TRANSPORTES
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PROYECTO DE RESOLUCION
Expediente: 5748-D-2017
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON EL DICTADO DEL DECRETO N° 652/2017, QUE FACULTA AL MINISTERIO DE TRANSPORTE DE LA NACION, A CLAUSURAR DEFINITIVAMENTE RAMALES FERROVIARIOS Y PROCEDER AL LEVANTAMIENTO DE VIAS Y DEMAS INSTALACIONES.
Fecha: 31/10/2017
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 157
Solicitar al Poder Ejecutivo de la Nación que, a través de los organismos que correspondan, informe a esta Honorable Cámara de Diputados en el marco del decreto 652/2017, el cual delega en el Ministro de Transporte de la Nación la facultad de clausurar ramales ferroviarios en forma definitiva y proceder al levantamiento de las vías y demás instalaciones ferroviarias, lo siguiente:
1. Si al momento del dictado del Decreto 652/2017 se consideró a la Ley 27.132, que determina que las políticas de reactivación de los ferrocarriles de pasajeros y de cargas son de INTERÉS PUBLICO Y NACIONAL.
2. Si se consideró que la competencia exclusiva para regular en materia de ferrocarriles es de este Honorable Congreso de la Nación.
3. Cuáles cree que serán los beneficios sociales y económicos que acarrearan para nuestra sociedad el cierre definitivo y el levantamiento de ramales ferroviarios.
4. Si existe algún tipo de planificación y/o nómina de los ramales que serán clausurados y/o de las instalaciones ferroviarias que serán levantadas. Detalle de los mismos en cada provincia.
5. Cuáles serían las posibles clausuras y levantamientos de ramales ferroviarios, previstas mediante la aplicación del decreto 652/17, particularizando las que prevé para el norte argentino y la Provincia de Formosa.
6. Si se tiene previsto clausurar el Ramal C-25 que atraviesa longitudinalmente la Provincia de Formosa.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El presente pedido de informe se relaciona al Decreto 652/17, el cual delega en el Ministerio de Transporte de la Nación, a cargo de Guillermo Dietrich, la facultad de clausurar ramales ferroviarios y proceder al levantamiento de las vías férreas y demás instalaciones ferroviarias.
Teniendo presente que los considerandos de la norma resultan insuficientes para fundamentar una medida contraria al espíritu de la ley 27132 sancionada en abril de 2015 en cuyo Artículo 1° se enunciaba la importancia de promover el desarrollo ferroviario del siguiente modo: “Declárense de interés público nacional y como objetivo prioritario de la República Argentina la política de reactivación de los ferrocarriles de pasajeros y de cargas, la renovación y el mejoramiento de la infraestructura ferroviaria y la incorporación de tecnologías y servicios que coadyuven a la modernización y a la eficiencia del sistema de transporte público ferroviario, con el objeto de garantizar la integración del territorio nacional y la conectividad del país, el desarrollo de las economías regionales con equidad social y la creación de empleo”.
Que ya hemos visto las consecuencias de este tipo de medidas cuando, durante la década de 1990, el Poder Ejecutivo Nacional cerró indiscriminadamente ramales ferroviarios de forma arbitraria, contrariamente a las tendencias mundiales, en lo que se refiere al transporte de pasajeros y bienes en países, que como el nuestro tiene importantes extensiones geográficas.
Que estas políticas fueron consecuencias de ajustes económicos contrarios a los intereses de los sectores populares y de la reducción del poder del Estado, causando un grave perjuicio al desarrollo de las economías regionales.
Resulta por lo tanto cuanto menos preocupante el dictado del Decreto 652/17, cuando las políticas económicas impulsadas por el Gobierno Nacional son claramente discriminatorias de las economías regionales y recesivas, con el agravante que genera el endeudamiento de las cuentas públicas. En el marco de estas medidas resulta inminente un nuevo ajuste y achicamiento del Estado, que bien podría conducir a un desmantelamiento de los ferrocarriles, con la consecuente pérdida de patrimonio público y social para nuestro pueblo.
Por otra parte, mediante este decreto el Presidente de la Nación Ing. Mauricio Macri, dispone que los bienes que compongan la infraestructura ferroviaria que se resuelva remover, quedarán en poder de la ADMINISTRACIÓN DE INFRAESTRUCTURA FERROVIARIA, SOCIEDAD DEL ESTADO, lo cual puede resultar en un avasallamiento a las autonomías provinciales.
El norte argentino y particularmente la provincia de Formosa se ven directamente afectados por este decreto ya que la política de transporte ferroviaria del Gobierno Nacional beneficia exclusivamente a los llamados corredores ferroviarios estratégicos, los que en la actualidad cuentan con flujos masivos de transportes de pasajeros y cargas, aplazando de este modo el desarrollo de las economías regionales y concentrado los recursos disponibles en los ya hacinados centros urbanos de nuestro país. Así surge de una análisis del Proyecto de Presupuesto Nacional 2018, al contemplar en el mismo un plan ferroviario de cargas, donde se encuentra en renovación 1500 km de la línea Belgrano Cargas, que va del centro al norte del país, dejando totalmente de lado por ejemplo al Ramal C-25 de la Provincia de Formosa, mientras que por otra parte se contemplan los Expresos Regionales e
inversiones millonarias para el soterramiento del Ferrocarril Sarmiento, obras que beneficiaran sólo a los bonaerenses, constituyendo una inequidad inadmisible a la luz del federalismo fundante de nuestro país.
En ningún caso las leyes citadas en el Decreto referido más arriba, facultan al Poder Ejecutivo Nacional para cerrar ramales ferroviarios definitivamente y disponer la remoción de sus bienes e infraestructuras.
Tales decisiones generaran un perjuicio al erario público y reducirán las posibilidades de desarrollo de nuestras regiones económicas más postergadas, en cuanto a infraestructura se refiere, impidiendo de este modo un desarrollo equilibrado y sostenido de nuestra nación.
Por todo lo expuesto entendemos que el mencionado Decreto es arbitrario, manifiestamente contrario a derecho y excesivamente centralista.
Firmante | Distrito | Bloque |
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BASTERRA, LUIS EUGENIO | FORMOSA | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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