que sea más difícil para las personas culpables esconderse y salir en libertad.
Quiero hacer un breve relato. En el año 2000, en el pueblo en el que yo habito, la ciudad de Monte Caseros en la provincia de Corrientes, con una población de 25 mil habitantes tuvimos el terrible saldo de once personas muertas por violencia de género. Y quiero dedicar el voto a este proyecto de ley a una de esas personas, a Rosa Benavides, que fue muerta durante ese año, ella y sus cuatro hijos, por causa de su marido. Costó muchísimo a toda la organización de mujeres lograr que el asesino de Rosa Benavides quedara preso porque una y otra vez era puesto en libertad por los jueces. Hoy, está preso y condenado a cadena perpetua.
Así que por Rosa Benavides voy a votar a favor de este proyecto. (Aplausos.)


SRA. PRESIDENTA(CICILIANI) Tiene la palabra la señora diputada por Santa Cruz.


SRA.(ÁLVAREZ) Señora presidenta: el proyecto de ley en tratamiento tiene por objeto la tipificación como homicidio agravado del denominado “femicidio” o “feminicidio”, entendiéndose por ello el asesinato de una persona de sexo femenino por su condición de género y en circunstancias que revelen abuso, discriminación y desigualdad.
Se presenta esta propuesta en consonancia con la ley 26.485, de protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en los que desarrollen sus relaciones interpersonales, que en su texto contempla específicamente la violencia ejercida en el marco del matrimonio, las uniones de hecho, parejas o noviazgos vigentes o finalizados, no siendo requisito la convivencia.
El 16 de de noviembre de 2009, la Corte Interamericana de Derechos Humanos pronunció una sentencia considerada ejemplar sobre el asesinato, en 2001, de varias jóvenes mexicanas de ciudad Juárez. Aquel año fueron descubiertos en un lugar conocido como “campo algodonero” los cadáveres de Claudia González, de 20 años, Esmeralda Herrera, de 15 años, y Laura Berenice Ramos, de 17 años, junto a los restos de otras cinco mujeres que no pudieron ser identificadas. Los cuerpos mostraban signos de que las mujeres habían sido violadas con extrema crueldad.
Frente a la indiferencia y al desinterés de las autoridades mexicanas por investigar esas muertas, la abogada de las familias llevo el caso a la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Ocho años más tarde, la corte condenó por primera vez en la historia a un país, México, por considerarlo responsable de feminicidio. Lo declaró “culpable de violentar el derecho a la vida, la integridad y la libertad personal, entre otros delitos”, así como culpable de “no investigar adecuadamente” las muertes.
En esa sentencia, el alto tribunal define el feminicidio como “homicidio de mujer por razones de género”. La condena no se limita a los cinco casos denunciados sino que incluye una serie de deberes impuestos al Estado mexicano para investigar e impedir los feminicidios en su territorio.
Las cifras del Observatorio de Femicidios en Argentina Adriana Marisel Zambrano, sorprenden y han sido mencionadas varias veces en este recinto: un total de 282 mujeres y niñas fueron asesinadas durante 2011, según un informe. En la mayoría de los casos los maridos o ex parejas fueron los responsables directos de las muertes.
Los seguimos en los medios, nos enteramos cuando están en terapia intensiva o cuando son asesinadas. Pero la violencia de género sobre mujeres es un fenómeno que comienza a ser visible a través de los medios de comunicación y aún el Estado no instrumenta una red de ayuda para las víctimas. Los números atemorizan: los casos de violencia contra la mujer, tipificados como femicidio, se cobraron la vida de 282 mujeres y niñas durante todo el 2011, según un reporte del Observatorio de Femicidios en Argentina Adriana Marisel Zambrano, coordinado por la ONG Asociación Civil La Casa del Encuentro.
El relevamiento fue hecho a partir de los casos difundidos en 120 diarios de distribución nacional y provincial y agencias de noticias. Si bien el universo relevado es amplio, al tratarse sólo de casos de los que tomaron conocimiento los medios de comunicación, puede inferirse que el número real de víctimas haya sido mayor.
Por otro lado, 346 hijos se transformaron en víctimas colaterales del femicidio al quedar huérfanos de madre.
En 2010, la organización había contabilizado 260 casos, más que los 231 documentados en 2009.
Perfil, en un informe reciente, presenta dos entrevistas audiovisuales que informan en materia de violencia de género y ponen en evidencia las carencias desde el Estado en el tratamiento de casos de feminicidios. Corina Fernández cuenta su experiencia como víctima y la jueza Elena Highton de Nolasco, la visión de la Corte Suprema.
En el referido informe, la doctora Highton de Nolasco señala que la mayoría de los femicidios se producen, en un 96 por ciento, por violencia psicológica; en un 74 por ciento, por violencia física; en un 4 por ciento, por violencia económica, y en un 20 por ciento, por violencia sexual.
En sintonía con la importancia que se ha dado a este flagelo en países de América Latina como Guatemala, Chile, Costa Rica, Colombia y El Salvador, que en sus ordenamientos locales han tipificado penalmente el homicidio de mujeres por razones de género, es necesario que nuestro país avance en ese sentido. Lamentablemente, el número de víctimas de este tipo de violencia, en el transcurso del último tiempo se ha ido incrementando de manera muy preocupante.
Sabemos que con la modificación del Código Penal no alcanza; pero esperamos que, una vez sancionado este proyecto –no dudo de que será por unanimidad-, desde el Estado se apliquen políticas públicas para la prevención y contención, y para evitar casos como el que nos ocupa en este momento. (Aplausos.)


