Período:120 Reunion:9 Fecha:22/05/2002 PLAN DE EMERGENCIA PARA EL ABASTECIMIENTO DE GAS OIL


SR. PRESIDENTE(CAMAÑO) Corresponde considerar las modificaciones introducidas por el Honorable Senado al proyecto de ley que le fuera pasado en revisión por el cual se crea el Plan de Emergencia para el Abastecimiento de Gas Oil (expediente 0022-pe-02).

Aquí PROYECTO DE LEY POR EL QUE SE CREA EL PLAN DE EMERGENCIA para EL ABASTECIMIENTO DE GAS OIL (EXPEDIENTE 0022-pe-02).

SR. PRESIDENTE(CAMAÑO) En consideración.
Tiene la palabra el señor diputado por Mendoza.

SR. LAFALLA, ARTURO PEDRO (MENDOZA): Señor presidente: en primer término, aclaro que hace falta habilitar el tratamiento sobre tablas de este proyecto, dado que no cuenta con dictamen de comisión.
En segundo lugar, la comisión propone que se
apruebe el proyecto tal cual vino del Honorable Senado, por dos breves razones.
La primera es que sustancialmente respeta el espíritu de lo votado en esta Cámara, esto es, facilitar la importación de gasoil en forma temporaria hasta el 31 de julio, prorrogable sólo por tres meses si subsisten las mismas condiciones, a fin de favorecer el cumplimiento de lo que el Poder Ejecutivo suscribió con las petroleras sobre el abastecimiento de gasoil para el transporte de carga y de pasajeros, urbano e interurbano, al precio de 75 centavos el litro. Esto es una urgencia y constituye el objetivo por el cual propusimos esta norma que votamos en su oportunidad.
La segunda razón por la que hacemos esta propuesta es que las dos modificaciones que introdujo el Honorable Senado mejoran a nuestro criterio, la iniciativa. Por la primera, se amplía el listado de sujetos que pueden importar, y además de los nominados en la norma -nosotros la habíamos reducido solamente a los importadores- incluye a los pequeños operadores o propietarios de activos de comercialización, a los consumidores finales del sistema productivo, y a las prestatarias de servicios de transporte de bienes y personas que determine la reglamentación. En definitiva, se permiten nuevos operadores para la importación, lo cual nos parece acertado.
Por último, el Senado introdujo un cambio en la redacción dejando en claro que el beneficio de la supresión del impuesto para el gasoil importado efectivamente llegará al surtidor, es decir, al consumidor final.
Por estas breves razones, proponemos que se apruebe el proyecto tal cual fue sancionado por el Honorable Senado.

SR. PRESIDENTE(CAMAÑO) La Presidencia aclara que no se requieren los dos tercios de los votos para la aprobación del proyecto, porque está incluido en el plan de labor.
Tiene la palabra el señor diputado por Salta.

SR. LOUTAIF, JULIO CESAR (SALTA): Señor presidente: es evidente que el sentido que nosotros dimos al proyecto aprobado por nuestra Cámara ha sido cambiado totalmente por el Senado. Es decir, como está redactada esta iniciativa, se facilita que mayor cantidad de operadores del mercado importen gasoil. Nosotros actuamos con criterio restrictivo y el Senado -como bien ha puntualizado el diputado Lafalla- ha tratado de que haya más operadores en el mercado que importen gasoil con el objeto de tratar de que baje su precio.
Tengo la sensación de que con las modificaciones introducidas por el Senado, lo que va a haber en la Argentina es venta de gasoil importado, mientras que el gasoil argentino se va a exportar.
En la sesión en que se trató la iniciativa he planteé que se suspendiera el ITC tanto para el gasoil importado como para el gasoil nacional con el objeto de que efectivamente baje su precio, ya que me pareció que era la solución más lógica.
El Interbloque Federal adoptó la postura de que se suspendiera el ITC para el gasoil importado y para el nacional, pero en el recinto se cuestionó el costo impositivo que tendría esta medida. Me parece que con la sanción del Honorable Senado no se producirá una baja del precio e igualmente habría que soportar el costo impositivo, que se trataba de evitar, tal cual fue puesto de manifiesto en el debate anterior.

SR. PRESIDENTE(CAMAÑO) Tiene la palabra el señor diputado por Mendoza.

