Período:124 Reunion:38 Fecha:08/11/2006 DESIGNACIÓN DE CURADOR POR PERSONAS MAYORES DE EDAD
SRA. PRESIDENTA(VACA NARVAJA)
En consideración en general.
Tiene la palabra la señora diputada por Córdoba.
SRA. MONAYAR, ANA MARIA CARMEN (CORDOBA):
Señora presidenta: las disposiciones del Código Civil hoy establecen que los padres pueden ser curadores de sus hijos mayores incapaces, los hijos pueden ser curadores de sus padres incapaces y los cónyuges entre sí pueden ser curadores del otro si está incapacitado. Esta incorporación del artículo 479 bis que propone el proyecto del señor diputado Juan José Álvarez, que ha contado con el beneplácito de toda la Comisión de Legislación General, establece lo siguiente: "En los casos en que no se den los supuestos de los artículos precedentes,..." -que son los que acabo de enunciar- "... las personas mayores de edad capaces, en previsión de una eventual incapacidad o inhabilidad, podrán proponer por ante el juez competente un futuro curador y un sustituto para el caso de que el primero no quiera o no pueda aceptar. Promovida la demanda de insania o inhabilitación, el juez debe tener en cuenta esta manifestación de voluntad a los fines de la designación del curador."
Esto significa que mientras gozamos de nuestras facultades podemos decidir la persona de confianza en quien vamos a depositar nuestra persona y bienes ante una eventual incapacidad.
Considero que esto constituye un avance muy importante y en razón de ello solicito a los colegas diputados la aprobación de este proyecto.
SRA. PRESIDENTA(VACA NARVAJA)
Se va a votar en general en forma nominal.
- Se practica la votación nominal2006/124OT27_07_R38.pdf.
- Conforme al tablero electrónico, sobre 163 señores diputados presentes, 155 han votado por la afirmativa y 2 por la negativa, registrándose además 5 abstenciones.
SR.(SECRETARIO (HIDALGO))
Han votado por la afirmativa 155 señores diputados y 2 por la negativa.
SRA. PRESIDENTA(VACA NARVAJA)
Se deja constancia del voto afirmativo de los señores diputados Ilarregui, Agüero, Toledo, Díaz Roig, César, Martínez y Bisutti.
En consideración en particular el artículo 1º.
Se va a votar.
- El artículo 2º es de forma.
SRA. PRESIDENTA(VACA NARVAJA)
Queda sancionado el proyecto de ley.
Se comunicará al Honorable Senado.