SRA. PRESIDENTA(CICILIANI) Tiene la palabra la señora diputada por Buenos Aires.


SRA. SEGARRA, ADELA ROSA (BUENOS AIRES): Señora presidenta: sin perjuicio de solicitar la inserción de mi discurso en el Diario de Sesiones, quiero decir que es un honor y un orgullo haber logrado los consensos necesarios a fin de tratar hoy aquí este proyecto de ley, que constituía una asignatura pendiente.
El femicidio es la forma más cruel del machismo expresada en la violencia contra la mujer. Creemos que esta iniciativa es una herramienta fundamental que permitirá a los jueces evaluar las nuevas situaciones familiares y aplicar las correspondientes penas. La aplicación de éstas constituye la posibilidad de dar visibilidad a esta terrible situación del femicidio. (Aplausos.)


SRA. PRESIDENTA(CICILIANI) Tiene la palabra la señora diputada por Corrientes.


SRA. FERREYRA, ARACELI (CORRIENTES): Señora presidenta: cierto es que ningún canalla, o victimario –hablando jurídicamente-, detendrá su accionar por estas normas que habremos de sancionar, pero coincido con lo señalado, entre otros, por los señores diputados Ferrari y Cardelli, quienes manifestaron que estamos dando un mensaje muy fuerte. Permítanme ejemplificar qué habría sucedido si a principios de 2011 hubiésemos contado con esta ley.
Zunilda Maldonado tenía cuatro hijos. Su ex pareja intentó matarla y golpeó con un martillo a uno de sus hijos. Fue la policía, llamada por los vecinos; llevaron a Zunilda y a su hijo al hospital, y el canalla confesó que actuó así porque ella lo había dejado. Finalmente, quedó suelto, y una semana después, en la madrugada de un martes trágico, volvió con una rosa y una bolsa de caramelos queriendo comprar la voluntad de Zunilda. Como ella volvió a decirle que no, la dejó afuera, se encerró con los hijos y degolló a tres menores, de 4, 7 y 12 años.
Estos incisos y artículos son nombres y apellidos de mujeres y niños. Ese caso ocurrió porque los funcionarios policiales no tomaron el tema en serio, y lo catalogaron como violencia doméstica o situación de pelea que no merecía la atención del Estado. El hecho terminó en una tragedia.
Esta ley servirá a esos funcionarios policiales y judiciales renuentes y negligentes. Por eso, comprometo mi esfuerzo y apoyo la iniciativa en debate. Por todas las Zunildas y Wandas, el Congreso está diciendo clara y firmemente: “Nunca más femicidios en la Argentina”. (Aplausos.)


