Período:121 Reunion:29 Fecha:17/12/2003 CONSEJO DE LA MAGISTRATURA


SR. PRESIDENTE(CAMAÑO) En consideración las enmiendas introducidas por el Honorable Senado al proyecto de ley que le fuera pasado en revisión sobre modificación de la ley del Consejo de la Magistratura (ex Orden del Día N° 587; expediente 0010-pe-2000).

Aquí ley del consejo de la magistratura. ex orden del dia numero 587

SR. PRESIDENTE(CAMAÑO) Tiene la palabra el señor diputado por Salta.


SR. URTUBEY, JUAN MANUEL (SALTA): Señor presidente: este proyecto es de larga data en esta Cámara de Diputados. Reconoce su origen en un mensaje del Poder Ejecutivo del año 2000. Este proyecto establece el sistema que debe aplicarse para la subrogancia, en caso de ausencia de jueces, hasta tanto se cubra la respectiva vacante.
A fin de ser absolutamente claros y de no sobreabundar en un discurso, quiero señalar que la Cámara de Diputados sancionó en su momento una norma incluyendo entre las facultades del Consejo de la Magistratura la reglamentación del sistema de subrogancia.
En el Senado de la Nación se introdujo una modificación, a nuestro juicio excesivamente taxativa, y probablemente mucho menos operativa que lo que nosotros sancionamos en Diputados.
Para los miembros de nuestra bancada y entiendo que también para todas las bancadas de este cuerpo es importante contar con esa norma. Es nuestra voluntad insistir en el texto sancionado oportunamente por la Cámara de Diputados. Entiendo que no sólo se necesitan los dos tercios para insistir en nuestro proyecto sino que, ya sea para aprobar la insistencia o en su defecto para la aceptación de las modificaciones, también se requieren, por tratarse de reformas a una carta orgánica, 129 votos positivos.
En forma somera, la diferencia es la que recién planteaba: el proyecto que votó en su momento Diputados establece como facultad del Consejo la de dictar la reglamentación, mientras que el sancionado por el Senado plantea cuál es el mecanismo de cobertura de esas vacantes. A nuestro juicio, es más conveniente, más oportuno y adecuado a nuestro ordenamiento legal, insistir en el proyecto de Diputados.


SR. PRESIDENTE(CAMAÑO) Tiene la palabra el señor diputado por San Juan.


SR. MINGUEZ, JUAN JESUS (SAN JUAN): Señor presidente: coincidimos en que debe darse una solución a un problema que se presenta en el caso de vacantes de jueces nacionales, que es una cuestión que se genera en todo el país y una cuestión de Estado cuyo tratamiento está demorado. La aprobación de este proyecto de ley en el día de la fecha es un paso adelante para solucionar la morosidad judicial.
La falta de un juez que dicte sentencia agrava obviamente la situación de los ciudadanos judiciables y ha sido motivo de reclamos de las asociaciones profesionales de abogados. Por lo tanto, este problema merece una solución. Hay quienes dicen que ello debería hacerse a la luz de la experiencia generada en estos últimos años, en los que tuvieron vigencia las leyes que regulan el Consejo de la Magistratura, como la 24.937 y la 24.939.
Para lograr una solución definitiva, esa experiencia nos indica que la cuestión merece un tratamiento y una dedicación específica, y hoy tenemos la posibilidad de avanzar en la solución del problema.
Quienes oportunamente sostuvimos el dictamen de minoría creemos que no debemos delegar en el Consejo de la Magistratura la reglamentación de la ley de subrogancias. ¿Por qué vamos a delegar si podemos legislar?
La aprobación del proyecto contenido en el dictamen de minoría, que nosotros defendemos, daría mayor estabilidad y evitaría cuestionamientos. Digo esto porque algunos sostienen que la atribución reglamentaria del Consejo no puede hacerse extensiva a la reglamentación de una ley, ya que se trata de una facultad destinada al ordenamiento interno y operativo que tiene que ver con el funcionamiento del Consejo de la Magistratura.
Sostenemos nuestro proyecto porque en él se establecen en forma amplia los diversos supuestos de subrogancia de jueces. Esto adquiere importancia a partir de la reforma constitucional de 1994, que contempló la constitución de este organismo que es superador del sistema republicano de gobierno.
Considero que la aprobación del proyecto contenido en el dictamen de minoría evitaría la interpretación sobre aquellas cuestiones que se vinculan con las facultades reglamentarias. La diferencia con el proyecto contenido en el dictamen de mayoría es que esta facultad del Consejo de la Magistratura eventualmente podría haberse cuestionado.
Coincido con lo manifestado por el señor diputado preopinante respecto de la necesidad de contar con una norma. Por ello, y dado el interés que tenemos en tratar este tema, que para su aprobación requiere de la mayoría especial establecida en el artículo 114 de la Constitución Nacional, voy a limitar mi exposición teniendo en cuenta la urgencia del reclamo ciudadano.
Por lo tanto, solicito autorización para insertar en el Diario de Sesiones la mayoría de los fundamentos que apuntan a la defensa del dictamen de minoría, que fuera elaborado en base al análisis que hiciera siendo senador entre otros el hoy diputado Luis Molinari, para luego proceder a la votación.


