Período:119 Reunion:49 Fecha:30/01/2002 MOCION DE ORDEN Y MOCION DE SOBRE TABLAS (CONTINUACIÓN)


SR. PRESIDENTE(CAMAÑO) Por Secretaría se dará lectura del proyecto de resolución del señor diputado Roggero y otros por el que se solicita al Poder Ejecutivo disponga el tratamiento, en el plazo de treinta días, de una ley complementaria de las modificaciones a la ley de quiebras (expediente 7946-d-2001), respecto del cual formulara una proposición la señora diputada por Tucumán.


SR.(SECRETARIO (ROLLANO)) Dice así: "La Honorable Cámara de Diputados de la Nación, resuelve: Dar tratamiento en el plazo de los próximos 30 días a una ley complementaria de las modificaciones que hoy se tratan en este recinto referidas a la ley de quiebras, que incluya entre otras modificaciones las siguientes: I) la no eliminación, sino la suspensión, del mecanismo denominado de cram-down; II) incluir dicho mecanismo, como una instancia voluntaria a solicitud del deudor."


SR. PRESIDENTE(CAMAÑO) Tiene la palabra el señor diputado por Catamarca.


SR. PERNASETTI, HORACIO FRANCISCO (CATAMARCA): Señor presidente: el proyecto de resolución que se acaba de leer es contradictorio de la iniciativa que recientemente ha sancionado la Cámara, es decir, la creación de una comisión para revisar la ley de quiebras.
El cram-down es un instituto que estaba previsto en el artículo 48 de la ley de quiebras y que acabamos de eliminar. Sin duda su suspensión generará controversias, al igual que muchas de las modificaciones introducidas.
Considero que debemos limitarnos a lo ya votado y no avanzar en otro tema. De lo contrario, estaremos cambiando posiciones a cada rato en función de las inquietudes -por cierto legítimas- de todos los legisladores.


SR. PRESIDENTE(CAMAÑO) Tiene la palabra la señora diputada por Tucumán.


SRA. CORDOBA, STELLA MARIS (TUCUMAN): Señor presidente: a riesgo de generar confusión en relación con el proyecto que acaba de aprobarse sobre creación de una comisión especial, en el momento en que decidimos presentar este proyecto de resolución consideramos que el mecanismo del cram-down, que ha sido debatido largamente en el Honorable Senado y que se ha decidido eliminar mediante la ley que acabamos de aprobar, no ha recibido una solución equilibrada por cuanto sólo se ha evaluado la posibilidad de derogarlo o dejarlo en vigencia.
Consideramos que hay una solución intermedia y es la que queremos proponer cuando se discuta acabadamente este instituto. En tal sentido, sugerimos la posibilidad de que el mecanismo funcione a instancias del pedido del deudor.
Por otra parte, insistimos en el plazo de treinta días porque el de noventa, establecido en la resolución por la que se crea la Comisión de Reparación del Sector Productivo, puede perjudicar a algunas pequeñas y medianas empresas que deberían contar con la posibilidad de hacer uso de esta opción para salvar, en algunos casos, fuentes de trabajo.
Por tales motivos insistimos en la aprobación del proyecto de resolución al que he aludido.


SR. PRESIDENTE(CAMAÑO) Tiene la palabra el señor diputado por Catamarca.


SR. PERNASETTI, HORACIO FRANCISCO (CATAMARCA): Señor presidente: comparto la preocupación de la señora diputada en cuanto a la eliminación del cram-down. Al respecto quiero aclarar que en el artículo 43 hemos modificado simplemente el plazo de exclusividad, pero no así la forma en que pueda arribar un deudor a un acuerdo con los acreedores. Dentro de esas posibilidades está la capitalización, que en definitiva es una de las formas que adquiere el cram-down.
Estoy de acuerdo en que hay que discutir dicha figura. Incluso, cuando en esta misma Cámara en 1995 tratamos la ley, lo que quizá más tiempo llevó fue la discusión del artículo 48, por lo cual hay antecedentes de sobra.
Si el Senado ha optado por la eliminación, ello se debe a las nuevas circunstancias que se verifican a partir de la devaluación y al peligro -cierto o no- de que haya empresas nacionales que queden a merced de capitales buitres que están buscando adquirir empresas que incluso están devaluadas en su precio como consecuencia de la desvalorización de nuestra moneda.
Por ello, la posibilidad del deudor de tomar cualquiera de las formas que establece el artículo 43 para remediar su situación está prevista, pero la eventual modificación de la figura del cram-down y de toda la ley de quiebras debe llevarla a cabo la comisión que acabamos de crear.


SR. PRESIDENTE(CAMAÑO) La Presidencia opina que si la iniciativa de la señora diputada fuera un proyecto de declaración, otra sería su suerte.
Tiene la palabra el señor diputado por la Capital.


SR. ALESSANDRO, DARIO PEDRO (CAP FEDERAL): Señor presidente: lo que ha planteado el señor diputado Pernasetti es muy claro.
Acabamos de crear una comisión cuyo objeto es abocarse al estudio y modificación de la ley de concursos y quiebras. Siendo así, un proyecto de declaración o de resolución que nos comprometa a modificar determinado instituto en un tiempo perentorio -aunque compartamos la preocupación-, no tiene mayor sentido.
Con todo respeto hacia los señores diputados que han promovido este proyecto, y a usted, señor presidente, creo que deberíamos diferir su tratamiento, porque hay una comisión que se ha creado a tal efecto, y continuar con la consideración de los pedidos de preferencia, con despacho de comisión, que formulen los señores diputados.


SR. PRESIDENTE(CAMAÑO) Señora diputada Córdoba: para que este tema pueda ser tratado se necesita, primero, que la Cámara se aparte del reglamento -con tres cuartos de votos-, y luego, que se apruebe una moción de tratamiento sobre tablas, que requiere los dos tercios de los votos que se emitan. En vista de que es posible que no se obtenga ese resultado, la Presidencia le sugiere que el proyecto sea girado a la comisión pertinente, de manera que una vez que cuente con dictamen pueda formularse una proposición para su tratamiento.


SRA. CORDOBA, STELLA MARIS (TUCUMAN): Estoy de acuerdo, señor presidente.


SR. PRESIDENTE(CAMAÑO) En consecuencia, el proyecto será girado a la comisión pertinente.



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