SRA. PRESIDENTA(CICILIANI) Tiene la palabra la señora diputada por Tucumán.


SRA. MIRKIN, BEATRIZ GRACIELA (TUCUMAN): Señora presidenta: me alegra enormemente poder votar hoy este proyecto de ley, aunque es cierto que tal vez no resuelva por mucho tiempo ninguna de las muertes de mujeres.
La muerte de la mujer a manos de un varón es el último paso de muchos años de violencia, que tal como lo establece la ley integral de violencia contra las mujeres, constituye violencia psicológica, sexual, económica, simbólica y la exhibida en los medios.
Todo ello se vincula con un patrón cultural que viene desde el fondo de la historia y que no ocurre sólo en la Argentina. Esta situación sólo puede resolverse si el Estado, que somos todos, adopta como verdadera política pública prevenir y erradicar la violencia contra las mujeres. Se ha venido haciendo mucho, aunque otras compañeras y compañeros legisladores planteen lo contrario.
Como ministra de Desarrollo Social de la provincia de Tucumán durante ocho años, me ha tocado ser la coordinadora de la Comisión Interministerial de Acciones para la Mujer.
Por ser un tema cultural, varones y mujeres educamos a nuestros hijos con patrones culturales que denuestan a las mujeres. Los varones se inician en la sexualidad con prostitutas o con las empleadas del servicio doméstico, las sirvientas, mientras que las mujeres deben llegar vírgenes al matrimonio. El papá sale a trabajar y la mamá se queda en la casa, por lo que no tiene independencia económica. Así se comienza con el “vos no servís” y con el que las mujeres no piensan, no hablan y son estúpidas.


- Ocupa la Presidencia la señora vicepresidenta 1ª de la Honorable Cámara, profesora Norma Amanda Abdala de Matarazzo.

SRA. MIRKIN, BEATRIZ GRACIELA (TUCUMAN): Estas cuestiones no se resuelven efectivamente con tipificar el femicidio, pero ello permite acercar el Estado a las mujeres que están siendo víctimas de la violencia.
Las diputadas españolas introdujeron hace ya quince años en España la ley de violencia contra las mujeres y el tema del femicidio. Habrán visto en la televisión española que cada vez que había una muerte de una mujer, se informaba la existencia de un femicidio y automáticamente se arrestaba al culpable.
Las diputadas españolas planteaban que habían logrado bajar en cuatro años el tiempo transcurrido desde que se iniciaba un proceso de violencia en un hogar o en una pareja –aunque no fueran convivientes hasta que la mujer aceptaba que tenía un problema y confiaba en que alguien se lo podía llegar a resolver.
Esta es la cuestión central: se debe acompañar a las mujeres desde los Ejecutivos provinciales. No sólo hace falta adherir a la iniciativa, sino tener equipos que puedan acompañarlas. La doctora Highton de Nolasco decía el 8 de marzo, cuando firmó con la presidenta provisional del Senado un convenio para que las senadoras y senadores pudieran capacitarse en el tema de trata de personas, que el 80 por ciento de los casos de denuncia por violencia de género habían pasado al archivo en los tribunales federales.
Esto no es casual y es el mismo patrón cultural que está en la Justicia, en los Poderes Ejecutivos, en los empleados del Estado, en los diputados, en los senadores y en cualquiera que plantea estas cuestiones contra las mujeres. (Aplausos.)
Por eso, debemos sentirnos parte de una política que plantee que una verdadera democracia se mide con el nivel de participación de las mujeres. Siempre hace falta una ley que promueva esa participación, porque las mujeres tenemos problemas, como que no podemos salir a trabajar y nos plantean que debemos quedarnos a cargo de nuestros hijos.
Fíjense que ahora una madre ha matado a su hijo y se acaba de suicidar. Han denostado a esa mujer, y no la estoy defendiendo, pero nunca aparecen los padres que han matado a sus hijos. Podemos observar la cosificación de las mujeres en el mundo de la televisión, de las que todo el mundo se ríe; se hacen chistes contra ellas, se muestran las colas de las mujeres, las mujeres somos objeto, y eso también sigue formando parte de la cultura machista que día a día vivimos las mujeres.
Por eso, digo que cuando hay una prostituta es porque hay un prostituyente. No creamos que somos iguales; todavía falta mucho para que todos seamos iguales ante la ley. Por eso, un investigador sostenía que los hombres, incluyendo a varones y mujeres, somos iguales, pero hay algunos más iguales que otros. (Aplausos.)