SR. PRESIDENTE(CAMAÑO) Tiene la palabra la señora diputada por Buenos Aires.


SRA. RODRIGUEZ, MARCELA VIRGINIA (BUENOS AIRES): Señor presidente: voy a ser muy breve. Nuestro bloque va a apoyar el proyecto contenido en el dictamen de mayoría. Entendemos que es importante que el Congreso se expida sobre esta cuestión, porque hay una situación acuciante, principalmente en una serie de juzgados del interior que se encuentran vacantes. Por eso, es imprescindible darle una solución a este problema.
Por otro lado, considero que la delegación nos permite cubrir algunas lagunas. Lo cierto es que en el Consejo de la Magistratura se presentaron algunos proyectos, porque había quienes querían hacerlo por la vía reglamentaria; personalmente, me opuse a ello, porque en mi opinión ésta tiene que ser la ley que habilite al Consejo. De todas maneras, para tranquilidad de los diputados que propician una iniciativa más reglamentarista, aclaro que los proyectos van en esa misma línea.
De todas maneras, hay que analizar determinadas cuestiones, como por ejemplo qué pasa con el régimen disciplinario en la subrogancia. Eso no está previsto y es necesario que lo sea. Me parece que cerrar todo ahora en una ley reglamentaria va a dejar algunas lagunas. La facultad delegada al Consejo va a permitir abordar distintos problemas que no están resueltos en el dictamen de minoría.


SR. PRESIDENTE(CAMAÑO) Tiene la palabra el señor diputado por Santa Fe.


