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Comisión Permanente

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Secretario Administrativo SR. MORENO MENDEZ JOSE JUAN C.

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PROYECTO DE LEY

Expediente: 8985-D-2014

Sumario: CODIGO PENAL. MODIFICACION DEL ARTICULO 84, SOBRE AGRAVAMIENTO DE LA SANCION POR HOMICIDIO.

Fecha: 12/11/2014

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 164

Proyecto
Artículo 1°: Agréguese como último párrafo del Art. 84 del Código Penal
"Cuando las circunstancias del caso indiquen inequívocamente que el autor se representó como posible el resultado mortal de su conducción e igualmente haya incurrido o persistido en ella, la pena será la prevista en el art 79."
Artículo 2: De forma.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La iniciativa puesta en tratamiento ha sido presentada por quien suscribe el 15/06/2007, y ha tramitado bajo el Expte. 2991-D-2007, encontrándose a la fecha vencido su estado parlamentario.
Bien se ha dicho que (Hans Welzel, Derecho Penal Aleman, - Editorial Jurídica de Chile 1976- pag. 101 y ss) que "delimitar el dolo eventual de la culpa (conciente) es uno de los problemas más difíciles y discutidos del Derecho Penal". La consecuencia de este fenómeno es que "Las dificultades para trazar fronteras entre dolo eventual e imprudencia han condicionado una jurisprudencia vacilante que unas veces utiliza la teoría de la probabilidad y otras las del consentimiento" (Francisco Muñoz Conde, Teoría General del Delito -Ed. Tirant Lo Blanch, Valencia 1991- pag. 60).
El Proyecto pretende agravar la sanción del homicidio cometido en la conducción de un automotor, en los supuestos que allí se describen, que lo apartan del obrar claramente imputable a título de culpa ( art 84 CP), evitando a la vez eludir la aludida e interminable discusión sobre si tales supuestos pueden ubicarse como típicos de la culpa conciente ( tambien encuadrable en el art 84 CP) o son en cambio evidenciadores del dolo eventual, propio del homicidio simple ( art 79 CP).
Por cierto que la mayor gravedad que se propone en el castigo de la conducta descripta no pretende solucionar la tremenda problemática que representa la importante y siempre creciente cantidad de muertes acaecidas en el tránsito vehicular, problemática que debe ser abordada por múltiples acciones de prevención, que lamentablemente lucen por su ausencia, en todas las jurisdicciones.
Pero procura cumplir con el fin de prevención general que se le asigna a la incriminación penal, reforzándolo mediante la posibilidad de una punición más severa.
Por todo lo expuesto, Señor Presidente, solicito la aprobación del presente proyecto de ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
AGUAD, OSCAR RAUL CORDOBA UCR
PETRI, LUIS ALFONSO MENDOZA UCR
BURYAILE, RICARDO FORMOSA UCR
GIMENEZ, PATRICIA VIVIANA MENDOZA UCR
Giro a comisiones en Diputados
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LEGISLACION PENAL (Primera Competencia)
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