SRA. PRESIDENTA(ABDALA DE MATARAZZO) Tiene la palabra el señor diputado por Santiago del Estero.


SR. OLIVA, CRISTIAN RODOLFO (SANTIAGO DEL ESTERO): Señora presidenta: creo que a esta altura del debate sobre este tema es muy difícil abordarlo sin caer en reiteraciones. El miembro informante y los demás diputados han sido muy claros al referirse al contenido del proyecto de modificación del artículo 80 del Código Penal. Así que, en honor a la brevedad, voy a pedir permiso para insertar mi discurso en el Diario de Sesiones.
Pero quiero reconocer una vez más la forma en que se trabajó en comisión. El presidente de la Comisión de Legislación Penal y la presidenta de la Comisión de Familia han tenido una gran amplitud y han sido muy receptivos a las propuestas formuladas por los distintos diputados, no solamente en el ámbito de las comisiones sino también en este recinto y en los pasillos, con una informalidad que permitió pulir un texto para unificar las posturas de los diputados de diferentes bloques.
En este recinto se ha hecho referencia a la necesidad de que, a partir de esta modificación, sean también los jueces quienes tengan una postura firme para aplicar el Código Penal con la rigurosidad que los legisladores sancionaremos en esta sesión.
Quiero hacer referencia a una cuestión que no ha sido mencionada. En el tema de la violencia contra la mujer los legisladores tenemos una deuda pendiente. Los organismos competentes han tratado de adoptar todas las medidas necesarias para que muchísimos casos de violencia contra la mujer que se desarrollan en el ámbito familiar puedan salir a la luz.
En este preciso momento, y aún tipificados muchos delitos, por diferentes circunstancias que todos conocemos, no se denuncian, no son puestos en conocimiento de las autoridades y lógicamente no se pueden activar los mecanismos para lograr la sanción de estas conductas delictivas.
Entonces, creo que no solamente es necesario que los jueces actúen sino que para que los buenos jueces y autoridades puedan actuar es necesario seguir trabajando, para incentivar que cada vez sean más las mujeres que denuncian este tipo de delitos a fin de que no queden en la órbita del hogar.
A modo de ejemplo cito una experiencia desarrollada en mi provincia recogiendo una iniciativa que la Corte Suprema de Justicia de la Nación estableció en una acordada, en la que por ley se creó la Oficina de Violencia contra la Mujer. Tengo que decir que es asombroso lo que ha aumentado la cantidad de denuncias de mujeres víctimas de violencia en el ámbito familiar.
Esa oficina está encargada de trasladar, canalizar, asesorar y fundamentalmente -una vez activados los mecanismos legales- adoptar las medidas de protección para la integridad física de las mujeres y demás miembros de su familia, a fin de que no sufran represalias.
Con toda convicción nuestro bloque va a acompañar la sanción de este proyecto. (Aplausos.)


SRA. PRESIDENTA(ABDALA DE MATARAZZO) Tiene la palabra el señor diputado por la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.