SR. OSTROPOLSKY, ALDO HECTOR (MENDOZA): Señor presidente: en la última sesión aprobamos el plan de emergencia para el abastecimiento de gasoil, con algunas modificaciones que logramos introducir al proyecto original, mejorando a nuestro entender su redacción a fin de tratar de evitar algo que se ha estado mencionando y que para nosotros es muy importante: la posibilidad de la existencia de fraude impositivo. También se ha tratado de atenuar el fuerte impacto que esta iniciativa podría causar en el sistema previsional nacional.
En el Senado el proyecto fue objeto de algunas modificaciones, tal cual se ha explicado aquí. Se mantiene nuestra redacción respecto a la declaración de emergencia y sobre el plazo de vigencia de la norma, incluida la posibilidad de prórroga que se ha otorgado al Poder Ejecutivo nacional.
Pero queremos hacer algunas observaciones, especialmente con respecto a la eximición que introduce acerca de la totalidad de los sujetos pasivos del impuesto, es decir, ya no sólo de los importadores que están descriptos en el inciso a) del artículo 3° de la ley 23.966, dado que se incorpora a los sujetos mencionados en los incisos b) y c) del mismo artículo. De modo que aquí se incluye a empresas refinadoras, comercializadoras y las que produzcan, elaboren, fabriquen u obtengan productos gravados directamente o a través de terceros. Es decir que se incorpora a quienes en la sesión pasada logramos excluir, exclusión que fue aceptada por el bloque que defendió el proyecto.
Los interrogantes que tenemos son muchos, y algunos los queremos dejar perfectamente asentados. Por ejemplo, ¿por qué se incluye en las exenciones a las refinadoras y otras actividades si lo que pretendíamos autorizar es justamente la importación de gasoil y no de petróleo, dadas las consecuencias que ello puede tener en la cadena de comercialización?
Otra inquietud es si el Senado, el Poder Ejecutivo o alguien efectuó realmente un análisis serio y profundo sobre el posible impacto que esto puede tener en el sistema fiscal. De producirse el fraude que esta norma habilitaría, podría haber importantes mermas.
También preguntamos si con esta modificación que ha introducido el Senado no se está beneficiando a quienes producen el desabastecimiento de combustible en nuestro país y generan continuamente aumentos en el precio de los combustibles, con la incidencia que esto tiene en la economía nacional y en el bolsillo de las familias argentinas.
Por otra parte, entendemos que hay una incorporación importante -para nosotros beneficiosa- en el inciso b). Si bien es ambiguo y excesivamente abarcativo, porque queda librado a la discrecionalidad del funcionario que dicte la reglamentación respectiva, creemos que es muy importante y por eso apoyaremos la aprobación de este proyecto. Interpretamos que tiende a favorecer a los sectores del transporte de pasajeros en todo el país, al transporte de carga y al sector productivo, es decir, a todos aquellos ámbitos que hoy están viviendo una situación de colapso y esperan medidas como la que estamos por adoptar. O sea, la sanción de una ley que posibilite atenuar los terribles y perniciosos efectos que el aumento del precio de los combustibles y su desabastecimiento están produciendo en el país.

SR. PRESIDENTE(CAMAÑO) Tiene la palabra el señor diputado por Mendoza.

SR. GUTIERREZ, GUSTAVO EDUARDO (MENDOZA): Señor presidente: quiero dejar constancia de nuestra preocupación por esta modificación que ha introducido el Senado en el texto sancionado por esta Cámara.
Deseo recordar que tuvimos mucho cuidado por evitar el bache fiscal que provoca el desfinanciamiento del sistema. Lo que se pretende implementar va a tener una gran similitud con el problema que se presenta al sur del paralelo 42° con la exención del IVA a los combustibles en
la Patagonia. Debemos asumir que, con las modificaciones introducidas por el Honorable Senado, habrá un altísimo riesgo de evasión.

SR. PRESIDENTE(CAMAÑO) Tiene la palabra el señor diputado por Mendoza.

SR. LAFALLA, ARTURO PEDRO (MENDOZA): Señor presidente: las observaciones formuladas son sensatas y serias; por tal motivo no debemos hacer oídos sordos, más allá de que esta iniciativa sea aprobada.
Debemos tener en cuenta que la exención establecida se mantendrá en vigencia hasta el 31 de julio de este año -ya estamos en mayo- y podrá ser prorrogada por el término de tres meses. La capacidad de logística y de importación no puede alcanzar ni pasar el 10 por ciento del consumo. Entonces, no hay ninguna posibilidad de que en ese breve período se gesten fraudes o se produzca el hueco fiscal al que hicieron referencia algunos señores diputados.
Somos absolutamente conscientes de que el proyecto en debate sólo pretende subsanar la actual emergencia. Por ello, estamos trabajando en comisión para encontrar soluciones de fondo respecto del funcionamiento del sistema, que van mucho más allá del instrumento que estamos considerando.
Deseaba llevar esta tranquilidad a la Cámara, exhortando a la vez a los señores diputados a que, en breve, sean analizados los proyectos de fondo necesarios en relación con este tema.

SR. PRESIDENTE(CAMAÑO) Se va a votar si la Honorable Cámara acepta las modificaciones introducidas por el Honorable Senado. En razón de la mayoría con que tales modificaciones fueron aprobadas y de lo prescripto por el artículo 81 de la Constitución Nacional, se requiere la mayoría simple de los presentes.

- Resulta afirmativa.

SR. PRESIDENTE(CAMAÑO) Queda definitivamente sancionado el proyecto de ley.
Se comunicará al Poder Ejecutivo y se dará aviso al Honorable Senado.

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