SR. NATALE, ALBERTO A. (SANTA FE): Señor presidente: el Consejo de la Magistratura fue mal resuelto en la Constitución de 1994, y también fue mal resuelta la ley que lo reglamentó, lo cual produjo todos los problemas que han sobrevenido.
La cuestión de la subrogancia viene preocupando desde hace varios años al Poder Ejecutivo y al Congreso de la Nación, y tenemos que darle una solución esta noche porque no podemos seguir postergando infinidad de situaciones que existen en muchísimos juzgados del país.
La alternativa es, desde mi punto de vista, bastante precisa: o delegamos todas las competencias en el Consejo de la Magistratura, como quiere el proyecto que sostuvo el dictamen de mayoría, o lo reglamentamos, como pretendió el del dictamen de minoría.
Francamente, creo que el dictamen de minoría es el más ajustado, porque no crea obstáculos, prevé un procedimiento muy simple y además establece un orden de prelación: primero, los jueces cuando hay más de dos jueces; luego, los secretarios y, finalmente, los abogados de la matrícula. Además, no es inexcusable ni obligatorio, ya que deja en manos del Consejo de la Magistratura la posibilidad de alterarlo si una serie de factores –aquí lo dice expresamente, como la especialidad jurídica, el cúmulo de tareas, la distancia, el tiempo que presumiblemente demande la subrogancia, etcétera lo requieren.
Me parece que el procedimiento normado en el dictamen de minoría es el que más se ajusta al criterio de que sea la ley la que establezca cómo se hacen las subrogancias, y no se deje en manos del Consejo de la Magistratura una serie de actividades normativas que deben ser propias de la ley y no atributos del Consejo.
Inclino mi preferencia por el proyecto que sostuvo el dictamen de minoría, y en este sentido voy a votar, anticipando que si las exigencias constitucionales, tanto en lo que se refiere al trámite del proyecto de ley como a las mayorías especiales requeridas, impidiesen la sanción de esta alternativa, a posteriori enmendaríamos nuestro voto para facilitar que esta noche se produzca una sanción definitiva.


SR. PRESIDENTE(CAMAÑO) Tiene la palabra el señor diputado por la Capital.


SR. PINEDO, FEDERICO (CIUDAD DE BUENOS AIRES): Señor presidente: el tema que se plantea brinda dos posibilidades que a nosotros no nos gustan. En realidad, considero que deberíamos tratar el asunto globalmente, lo cual propondremos que se haga más adelante, por medio de una ley reglamentaria del Consejo de la Magistratura que contemple la experiencia que ha tenido en estos años.
No nos convence la idea de disponer que la subrogación de jueces se haga con otros jueces, porque sería como desvestir un santo para vestir otro, porque en realidad hemos visto que hay muchos juzgados vacantes y los jueces disponibles no tienen capacidad de atender las causas que están bajo su juzgamiento.
Del mismo modo, tampoco nos convence la hipótesis de delegar más facultades en el Consejo de la Magistratura, pero estamos convencidos de que es imprescindible tener hoy un sistema aprobado que permita cubrir las vacantes.
Por eso y por el requerimiento numérico que hace falta para obtener la sanción de esta norma, vamos a apoyar la propuesta de la mayoría.


SR. PRESIDENTE(CAMAÑO) Se va a votar en forma nominal si la Cámara insiste en su sanción original.
Tiene la palabra la señora diputada por Salta.


SRA. CHAYA, MARIA LELIA (SALTA): Quiero dejar constancia de que mi voto será por la afirmativa.


SR. PRESIDENTE(CAMAÑO) Queda constancia del voto afirmativo de la señora diputada por Salta.
Tiene la palabra la señora diputada por Buenos Aires.


SRA. TULIO, ROSA ESTER (BUENOS AIRES): Del mismo modo, señor presidente, quiero dejar asentado que mi voto será afirmativo.


SR. PRESIDENTE(CAMAÑO) Queda constancia del sentido de su voto, señora diputada.

- Se practica la votación nominal.

- Conforme al tablero electrónico, sobre 199 señores diputados presentes, 140 han votado por la afirmativa y 51 por la negativa, registrándose además 5 abstenciones. No se han computado los votos de 2 señores diputados.

SR.(SECRETARIO (ROLLANO)) Conforme a los resultados que exhibe el tablero electrónico, sobre 199 señores diputados presentes, han votado 140 por la afirmativa y 51 por la negativa, registrándose además 5 abstenciones.

Aquí votación nominal

SR. URTUBEY, JUAN MANUEL (SALTA): Queda claro que no sólo se han logrado los dos tercios sino también los 129 votos reglamentarios.


SR. PRESIDENTE(CAMAÑO) Era lo que planteábamos: 129 votos afirmativos más los dos tercios.
Queda sancionado definitivamente el proyecto de ley.
Se comunicará al Poder Ejecutivo y se dará aviso al Honorable Senado.

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