SR. GARRIDO, MANUEL (CIUDAD DE BUENOS AIRES): Señora presidenta: voy a insistir sobre algo mencionado hoy, que es el inmenso trabajo desarrollado en las comisiones y la actitud y la labor realizada tanto por la diputada Risko como por el diputado Albrieu, además del hecho de haber logrado consensos que seguramente harán que la iniciativa sea votada por unanimidad.
Quiero señalar que esta modificación del Código Penal no es que llegue tarde sino que, de alguna manera, es un paso más en el avance que está llevando a cabo este Congreso en la adecuación de la legislación para garantizar los derechos de las mujeres, tal como hicimos hace pocos días con la derogación del avenimiento.
No podemos ignorar la función simbólica del derecho y la proyección que tiene la inclusión de estas disposiciones en el Código Penal. La inclusión de la nueva norma en el Código Penal va a tener una función importante que es el movilizar a los individuos en beneficio de una idea.
Este es un punto de partida o un paso más para que, a partir del reconocimiento y de la visualización, el derecho impulse la modificación de la realidad.
Una antropóloga brasileña que se ocupó del tema, Rita Segato, hace hincapié en la importancia de esta dimensión simbólica del derecho, y destaca que la inclusión en la legislación -y también en la legislación penal- de este tipo de normas determina que aunque de manera lenta y por momentos indirecta, vamos modificando la moral, las costumbres y el sustrato prejuicioso del que emanan las violencias.
Quiere decir que esta modificación la visualizamos como una modificación hacia el futuro, como un paso más en una transformación esencial de ese sustrato cultural en el que muchas veces abreva la violencia contra la mujer.
También quiero decir que este paso que vamos a dar se inscribe en una evolución del derecho internacional. Aquí se mencionó la evolución en materia de derechos humanos a nivel internacional.
Estamos avanzando en la obligación que tiene el Estado argentino de prevenir, investigar y sancionar las graves violaciones a los derechos humanos, y esta introducción en la legislación penal también sigue la evolución que se da a partir de la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, y específicamente el Comité de la CEDAW recomendó a un país, México, la inclusión en la legislación penal de la figura del femicidio, y nosotros estamos avanzando en esa línea.
Esa línea también se planteó en otros países como Suecia, a partir de 1998, España y otras naciones latinoamericanas. Si bien el derecho penal no es la solución a los conflictos, sin duda es un elemento más en el cumplimiento, por parte del Estado argentino, de las obligaciones que le incumben.
Eso es lo que estamos haciendo hoy, y quiero detenerme en los tres aspectos más importantes de esta legislación que vamos a sancionar. El primero, como posible respuesta a la objeción de si esto es necesario. La respuesta es que sí es necesario que la Argentina abandone el esquema de neutralidad en este tipo de legislación, en la medida en que es importante que se visibilice este fenómeno de la violencia contra la mujer y del femicidio.
No podemos desarrollar políticas públicas eficaces si no tenemos datos ciertos a partir de la visibilización de esta realidad y la previsión en un artículo específico, como es el inciso 11 del artículo 80 del femicidio como crimen contra la mujer mediando violencia de género, lo que implica una visibilización, un abandono de la neutralidad y por supuesto un paso adelante.
El abandono de la neutralidad exige un paso adelante en el sentido de que la introducción de este tipo de legislación no rebote negativamente sobre las mujeres, aplicándoseles a ellas, con esa apariencia de neutralidad que siempre termina afectando a la parte más débil, que en este caso siempre es la mujer.
Otra cuestión importante que debo destacar es por qué se justifica la modificación de esta legislación. Básicamente es porque hay un plus adicional, que es el del bien jurídico. Concretamente, me refiero a la situación de discriminación y subordinación que justifica la inclusión de este tipo de delitos en una previsión aparte.
Por otro lado, quiero responder a ciertas objeciones que en su momento se plantearon durante la discusión en comisión, básicamente sobre si estamos introduciendo algún tipo de discriminación. No lo estamos haciendo; estamos cumpliendo con el mandato constitucional de realizar acciones afirmativas en favor de las mujeres. Esto lo debo dejar en claro ante posibles decisiones jurisprudenciales y actitudes de los jueces refractarias a la aplicación de la legislación que emana de este Congreso.
En este sentido, no estamos incluyendo ningún tipo de disposición discriminatoria, porque tanto la Sala Constitucional de Costa Rica como el Tribunal Constitucional Español han reconocido su constitucionalidad...


