TRANSPORTES
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PROYECTO DE LEY
Expediente: 5674-D-2017
Sumario: NACIONAL DE TRANSITO - LEY 24449 -. MODIFICACION DEL ARTICULO 14, SOBRE REALIZACION DE UN CURSO DE PRIMEROS AUXILIOS CON REANIMACION PULMONAR - RCP -, COMO REQUISITO PARA EL OTORGAMIENTO DE LA LICENCIA DE CONDUCIR.
Fecha: 26/10/2017
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 154
LEY DE TRANSITO Nº 24.449. MODIFICACION DEL ARTÍCULO 14. REQUISITOS
ARTICULO 1º) – Modifíquese el artículo 14 de la Ley de Tránsito Nº 24.449 y sus modificatorias, el cual quedará redactado de la siguiente manera:
ARTICULO 14. — REQUISITOS:
a) La autoridad emisora debe requerir del solicitante: 1. Saber leer y para los conductores profesionales también escribir.
2. Una declaración jurada sobre el padecimiento de afecciones a las que se refiere expresamente la reglamentación.
3. Asistencia obligatoria a un curso teórico-práctico de educación para la seguridad vial, en una escuela de conducir pública o privada habilitada, cuya duración y contenidos serán determinados, auditados y homologados por la Agencia Nacional de Seguridad Vial.
4. Un examen médico psicofísico que comprenderá: una constancia de aptitud física; de aptitud visual; de aptitud auditiva y de aptitud psíquica.
5. Un examen teórico de conocimientos sobre educación y ética ciudadana, conducción, señalamiento y legislación.
6. Un examen teórico práctico sobre detección de fallas de los elementos de seguridad del vehículo y de las funciones del equipamiento e instrumental.
7. Un examen práctico de idoneidad conductiva. Las personas daltónicas, con visión monocular o sordas y demás personas con capacidades limitadas que puedan conducir con las adaptaciones pertinentes, de satisfacer los demás requisitos podrán obtener la licencia habilitante específica asimismo, para la obtención de la licencia profesional a conceder a minusválidos, se requerirá poseer la habilitación para conducir vehículos particulares con una antigüedad de DOS (2) años.
7.1. Un examen teórico práctico sobre conocimientos de primeros auxilios con reanimación cardiopulmonar.
8. La Agencia Nacional de Seguridad Vial determinará, homologará y auditará los contenidos de los distintos exámenes señalados en los incisos 4, 5, 6, 7 y 7.1.
b) La Nación, a través del organismo nacional competente, exigirá a los conductores de vehículos de transporte de carácter interjurisdiccional además de lo establecido en el inciso a) del presente artículo, todo aquel requisito que sea inherente al servicio específico de que se trate.
Antes de otorgar una licencia se deberá requerir al Registro Nacional de Antecedentes de Tránsito informes de infracciones y de sanciones penales en ocasión del tránsito, más los informes específicos para la categoría solicitada.
Artículo 2º.- Invitase a las provincias, a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y a los municipios de la República a adherir a la presente ley.
Artículo 3°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El presente proyecto de ley tiene como objeto generar un marco legal actualizado y adecuado a las condiciones reales que se presentan en las rutas de nuestro país.
En este sentido y destacando la perfección y precisión de la mencionada ley, la cual nos compete en esta oportunidad, es que introducimos una modificación acorde a las necesidades que se plantean a diario.
Sin lugar a dudas al producirse un accidente de tránsito se manifiesta un momento de mucha confusión y cada persona actúa como puede porque no todos estamos preparados ni conocemos la manera de asistir a quienes han sufrido un accidente; hay quienes se paralizan y también quienes desean ayudar, pero a veces sin saber hacerlo. En realidad todos deberíamos prepararnos para ello, como conductores y también como acompañantes. Realizar primeros auxilios a una persona en una situación crítica puede salvarle la vida. No hace falta ser un profesional, sino conocer algunas instrucciones para aplicarlas en el momento adecuado.
¿De qué se trata exactamente cuando hablamos de primeros auxilios? Son las acciones que se efectúan para sostener a una persona lesionada hasta la llegada de profesionales en la materia y que pueden ser llevados a cabo por cualquier persona; de hecho, son escasas las situaciones en las que se cuenta con un profesional en primeros auxilios al momento de producirse el accidente de tránsito y las posteriores lesiones, pudiéndose en consecuencia modificar significativamente la vida de una persona si se conocen algunas prácticas aplicándolas en el momento preciso.
Qué hacer en casos de accidentes de tránsito? El primero en llegar al lugar del accidente generalmente es otro conductor, que podría ser uno mismo y por lo tanto es imprescindible saber qué hacer y también qué no hacer.
Argentina ostenta uno de los índices más altos de mortalidad por accidentes de tránsito. Veinte personas mueren por día; hay 7.268 víctimas fatales por año (2016) y unos 120 mil heridos de distinto grado y miles de discapacitados.
Pero no se trata de números, sino de vidas humanas. De hombres, mujeres, jóvenes y niños, que vieron truncadas sus vidas a causa de un accidente de tránsito. Los accidentes de tránsito en la Argentina, son la primera causa de muerte en menores de 35 años, y la tercera sobre la totalidad de los argentinos.
El requisito que se pretende incluir en la presente iniciativa de que la autoridad emisora de la licencia de conducir requiera de un examen teórico práctico sobre conocimientos de primeros auxilios con reanimación cardiopulmonar, va en el sentido de poder salvar vidas en el primer momento que se produce el accidente de tránsito.
Los accidentes de tránsito causan lesiones y fallecimiento de personas, discapacidades, destrucción de lazos familiares; entre otras consecuencias. La necesidad de brindar seguridad por parte del conductor atañe asimismo a la necesidad que al otorgamiento de la licencia de conducir se exija como requisito un examen previo de primeros auxilios, incluyéndose casos de reanimación cardiopulmonar.
Frente a casos de emergencia provocados por un accidente vehicular la vida de una persona depende de acciones que en el momento son inmediatas como imprescindibles conocerlas, razón por la cual resulta por demás importante saber reaccionar.
El conocimiento práctico de detectar respiración, pulso y temperatura, nociones generales de infección e inflamación, desmayos, tipos de shock, convulsiones, heridas, hemorragias, inmovilizaciones, fracturas, golpes, quemaduras, emergencia cardiorespiratoria, son casos que se pueden presentar ante un accidente de tránsito.
El objetivo es que los nuevos conductores reciban información y estén preparados para saber cómo reaccionar ante ciertas situaciones que se pueden producir en un accidente de tránsito, mientras se aguarda la llegada de los profesionales.
Por lo expuesto, solicito de mis pares la aprobación del presente proyecto de ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
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LLANOS MASSA, ANA MARIA | CHUBUT | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
SORIA, MARIA EMILIA | RIO NEGRO | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
MENDOZA, SANDRA MARCELA | CHACO | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
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