Período:119 Reunion:44 Fecha:29/11/2001 MODIFICACION DE LA LEY 19.032 (CREACIÓN DEL INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS)


SR. PRESIDENTE(PASCUAL) Corresponde considerar el proyecto de ley cuyo tratamiento sobre tablas acaba de ser aprobado, por el que se modifica la ley 19.032 de creación del Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados.

SR. PRESIDENTE(PASCUAL) En consideración en general.
Tiene la palabra la señora diputada por la Capital.


SRA. GUEVARA, CRISTINA (CAP FEDERAL): Señor presidente: el proyecto de ley en debate apunta fundamentalmente a la modificación de la ley 19.032, de creación del Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados. Este tema ha sido tratado extensamente en la Comisión de Acción Social y Salud Pública. Junto con el señor diputado que ejerció la presidencia de dicha comisión hasta que me hiciera cargo de ella se resolvió la conformación de una subcomisión, que trabajó intensa y concienzudamente en la búsqueda de consensos. Así, hoy nos encontramos considerando un texto acordado.
Los miembros de la Comisión de Acción Social y Salud Pública estamos convencidos de que nuestro sistema de salud en la Argentina está en crisis, y en consecuencia requiere una transformación.
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SR. PRESIDENTE(PASCUAL) Perdón, señora diputada. Sabemos que usted habrá de realizar una breve exposición en relación con el proyecto que ha sido acordado. Como hay un pedido de algunos señores diputados para que esta iniciativa sea votada en general y en particular en un solo acto, solicito a los señores diputados que no se retiren del recinto porque únicamente está anotada para hacer uso de la palabra la señora diputada Guevara y luego que ella finalice con su exposición, si hubiere asentimiento, la Cámara se pronunciará en un solo acto respecto del proyecto en debate y de los pedidos de inserción.
Continúa en el uso de la palabra la señora diputada por la Capital.


SRA. GUEVARA, CRISTINA (CAP FEDERAL): Señor presidente: decía que el sistema de salud en la Argentina requiere una transformación profunda, y este proyecto de ley apunta a ese objetivo: el logro de una ley de seguro nacional de salud que integre a todos los subsectores. Esta iniciativa avanza al compás de esa integración.
Esta iniciativa aborda cuatro puntos fundamentales. En primer lugar, reafirma para el PAMI su carácter de ente público no estatal, incorporando en el texto de la norma controles internos a través de una sindicatura, y externos, por medio de la Auditoría General de la Nación.
En su artículo 2° reafirma el espíritu solidario de las prestaciones integrales de salud y sociales.
Luego avanza en una fuerte descentralización administrativa del Instituto. Propone un sistema de elección directa por parte de los jubilados para integrar el directorio, en lo que se ha dado en llamar por todos nosotros "la democratización del PAMI".
Por último, reafirma en los términos de la ley 19.032 sus recursos para promover así el financiamiento del PAMI.
Con esto, y en aras de la necesidad y de los acuerdos conseguidos después de tantos años de trabajo, solicito que en un solo acto se vote en general y en particular esta iniciativa de reforma de la ley 19.032.


SR. PRESIDENTE(PASCUAL) Si hay asentimiento de la Honorable Cámara, se procederá a votar el proyecto en general y en particular en una sola votación, juntamente con las inserciones solicitadas en el curso de esta sesión por los señores diputados.
- Asentimiento.

SR. PRESIDENTE(PASCUAL) Se va a votar en general y en particular el proyecto de ley, juntamente con las inserciones solicitadas por los señores diputados.
- Resulta afirmativa.

SR. PRESIDENTE(PASCUAL) Queda sancionado el proyecto de ley. (Aplausos prolongados.)
Se comunicará al Honorable Senado.
Quedan autorizadas las inserciones solicitadas.



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