SRA. PRESIDENTA(ABDALA DE MATARAZZO) La Presidencia solicita al señor diputado que redondeé su exposición, ya que ha vencido el tiempo de que disponía para hacer uso de la palabra.


SR. GARRIDO, MANUEL (CIUDAD DE BUENOS AIRES): Ya finalizo, señora presidenta.
Como decía, la justicia constitucional española reconoció la admisibilidad de disposiciones como las que estamos tratando, señalando que ella no implica ningún tipo de discriminación y que, además, existe un fin legítimo, que es el de la protección de aquellas personas –en este caso las mujeres- que se encuentran sometidas a una situación de subordinación y discriminación que justifica este agravante.
Finalizo diciendo que este es un paso más, aunque nos quedan algunas asignaturas pendientes, ya que también deberíamos avanzar en materia de prevención y de políticas públicas. Por eso, comprometemos nuestro aporte en ese sentido. (Aplausos.)


SRA. PRESIDENTA(ABDALA DE MATARAZZO) Tiene la palabra el señor diputado por Entre Ríos.


SR. BARRANDEGUY, RAUL ENRIQUE (ENTRE RIOS): Señora presidenta: en estos dos minutos de los que dispongo para cerrar el tratamiento de este tema en una sesión que considero memorable e histórica, debo manifestar que efectivamente el Código Penal no modifica la realidad social. Pero invirtiendo el enunciado, hoy podríamos decir que al cambiar la realidad social debe cambiar el Código Penal.
Personalmente, me siento autorizado para entender este cambio que se está insinuando maravillosamente casi por unanimidad. Con esta medida estamos colocando a la persona humana en el centro de la preocupación del Congreso Nacional y de la institucionalidad argentina. Sin duda, este es un motivo de renovado orgullo.
Por otra parte, debo expresar mi reconocimiento sincero al trabajo realizado por los presidentes de las comisiones -la señora diputada Risko y el señor diputado Albrieu-, quienes con enorme paciencia y voluntad han receptado todas nuestras inquietudes personalmente presenté cuatro o cinco propuestas y casi todas fueron contempladas en el dictamen final.

- Ocupa la Presidencia el señor presidente de la Honorable Cámara, don Julián Andrés Domínguez.

SR. BARRANDEGUY, RAUL ENRIQUE (ENTRE RIOS): Por otra parte, tengo que señalar a modo de aporte que este sendero que estamos transitando no finaliza en esta medida que vamos a votar. Digo esto porque aún no se ha tenido en cuenta como agravante el caso de una persona que instiga a una mujer a dar muerte a otra mujer en un contexto de violencia de género; no estamos incluyendo el caso del autor de lesiones gravísimas que en un contexto de violencia de género, por ejemplo, prendiera fuego a su mujer y que por esas cuestiones del destino no finalizara en homicidio; tampoco estamos incluyendo al adoptante que da muerte a la adoptada por esperar un favor sexual que no se dio, y tampoco estamos contemplando la violencia de género que da como resultado la muerte de una mujer en un contexto de trata de personas en el que, por haber sido la homicida otra mujer, deberíamos aplicar la pena de privación de la libertad de 8 a 25 años.
Con la esperanza de que esta maravillosa sanción en la que nos hermanamos todos los legisladores de esta Cámara signifique nuevos y mejores pasos en el trabajo vinculado con nuestra legislación, adelanto mi voto afirmativo. (Aplausos.)


SR. PRESIDENTE(DOMÍNGUEZ) Por Secretaría se dará lectura del proyecto.


SR.(SECRETARIO (BOZZANO)) Dice así: “Artículo 1°: Sustitúyense los incisos 1° y 4° del artículo 80 del Código Penal que quedarán redactados de la siguiente forma: ‘Artículo 80: Se impondrá reclusión perpetua o prisión perpetua, pudiendo aplicarse lo dispuesto en el artículo 52, al que matare:
1° A su ascendiente, descendiente, cónyuge, ex cónyuge, o a la persona con quien mantiene o ha mantenido una relación de pareja, mediare o no convivencia.
4° Por placer, codicia, odio racial, religioso, de género o a la orientación sexual, identidad de género o su expresión.’”
“Artículo 2°: Incorpórense como incisos 11 y 12 del artículo 80 del Código Penal los siguientes textos: ‘11. A una mujer cuando el hecho sea perpetrado por un hombre y mediare violencia de género. 12. Con el propósito de causar sufrimiento a una persona con la que se mantiene o ha mantenido una relación en los términos del inciso 1°’”.
“Artículo 3°: Sustitúyese el artículo 80 in fine del Código Penal, el cual quedará redactado de la siguiente manera: ‘Cuando en el caso del inciso 1° de este artículo, mediaren circunstancias extraordinarias de atenuación, el juez podrá aplicar prisión o reclusión de ocho a veinticinco años. Esto no será aplicable a quien anteriormente hubiera realizado actos de violencia contra la mujer víctima.’”
“Artículo 4°: Comuníquese al Poder Ejecutivo.”


SR. PRESIDENTE(DOMÍNGUEZ) Tiene la palabra el señor diputado por Santa Fe.


SR. ROSSI, AGUSTIN OSCAR (SANTA FE): Señor presidente: habida cuenta de la trabajosa y fructífera tarea que han llevado adelante los diputados, llegando a este texto por consenso, solicito que la votación se realice en general y en particular en un solo acto.


SR. PRESIDENTE(DOMÍNGUEZ) En consideración la propuesta formulada por el señor diputado por Santa Fe.
Se va a votar.
Resulta afirmativa.

SR. PRESIDENTE(DOMÍNGUEZ) Se procederá en consecuencia.
Tiene la palabra el señor diputado por la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.


SR. PINEDO, FEDERICO (CIUDAD DE BUENOS AIRES): Señor presidente: sencillamente quiero hacer una propuesta en particular.
Nos parece demasiado abierto el tipo del que se habla en el artículo 1º en cuanto a una “relación de pareja”. En consecuencia, proponemos que diga “una relación estable de pareja con convivencia, mediare o no convivencia al momento del hecho.”

- Varios señores diputados hablan a la vez.

SR. PINEDO, FEDERICO (CIUDAD DE BUENOS AIRES): Finalmente, por la última frase del artículo 3º nos parece que no se puede penalizar por un delito anterior.


SR. PRESIDENTE(DOMÍNGUEZ) Tiene la palabra el señor diputado por Río Negro.


SR. ALBRIEU, OSCAR EDMUNDO NICOLAS (RIO NEGRO): Señor presidente: habida cuenta de que este proyecto fue el resultado de un amplio consenso, no vamos a aceptar ninguna modificación. (Aplausos.)


SR. PRESIDENTE(DOMÍNGUEZ) Se va a votar nominalmente en general y en particular.

- Se practica la votación nominal.2012/130OT04_13_R05.pdf

- Conforme al tablero electrónico, sobre 207 señores diputados presentes, 206 han votado por la afirmativa.

SR.(SECRETARIO (BOZZANO)) Afirmativos, 206; no se han registrado votos negativos. (Aplausos.)


SR. PRESIDENTE(DOMÍNGUEZ) Queda sancionado el proyecto de ley. (Aplausos.)
Se comunicará al Honorable Senado.
Queda constancia de los votos afirmativos de los señores diputados Alfonsín y Abdala de Matarazzo.
La Presidencia solicita el asentimiento de la Honorable Cámara para autorizar se realicen en el Diario de Sesiones las inserciones solicitadas por los señores diputados.

- Asentimiento.

SR. PRESIDENTE(DOMÍNGUEZ) Se procederá en consecuencia.
No habiendo más asuntos que tratar, queda levantada la sesión.

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